El Derecho penal frente a la insolvencia
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Elena Gutiérrez Pérez. El Derecho penal frente a la insolvencia
El Derecho penal frente a la insolvencia. Delitos de alzamiento de bienes y delitos concursales
Índice General
Prólogo
Abreviaturas y siglas
Introducción
Capítulo I. El bien jurídico-penal
I. Consideraciones generales
II. Determinación del bien jurídico-penal. 1. Estado de la cuestión en el momento de la aprobación de la reforma de 2015. 1.1. Las tesis supraindividuales en los delitos de alzamiento de bienes y en el delito concursal
A. El buen funcionamiento del sistema crediticio. ¿Una revisión de la “fe pública” en el contexto vigente?
B. La Administración de Justicia
C. La función social de la propiedad
1.2. Las tesis exclusivamente patrimonialistas en los delitos de alzamiento de bienes y en el delito concursal
1.3. Las tesis eclécticas o mixtas en los delitos de alzamiento de bienes y en el delito concursal
A. La tesis pluriofensiva
B. La tesis del patrimonio como bien jurídico inmediato y el buen funcionamiento del sistema crediticio como bien jurídico mediato
2. Estado de la cuestión tras la reforma de 2015
2.1. El bien jurídico-penal en los delitos de alzamiento de bienes
2.2. El bien jurídico-penal en el delito de causación o agravación de la insolvencia
2.3. Las insolvencias punibles como delitos acumulativos
III. Conclusiones sobre el bien jurídico-penal
Capítulo II. La naturaleza jurídica
I. Consideraciones generales
II. La interpretación de la locución “en perjuicio de los acreedores”
1. La interpretación subjetiva
2. La interpretación objetiva
3. Toma de postura
III. La naturaleza de los delitos de alzamiento de bienes. 1. Los delitos de alzamiento de bienes como delitos de peligro. 1.1. La tesis del peligro abstracto
1.2. La tesis del peligro concreto
2. Los delitos de alzamiento de bienes como delitos de lesión
2.1. La insolvencia como lesión
2.2. El vencimiento y la exigibilidad de la obligación como lesión
IV. La naturaleza en los delitos de insolvencia en sentido estricto. 1. El antiguo delito concursal como delito de lesión
2. El delito de causación de la insolvencia (art. 259.2 CP) como delito de lesión
3. El delito de agravación de la insolvencia como delito de lesión o de peligro. 3.1. La naturaleza de las insolvencias punibles patrimoniales
3.2. La naturaleza de las insolvencias punibles contables
V. Conclusiones sobre el contenido de injusto en los delitos de insolvencia
Capítulo III. El concepto jurídico-penal de insolvencia
I. La justificación del estudio del concepto de insolvencia
II. Una breve aproximación al concepto de insolvencia a través de su evolución terminológica (y conceptual) en el Derecho privado
III. La configuración de la insolvencia en la legislación concursal. 1. El concepto de insolvencia actual
1.1. Incapacidad de pago
1.2. Regularidad
1.3. Exigibilidad
2. La insolvencia inminente
3. La prueba de la insolvencia
4. La insolvencia frente a otras situaciones patrimoniales y financieras
4.1. La falta de liquidez y su relación con el fondo de maniobra
4.2. El desbalance y el sobreendeudamiento
4.3. La cesación o sobreseimiento de pagos
4.4. Las pérdidas cualificadas y otras pérdidas patrimoniales
IV. El concepto jurídico-penal de insolvencia. 1. Examen de las clases de insolvencia identificadas en la doctrina y en la jurisprudencia penal
1.1. La insolvencia parcial y la insolvencia total
1.2. La insolvencia provisional y la insolvencia definitiva
1.3. La insolvencia real y la insolvencia aparente
2. La insolvencia como elemento típico en los delitos de alzamiento de bienes y en los delitos de causación y agravación de la insolvencia
2.1. La pérdida de la condición de “insolvencia punible” de los delitos de alzamiento de bienes como cuestión formal o sustantiva
2.2. La pérdida de la condición de “insolvencia punible” de los delitos de alzamiento de bienes en la jurisprudencia
3. Conclusiones provisionales sobre el concepto de insolvencia
4. El concepto jurídico-penal de insolvencia actual o insolvencia inminente. 4.1. La autonomía relativa del Derecho penal frente al Derecho concursal
4.2. Revisión de la adecuación de los conceptos de insolvencia actual e insolvencia inminente en el Código penal
A. El concepto concursal de insolvencia actual e insolvencia inminente frente a los fines del Derecho penal
B. Revisión crítica de las posiciones doctrinales y jurisprudenciales
a. El concepto contable de insolvencia
b. Las objeciones al concepto concursal de insolvencia
V. Conclusiones sobre el concepto jurídico-penal de insolvencia
VI. La confusa naturaleza dogmática de la cláusula del art. 259.4 CP
1. Estado de la cuestión anterior a la reforma de 2015
1.1. La declaración de concurso como elemento del tipo o como condición objetiva de procedibilidad
1.2. La declaración de concurso como condición objetiva de punibilidad
2. La repercusión de la reforma de 2015 en su naturaleza dogmática. 2.1. La “mutación” de la naturaleza de la declaración de concurso
2.2. Toma de postura
3. ¿Es necesaria la reformulación de las condiciones objetivas de punibilidad del art. 259.4 CP? 3.1. El castigo penal de la causación y agravación de la insolvencia en entidades de crédito intervenidas con fondos públicos
3.2. El incumplimiento regular de las obligaciones exigibles como condición objetiva de punibilidad: ¿Un error del legislador?
