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ОглавлениеLAS CELEBRACIONES
DOMINICALES
EN AUSENCIA DE PRESBÍTERO
(ADAP)
Documentos, reflexiones
y materiales
Dossiers CPL, 153 Centre de Pastoral Litúrgica Barcelona
Director de la colección Dossiers CPL: Joan Torra
Publicación preparada por: Xavier Aymerich
Diseño e imagen de la cubierta: Mercè Solé
© Edita: CENTRE DE PASTORAL LITÚRGICA
Nàpols 346, 1 – 08025 Barcelona
Tel. (+34) 933 022 235 – wa (+34) 619 741 047
cpl@cpl.es – www.cpl.es
Primera edición digital: marzo de 2020
ISBN: 978-84-9165-322-6
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PRESENTACIÓN
La configuración de la asamblea conciliar del Vaticano II era verdaderamente universal, reunía obispos de todas las partes del mundo como nunca antes había sucedido. Con toda lógica debía tener presente la realidad de la Iglesia católica en cada situación del mundo para poder responder a ella. No debe extrañar, por lo tanto, que algunas previsiones las hiciera para las Iglesias jóvenes, de los llamados países de misión. Así, por ejemplo, era necesario prever los debidos procesos catecumenales para la iniciación cristiana de adultos, situación que no se daba en las Iglesias de larga tradición, amablemente habituales desde hacía siglos al bautismo de niños.
Seguramente era muy difícil o casi imposible de prever que, en poco más del medio siglo transcurrido desde la clausura conciliar, situaciones de estas, no solo iban a sufrir algunos cambios lógicos sino que se iban a invertir totalmente de forma que algunas previsiones, hechas para países de misión, iban a estar en el orden del día de las Iglesias, llamémoslas ancianas, para dar respuesta a situaciones nuevas, inesperadas, a las que la aceleración de los acontecimientos las sumía.
Este es el caso que presentamos ahora. En países de reciente evangelización se habían previsto las Celebraciones dominicales en ausencia de presbítero (ADAP) para que las comunidades cristianas, esparcidas por amplias áreas sin sacerdote residente, mantuvieran su vida cristiana a partir de la Eucaristía aunque esta no pudiera ser celebrada cada domingo. Rápidamente esta realidad se ha invertido y ahora son las comunidades ancianas las que se ven envueltas en una situación de falta de presbíteros para celebrar la Eucaristía cada domingo en cada comunidad. La mirada se ha dirigido a la previsión hecha para los países de misión, convencidos de que ahora esta misión se requiere donde antes parecía que no era necesaria.
Nos debemos felicitar de que haya habido una abundante y rigurosa reflexión sobre estos temas, para que no se pretenda dar soluciones espontáneas a problemas que son muy de fondo porque tocan elementos esenciales de la vida cristiana. Por ello, desde el Centre de Pastoral Litúrgica estamos satisfechos de poder ofrecer un verdadero Dossier de materiales que empieza por los abundantes documentos magisteriales de referencia, continúa por reflexiones teológicas y pastorales con estudios de gran calado y desemboca en materiales prácticos que diversas diócesis han elaborado para que las prácticas pastorales, que pretenden responder a esta acuciante situación que vivimos, sean una oportunidad para seguir avanzando sinodalmente siempre deseosos de saber qué es lo que el Espíritu pide a las Iglesias en estas nuevas circunstancias.
Seguro que todo ello vivificará tanto las celebraciones de la Eucaristía como la profunda reflexión sobre el sacramento, sobre el ministerio ordenado y los demás ministerios, sobre el sentido del domingo y sobre la identidad de la comunidad cristiana.
I. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
INTRODUCCIÓN
En este capítulo de documentos de referencia ofrecemos el texto de los principales documentos oficiales de la Iglesia sobre las Celebraciones dominicales en ausencia de presbítero (ADAP).
La referencia a estas ADAP empieza de forma aún difusa en el mismo Concilio Vaticano II, y poco a poco se va concretando su naturaleza y sus posibilidades. El documento principal, evidentemente, es el Directorio que publicó la Congregación para el Culto Divino el año 1988, y que aquí reproducimos íntegro. Inmediatamente después, los Prænotanda que el Secretariado Nacional de Liturgia de la Conferencia Episcopal Española incluyó en su ritual en castellano. Aún, finalmente, otros documentos posteriores que hacen referencia a este tipo de celebraciones.
CONSTITUCIÓN SOBRE LA SAGRADA LITURGIA «SACROSANCTUM CONCILIUM»
(Concilio Vaticano II, 4 diciembre 1963)
35,4. Foméntense las celebraciones sagradas de la Palabra de Dios en las vísperas de las fiestas más solemnes, en algunas ferias de Adviento y Cuaresma y los domingos y días festivos, sobre todo en los lugares donde no haya sacerdotes, en cuyo caso debe dirigir la celebración un diácono u otro delegado por el obispo.
INSTRUCCIÓN «INTER OECUMENICI» PARA APLICAR LA CONSTITUCIÓN SOBRE LA SAGRADA liturgia
(Sagrada Congregación de Ritos y el Consilium, 26 septiembre 1964)
37. En los lugares donde no haya Sacerdote y no se pueda celebrar la misa, los domingos y fiestas de precepto organícese, a juicio del Ordinario, una sagrada celebración de la Palabra de Dios, presidida por un diácono o incluso por un seglar, especialmente delegado.
La estructura de esta celebración será semejante a la de la liturgia de la Palabra en la misa: generalmente se leerán en lengua vernácula la epístola y el evangelio de la misa del día, anteponiendo e intercalando cantos, tomados preferentemente de los salmos. Si es diácono el que preside, pronunciará la homilía, y, si no lo es, leerá la homilía que le haya señalado el obispo o el párroco. La celebración terminará con la oración común o de los fieles y el Padrenuestro.
CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO
(Santa Sede, 25 enero 1983)
Canon 1248. § 2. Cuando falta el ministro sagrado u otra causa grave hace imposible la participación en la celebración eucarística, se recomienda vivamente que los fieles participen en la liturgia de la Palabra, si esta se celebra en la iglesia parroquial o en otro lugar sagrado conforme a lo prescrito por el obispo diocesano, o permanezcan en oración durante el tiempo debido personalmente, en familia, o, si es oportuno, en grupos familiares.
DIRECTORIO PARA LAS CELEBRACIONES DOMINICALES EN AUSENCIA DE PRESBÍTERO
Introducción
1. La Iglesia de Cristo, desde el día de Pentecostés, después de la venida del Espíritu Santo, nunca ha dejado de reunirse para celebrar el misterio pascual, en el día llamado «Domingo», en memoria de la resurrección del Señor. En la asamblea dominical la Iglesia lee cuanto se refiere a Cristo en toda la Escritura1 y celebra la Eucaristía como memorial de la muerte y resurrección del Señor, hasta que vuelva.
2. Sin embargo no siempre se puede tener una celebración plena del domingo. En efecto, ha habido muchos fieles, y los hay actualmente, a los que «por falta de ministro sagrado u otra causa grave les resulta imposible la participación en la celebración eucarística».2
3. En algunos países, después de la primera evangelización, los obispos confiaron a los catequistas la misión de reunir a los fieles el domingo y de dirigir la plegaria a la manera de los ejercicios piadosos. Los cristianos, crecidos en número, se encontraban dispersos en muchos lugares, a veces lejanos, no pudiendo el sacerdote llegar a ellos cada domingo.
4. En otros lugares, a causa de las persecuciones contra los cristianos, o por otras severas limitaciones impuestas a la libertad religiosa, está prohibido a los fieles reunirse en domingo. Como en otro tiempo hubo cristianos, fieles hasta el martirio en la participación de la asamblea dominical,3 así ahora los hay que hacen lo imposible para reunirse el domingo para orar, en familia o en pequeños grupos, aunque privados de la presencia del ministro sagrado.
5. Por otra parte, en nuestros días, en bastantes zonas hay parroquias que no pueden gozar de la celebración de la Eucaristía cada domingo, porque ha disminuido el número de los sacerdotes. Además, por circunstancias sociales y económicas, no pocas parroquias se han despoblado. Por esto a muchos presbíteros se les ha encargado celebrar varias veces la misa del domingo, en iglesias diversas y distantes entre sí. Pero esta práctica no siempre es considerada conveniente, ni para las parroquias privadas del propio pastor ni para los mismos sacerdotes.
6. Por este motivo en algunas Iglesias particulares, en las que se dan las anteriores circunstancias, los obispos han considerado necesario establecer otras celebraciones dominicales, ante la falta del presbítero, para que se pudiese tener una asamblea cristiana del mejor modo posible, y se asegurase la tradición cristiana del domingo.
No raramente, sobre todo en tierras de misión, los mismos fieles, conscientes de la importancia del domingo, con la cooperación de los catequistas y también de los religiosos, se reúnen para escuchar la Palabra de Dios, para orar y a veces también para recibir la santa comunión.
7. Teniendo en cuenta todas estas razones y a la vista de los documentos promulgados por la Santa Sede,4 la Congregación para el Culto Divino, secundando también los deseos de las Conferencias Episcopales, considera oportuno recordar algunos elementos doctrinales sobre el domingo, y establecer las condiciones que legitiman tales celebraciones en las diócesis, y hacer algunas indicaciones para su recto desarrollo.
Corresponderá a las Conferencias Episcopales, según la conveniencia, determinar ulteriormente las mismas normas y adaptarlas a la índole y a la situación de los distintos pueblos, informando de ello a la Sede Apostólica.
Capítulo I
EL DOMINGO Y SU SANTIFICACIÓN
8. «La Iglesia, por una tradición apostólica, que trae su origen del día mismo de la resurrección de Cristo, celebra el misterio pascual cada ocho días, en el día que es llamado con razón día del Señor o domingo».5
9. Los testimonios de la asamblea de los fieles, en el día que ya en el Nuevo Testamento es señalado como «domingo»,6 se encuentran explícitamente en los antiquísimos documentos del primero y segundo siglo,7 y entre ellos sobresale el de san Justino: «En el día llamado del Sol, todos los que habitan en las ciudades y en los campos se reúnen en un mismo lugar...».8 Entonces, el día en que se reunían los cristianos, no coincidía con los días festivos del calendario griego y romano, y por esto constituía para los conciudadanos un cierto signo de profesión cristiana.
10. Desde los primeros siglos, los pastores no han cesado de inculcar a los fieles la necesidad de reunirse en domingo: «No os separéis de la Iglesia, pues sois miembros de Cristo, por el hecho de que os reunís...; no seáis negligentes, ni privéis al Salvador de sus miembros, ni contribuyáis a desmembrar su cuerpo...».9 Es lo que ha recordado modernamente el Concilio Vaticano II con estas palabras: «En este día los fieles deben reunirse a fin de que, escuchando la Palabra de Dios y participando en la Eucaristía, recuerden la Pasión del Señor Jesús y den gracias a Dios que los hizo renacer a la esperanza viva por la resurrección de Jesucristo de entre los muertos».10
11. La importancia de la celebración del domingo en la vida de los fieles es indicada así por san Ignacio de Antioquía: «(Los cristianos) no celebran ya el sábado, sino que viven según el domingo, en el que también nuestra vida ha resucitado por medio de él (Cristo) y de su muerte».11
El sentido cristiano de los fieles, tanto en el pasado como en el tiempo presente, ha tenido en tan gran estima el domingo, que en modo alguno han querido olvidarlo ni siquiera en los momentos de persecución y en medio de culturas que están lejos de la fe cristiana o se oponen a ella.
