Читать книгу Economía social de mercado y principio de subsidiariedad en la Constitución peruana - Alberto Cruces-Burga - Страница 10

Оглавление

Introducción

El principio de subsidiariedad lleva más de veinte años incorporado en nuestra Constitución y, sin embargo, son pocas las certezas que tenemos sobre su estructura, aplicación y desarrollo en el Derecho Constitucional peruano. Pareciera que un principio estrechamente relacionado a configurar el rol del Estado en la actividad económica merecería mayor atención del Derecho Constitucional, y, sin embargo, son pocos los autores que le han dedicado un estudio profundo a los problemas que se pueden desprender de la subsidiariedad.

El propósito de esta investigación es tratar uno de los primeros problemas que se pueden desprender del gran tópico que constituye el principio de subsidiariedad: la definición de su ámbito de aplicación. En el marco de la Constitución de 1993, este problema se puede plantear de forma sucinta: se trata de definir si en un régimen de economía social de mercado cabe restringirse la aplicación del principio de subsidiariedad a la actividad empresarial del Estado o si este principio tiene un ámbito de aplicación más amplio.

Esta preocupación se convierte en materia de interpretación constitucional y no de mera conveniencia política o económica en la medida que el artículo 60 de la Constitución hace mención expresa al principio solamente en referencia a la actividad empresarial del Estado. A pesar de ello, el principio de subsidiariedad, así nombrado, aparece de forma esporádica en reglamentos, sentencias e incluso algunas fuentes de la doctrina, aplicado a espacios más allá de la actividad empresarial. La justificación constitucional para ello, si es que existe, ha sido más bien esquiva y de poco interés en el constitucionalismo peruano.

Un elemento que podría ser central para abordar el problema sería el del régimen de economía social de mercado, en cuyo marco, se desarrollaría el principio de subsidiariedad y que tampoco ha tenido demasiada reflexión en cuanto a lo que implica para la interpretación constitucional contar con un régimen económico en la Constitución.

La relevancia jurídica del tema propuesto se verifica también en la falta de precisión de la doctrina y la jurisprudencia para atender al problema del ámbito de aplicación del principio de subsidiariedad. Esto no se ha planteado de forma expresa, sino que verificaremos que es a propósito de la forma en que se interpreta el principio, que se puede desprender lo que cada autor concibe como el ámbito de aplicación del mismo y no como consecuencia de una reflexión especial en torno a este punto.

No se trata, sin embargo, de un problema de estricto interés teórico. Como se verá en el capítulo 3, la interpretación constitucional del principio de subsidiariedad puede otorgar fundamento a manifestaciones infraconstitucionales, como su recepción en los reglamentos de los organismos reguladores. Asimismo, esta revisión de su ámbito de aplicación podrá servir para poner en relevancia algunos otros problemas constitucionales como el de la propia interpretación del principio a propósito de la actividad empresarial del Estado, o la propia estructura del principio en una reflexión desde la teoría de las normas jurídicas. En definitiva, el aporte esperado de este trabajo radica en aclarar la interpretación constitucional del principio de subsidiariedad definiendo su ámbito de aplicación en el marco de la economía social de mercado, de modo que sirva ello como punto de partida a posteriores investigaciones que permitan dilucidar otros problemas que iremos exponiendo a lo largo de este texto.

Trabajaremos, por tanto, sobre la hipótesis de que el principio de subsidiariedad no sólo se encuentra referido a la actividad empresarial del Estado, como se interpreta literalmente el artículo 60, sino que se trata de un principio que vincula a toda su actividad económica, en virtud del régimen de economía social de mercado. Para ello será necesario en primer lugar describir el desarrollo histórico del concepto de subsidiariedad, su interpretación histórica a partir de su recepción en nuestra Constitución y la identificación de las interpretaciones que ha hecho la doctrina peruana al principio. A ello dedicaremos el primer capítulo, en lo que busca constituirse como un estado de la cuestión en la interpretación de este principio.

El segundo capítulo será dedicado a la que hemos llamado interpretación restrictiva del principio de subsidiariedad, que no es otra cosa que la interpretación literal del artículo 60, donde expondremos los principales problemas que tiene esta interpretación. El tercer capítulo tiene como objetivo, en base a los insumos de los capítulos anteriores, proponer una interpretación extensiva del principio de subsidiariedad que tome como parámetro el artículo 58 de la Constitución, el cual consagra el régimen económico.

Para elaborar esta tesis hemos recurrido a fuentes documentales. Principalmente a lo que señala la doctrina jurídica, aunque también nos hemos nutrido en fuentes de la filosofía, la ciencia política y la economía, especialmente para la caracterización del principio de subsidiariedad. El uso del derecho constitucional comparado, más allá de algunas definiciones iniciales es limitado por las razones que expondremos en el tercer capítulo. El análisis de la ley, los reglamentos y la jurisprudencia será especialmente importante para los capítulos segundo y tercero, en los que revisaremos lo trabajado por el Tribunal Constitucional y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Economía social de mercado y principio de subsidiariedad en la Constitución peruana

Подняться наверх