Capítulo IV. El riesgo permitido en las situaciones de (pre)insolvencia
I. Consideraciones generales
II. ¿Es la insolvencia punible un delito de “administración desleal” frente a los acreedores?
1. Las fricciones entre los socios y los acreedores en situaciones de insolvencia
2. El punto de partida: La convivencia “pared con pared”
3. El punto de (des)encuentro: El momento en el que se produce el derrumbe del “tabique”
3.1. En el contexto de la preinsolvencia o proximidad a la insolvencia
3.2. En el contexto de insolvencia inminente
3.3. En el contexto de la declaración de concurso o de la insolvencia actual
III. El deber de diligencia en la gestión de los asuntos económicos en el art. 259 CP y la cláusula de justificación económica
1. La relación entre la infracción del deber de diligencia en la gestión económica y la justificación económica o empresarial. Una sistemática deficitaria
2. La validez del criterio del deber de diligencia en la gestión de los asuntos económicos tanto para deudores particulares como para deudores empresarios
2.1. El deber de diligencia en la gestión económica del deudor no empresario y su relación con la exoneración del pasivo insatisfecho
2.2. El deber de diligencia en la gestión económica del deudor empresario y su compatibilidad con la business judgment rule. A. La business judgment rule: fundamento y ámbito de aplicación
B. La modulación de los criterios de la business judgment rule en situaciones de (pre)insolvencia
3. La cláusula de justificación económica o empresarial. 3.1. Naturaleza y función
3.2. Contenido
A. La relativa novedad de la justificación económica o empresarial como criterio restrictivo en la jurisprudencia
B. Propuestas interpretativas del concepto de justificación económica o empresarial. a. Su asimilación a la cláusula “en perjuicio de los acreedores” y al “sacrificio patrimonial injustificado” en las acciones rescisorias
b. Su asimilación al criterio del “sentido económico” en el delito de administración desleal
C. La justificación económica o empresarial razonable como tertium genus entre lo económicamente racional y lo económicamente irracional
Capítulo I. La causación y la agravación de la insolvencia a través de un grupo de casos
I. Consideraciones previas
II. Consecuencias de la propuesta interpretativa en el tratamiento de un grupo de casos. 1. La ejecución de un plan para adquirir una posición determinada en el mercado basado en un cálculo económico y financiero erróneo
2. Operaciones de venta o prestaciones de servicios a pérdida
3. La negociación de operaciones de reestructuración y el saneamiento “libre” en conexión con medidas premiales. El caso de Italia
4. El incumplimiento (o el cumplimiento intempestivo) del deber de solicitar el concurso
5. La participación en negocios especulativos o de alto riesgo
6. Las situaciones de infracapitalización y de pérdidas cualificadas
7. Las insolvencias que afectan a una “generalidad de personas” o que causan un perjuicio económico superior a 600.000 euros
8. El pago de deudas vencidas, de las no exigibles y el favorecimiento de acreedores “permitido”
9. Las conductas de vampirismo entre sociedades. La despatrimonialización de las sociedades filiales a favor de la sociedad matriz
10. La sucesión empresarial “encubierta” o “de hecho” y las modificaciones estructurales como operaciones despatrimonializadoras
11. El sobreendeudamiento o la asunción de deudas desproporcionadas
12. Las irregularidades contables vinculadas a la generación o agravación de la insolvencia
Capítulo II. Relaciones concursales intrasistemáticas y extrasistemáticas
I. Consideraciones previas
II. Las relaciones intrasistemáticas. 1. Las relaciones entre el delito de alzamiento de bienes y el delito de causación de la insolvencia
2. Las relaciones entre el delito de alzamiento de bienes y el delito de agravación de la insolvencia
III. Las relaciones extrasistemáticas. 1. Las relaciones con el delito de estafa
2. Las relaciones con el delito de administración desleal
Referencias Bibliográficas
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D. JAVIER MOSCOSO DEL PRADO MUÑOZ
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40. La Administración de Justicia como bien jurídico en el Código penal español es utilizada de forma más amplia que las expresiones “Poder Judicial” y “Potestad jurisdiccional”. Véanse, entre otros, Mestre Delgado, E., “Delitos contra la Administración de Justicia”, en Lamarca Pérez, C., Delitos. La parte especial del Derecho penal, cit., p. 770; Morillas Cueva, L., “Delitos contra la Administración de Justicia (I)”, en Sistema de Derecho penal. Parte especial, cit., p. 1200. No obstante, se critica su “vaguedad e imprecisión respecto al bien jurídico protegido e incluso algunos de los delitos que contiene afectan más a otros bienes jurídicos (como los de carácter personal a que se alude en el delito de omisión del deber de impedir determinados delitos o el honor en el delito de acusación y denuncia falsas)”, véase Muñoz Conde, F., Derecho penal. Parte especial, 20.ª ed., cit., p. 805. Únicamente se podría señalar como elemento común una “vaga relación con el fin último de justicia”, véase Cancio Meliá, M., “Delitos contra la Administración de Justicia”, en Molina Fernández, F., Memento penal, Francis Lefebvre, Madrid, 2019, p. 1807.
41. Véase, en detalle, Cantarero Bandrés, R., Administración de Justicia y obstruccionismo judicial, Trotta, Madrid, 1995, p. 24.
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