12. Los elementos que se requieren principalmente para la asamblea dominical, son los siguientes:
a) reunión de los fieles para manifestar que la «Iglesia» no es una asamblea formada espontáneamente, sino convocada por Dios, es decir, pueblo de Dios orgánicamente estructurado y presidido por el sacerdote en la persona de Cristo Cabeza;
b) instrucción sobre el misterio pascual por medio de las Escrituras, que son leídas y explicadas por el sacerdote o el diácono;
c) celebración del sacrificio eucarístico, realizado por el sacerdote en la persona de Cristo y ofrecido en nombre de todo el pueblo cristiano, con el que se hace presente el misterio pascual.
13. El celo pastoral se ha de orientar principalmente a hacer que el sacrificio de la misa se celebre cada domingo; porque solamente por medio de él se perpetúa verdaderamente la Pascua del Señor12 y la Iglesia se manifiesta enteramente. «El domingo es la fiesta primordial... que es preciso presentar e inculcar a la piedad de los fieles. No se le antepongan otras celebraciones a no ser que sean de grandísima importancia, porque el domingo es el fundamento y el núcleo de todo el año litúrgico».13
14. Es necesario que estos principios sean inculcados desde el comienzo de la formación cristiana, a fin de que los fieles observen de corazón el precepto de la santificación del día festivo, y comprendan el motivo por el que se reúnen cada domingo convocados por la Iglesia,14 para celebrar la Eucaristía, y no solo para satisfacer la propia devoción privada. De este modo los fieles podrán tener una experiencia del domingo como signo de la transcendencia de Dios sobre la obra del hombre y no como un simple día de descanso, y podrán también comprender más profundamente, en virtud de la asamblea dominical, y demostrar hacia fuera que son miembros de la Iglesia.
15. Los fieles deben poder encontrar en las asambleas dominicales, como en la vida de la comunidad cristiana, tanto la participación activa como una verdadera fraternidad, y la oportunidad de fortalecerse espiritualmente bajo la guía del Espíritu. Así podrán protegerse más fácilmente del atractivo de las sectas, que les prometen alivio en el sufrimiento de la soledad y más completa satisfacción de sus aspiraciones religiosas.
16. Finalmente, la acción pastoral debe favorecer las iniciativas para hacer del domingo «el día de la alegría y del descanso del trabajo»,15 de manera que aparezca en la sociedad moderna como signo de libertad y, en consecuencia, como día instituido para el bien de la misma persona humana, que es sin duda de más valor que los negocios y los procesos productivos.16
17. La Palabra de Dios, la Eucaristía y el ministerio sacerdotal son dones que el Señor ofrece a la Iglesia su esposa. Por esto deben ser acogidos y solicitados como una gracia de Dios. La Iglesia, que goza de estos dones sobre todo en la asamblea dominical, da gracias a Dios en ella, en la espera del perfecto disfrute del día del Señor «delante del trono de Dios y en presencia del Cordero».17
Capítulo II
CONDICIONES PARA LAS CELEBRACIONES DOMINICALES EN AUSENCIA DE SACERDOTE
18. Cuando en algunos lugares no es posible celebrar la misa del domingo, se ha de considerar ante todo si los fieles no pueden acercarse a la iglesia del lugar más cercano para participar allí en la celebración del misterio eucarístico. Esta solución se ha de recomendar también en nuestros días e incluso, en cuanto sea posible, conservarla. Esto requiere, no obstante, que los fieles estén rectamente instruidos sobre el sentido pleno de la asamblea dominical y se adapten de buen ánimo a las nuevas situaciones.
19. Se ha de procurar también que, aún sin misa, el domingo se ofrezca ampliamente a los fieles, reunidos en diversas formas de celebración, las riquezas de la Sagrada Escritura y de la plegaria de la Iglesia, para que no se vean privados de las lecturas que se leen en el curso del año durante la misa, ni de las oraciones de los tiempos litúrgicos.
20. Entre las varias formas conocidas en la tradición litúrgica, cuando no es posible la celebración de la misa, la más recomendable es la celebración de la Palabra de Dios,18 que oportunamente puede ir seguida de la comunión eucarística. De este modo los fieles pueden nutrirse al mismo tiempo de la Palabra y del Cuerpo de Cristo. «Oyendo la Palabra de Dios conocen que las maravillas divinas que se proclaman culminan en el misterio pascual, cuyo memorial se celebra sacramentalmente en la misa, y en el cual participan por la comunión».19 Además, en algunas circunstancias, se pueden unir oportunamente la celebración del domingo y las celebraciones de algunos sacramentos, y especialmente de los sacramentales, según las necesidades de cada comunidad.
21. Es necesario que los fieles perciban con claridad que estas celebraciones tienen carácter de suplencia, y no pueden considerarse como la mejor solución de las dificultades nuevas o una concesión hecha a la comodidad.20 Las reuniones o asambleas de este tipo no pueden celebrarse nunca en domingo en aquellos lugares en los que se ha celebrado o se va a celebrar la misa o bien se ha celebrado en la tarde del día precedente, aunque haya sido en otra lengua; no es conveniente además que tal asamblea se repita.
22. Evítese con cuidado la confusión entre las reuniones de este género y la celebración eucarística. Estas reuniones no deben suprimir sino aumentar en los fieles el deseo de participar en la celebración eucarística y prepararlos mejor para participar en ella.
23. Los fieles han de comprender que no es posible la celebración del sacrificio eucarístico sin el sacerdote y que la comunión eucarística, que pueden recibir en estas reuniones, está íntimamente unida al sacrificio de la misa. Por este motivo se puede mostrar a los fieles lo necesario que es rogar «para que los dispensadores de los misterios de Dios sean cada vez más numerosos y perseveren siempre en su amor».21
24. Compete al obispo diocesano, oído el parecer del consejo presbiteral, establecer si en la propia diócesis debe haber regularmente reuniones dominicales sin la celebración de la Eucaristía, y dar normas generales y particulares para ello, teniendo en cuenta las circunstancias de las personas y de los lugares.
Por consiguiente, no se organicen asambleas de este tipo, si no es mediante la convocatoria del obispo y bajo el ministerio pastoral del párroco.
25. «No es posible formar una comunidad cristiana si no tiene como raíz y eje la celebración de la santísima Eucaristía».22 Por esto, antes de que el obispo establezca que se hagan reuniones dominicales sin la celebración de la Eucaristía, además del estudio sobre la situación de las parroquias (cf. núm. 5), deben ser examinadas la posibilidad de recurrir a presbíteros, también los religiosos, no directamente vinculados a la cura de almas, y la frecuencia de las misas celebradas en las diversas iglesias y parroquias.23
Se ha de mantener la primacía de la celebración eucarística sobre cualquier otra acción pastoral, especialmente en domingo.
26. El obispo, personalmente o mediante otras personas, instruirá a la comunidad diocesana con la oportuna catequesis sobre las causas que motivan esta decisión, destacando su gravedad y exhortando a la corresponsabilidad y a la cooperación. Él designará un delegado o una comisión especial que cuide de que las celebraciones se desarrollen correctamente; escogerá a quienes han de promoverlas y hará que estén debidamente instruidos. Pero siempre procurará que los fieles afectados puedan participar en la celebración eucarística el mayor número posible de veces al año.
27. Es misión del párroco informar al obispo sobre la conveniencia de hacer estas celebraciones en su jurisdicción; preparar a los fieles para ellas; visitarlos alguna vez durante la semana; celebrar para ellos los sacramentos en el momento oportuno, especialmente la Penitencia. De este modo la comunidad podrá experimentar de verdad cómo se reúne el domingo no «sin el presbítero» sino solamente «en su ausencia», o mejor aún, «en su espera».
28. Cuando no sea posible la celebración de la misa, el párroco procurará que se distribuya la sagrada comunión. Cuidará también de que en cada comunidad se tenga la celebración eucarística en el tiempo establecido. Las hostias consagradas deben renovarse frecuentemente y conservarse en lugar seguro.
29. Para dirigir estas reuniones dominicales deben ser llamados los diáconos, como primeros colaboradores de los sacerdotes. Al diácono, ordenado para apacentar al Pueblo de Dios y para hacerlo crecer, corresponde dirigir la plegaria, proclamar el evangelio, pronunciar la homilía y distribuir la Eucaristía.24
30. Cuando estén ausentes tanto el presbítero como el diácono, el párroco designará a laicos, a los que encomendará el cuidado de las celebraciones, es decir, la guía de la plegaria, el servicio de la Palabra y la distribución de la santa comunión.
Deberá elegir en primer lugar a los acólitos y lectores, instituidos para el servicio del altar y de la Palabra de Dios. Faltando también estos, pueden designarse otros laicos, hombres y mujeres, que pueden ejercer esta función en base a su bautismo y a su confirmación.25 Estos sean elegidos atendiendo a su conducta de vida, en consonancia con el Evangelio, y se tenga en cuenta el que puedan ser bien aceptados por los fieles. La designación se hará habitualmente por un período determinado y se manifestará públicamente a la comunidad. Es conveniente que se haga una plegaria especial por ellos en alguna celebración.26 El párroco se responsabilizará de dar a estos laicos una oportuna y continua formación y de preparar con ellos unas celebraciones dignas (cf. capítulo III).
31. Los laicos designados considerarán el encargo recibido, no como un honor, sino como una misión y un servicio para con los hermanos, bajo la autoridad del párroco. La función no es propia de ellos, sino supletoria, porque la ejercen «donde lo aconseje la necesidad de la Iglesia y no haya ministros».27
«Hagan todo y solo aquello que corresponde a la misión que han recibido».28 Ejerzan su propia función con sincera piedad y con orden, como conviene a esta misión y como les exige justamente el Pueblo de Dios.29
32. Si un domingo no se puede hacer la celebración de la Palabra de Dios con la distribución de la sagrada comunión, se recomienda vivamente a los fieles «que permanezcan en oración durante el tiempo debido personalmente, en familia, o, si es oportuno, en grupos familiares».30 En estos casos pueden ser útiles las retransmisiones por radio o televisión de las celebraciones sagradas.
33. Téngase en cuenta sobre todo la posibilidad de celebrar alguna parte de la Liturgia de las Horas, por ejemplo, las Laudes matutinas o las Vísperas, en las que se pueden insertar las lecturas del domingo correspondiente. En efecto, cuando «los fieles son convocados y se reúnen para la Liturgia de las Horas, uniendo sus corazones y sus voces, visibilizan a la Iglesia, que celebra el misterio de Cristo».31 Al final de esta celebración puede ser distribuida la comunión eucarística (cf. núm. 46).
34. «A cada fiel o a las comunidades que por motivo de persecución o por falta de sacerdotes se ven privadas de la celebración de la sagrada Eucaristía por breve o también por largo tiempo, no por eso les falta la gracia del Redentor. Si están animados íntimamente por el deseo del sacramento y unidos en la oración con toda la Iglesia; si invocan al Señor y elevan hacia él sus corazones, también ellos viven por virtud del Espíritu Santo en comunión con la Iglesia, cuerpo vivo de Cristo, y con el mismo Señor... y reciben los frutos del sacramento».32
Capítulo III
LA CELEBRACIÓN
35. El orden a seguir en la reunión del domingo cuando no se celebra la misa, consta de dos partes: la celebración de la Palabra de Dios y la distribución de la comunión. No se introduzca en esta reunión lo que es propio de la misa, especialmente la presentación de los dones y la plegaria eucarística. El rito se ordene de tal manera que favorezca totalmente la oración y ofrezca la imagen de una asamblea litúrgica y no de una simple reunión.
