Constitución de los Atenienses. Económicos.
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Aristoteles . Constitución de los Atenienses. Económicos.
INTRODUCCIÓN. Escritos políticos del autor: influencia de Platón
La «Constitución de los atenienses»: autenticidad, época de composición y contenido
Fuentes de la obra
La «Política» y la «Constitución de los atenienses»: teoría y práctica
La transmisión del texto
El texto de nuestra traducción
BIBLIOGRAFÍA
1. Ediciones, traducciones, comentarios, y artículos que suponen revisión del texto original
2. Libros y artículos
(FRAGMENTOS DEL COMIENZO PERDIDO 1 ) 1 2 (381 R)
2 5
3
4 (384 R)
5 (385 R)
6
7
8
(TEXTO CONSERVADO)
PSEUDO-ARISTÓTELES. ECONÓMICOS
INTRODUCCIÓN. Contenido. Autoría. Cronología
LIBRO I
LIBRO II
LIBRO III
La transmisión textual de los libros I y II
El texto de nuestra traducción
BIBLIOGRAFÍA
1. Ediciones, traducciones, comentarios
2. Artículos y libros
LIBRO I. CAPÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO SEGUNDO
CAPÍTULO TERCERO
CAPÍTULO CUARTO
CAPÍTULO QUINTO
CAPÍTULO SEXTO
LIBRO II. CAPÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO SEGUNDO
LIBRO III DE « ECONÓMICOS » 134. CAPÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO SEGUNDO
CAPÍTULO TERCERO
CAPÍTULO CUARTO
ÍNDICE GENERAL
Отрывок из книги
BIBLIOTECA CLÁSICA GREDOS, 70
CONSTITUCIÓN DE LOS ATENIENSES
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A pesar de tales omisiones, en la segunda parte no hay contradicciones y presenta una mayor coherencia y seguridad metódica.
La composición de la Constitución de los atenienses transparenta una sólida base teórica que también se encuentra en la Política. En el primer capítulo del libro III de la Política define al ciudadano (1275a22 ss.) por participar en la administración de justica y en el gobierno (kríseōs kaì arkhḗs), y éstos son los epígrafes que podríamos dar a la segunda parte de la Constitución de los atenienses aunque invertidos: las magistraturas (42-62) y los tribunales para administrar la justicia (63-69). En el libro IV de la Política (IV 14, 1297b37 ss.), coincidiendo con la Constitución de los atenienses, detalla, en el mismo orden, los tres elementos que tiene todo régimen: el elemento que delibera sobre los asuntos de la comunidad (tò bouleuómenon); el de las magistraturas (tò perì tàs arkhás), es decir, cuáles deben ser, sobre qué asuntos deben tener autoridad y cómo debe hacerse su nombramiento; y el que debe administrar la justicia, esto es, el poder judicial (tò dikázon). Igualmente, la dura crítica que hace, en la Política, de la democracia radical (IV 4, 1292a5 y 23), en la que el soberano es el pueblo y no la ley, tiene su reflejo en la Constitución de los atenienses (41, 2, al final) al referirse a la democracia de la época del autor. En esta obra se pueden ver ejemplos de los regímenes tratados en los libros III, IV y VI de la Política: del régimen mixto o «república» (politeía), en la constitución de Dracón y en la de Solón; de democracia radical, en la que existe en los «últimos tiempos» en vida del autor; de la aristocracia, en la constitución del Areópago; de oligarquía radical, en el régimen de los Treinta; de la tiranía, de la que dice que es la forma más distante de una constitución, en el régimen de Hipias; de un tipo de monarquía, en el régimen de Pisístrato.
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