¡ Queremos lo nuestro!
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Bernadette Atuahene . ¡ Queremos lo nuestro!
Índice
Prólogo. Despojo de tierras y expropiación de la dignidad en Colombia
Notas a la edición en español. Expropiación y restauración de la dignidad
Introducción
Parte I.Expropiación de la dignidad
Capítulo 1. Expropiación de la dignidad: un marco teórico
Capítulo 2. Expropiación de la dignidad: el caso sudafricano
Parte II.Restauración de la dignidad
Capítulo 3. Restauración de la dignidad: la importancia del proceso
Capítulo 4. Restauración de la dignidad: la importancia de la comunicación
Capítulo 5. Restauración de la dignidad: la importancia de la restitución
Conclusión general
Referencias bibliográficas
Apéndices
Notas al pie
Отрывок из книги
Prólogo. Despojo de tierras y expropiación de la dignidad en Colombia
Notas a la edición en español. Expropiación y restauración de la dignidad
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Acevedo es un historiador jurídico que describe el punto en el que el castigo penal deja el ámbito del castigo legítimo y, en cambio, entra en el dominio de la expropiación de la dignidad. Dado que delimitar la autonomía de un individuo es el objetivo de todo castigo que implique varias formas de restricción, la infantilización es inherente a este proceso. Así, para que el castigo alcance el nivel de una privación ilegítima de la dignidad, este tiene que implicar algo más que una restricción severa de la autonomía. Además, Acevedo argumenta que el cuerpo es propiedad y, por lo tanto, su destrucción o aniquilación satisface el elemento de propiedad requerido para una expropiación de la dignidad51.
Acevedo descubrió que en Inglaterra del siglo XVII «las expropiaciones de dignidad ocurrieron cuando el Estado expropió las propiedades de los delincuentes después de ser ejecutados públicamente de manera deshumanizante, o cuando el Estado ejecutó por delitos menores o de una manera diseñada para infligir deshumanización»52. Aunque los colonos estadounidenses eliminaron muchos castigos deshumanizantes de su código legal, como el acuartelamiento de los traidores, el Código Sangriento y la corrupción de la sangre no eliminaron todos los castigos deshumanizantes53. Por ejemplo, en la colonia de la Bahía de Massachusetts, ciertos castigos evocaron una expropiación de la dignidad: la mutilación constituía una deshumanización, mientras que los azotes públicos no debían hacer más que avergonzar e infantilizar al convicto. Por el contrario, la imposición de una letra escarlata u otros castigos destinados exclusivamente a avergonzar a los convictos, no alcanzaron el nivel de una expropiación de la dignidad (aunque profundamente humillantes) porque no hubo deshumanización o infantilización.
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