36. Los textos de las oraciones y de las lecturas de cada domingo o solemnidad han de tomarse habitualmente del Misal o del Leccionario. De este modo los fieles, siguiendo el curso del Año Litúrgico, orarán y escucharán la Palabra de Dios en comunión con las restantes comunidades de la Iglesia.
37. El párroco, al preparar la celebración con los laicos designados, puede hacer adaptaciones teniendo en cuenta el número de los participantes y la capacidad de los animadores, y atendiendo a los instrumentos que acompañan el canto y ejecutan la música.
38. Cuando preside la celebración el diácono, debe comportarse de acuerdo con su ministerio, en los saludos, oraciones, y proclamación del evangelio y homilía, distribución de la comunión y despedida de los participantes con la bendición. Viste los ornamentos propios de su ministerio, esto es, el alba con la estola, y según la oportunidad la dalmática, y usa la sede presidencial.
39. El laico que modera la reunión actúa como uno entre iguales, como ocurre en la Liturgia de las Horas, cuando no preside el ministro ordenado, y en las bendiciones, cuando el ministro es laico («El Señor nos bendiga...», «Bendigamos al Señor...»). No debe emplear las palabras reservadas al presbítero o al diácono, y debe omitir aquellos ritos que remiten de manera directa a la misa, por ejemplo: los saludos, especialmente «El Señor esté con vosotros» y la fórmula de despedida que haría aparecer al laico moderador como un ministro sagrado.33
40. Lleve un vestido que no desdiga de esta función, o la vestidura que oportunamente señale el obispo.34 No use la sede presidencial, sino prepárese otra sede fuera del presbiterio.35
El altar, que es la mesa del sacrificio y del convite pascual, será usado solamente para poner en él el Pan consagrado antes de la distribución de la Eucaristía.
Al preparar la celebración se ha de procurar una adecuada distribución de las funciones, por ejemplo, para las lecturas, para los cantos, etc., y para la disposición y ornato del lugar.
41. El esquema de la celebración consta de los siguientes elementos:
a) los ritos iniciales, cuya finalidad es hacer que los fieles que se reúnen constituyan la comunidad y se preparen dignamente para la celebración;
b) la liturgia de la Palabra, en la cual Dios mismo habla a su pueblo para manifestarle el misterio de la redención y de la salvación; el pueblo responde mediante la profesión de fe y la plegaria universal;
c) la acción de gracias, con la que Dios es bendecido por su gloria inmensa (cf. núm. 45);
d) los ritos de la comunión, mediante los cuales se expresa y se realiza la comunión con Cristo y con los hermanos, sobre todo con aquellos que en el mismo día participan en el sacrificio eucarístico;
e) los ritos de conclusión, con los que viene indicada la relación entre la liturgia y la vida cristiana.
La Conferencia Episcopal, o el mismo obispo, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y de las personas, pueden concretar más la celebración con subsidios preparados por la Comisión Nacional o diocesana de Liturgia. No obstante, este esquema no debe cambiar sin necesidad.
42. En la monición inicial, o en otro momento de la celebración, el moderador hace mención de la comunidad con la que, aquel domingo, el párroco celebra la Eucaristía, y exhorta a los fieles a unirse espiritualmente a ella.
43. Para que los participantes puedan asimilar la Palabra de Dios, hágase una explicación de las lecturas o un sagrado silencio para meditar lo que se ha escuchado. Puesto que la homilía está reservada al sacerdote o al diácono,36 lo mejor es que el párroco transmita la homilía al moderador del grupo, para que la lea. No obstante, obsérvese lo que haya dispuesto la Conferencia Episcopal sobre este punto.
44. La plegaria universal se desarrollará según la serie establecida de las intenciones.37 No se omitan las intenciones por toda la diócesis, que el obispo proponga eventualmente. Asimismo, propóngase con frecuencia la intención por las vocaciones al Orden sagrado, por el obispo y por el párroco.
45. La acción de gracias tendrá lugar de acuerdo según uno de estos dos modelos:
a) después de la plegaria universal o después de la distribución de la comunión, el moderador invita a todos a la acción de gracias, con la cual los fieles exaltan la gloria de Dios y su misericordia. Esto puede hacerse con un salmo, por ejemplo, los salmos 99, 112, 117, 135, 147, 150, o con un himno o un cántico, como el «Gloria a Dios en el cielo», el Magníficat, etc., o también con una plegaria litánica, que el moderador dice con los demás vuelto al altar, estando todos de pie;
b) antes del Padrenuestro el moderador se acerca al tabernáculo o al lugar donde está reservada la Eucaristía y, hecha la reverencia, deposita sobre el altar el copón con la santísima Eucaristía; a continuación, arrodillado delante del altar, juntamente con los fieles, dice el himno, el salmo o la plegaria litánica, que en esta circunstancia debe ir dirigida a Cristo presente en la santa Eucaristía.
Pero esta acción de gracias no debe tener de modo alguno la forma de una plegaria eucarística. Los textos del prefacio y de la plegaria eucarística contenidos en el Misal no se han de usar, a fin de evitar todo peligro de confusión.
46. Para el desarrollo del rito de la comunión, se observará cuanto viene dicho en el Ritual Romano acerca de la comunión fuera de la misa.38 Recuérdese a los fieles con frecuencia que, al recibir la comunión fuera de la misa, se unen también al sacrificio eucarístico.
47. Si es posible, para la comunión úsese el Pan consagrado el mismo domingo, en la misa celebrada en otro lugar, y llevado por el diácono o por un laico en un recipiente apto (copón o portaviático) y colocado en el sagrario antes de la celebración. También se puede usar el Pan consagrado en la última misa celebrada allí. Antes de la oración del Padrenuestro el moderador se acerca al tabernáculo o al lugar donde está depositada la Eucaristía, toma el recipiente con el Cuerpo del Señor, lo deja sobre la mesa del altar e inicia la oración del Padrenuestro, a no ser que en este momento se haga la acción de gracias, de la que se habla en el núm. 45, b.
48. El Padrenuestro se canta o recita siempre por todos, aunque no se distribuya la santa comunión. Puede hacerse el rito de la paz. Después de la distribución de la comunión «según la conveniencia puede observarse el sagrado silencio durante un cierto tiempo o cantar un salmo o un cántico de alabanza».39 Se puede también hacer la acción de gracias descrita en el núm. 45, a.
49. Antes de finalizar la reunión, se darán los avisos y las noticias que afecten a la vida parroquial o diocesana.
50. «Jamás se apreciará suficientemente la gran importancia de la asamblea dominical, como fuente de vida cristiana del individuo y de las comunidades, y como expresión de la voluntad de Dios: reunir a todos los hombres en el Hijo Jesucristo.
Todos los cristianos deben convencerse de que no es posible vivir la propia fe ni participar, del modo propio a cada uno, en la misión de la Iglesia, sin nutrirse del Plan eucarístico. Igualmente deben estar convencidos de que la asamblea dominical es para el mundo un signo del misterio de comunión que es la Eucaristía».40
Este Directorio, preparado por la Congregación para el Culto Divino, fue aprobado y confirmado por el Sumo Pontífice Juan Pablo II el 21 de mayo de 1988, ordenando su publicación.
En la Sede de la Congregación para el Culto Divino, a 2 de junio de 1988, solemnidad del Cuerpo y de la Sangre de Cristo.
Pablo Agustín, card. Mayer, Prefecto
Virgilio Noè, Arzobispo tit. de Voncaria, Secretario
ORIENTACIONES GENERALES AL RITUAL «CELEBRACIONES DOMINICALES Y FESTIVAS EN AUSENCIA DE PRESBÍTERO»41
(Secretariado Nacional de Liturgia de la CEE, 1992)
l. En algunas circunstancias y lugares es difícil asegurar la celebración eucarística los domingos y fiestas de precepto. La falta de sacerdotes imposibilita que las parroquias más pequeñas y los centros de culto de población reducida puedan ser atendidos debidamente.
2. Dado que esta realidad pastoral puede darse en algunas diócesis españolas, ha parecido conveniente elaborar y publicar el presente libro de las Celebraciones dominicales y festivas en ausencia de presbítero, teniendo en cuenta las sugerencias del Directorio publicado por la Congregación para el Culto Divino.
3. Este libro está destinado a los diáconos, a los religiosos y religiosas y a los laicos, hombres y mujeres, designados por el párroco para dirigir las celebraciones dominicales y festivas faltando el presbítero. La decisión de establecer estas celebraciones es competencia del obispo diocesano, oído el parecer del Consejo presbiteral.42
4. La animación de las celebraciones dominicales y festivas en ausencia de presbítero por un diácono o por un laico, debidamente escogido y preparado, supone la observancia de las normas dadas por el obispo o por su delegado para estas celebraciones, y la actuación bajo la responsabilidad del párroco.
I. El ministro de la celebración
5. Siempre que sea posible, la celebración la presidirá un diácono. Este usará las vestiduras litúrgicas de su Orden, ocupará la sede presidencial, saludará al pueblo con la fórmula: «El Señor esté con vosotros», y lo bendecirá al final de la celebración.
6. Cuando es un laico el que dirige la celebración es conveniente que se revista de alba o de túnica únicamente, pero en todo caso usará un vestido digno. Para realizar su función, ocupará un lugar discreto en el presbiterio o en la nave, desde donde se le pueda ver y oír bien; pero se abstendrá de usar la sede presidencial.
Nunca usará la fórmula «El Señor esté con vosotros» u otro saludo propio del ministro ordenado, ni bendecirá al pueblo al final de la celebración. Al comienzo de esta, usará la fórmula de bendición a Dios, y para la conclusión implorará la bendición divina sobre toda la asamblea, tal como se indica en el lugar oportuno.
7. El que dirige la celebración aparecerá ante los fieles como delegado del sacerdote responsable de la parroquia o comunidad. Deberá hacerlo constar, si es preciso, al principio de la celebración.
El sacerdote responsable de la parroquia o comunidad deberá explicar a los fieles cuál es el cometido del ministro de la celebración, para evitar que este servicio pueda ser confundido con la presidencia sacerdotal de la Eucaristía.
8. El ministro de la celebración (o los posibles ministros que pudieran turnarse) deberá ser convenientemente instruido sobre el ministerio que se le confía y dispondrá del presente libro y del Leccionario correspondiente en su edición oficial o, en su defecto, de cualquiera de las ediciones de misales para fieles. Podrá usar también el Misal, el libro de la oración de los fieles y el libro de la sede, pero solamente para los textos que no sean el prefacio y la plegaria eucarística, y la oración sobre las ofrendas.
9. Al preparar la celebración, el ministro procurará distribuir adecuadamente algunas funciones, por ejemplo, para las lecturas, para los cantos, etc., y para la disposición y ornato del lugar.
Se encenderán las velas y las luces acostumbradas para otras celebraciones.
II. Desarrollo de la celebración
A) Ritos iniciales
10. Reunido el pueblo, el ministro se sitúa en su lugar, como se ha dicho antes (núms. 5 y 6).
Si el Santísimo Sacramento está reservado, hará previamente la genuflexión. Si no lo está, hará una inclinación, pero en ningún caso besará el altar.
Se puede cantar un canto apropiado al tiempo litúrgico para crear un clima festivo y de participación.
11. Terminado el canto, el ministro dice: «En el nombre del Padre, etc.». Todos se santiguan y responden: «Amén».
Luego el ministro, si es diácono, saluda a los presentes diciendo: «La gracia de nuestro Señor, etc.», u otro saludo litúrgico. Todos responden: «Y con tu espíritu».
Si el ministro es laico, saluda a los presentes invitándoles a bendecir al Señor con una de las fórmulas indicadas en el rito.
