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Juan Gabriel Rojas López. Derecho administrativo sancionador
CONTENIDO
PROEMIO
INTRODUCCIÓN. I. LAS RAZONES QUE CONDUJERON A LA ELABORACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN QUE SIRVE DE SOPORTE A ESTA OBRA
II. UNA CONCEPCIÓN DEMOLIBERAL Y GARANTISTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. PUNTO DE PARTIDA PARA LAS IDEAS EXPRESADAS
III. LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL MARCO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO SUPONE UN EQUILIBRIO ENTRE EL CONTROL SOCIAL Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
IV. LA POTESTAD PUNITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN, AL IGUAL QUE LA POTESTAD PUNITIVA PENAL, EMANA DE UN FUNDAMENTO COMÚN: EL IUS PUNIENDI DEL ESTADO
V. ENTRE LA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA Y EL DELITO NO EXISTEN DIFERENCIAS SUSTANCIALES, PERO PUEDEN ESTABLECERSE DIFERENCIAS ADJETIVAS A PARTIR DE LA NORMA
VI. CON EL ESTABLECIMIENTO DE INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y DELITOS SE BUSCA LA PROTECCIÓN DE BIENES JURÍDICOS
VII. TANTO POR LA VÍA DEL DERECHO PENAL COMO POR LA VÍA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR SE PUEDEN AFECTAR PROFUNDAMENTE LOS DERECHOS DE QUIEN SE ENCUENTRE SOMETIDO A LA FACETA PUNITIVA DEL ESTADO
VIII. COMO LOS EFECTOS DE LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA PUEDEN SER TAN RESTRICTIVOS DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE QUIEN RESULTA SANCIONADO, SE DEBE GARANTIZAR LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS HISTÓRICOS DEL DERECHO PUNITIVO ESTATAL
IX. EN ESTE LIBRO SE ABOGA POR UN MODELO GARANTISTA DE LOS DERECHOS DEL ADMINISTRADO EN EL MARCO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
X. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO
XI. ORGANIZACIÓN INTERNA DEL LIBRO
CAPÍTULO PRIMERO FUNDAMENTOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN. INTRODUCCIÓN
SECCIÓN I. DE LA JUSTIFICACIÓN Y FINALIDAD DE LA POTESTAD SANCIONADORA DEL ESTADO
SECCIÓN II. LOS FINES DE LA SANCIÓN PUNITIVA
SECCIÓN III. LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN. NOCIÓN CONCEPTUAL, CARACTERÍSTICAS Y FINALIDADES
SECCIÓN IV. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES DE LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO SEGUNDO ANÁLISIS SOBRE LAS DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE LA INFRACCIÓN PENAL Y LA ADMINISTRATIVA. INTRODUCCIÓN
SECCIÓN I. APROXIMACIONES A LA NOCIÓN CONCEPTUAL DE LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA
SECCIÓN II. ANÁLISIS SOBRE LAS DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS ENTRE LA INFRACCIÓN PENAL Y LA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA
SECCIÓN III. CONCEPCIONES TEÓRICAS EN TORNO A LA DISTINCIÓN ENTRE LA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA Y EL DELITO
CAPÍTULO TERCERO PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA POTESTAD SANCIONADORA DE LA ADMINISTRACIÓN. INTRODUCCIÓN
SECCIÓN I. EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD
SECCIÓN II. EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD
SECCIÓN III. EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
SECCIÓN IV. EL PRINCIPIO DE NON BIS IN IDEM
SECCIÓN V. EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD
SECCIÓN VI. EL PRINCIPIO DEL DEBIDO PROCESO
CAPÍTULO CUARTO EL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR Y LAS GARANTÍAS HISTÓRICAS DEL DERECHO PUNITIVO ESTATAL. UNA REFLEXIÓN CRÍTICA AL DERECHO SANCIONADOR COLOMBIANO. INTRODUCCIÓN
SECCIÓN I. REFLEXIONES SOBRE EL NON BIS IN IDEM Y SU INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN EN EL DERECHO COLOMBIANO
SECCIÓN II. DE LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD COMO CONQUISTAS HISTÓRICAS EN EL DERECHO PUNITIVO ESTATAL Y SU APLICACIÓN MATIZADA EN COLOMBIA
SECCIÓN III. LA HUIDA DEL DERECHO PENAL O EL DOBLE ÁMBITO SANCIONADOR
SECCIÓN IV. EL DERECHO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR GARANTISTA. UNA PROPUESTA PARA COLOMBIA
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
SENTENCIAS CITADAS. I. Corte Constitucional
II. Consejo de Estado
III. Corte Suprema de Justicia
PÁGINAS WEB
INSTRUMENTOS NORMATIVOS
NOTAS AL PIE
Отрывок из книги
A Elizabeth, Isabel, Santiago y a mi padre, Gabriel José
INTRODUCCIÓN
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De acuerdo con Kant, la retribución concebida como igualdad constituye el fundamento y el grado de castigo121, razón por la cual su modelo se estructura sobre una premisa básica: la pena no puede tener jamás la finalidad de mejorar o corregir al hombre, ya que un fin utilitario sería ilegítimo desde su perspectiva122. La pena según Kant es, en síntesis, la retribución a la culpabilidad del sujeto; ese es su único fin123, pues la pena tiene un valor en sí misma124. Hegel, que también fue partidario de esta postura, expresó:
La lesión que afecta al delincuente no es solo justa en sí: por ser justa es al mismo tiempo su voluntad existente en sí, una existencia de su libertad, su derecho […]. La eliminación del delito es una compensación en la medida en que, según su concepto, es la lesión de una lesión125.
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