12. El ministro puede hacer una breve monición introductoria a la celebración y recordando a la comunidad con la que, aquel día, el párroco celebra la Eucaristía.
A continuación, inicia el acto penitencial, como se indica en su lugar o con cualquiera de las fórmulas contenidas en el Misal incluyendo las palabras conclusivas.
13. Luego el ministro dice: Oremos. Todos oran en silencio durante unos instantes. Entonces el ministro, sin extender las manos, dice la oración colecta del día. Cuando termina, el pueblo aclama con el Amén.
B) Liturgia de la Palabra
14. Terminada la oración, todos se sientan y el lector lee la primera lectura desde el ambón. Conviene que el lector sea una persona distinta del ministro que preside o dirige la celebración. Antes de las lecturas se puede leer una monición escrita, que llame la atención de los oyentes y sitúe aquellas en el contexto de la liturgia del día.
Todos escuchan atentamente la lectura y al final pronuncian la aclamación. Después el salmista u otro lector canta o recita el salmo del modo acostumbrado.
15. Todas las lecturas se toman del Leccionario del día. La segunda conviene que la lea otro lector.
Sigue a las lecturas el Aleluya u otro canto, según las exigencias del tiempo litúrgico. Si no se canta, el Aleluya puede omitirse.
16. Luego el ministro se dirige al ambón. Si es diácono saluda al pueblo, diciendo: «El Señor esté con vosotros». Todos responden: «Y con tu espíritu». A continuación, dice: «Lectura del santo Evangelio, etc.». Si el ministro es laico, omite el saludo y dice solamente: «Escuchad, hermanos, el santo Evangelio según san N.».
Al final de la proclamación, el ministro dice: «Palabra del Señor», que responde el pueblo. Si es diácono, besa también el libro.
17. Si el que dirige la celebración es un diácono, él hace la homilía. Si es un laico, puede leer la homilía escrita por el sacerdote responsable de la parroquia o comunidad. Puede también tomar el Leccionario en sus manos y repetir en voz alta algunas frases de las lecturas, proponiéndolas a la consideración de los fieles. Cabe, incluso, leer los comentarios que encabezan las lecturas en los misales-leccionarios manuales.
En todo caso, conviene que siga un momento de silencio para meditar la Palabra de Dios.
18. A continuación, todos, de pie, recitan el Símbolo nicenoconstantinopolitano o el «de los Apóstoles».
19. Después se tiene la oración de los fieles, que el ministro dirige desde su lugar o desde el ambón. Pueden utilizarse los esquemas propuestos más adelante o en el libro de La oración de los fieles, o preparados para la celebración. En todo caso, la plegaria se desarrollará según la serie establecida de las intenciones.43 No se omitan las intenciones propuestas por el obispo o el párroco, y pídase con frecuencia por las vocaciones al orden sagrado.
C) Acción de gracias
20. Después de la plegaria universal puede tener lugar una acción de gracias, con la cual los fieles exaltan la bondad de Dios y su misericordia. Esta acción de gracias puede hacerse de dos maneras:
a) Como simple acción de gracias con un salmo, por ejemplo, los salmos 99, 102, 117, 135, 137, 150; o con un himno o cántico, como el Magníficat; o con una plegaria litánica, que el ministro dice con los demás vuelto al altar, estando todos de pie.
b) Como acto de adoración a la santísima Eucaristía, antes del Padrenuestro, como luego se dirá.
21. En todo caso, la acción de gracias no debe tener la forma de una plegaria eucarística. Los textos del prefacio y de las plegarias eucarísticas contenidos en el Misal no pueden usarse.
D) Rito de la comunión
22. Terminadas la oración de los fieles y la acción de gracias, si ha tenido lugar, se extienden los corporales sobre el altar. El ministro se acerca al tabernáculo y toma el copón con la santísima Eucaristía, lo pone sobre los corporales y hace una genuflexión.
23. A continuación, si antes no ha tenido lugar la acción de gracias, arrodillado juntamente con los fieles, canta un himno eucarístico, o un salmo, o recita una plegaria litánica dirigida a Cristo presente en la Eucaristía.
24. Acabado el canto o la recitación, si ha tenido lugar, el ministro, de pie, invita a recitar o cantar el Padrenuestro, que recita o canta toda la asamblea.
25. Después, si lo juzga oportuno, invita a los fieles a darse la paz con estas o parecidas palabras: «Daos fraternalmente la paz». Y todos se dan la paz del modo acostumbrado.
26. A continuación, el ministro abre el copón, hace genuflexión y muestra el pan eucarístico a todos, diciendo: «Este es el Cordero etc.». Todos dicen: «Señor, no soy digno...». Si el ministro comulga, dice en voz baja: «El Cuerpo de Cristo me guarde para la vida eterna», y con reverencia toma él mismo el Sacramento.
Acercándose a los que van a comulgar, teniendo la hostia un poco elevada, se la muestra a cada uno, diciéndole: «El Cuerpo de Cristo». El que comulga responde: «Amén», y recibe el Sacramento.
27. Mientras tanto, se puede cantar un canto de comunión.
28. Terminada la distribución de la comunión, el ministro, vuelto al altar, recoge las partículas sobrantes en el copón y se purifica los dedos si es necesario. Después guarda el Sacramento en el tabernáculo, hace una genuflexión y vuelve a su lugar.
Entonces, si se juzga conveniente, se puede observar un breve tiempo de silencio.
29. También puede hacerse la acción de gracias, si no se hizo después de la oración de los fieles o antes del Padrenuestro. Para la acción de gracias se puede usar cualquiera de los cantos de alabanza, salmos o himnos o letanías que se usan con este fin.
30. A continuación del silencio sagrado o de la acción de gracias, si ha tenido lugar en este momento, el ministro invita a los presentes a orar y dice la oración después de la comunión del día.
F) Despedida
31. Terminada la oración después de la comunión, se dan los avisos y las noticias que afectan a la vida parroquial o diocesana. Puede también advertirse la finalidad de la colecta, si se hace, para realizarla a la salida.
32. Si parece oportuno, puede hacerse en este momento un canto en honor de la Virgen María.
33. Finalmente, el ministro, si es diácono, vuelto al pueblo lo saluda y bendice con la fórmula propia. Si es laico, pide la bendición de Dios y se santigua, diciendo: «El Señor nos bendiga, etc.».
Entonces, hecha la debida reverencia, el ministro se retira.
RESOLUCIONES Y MENSAJE DEL CONCILIO PROVINCIAL TARRACONENSE
(Conferencia Episcopal Tarraconense, 4 junio 1995)
65. El Concilio recomienda que se haga un esfuerzo para coordinar los horarios y el número de las celebraciones, en función de las necesidades de los fieles, del número de presbíteros y de la calidad de las celebraciones. Se tendrá cuidado de no suprimir la Eucaristía en los pueblos pequeños, aunque para ello se tenga que reducir el número de celebraciones en las grandes ciudades. Si el número de presbíteros no permite asegurar de ninguna manera la asamblea dominical eucarística a todas las comunidades, el obispo de cada Iglesia, con su presbiterio, estudiará la conveniencia de aplicar el Directorio para las Celebraciones dominicales en ausencia del presbítero.
INSTRUCCIÓN SOBRE ALGUNAS CUESTIONES ACERCA DE LA COLABORACIÓN DE LOS FIELES LAICOS EN EL SAGRADO MINISTERIO DE LOS SACERDOTES
(Juan Pablo II, 13 agosto 1997)
Artículo 7
Las Celebraciones dominicales en ausencia de presbítero
§ 1. En algunos lugares, las celebraciones dominicales (cf. CIC, can. 1248, § 2) son guiadas, por la falta de presbíteros o diáconos, por fieles no ordenados. Este servicio, válido cuanto delicado, es desarrollado según el espíritu y las normas específicas emanadas en mérito por la competente Autoridad eclesiástica.44 Para animar las mencionadas celebraciones el fiel no ordenado deberá tener un especial mandato del obispo, el cual pondrá atención en dar las oportunas indicaciones acerca de la duración, lugar, las condiciones y el presbítero responsable.
§ 2. Tales celebraciones, cuyos textos deben ser los aprobados por la competente Autoridad eclesiástica, se configuran siempre como soluciones temporales.45 Está prohibido inserir en su estructura elementos propios de la liturgia sacrificial, sobre todo la plegaria eucarística, aunque sea en forma narrativa, para no engendrar errores en la mente de los fieles.46 A tal fin debe ser siempre recordado a quienes toman parte en ellas que tales celebraciones no sustituyen al Sacrificio eucarístico y que el precepto festivo se cumple solamente participando a la santa misa.47 En tales casos, allí donde las distancias o las condiciones físicas lo permitan, los fieles deben ser estimulados y ayudados todo el posible para cumplir con el precepto.
CARTA APOSTÓLICA «DIES DOMINI»
AL EPISCOPADO, AL CLERO Y A LOS FIELES SOBRE LA SANTIFICACIÓN DEL DOMINGO
(Juan Pablo II, 31 mayo 1998)
Asambleas dominicales sin sacerdote
53. Está el problema de las parroquias que no pueden disponer del ministerio de un sacerdote que celebre la Eucaristía dominical. Esto ocurre frecuentemente en las Iglesias jóvenes, en las que un solo sacerdote tiene la responsabilidad pastoral de los fieles dispersos en un extenso territorio. Pero también pueden darse situaciones de emergencia en los países de secular tradición cristiana, donde la escasez del clero no permite garantizar la presencia del sacerdote en cada comunidad parroquial. La Iglesia, considerando el caso de la imposibilidad de la celebración eucarística, recomienda convocar Asambleas dominicales en ausencia del sacerdote,48 según las indicaciones y directrices de la Santa Sede y cuya aplicación se confía a las Conferencias Episcopales.49 El objetivo, sin embargo, debe seguir siendo la celebración del sacrificio de la misa, única y verdadera actualización de la Pascua del Señor, única realización completa de la asamblea eucarística que el sacerdote preside in persona Christi, partiendo el pan de la Palabra y de la Eucaristía. Se tomarán, pues, todas las medidas pastorales que sean necesarias para que los fieles que están privados habitualmente, se beneficien de ella lo más frecuentemente posible, bien facilitando la presencia periódica de un sacerdote, bien aprovechando todas las oportunidades para reunirlos en un lugar céntrico, accesible a los diversos grupos lejanos.
EXHORTACIÓN APOSTÓLICA POSTSINODAL «SACRAMENTUM CARITATIS»
(Benedicto XVI, 22 febrero 2007)
Asambleas dominicales en ausencia de sacerdote
75. Al profundizar en el sentido de la celebración dominical para la vida del cristiano, se plantea espontáneamente el problema de las comunidades cristianas en las que falta el sacerdote y donde, por consiguiente, no es posible celebrar la santa misa en el día del Señor. A este respecto, se ha de reconocer que nos encontramos ante situaciones bastante diferentes entre sí. El Sínodo, ante todo, ha recomendado a los fieles acercarse a una de las iglesias de la diócesis en que esté garantizada la presencia del sacerdote, aun cuando eso requiera un cierto sacrificio.50 En cambio, allí donde las grandes distancias hacen prácticamente imposible la participación en la Eucaristía dominical, es importante que las comunidades cristianas se reúnan igualmente para alabar al Señor y hacer memoria del día dedicado a Él. Sin embargo, esto debe realizarse en el contexto de una adecuada instrucción acerca de la diferencia entre la santa misa y las Asambleas dominicales en ausencia de sacerdote. La atención pastoral de la Iglesia se expresa en este caso vigilando para que la liturgia de la Palabra, organizada bajo la dirección de un diácono o de un responsable de la comunidad, al que le haya sido confiado debidamente este ministerio por la autoridad competente, se cumpla según un ritual específico elaborado por las Conferencias episcopales y aprobado por ellas para este fin.51 Recuerdo que corresponde a los Ordinarios conceder la facultad de distribuir la comunión en dichas liturgias, valorando cuidadosamente la conveniencia de la opción. Además, se ha de evitar que dichas asambleas provoquen confusión sobre el papel central del sacerdote y la dimensión sacramental en la vida de la Iglesia. La importancia del papel de los laicos, a los que se ha de agradecer su generosidad al servicio de las comunidades cristianas, nunca ha de ocultar el ministerio insustituible de los sacerdotes para la vida de la Iglesia.52 Así pues, se ha de vigilar atentamente para que las Asambleas en ausencia de sacerdote no den lugar a puntos de vista eclesiológicos en contraste con la verdad del Evangelio y la tradición de la Iglesia. Es más, deberían ser ocasiones privilegiadas para pedir a Dios que mande sacerdotes santos según su corazón. A este respecto, es conmovedor lo que escribía el papa Juan Pablo II en la Carta a los Sacerdotes para el Jueves Santo de 1979, recordando aquellos lugares en los que la gente, privada del sacerdote por parte del régimen dictatorial, se reunía en una iglesia o santuario, ponía sobre el altar la estola que conservaba todavía y recitaba las oraciones de la liturgia eucarística, haciendo silencio «en el momento que corresponde a la transustanciación», dando así testimonio del ardor con que «desean escuchar las palabras, que solo los labios de un sacerdote pueden pronunciar eficazmente».53 Precisamente en esta perspectiva, teniendo en cuenta el bien incomparable que se deriva de la celebración del Sacrificio eucarístico, pido a todos los sacerdotes una activa y concreta disponibilidad para visitar lo más a menudo posible las comunidades confiadas a su atención pastoral, para que no permanezcan demasiado tiempo sin el Sacramento de la caridad.
EXHORTACIÓN APOSTÓLICA POSTSINODAL «VERBUM DOMINI»
(Benedicto XVI, 30 septiembre 2010)
Celebraciones de la Palabra de Dios
65. Los Padres sinodales han exhortado a todos los pastores a promover momentos de celebración de la Palabra en las comunidades a ellos confiadas:54 son ocasiones privilegiadas de encuentro con el Señor. Por eso, dicha práctica comportará grandes beneficios para los fieles, y se ha de considerar un elemento relevante de la pastoral litúrgica. Estas celebraciones adquieren una relevancia especial en la preparación de la Eucaristía dominical, de modo que los creyentes tengan la posibilidad de adentrarse más en la riqueza del Leccionario para orar y meditar la Sagrada Escritura, sobre todo en los tiempos litúrgicos más destacados, Adviento y Navidad, Cuaresma y Pascua. Además, se recomienda encarecidamente la celebración de la Palabra de Dios en aquellas comunidades en las que, por la escasez de sacerdotes, no es posible celebrar el sacrificio eucarístico en los días festivos de precepto. Teniendo en cuenta las indicaciones ya expuestas en la Exhortación apostólica postsinodal Sacramentum caritatis sobre las Asambleas dominicales en ausencia de sacerdote,55 recomiendo que las autoridades competentes confeccionen directorios rituales, valorizando la experiencia de las Iglesias particulares. De este modo, se favorecerá en estos casos la celebración de la Palabra que alimente la fe de los creyentes, evitando, sin embargo, que esta se confunda con las celebraciones eucarísticas; es más, «deberían ser ocasiones privilegiadas para pedir a Dios que mande sacerdotes santos según su corazón».56
Además, los Padres sinodales han invitado a celebrar también la Palabra de Dios con ocasión de peregrinaciones, fiestas particulares, misiones populares, retiros espirituales y días especiales de penitencia, reparación y perdón. Por lo que se refiere a las muchas formas de piedad popular, aunque no son actos litúrgicos y no deben confundirse con las celebraciones litúrgicas, conviene que se inspiren en ellas y, sobre todo, ofrezcan un adecuado espacio a la proclamación y a la escucha de la Palabra de Dios; en efecto, «en las palabras de la Biblia, la piedad popular encontrará una fuente inagotable de inspiración, modelos insuperables de oración y fecundas propuestas de diversos temas».57
II. ESTUDIOS Y REFLEXIONES
INTRODUCCIÓN
En este capítulo ofrecemos algunos estudios y reflexiones sobre las ADAP. Los dos primeros son dos interesantes artículos anteriores al Directorio: el de Mn. Xavier Parés, que en el año 1980 ya recogía las experiencias de Francia y aportaba criterios para unas posibles ADAP; y el de Mons. Piero Marini, escrito poco antes de la publicación del Directorio, que apunta las principales intuiciones que después recogerá el documento oficial y que mantienen toda su vigencia. A continuación, dos artículos muy importantes: los comentarios que hacen al Directorio los obispos Pere Tena y Julián López, justo cuando acababa de ser publicado.
También incluimos una interesante propuesta pastoral en la diócesis de Zaragoza, una sencilla pero vivida experiencia en la comarca del Penedés, y el capítulo que a las ADAP dedicó el padre José Aldazábal en su libro sobre los ministerios. A continuación, el autor de este Dossier CPL, Xavier Aymerich, recuerda los criterios que hay que tener en cuenta para aplicar correctamente las ADAP en nuestras diócesis.
Finalmente, recogemos algunos comentarios recientes sobre la experiencia de las ADAP en aquellos lugares donde ya se han empezado a desarrollar. Puede sorprender el artículo de Mercè Solé en que explica un caso vivido en la Cerdaña francesa, pero la realidad es que se pueden dar soluciones diversas a una misma problemática y, por esto, está bien conocerlas, valorarlas y tomar nota para aplicar lo más conveniente en cada caso.
LAS ASAMBLEAS DOMINICALES EN AUSENCIA DE PRESBÍTERO58
Xavier Parés
Introducción
Uno de los problemas pastorales que se plantean en la Iglesia de hoy, es el modo o forma de la celebración dominical o Día del Señor.
El domingo es el día del encuentro de la asamblea cristiana para alabar a Dios. Desde los inicios del cristianismo sabemos que la comunidad se reunía en domingo, día de la resurrección del Señor. Fue la misma Iglesia quien más tarde puso el precepto dominical para el bien espiritual y el cultivo de la fe de sus miembros.
La reorganización del mundo moderno y su nueva forma de vivir, junto con la problemática de escasez de sacerdotes para que puedan celebrar las Eucaristías dominicales, está planteado a nuestra Iglesia un grave problema pastoral con múltiples interrogantes a clarificar y responder:
La falta de sacerdote que presida la asamblea dominical ¿dispensa de tal encuentro semanal?
¿Deben las comunidades cristianas reunirse sin su pastor que las preside, o es mejor que se unan a otras comunidades vecinas?
¿Puede un religioso, religiosa o un equipo de laicos sustituir la presencia del presbítero? ¿Qué condicionantes se requieren?
¿La Iglesia aprueba este tipo de asambleas?
¿Cómo atender y animar la fe de las comunidades cristianas de la diáspora?
¿Puede esto influenciar en la disminución de la práctica dominical?
¿Cuál es la determinante, y qué Iglesia se «construye» con este tipo de asambleas?
¿Existe unidad con la Iglesia universal, y entre celebración y evangelización?
¿Puede esto ayudar a la responsabilidad de los laicos en la Iglesia?
¿Sería preferible buscar otras soluciones, como por ejemplo, una mayor movilidad de los sacerdotes o de los mismos fieles cristianos, buscar diáconos auxiliares, etc.?
Estos y muchos otros interrogantes y problemas nos plantea la celebración dominical dentro de la pastoral de hoy.
El cardenal Knox, prefecto de la Congregación para el Culto Divino, ya en el año 1974, en un informe a los Padres Sinodales, les hablaba de este tipo de celebraciones, insistiendo que es un deber de los obispos, principalmente de los que tienen pocos sacerdotes, el cuidar que queden bien atendidas espiritualmente sus comunidades. El cardenal prefecto decía que a menudo no se hace nada, y poco a poco puede perderse la fe. Asimismo hablaba de iniciativas, de experiencias y posibilidades entre las que citaba concretamente las Asambleas dominicales en ausencia de presbítero (ADAP), y prevenía del riesgo o peligro de confusión en el espíritu de los fieles, sobre todo entre la celebración sacramental y la no sacramental, entre la Eucaristía y la simple acción de gracias. Por ello pedía un estudio atento, a fin de que los obispos puedan ofrecer principios generales en materia de la pastoral y liturgia de estas celebraciones.59
Un año más tarde en un periódico católico de Italia, el mismo cardenal Knox, reafirmaba estas ideas, y hablaba de los diversos ministerios concedidos a los laicos. Decía que con la base de iniciativas y posibilidades recogidas a través de una encuesta, la Sagrada Congregación estudiaba el problema a fin de dar directrices y modelos de celebraciones presididas por laicos.60
Los obispos franceses hace cinco años (1975) expusieron este problema a Pablo VI. Él les contestó: «Avanzad con discernimiento, pero sin multiplicar este tipo de asambleas, como si fuera la mejor solución y la última novedad». Esta es la forma como van avanzando los obispos franceses, buscando lo mejor para cada caso y circunstancia. Valorar la asamblea dominical y la responsabilidad de los laicos pero también valorar la necesidad de la misión específica de los presbíteros y, sobre todo, la importancia esencial de la Eucaristía.
A partir de los documentos que ha publicado sobre dicho tema el episcopado francés61 y la Congregación para el Culto Divino (ahora Congregación para los Sacramentos y el Culto Divino), intentamos presentar una reflexión que basándose en la actual teología eclesial, pueda descubrir los valores de dichas ADAP, para poder deducir algunas cuestiones prácticas y constatar sus condiciones principales.
1 Base teológicaUna comunidad cristiana parroquial no existe por el mero hecho de que en un pueblo haya sacerdote, sino por la fidelidad y perseverancia de un grupo de creyentes que forman comunidad. El rol del presbítero será el de convocar y animar a esta comunidad que él preside.Una comunidad cristiana se manifiesta como tal sobre todo cuando se reúne para celebrar el domingo, el día del Señor. La celebración dominical es muy importante y solo se hace plena cuando se celebra la Eucaristía con la presencia mística y sacramental del Señor resucitado. Para la Eucaristía es totalmente indispensable la presencia del sacerdote, puesto que sin presbítero no hay misa. La Eucaristía es el centro y punto de partida de la Iglesia. La Iglesia hace la Eucaristía y la Eucaristía hace la Iglesia.62 Hace presente a Jesucristo principio y fin de toda vida cristiana: «El que come mi carne y bebe mi sangre está en mí y yo en él»,63 «porque el pan es uno, somos muchos un solo cuerpo, pues todos participamos de este único pan».64 Y el Concilio Vaticano II dice que la Eucaristía es «fons et culmen» de toda vida cristiana.65 Mientras esperamos el retorno del Señor Jesús celebramos la Eucaristía; así lo proclamamos en la aclamación litúrgica después de la consagración de la misa: «Ven Señor Jesús». La Iglesia se reúne cada domingo para celebrar el memorial del Señor y su plena realización culmina en la Eucaristía. «Celebrar la Eucaristía –dicen los obispos franceses– es acoger a Cristo viviente. Viene a nosotros con todo el realismo de su presencia y se da a nosotros por su sacrificio. Él hace la Iglesia y se ofrece al Padre con nosotros unidos por el Espíritu, y nos envía a nuestros hermanos».66Con todo no podemos olvidar otras muchas presencias del Señor que viene a nosotros que formamos su Iglesia en comunidad de fe y caridad: «Donde dos o tres se reúnen en mi nombre, allí estoy yo»: «todo lo que hacéis a uno de estos más pequeños, a mí me lo hacéis».67Cuando por distintas razones el sacerdote no puede estar presente en una comunidad reunida, ciertamente que esta no puede celebrar la Eucaristía, pero sí puede reunirse en asamblea bajo la responsabilidad de religiosos o laicos que sirven de enlace con el sacerdote ausente y que de él han recibido el encargo o misión. La misión de la Iglesia es llamar y convocar al pueblo fiel en asamblea dominical para alabar al Padre por Jesucristo en el Espíritu Santo. Es una necesidad vital más que disciplinar. No existiría Iglesia sin asambleas, por eso ni tan solo la ausencia del sacerdote puede dispensar de la reunión dominical. La asamblea reunida ayuda a que los cristianos escuchen la Palabra de Dios y vivan el misterio de la fe. Facilita a todos, y sobre todo a los miembros más débiles –niños, ancianos, pobres– el poder recibir el don de Dios y construir la Iglesia de Jesucristo.Las ADAP son reuniones de Iglesia donde se anuncia y se realiza la salvación de los hombres a través de la Palabra de Dios y de los diversos signos de su presencia y acción. La comunidad de fe es la manera normal de vivir en la Iglesia y todo cristiano está llamado a formar parte de una comunidad de fe en la Iglesia. Cuando por falta de sacerdote no puede ser celebrada la Eucaristía, es esencial que los fieles se reúnan en asambleas litúrgicas para que –aun en ausencia del sacerdote– puedan celebrar el domingo, nutriendo su fe y activando su vida misionera, para ser dignos de una Iglesia viva.Estas asambleas pueden provocar un cambio en el futuro de la Iglesia, pero jamás pueden desconectarse de la Eucaristía; por ello no debe faltar la distribución de la comunión. Aunque la comunión en la primitiva Iglesia iba siempre unida a la celebración eucarística más tarde se permitió también fuera de la misa en caso de enfermedad dada la imposibilidad de participar en la asamblea eucarística. Con todo, el ritual romano pide que los fieles que comulgan fuera de la misa se unan íntimamente al sacrificio que perpetúa el de la cruz, y participando del banquete del cuerpo y sangre de Cristo, participen de los bienes del sacrificio pascual que en la fe y esperanza anticipa y prefigura el banquete escatológico en el reino del Padre anunciando la muerte del Señor hasta que Él vuelva.68
2 Valores positivos de las ADAPDe la lectura de estos documentos episcopales se podría deducir una larga lista de los valores positivos más sobresalientes de las experiencias realizadas en este tipo de celebraciones.Cuando una comunidad cristiana se reúne para celebrar el domingo, aún cuando el sacerdote esté ausente, supone en primer lugar la existencia de dicha comunidad que es consciente y se siente responsable de sus deberes cristianos. Para tal comunidad es vital la plegaria comunitaria, la proclamación de la Palabra de Dios la unión con Jesucristo; esto la constituye en Iglesia, signo de la presencia de Cristo, signo de la existencia de la misma comunidad y signo de unión y de testimonio cristiano. Así se constituyen en Iglesia local y son fuente de vitalidad, de dinamismo y de animación de la misma Iglesia. La falta de presbítero en estas celebraciones no supone una ausencia total, sino que unidos a él, que está ausente, y con él, al obispo y a toda la Iglesia, la comunidad se responsabiliza de la celebración, valorando aun más la Eucaristía y al mismo sacerdocio. La ausencia de sacerdote no les permite celebrar Eucaristía, pero ello no es razón para que no se reúna la comunidad en oración, oración que repercutirá en beneficio de las mismas vocaciones sacerdotales.Estas liturgias suelen tener el valor de vivencia y de una más libre expresión, puesto que en ellas no existen tantas normas y reglas litúrgicas. Evitan desiertos espirituales y crean nuevos lugares de promoción y responsabilidad de los laicos, también de relación y contacto con otras comunidades en parecidas circunstancias que ejercen los ministerios laicales recibidos por el bautismo y la confirmación. Con frecuencia incluso despiertan nuevas formas de expresión litúrgica. Crean una conciencia en el mundo laico de servicio a la palabra y a la acción de la Iglesia, despertando nuevos grupos apostólicos de caridad, de educación, de testimonio cristiano, etc. Lejos de apartar de la celebración eucarística son un camino hacia la Eucaristía, puesto que hacen crecer el deseo de la Eucaristía, signo de unidad de toda la Iglesia. Suscitan además asambleas auténticas con viva participación. Ayudan a superar una falsa pastoral de «decir misas» en lugar de «celebrar Eucaristías», precisamente porque valoran mejor la Eucaristía, el sacerdocio y la misma asamblea cristiana. Las ADAP mantienen la asamblea dominical donde por falta de presbítero no se puede celebrar la Eucaristía; asimismo cuidan a los más débiles de la comunidad que no pueden desplazarse a otros lugares.
3 Contravalores, defectos y peligros de las ADAPCiertamente que hay también algunos peligros que deben evitarse. Pero todos los contravalores, tanto los de tipo teológico como los de práctica pastoral, son muy inferiores a los valores positivos que nos ofrecen las experiencias realizadas principalmente en Francia, en este tipo de celebraciones.El cardenal Knox señalaba el peligro de confusión en el espíritu de los fieles, así como la falta de normas, directrices y modelos de celebraciones, ya que el Misal Romano está hecho para las celebraciones presididas por un presbítero y no para celebraciones dirigidas por laicos. El papa Pablo VI, con motivo de una de las jomadas mundiales por las vocaciones sacerdotales, refiriéndose a estas celebraciones dirigidas o presididas por laicos y en ausencia de presbítero, quiso aclarar que no pueden suplir jamás el ministerio de los presbíteros, ni el testimonio de los consagrados; olvidar el problema vocacional sería un grave riesgo para la Iglesia.69Los documentos del episcopado francés denuncian también algunos de los peligros en que se podría caer y que deben evitarse. Citemos algunos:Peligro de que la comunidad se cierre en sí misma, olvidando la comunión con otras comunidades, con la Iglesia universal, con el sacerdote y la jerarquía. Esto no crearía comunidades vivas sino grupos eclesiales de tipo familiar; faltaría una autentica relación eclesial que debe ser siempre bien clara y perceptible.Si estas comunidades son muy pequeñas y reducidas por contar con pocos miembros, se puede caer más fácilmente en este peligro; probablemente incluso faltarían elementos animadores para el bien de la misma celebración. Entonces en lugar de resolver el problema, podrían crearse otros que podrían ser peores porque se disminuiría el sentido de cuerpo místico de Jesucristo y reduciría la Iglesia a una capilla.Algunos encuentran el defecto de que este tipo de celebraciones responden a iniciativas demasiado numerosas, espontáneas y de carácter experimental, sin que haya la suficiente seriedad y formalidad jurídica que les dé un carácter del todo eclesial, tanto por parte de la celebración como de los animadores dirigentes.Hay también quien acusa a las ADAP de incompletas. No celebran el sacrificio de Jesucristo que solo puede presidir el ministro sacerdote, ordenado por el obispo. Se intenta hacer una «quasi misa» sin sacrificio, sin consagración. El mismo animador intenta ser un «quasi cura» sin serlo de verdad, y con el peligro de que vean en él, el convocador y centralizador de la comunidad. Por ello algunos piden que tales celebraciones no se parezcan en nada a las celebraciones eucarísticas.Otro peligro sería el de acostumbrarse por comodidad a estas celebraciones, llegando a valorar más las ADAP que la misma Eucaristía, incluso con el peligro de olvidar la práctica dominical.En cuanto a los dirigentes o animadores de estas celebraciones, hay que evitar el clericalismo de los laicos, y la competencia entre personas y grupos. Podrían excederse en su misión como también faltar por defecto, tanto en número como en calidad.Podría suceder también que estas comunidades obsesionadas por el culto, olvidaran tanto la catequesis como la misión. Deberían preguntarse estas asambleas hasta que punto suscitan la misión y son signo del pueblo de Dios: ¿No deberían promoverse las reuniones de tipo apostólico, caritativo, etc., más que las asambleas cultuales, cuando no puede estar presente el sacerdote?Finalmente se señala otro peligro que es la incomprensión del pueblo que se deja llevar por el peso de las costumbres y tradiciones.Experiencias hechas en Alemania dan este resultado de poca aceptación, precisamente por ser pueblos de tradición católica no familiarizados con este tipo de asambleas.
4 Condiciones básicas
De los documentos del episcopado francés se deducen algunas condiciones que se consideran imprescindibles para las ADAP, sobre todo después de haber revisado algunas experiencias ya realizadas. Tales condiciones podrían clasificarse en tres grandes grupos:
1 Los que hacen referencia a los sacerdotes ausentes.
2 Los que hacen referencia a los animadores de las ADAP.
3 Los que hacen referencia a las mismas celebraciones y a la comunidad.
a) Los presbíteros ausentes. Cuando el presbítero está ausente de la asamblea dominical, hay que dejar en claro tres cosas:
1 Que el presbítero ordenado es imprescindible para celebrar la Eucaristía Solamente él ha recibido el orden sacerdotal, en virtud del cual puede consagrar el pan y el vino de la Eucaristía, y puede ofrecer el sacrificio que es el memorial de la cruz, dando así a la asamblea la plenitud y perfección de la oración de alabanza y de acción de gracias.
2 El sacerdote ordenado no puede recorrer demasiados lugares celebrando rápidas misas, ni tampoco puede dejar demasiado abandonados a los cristianos de pequeños pueblecitos. Las ADAP intentan solucionar en parte el problema, pero deben ser planificadas y preparadas por equipos de sacerdotes y laicos.
3 Aunque el pastor esté ausente, la asamblea se reúne bajo su responsabilidad pastoral y doctrinal. Por tanto el sacerdote no queda excluido sino que es el responsable y en cierto sentido animador de estas asambleas, que por su esquema litúrgico están unidas al presbítero y por él a la Eucaristía. El sacerdote ausente deberá responsabilizar al equipo animador, e ir con regularidad a celebrar la Eucaristía en estas pequeñas localidades.
b) El equipo animador. La responsabilidad del equipo animador debe entenderse como un servicio que se hace a la Iglesia, jamás debe imaginarse como un poder usurpado al presbítero. Es muy conveniente que no sea una persona sola sino un equipo diverso y pastoral en el que colaboren religiosos, religiosas y laicos, animados por el sacerdote responsable, aunque después esté ausente de la celebración. Estos equipos son más significativos y eficaces que una persona sola; al mismo tiempo son más expresivos del pueblo de Dios, tienen más eficacia y aseguran una fe más profunda y una vida misionera más viva. La misión de los responsables es eminentemente pastoral en la asamblea, cada uno según su competencia y misión en el pueblo de Dios. 70
Aunque la Iglesia confía ministerios a los laicos, siempre lo hace con un cierto orden y prudencia, cuando es conveniente. Requiere el mandato del obispo, que lo da según la responsabilidad, conducta y formación de los laicos, teniendo en cuenta no solo que sean técnicos especializados en la lectura, canto, animación, etc., sino que sean sobre todo cristianos con testimonio en la vida diaria, disponibles y competentes; que aseguren su permanencia, la fidelidad y la unidad de acción. La formación de los animadores debe ser progresiva y adaptada, pero sobre todo espiritual, para realizar un servicio a la oración de la comunidad. El equipo animador no duraría si no se suscita en cada uno de ellos una conversión permanente hacia los sacramentos y la oración personal.71
c) Celebración, Asamblea, Comunidad. Toda celebración debe tener un esquema litúrgico completo que debe estar unido íntimamente con la Eucaristía, debe tener un deseo y una tensión hacia la Eucaristía que se celebrará de vez en cuando, sobre todo en los tiempos fuertes y festividades principales del año litúrgico. Debe evitarse toda ambigüedad, como si fuera una especie de misa enmascarada que hiciera olvidar la celebración auténtica de la Eucaristía. Las ADAP no dispensan de la misa cuando esta es posible.
La asamblea o comunidad no puede encerrarse en sí misma, sino que expresando la vitalidad del grupo local cristiano, debe tener espíritu de apertura y de acogida; que se note que es asamblea de Iglesia, solidaria a los hombres y fiel a Dios. La asamblea no puede vivir en demasiada intimidad, sino integrada a la pastoral diocesana y abierta también a otros grupos eclesiales.
Para que una ADAP sea auténtica reunión dominical de una comunidad cristiana hace falta:
1 Una comunidad consciente, con un número suficiente de fieles. Cierta diversidad de edad, sexo, clase social... para expresar la unidad del cuerpo de Cristo en la diversidad.72 Por eso el modelo no pueden ser los pueblos pequeños de poca práctica cristiana, sino que debe partirse de una relación de comunidad humana y cristiana. Pablo VI dijo:Estudiad la cuestión de las ADAP principalmente en los sectores rurales, donde los pueblos forman una cierta unidad natural, tanto en la vida como en la oración, cosa que sería peligroso abandonar o dispersar.73
2 Un equipo animador con cierta competencia para asumir las diversas responsabilidades, sin que sea una persona sola que lo acumule todo en perjuicio del mismo ministerio presbiteral. La unión con el sacerdote responsable subrayara la misión de este equipo dentro de la comunidad eclesial.
3 Una apertura a las diversas misiones y responsabilidades de la Iglesia, pues el verdadero culto supone el anuncio de Jesucristo, la misión y el esfuerzo de presencia cristiana en el mundo.
4 Una voluntad constante de apertura y también un ansia permanente de comunión con otras comunidades cristianas, expresándolo concretamente a través de la cooperación con el sacerdote a quien el obispo ha dado misión.
5 Una orientación hacia la Eucaristía, momento en que se realiza plenamente la comunidad cristiana. Por ello es importante que según un ritmo fijo la asamblea dominical reciba la visita del sacerdote que, unido a la comunidad, celebre la Eucaristía.74 Si las ADAP no deben desconectarse de las celebraciones eucarísticas, tampoco estas –cuando se celebren en cada lugar– no deben desconectarse de las habituales celebraciones sin sacerdote.
5. Condiciones prácticas
Para finalizar señalaremos algunas cuestiones de tipo práctico. Unas son de aspecto moral, que afectan a la conciencia de los creyentes, y otras de planificación y organización por parte del sacerdote responsable de la comunidad.
Convendría realizar más iniciativas y experiencias para poder estudiar tanto teológica como pastoral y sociológicamente a través de encuestas, el buen resultado y perfeccionamiento de estas asambleas. No se trata solo de poder cumplir una obligación sino de testimoniar el amor. Hoy son ya muchos los laicos que a través de la catequesis, Cáritas, movimientos de Iglesia..., vitalizan y encarnan el mensaje cristiano dando testimonio de la fe. Su tarea es irremplazable, deben animarse y promocionarse, ayudando a suscitar nuevos ministerios en la Iglesia. Para ello se está trabajando en muchas diócesis, especialmente en las más rurales.
Sobre la necesidad de estas asambleas, debe ser el sacerdote –junto con la comunidad– quienes lo han de pensar y proponer, sin olvidar la previa creación de grupos apostólicos y de formación, como son por ejemplo las Escuelas de Teología para laicos que aportan un esfuerzo eficaz en este momento en que para toda la Iglesia ha sonado la hora de los laicos. La pastoral demasiado exclusivista centrada solo en el culto tiene sus límites; por ello conviene primero una pastoral de evangelización, catequesis, etc., estando atentos a las realidades e instituciones humanas. Solamente así la comunidad cristiana podrá tener los auténticos signos de Iglesia.
En lo que se refiere a los sacerdotes no resulta aceptable una pastoral dominical de «decir misas» de un pueblo a otro; como tampoco resulta aceptable la concentración presbiteral y cultual en los pueblos grandes o céntricos. Debería cuidarse mucho la formación de los laicos, para que se integren en la planificación de la pastoral parroquial y diocesana. En este sentido Pablo VI decía:
Hay que estar muy convencidos de la necesidad de escoger juiciosamente y preparar los animadores laicos, dejando claro el servicio del sacerdote como más importante.75
Finalmente algunos se preguntan sobre la obligatoriedad de la misa dominical y la culpabilidad de la no asistencia, sobre la preferencia entre asistir a las ADAP o a la misa del pueblo vecino, sobre todo cuando los medios de locomoción son fáciles para poderse desplazar. Creo que deberá ser la conciencia recta y bien formada, la que debe elegir entre las ADAP y la misa que se celebra en otro pueblo.
Como conclusión diría que las ADAP son un camino prometedor que se está recorriendo y con eficacia. El «discernimiento» de que hablaba Pablo VI a los obispos franceses se está trabajando y se está haciendo. Probablemente creará un cambio en la pastoral eclesial del futuro. Es, por tanto, un signo de esperanza y de vida en la Iglesia.
LA EVENTUAL PRESIDENCIA LITÚRGICA DE LOS LAICOS EN AUSENCIA DEL SACERDOTE76
Piero Marini
Introducción
En estos últimos años ha ido en aumento el interés por los laicos en la vida de la Iglesia, interés ciertamente incrementado desde que se anunciara en 1984 que el Sínodo de los Obispos se iba a ocupar del tema: «Vocación y misión de los laicos en la Iglesia y en el mundo a los veinte años del Concilio Vaticano II».
Esto ha llevado a una renovada atención hacia las funciones de los laicos en la liturgia y en particular hacia su eventual presidencia litúrgica en ausencia del sacerdote. Este fue uno de los cuatro puntos fundamentales tratados en el Congreso de los presidentes y secretarios de las Comisiones nacionales de liturgia, organizado por la congregación para el Culto Divino en octubre de 1984. El primer problema referente a las funciones de los laicos en la liturgia, sobre el que la Congregación llamaba la atención de estas Comisiones, era precisamente el de la presidencia de las celebraciones litúrgicas.77 El papel de los laicos en la liturgia y en la pastoral sacramental fue también el tema del encuentro de los secretarios de las Comisiones nacionales de liturgia de Europa, que tuvo lugar en Lisboa en mayo de 1986: allí se habló también naturalmente de la presidencia78 de los laicos en las celebraciones litúrgicas.
Sobre el tema de la presidencia existe ya una abundante bibliografía, que incluye varios subsidios pastorales publicados en estos últimos años por parte de algunas de estas Comisiones nacionales de liturgia.79 Publicaciones recientes indican que el interés se está extendiendo también en Italia.80
La presidencia de los laicos en las celebraciones litúrgicas se presenta como un problema muy particular. Por una parte surge a la vez que la falta de sacerdotes. Se presenta, por tanto, como un problema esencialmente práctico-pastoral. Por otra parte, la función de presidencia en las celebraciones litúrgicas es reconocida generalmente, por la tradición y la doctrina, como propia del sacerdocio ministerial. No se trata, por tanto, solo de encontrar un remedio provisional a una situación particular o de buscar soluciones de oportunidad en el plano pastoral, sino de afrontar una cuestión que comporta el concepto de Iglesia y de liturgia. Uno de los secretarios de las comisiones europeas en el encuentro de Lisboa afirmó que del modo de plantear el problema de la presidencia de los laicos en la liturgia puede depender el tipo de comunidad que queremos tener en consideración: el tipo católico tradicional o el que nos ha propuesto la reforma protestante.
Como punto de partida reflexionaremos sobre el significado de la presidencia litúrgica, tal como nos viene señalado por los documentos del Concilio Vaticano II y por la reforma litúrgica. Veremos después las posibilidades de presidencia litúrgica por parte de los laicos y las condiciones que prevén los libros litúrgicos. Así será más fácil ofrecer un juicio sobre la oportunidad pastoral de actuar algunas de las posibilidades de presidencia consentidas a los laicos.
Para centrar bien el problema parece oportuno precisar desde el principio que se trata de una presidencia de los laicos en las celebraciones litúrgicas, y no en los ejercicios piadosos del pueblo cristiano o en ocasión de peregrinaciones o procesiones. Además, que el término «laicos» no incluye naturalmente al diácono, sobre el que habría que hablar aparte. Y, finalmente, que la presidencia de los laicos se considera aquí en relación con la ausencia del sacerdote y, por tanto, en el contexto de una situación contingente y transitoria en que se encuentra la comunidad.
1 Presidir una celebración litúrgica Un tratado sobre la presidencia en la liturgia debería responder al menos a tres cuestiones fundamentales: qué significa presidir una celebración, quién debe presidir y cómo se debe presidir.Aquí aludiremos brevemente a algunos elementos que pueden ser útiles a la hora de buscar una respuesta.El Misal Romano (IGMR 1) presenta la misa como «acción de Cristo y del Pueblo de Dios jerárquicamente ordenado». Es evidente que este Pueblo jerárquicamente ordenado debe tener una presidencia. Solo así se tendrá en las celebraciones litúrgicas una «especial manifestación de la Iglesia» (SC 41), o sea, cuando «cada uno, ministro o simple fiel, realiza todo y solo lo que es de su competencia» (cf. SC 28). De aquí se deriva una evidente distinción entre la presidencia (que es única) y los ministerios, que son diversos y propios de los varios miembros de la asamblea. La presidencia pertenece, por tanto, a la naturaleza misma de la liturgia y de la Iglesia.Ahora bien, la diferente perspectiva con que la Lumen Gentium considera a la Iglesia ha encontrado su expresión en la celebración litúrgica. De una liturgia marcadamente clerical hemos pasado a una liturgia eclesial, en la que no solo a los clérigos, sino también a todo el Pueblo de Dios, y por tanto, a los laicos, se les reconocen oficios y tareas particulares (SC 26.28; IGMR 58-73). Esta visión nueva de la liturgia y de la Iglesia puso en crisis una determinada idea de presidencia litúrgica de estilo antiguo. Algunos sacerdotes, ante los ministerios encomendados por el derecho a los laicos, se han sentido privados de algo que consideraban que les pertenecía a ellos de modo exclusivo. En algunos casos, sobre todo allí donde los servicios confiados a los laicos han ido más allá de lo que la letra y el espíritu de las normas vigentes señalaban, han acabado por crear una crisis de identidad del sacerdote, como afirmó uno de los Padres de la Congregación Plenaria de octubre de 1985.Con el Concilio y con la nueva liturgia, la función de presidir a la asamblea ha adquirido un nuevo significado. Ya no es vista como ejercicio de poderes jerárquicos, sino como un servicio a la comunidad. El sacerdote «cuando celebra la Eucaristía, debe servir a Dios y a su Pueblo con dignidad y humildad» (IGMR 60).81La acción del presidente, como servicio a Dios y a la comunidad, es expresada en los documentos del Concilio y en los libros litúrgicos con dos expresiones características: in persona Christi e in nomine Ecclesiæ.Varios documentos del Concilio (sobre todo LG 21 y PO 2) aplican la expresión in persona Christi al sacerdocio ministerial. El sacerdote, pues, participa en la función de Cristo Cabeza de la Iglesia en cuanto está configurado al mismo Cristo con el carácter sacerdotal. En la persona del sacerdote, Cristo Cabeza actúa de manera visible en su cuerpo que es la Iglesia. Esto sucede no solo en la celebración de la Eucaristía y de los sacramentos, sino en todas las celebraciones litúrgicas.La expresión in nomine Ecclesiæ indica la particular relación de servicio que une la función presidencial a la asamblea (cf. SC 33 y LG 10). El que preside dirige la oración a Dios y realiza gestos en nombre de la comunidad de los fieles. Realiza así normalmente una función doble: hacer presente a Cristo Cabeza en la asamblea y, al mismo tiempo, representar a todos los fieles en la oración a Dios: «Las oraciones dirigidas a Dios por el sacerdote que preside la asamblea en la persona de Cristo son dichas en nombre de todo el pueblo santo y de todos los presentes» (SC 33). En la liturgia, Cristo Sacerdote asocia a sí mismo a la Iglesia en el doble movimiento de culto: de Dios al hombre, la santificación; y del hombre a Dios, la glorificación. En el movimiento de Dios al hombre, el ministro actúa in persona Christi, y en el movimiento del hombre a Dios, in nomine Ecclesiæ.Pero hay que hacer notar que la función in persona Christi es atribuida por los documentos del Concilio solo al que ha recibido el sacramento del Orden, mientras que la función in nomine Ecclesiæ también le es reconocida a un ministro no ordenado, y por tanto a un laico. El ejemplo más evidente a este respecto es el de los que la Iglesia designa para la celebración del Oficio divino (SC 84.85). Es evidente, por tanto, que la presidencia litúrgica la puede actuar, en su pleno significado litúrgico, solo el sacerdocio ministerial, porque solo él, en fuerza del carácter recibido, se ha convertido en signo particular de la presencia de Cristo Cabeza de la Iglesia en la comunidad celebrante. También el ministerio de servir a la comunidad dirigiendo en su nombre la oración a Dios pertenece en primer lugar al sacerdocio ordenado. También en este caso es el sacerdote el que asume la función de Cristo Resucitado «semper vivens ad interpellandum pro nobis» (Heb 7,25), que «intercede como abogado nuestro» (prefacio pascual III). El laico solo puede en cierto modo suplir al sacerdote en este segundo ministerio, permaneciendo siempre «uno entre iguales» (IGLH 258).82La función de la presidencia ejercida por un laico, aunque aparezca así limitada en su significado, en relación con la del sacerdocio ordenado, adquiere una importancia particular según las características de la misma celebración. En efecto, hay celebraciones que por su naturaleza no pueden ser nunca presididas por laicos. Por ejemplo, la Eucaristía. Pero otras celebraciones, incluso sacramentales, pueden ser presididas por laicos en ausencia del sacerdote, por ejemplo, el bautismo, el matrimonio, pero también la distribución de la comunión eucarística fuera de la misa.Significado del término «presidir» El término «presidir» no se entiende siempre en un sentido unívoco. Se trata esencialmente de un concepto analógico, actuado de diversa manera, según la persona que preside. Es un término funcional. ¡Qué diferencia entre un obispo que preside la Eucaristía rodeado por sus presbíteros y con la participación de la asamblea, y un padre de familia que preside la bendición de un hijo en el seno de la familia! Y sin embargo en los dos casos se trata, aunque en un sentido diverso, de celebración litúrgica y empleamos el mismo verbo «presidir». Ya se ha hecho notar que la palabra «presidir», según el sentido que le damos en la vida actual (presidente de la República, presidente de una asociación, generalmente elegido por la asamblea) no es apta para expresar la realidad de la presidencia litúrgica tal como es ejercida por el sacerdocio ministerial. El significado corriente de la palabra está más cerca de la función de presidencia ejercida por un laico. Se trata de uno de los problemas terminológicos todavía por aclarar en los libros litúrgicos de la reforma.83Se pueden encontrar algunas indicaciones útiles en los libros litúrgicos en lengua vulgar84 y en el nuevo Bendicional, en el que la expresión «qui præest» indica la función del presidente, tanto del ordenado como del laico, mientras que el término «celebrans» se usa para indicar la función de presidencia litúrgica reservada al ministro ordenado.
2 Las posibilidades de presidencia litúrgica de los laicos en los libros litúrgicos Sin bajar a un examen detallado de cada texto, queremos indicar aquí las principales posibilidades de presidencia litúrgica de los laicos en los libros litúrgicos.Celebración de la Palabra de Dios en domingo85 El número 37 de la Instrucción Inter Oecumenici, que cita SC 35 y lo desarrolla, trata de la posibilidad ofrecida a un laico de presidir una celebración de la Palabra de Dios en determinadas circunstancias. «En los lugares en que falta el sacerdote, si no hay ninguna posibilidad de celebrar la misa, en los domingos y fiestas de precepto, se favorezca a juicio del Ordinario del lugar, la celebración de la Palabra de Dios, bajo la presidencia de un diácono o incluso de un laico delegado para ello». Se trata del problema hoy más conocido como «asambleas dominicales en ausencia del sacerdote». La invitación a reunirse en tales circunstancias ha sido repetida más recientemente por el can. 1248 del Código de Derecho Canónico.Bautismo86 El rito del bautismo de niños, siguiendo las normas de Sacrosanctum Concilium 68, trae dos esquemas celebrativos que pueden ser presididos por un laico: a saber, el c. IV («Rito del bautismo de párvulos en ausencia de sacerdote y de diácono, realizado por catequistas») y el c. V («Bautismo de un niño en peligro de muerte, en ausencia de sacerdote y de diácono»). El rito destinado para los catequistas lo propone la Sacrosanctum Concilium «especialmente para los países de misión». Por eso, estos ritos no se encuentran en los rituales de algunos países (como en Italia y España).Los laicos, además, pueden presidir algunas celebraciones de la iniciación cristiana de los adultos. En particular los exorcismos menores, que normalmente se desarrollan en la celebración de la Palabra presidida por el mismo catequista, y la bendición de los catecúmenos.Eucaristía87Las posibilidades de presidencia de los laicos en relación a la Eucaristía se indican sobre todo en el Ritual de la sagrada comunión y del culto a la Eucaristía fuera de la misa. Según el núm. 17 de su introducción, siempre que haya necesidad por la utilidad pastoral de los fieles, y no haya un sacerdote o un diácono o un laico instituido como acólito u otro ministro extraordinario que ha recibido del Ordinario del lugar la facultad de distribuir la comunión, puede presidir un laico el servicio previsto para la comunión fuera de la misa, tanto en su forma comunitaria como en la breve.La segunda posibilidad de presidencia se refiere a la comunión llevada a los enfermos y al viático. El capítulo segundo del mismo ritual está enteramente dedicado al ejercicio de este ministerio por manos de un ministro extraordinario.La tercera posibilidad de presidencia litúrgica de un laico se refiere a la exposición de la Eucaristía a falta de sacerdote y diácono o en caso de un impedimento legítimo de los mismos (cf. los núms. 95-100 del Ritual). Las indicaciones del rito se refieren al momento de la exposición, de la adoración y de la reposición del Santísimo. La bendición está reservada a los ordenados.Liturgia de las HorasEn IGLH 27 y 258 se dan las indicaciones sobre la celebración del Oficio divino por parte de los laicos sin sacerdote o diácono. Se trata de indicaciones de principio y de praxis ritual a seguir. El núm. 27 subraya que los laicos, cuando celebran alguna parte de la Liturgia de las Horas, realizan la misión de la Iglesia. El núm. 258 regula el desarrollo de la celebración: el laico que preside el Oficio es solo «uno entre iguales». No entra en el espacio del presbiterio, ni saluda ni bendice al pueblo.Sacramento de la unción y de la pastoral de los enfermos88En el rito de la unción y de la pastoral de los enfermos no solo se afirma (núm. 27 de los prenotandos) que, en ausencia de los ministros ordenados, también un fiel, hombre o mujer, que haya recibido del obispo la autorización para distribuir a los fieles la Eucaristía, puede llevar el viático. Sino que se prevé que laicos bien preparados (núm. 211), cuando no pueden estar presentes el sacerdote o el diácono, pueden asistir a los moribundos, recitando con ellos las oportunas oraciones para la recomendación previstas en el Ritual, o también otras oraciones con la ayuda de los oportunos subsidios.Celebración de las exequias En el rito de las exequias se constata que, sobre todo en las grandes ciudades, sea por falta de clero, sea por las distancias a los cementerios, raramente los sacerdotes pueden cumplir las dos «estaciones» en casa del difunto y en el cementerio. Teniendo en cuenta esta situación de hecho será bueno educar y preparar a los fieles a que digan ellos mismos, en ausencia del sacerdote y del diácono, las oraciones y los salmos, como indica el Ritual (cf. núms. 26-28).Los prenotandos del Ritual de exequias van más allá. Prevén la posibilidad de que un laico presida también la «estación» en la iglesia. «Si la necesidad pastoral lo exige, la Conferencia Episcopal puede, con el consentimiento de la Sede apostólica, designar también a un laico» para que celebre las exequias, naturalmente sin la misa (núm. 19; cf. núm. 22,4; ambos números de la edición típica latina).Matrimonio Hasta la publicación del nuevo Código de Derecho Canónico, la Congregación para la disciplina de los sacramentos concedía, de modo reservado a los obispos que lo pedían, la facultad de delegar en casos particulares a un laico para asistir a la celebración del matrimonio, pidiendo la manifestación del consentimiento de los contrayentes y recibiéndola en nombre de la Iglesia. La concesión comportaba un esquema de celebración de la Palabra, preparado por la Congregación para el Culto divino. Con la publicación del nuevo Código, la facultad se ha convertido en norma general (can. 1112). También en este caso es condición esencial la falta de sacerdote o de diácono para la autorización y por tanto para la presidencia del laico en la celebración. Además se exige la petición de la Conferencia Episcopal y la facultad de la Santa Sede.La Congregación para el Culto Divino ha retocado ya el oportuno esquema de la celebración. El texto será publicado en apéndice a la «editio typica altera» del Ordo celebrandi matrimonium. En este esquema está previsto que el laico que preside la celebración del matrimonio, además de las varias moniciones, exhortaciones y oraciones, puede bendecir los anillos, usar agua bendita, distribuir, si es el caso, la comunión, y decir oraciones de bendición sobre los esposos y los presentes.Bendiciones89 Uno de los sectores en los que más importancia se concede a la presidencia litúrgica de los laicos tanto por las posibilidades concretas de celebración como por la falta de condiciones rígidas, es el de las bendiciones. En el núm. 18 de la introducción al Bendicional se afirma que los laicos (hombres o mujeres), en virtud del sacerdocio común, que poseen por el bautismo y la confirmación, pueden celebrar algunas bendiciones con el rito y el formulario para ellas establecido.Se prevén algunas condiciones:el juicio del ordinario del lugar;la preferencia por los laicos que ya están instituidos en algún ministerio;la preferencia por los laicos que tienen un cometido específico (los padres) o ejercen un ministerio extraordinario (religiosos) u otros oficios (catequistas);se insiste en la preparación pastoral de estos laicos;se dispone que, cuando está presente un sacerdote o un diácono, el laico les deje a ellos la presidencia. Pero en algunos casos, como por ejemplo en la bendición de los hijos, el laico (padre) puede presidir la bendición aun en presencia de un sacerdote.