Читать книгу Sobre la moderna escuela Española de derecho mercantil - Aurelio Menéndez Menéndez - Страница 4

Presentación

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1. El fallecimiento de don Joaquín GARRIGUES el día 10 del pasado mes de enero nos dejó en silencio, un silencio en el que se encontraba el dolor por la pérdida del amigo y hombre bueno que fue para todos nosotros don Joaquín, y la meditación sobre la personalidad y la obra del gran maestro español del Derecho Mercantil que ha sido y seguirá siendo para siempre el profesor GARRIGUES. En memoria y reconocimiento a una de las más egregias figuras con que la Comisión General de Codificación ha contado en su larga historia, se celebra este Pleno, en el que intervengo como Presidente de la Sección de Derecho Mercantil. En esa condición no puedo dejar de agradecer al Presidente de la Sección de Derecho Civil, profesor DÍEZ-PICAZO, las palabras de afecto y recuerdo hacia don Joaquín, con que ha abierto este acto; y a nuestro Presidente, don Antonio HERNÁNDEZ Gil, su decisión de convocar el Pleno y hablar, desde su más alta autoridad, y desde la entrañable amistad que mantuvo con el profesor GARRIGUES de la señera figura que ha perdido la ciencia jurídica española. No puedo tampoco dejar de expresar cuánto me complace que este acto sea presidido por el señor Ministro de Justicia, don Fernando LEDESMA, que tantas veces me oyó citar, o referirme con profunda admiración, al maestro GARRIGUES, en las aulas y el Colegio Mayor Fray Luis de León de la Universidad de Salamanca, durante los primeros años de la década de los sesenta, en que iniciamos nuestra amistad.

2. No es fácil para mí hacer ahora una semblanza de la figura de don Joaquín. Me abrumó en su día sucederle en la responsabilidad de presidir la Sección de Derecho Mercantil, y me abruma ahora la anchura de su ausencia. Una personalidad tan coherente y a la vez tan rica en saberes y virtudes se resiste mucho a quedar encerrada en unas palabras. Alguien con más conocimiento y mejor pluma tendrá que pensar en realizar la labor oportuna para concluir una «Biografía de Joaquín GARRIGUES», la que merece por su vida como español cabal, como uno de los actores y espectadores de excepción del acontecer político-social y la cultura de nuestro siglo, y como un jurista que ocupa la alta cima de la ciencia jurídica española y ha logrado una distinción y un aprecio de relieve universal.

Quien se proponga esta noble y necesaria tarea habrá de contar con la excelente y bien lograda síntesis de su vida y de su obra, realizada en 1955 por otro gran maestro, don José CASTÁN, en su contestación al discurso de ingreso del profesor GARRIGUES en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y con la cuidadosa e informada biobibliografía escrita por Alberto BERCOVITZ, para los estudios en homenaje al maestro que le dedicamos los juristas españoles, con motivo de su jubilación en la cátedra. En todo caso, mucho es lo que habrá que escribir sobre su personalidad científica y humana, su obra jurídica, vertebrada en tomo al Curso y al Tratado, y la Escuela de Derecho Mercantil que él fundó. Con ocasión del discurso antes citado, don José CASTÁN ya señalaba que «la cualidad de profesor es seguramente la más destacada de cuantas vienen a formar la silueta moral de Joaquín GARRIGUES». Y, en este sentido, su creación más permanente es aquella escuela que —como nos ha indicado mi maestro, el profesor URÍA, amigo y discípulo de excepción del profesor GARRIGUES— constituye, tal vez, el logro potencialmente más importante de la valía científica y la calidad humana de Joaquín GARRIGUES.

Pero el biógrafo tendrá que adentrarse además en su rica personalidad, y en su compromiso —él siempre huyó de todo lucimiento público— con la difícil y problemática etapa de la vida nacional que le tocó vivir. Es suficiente con leer cuanto sus familiares, discípulos y amigos han escrito desde el mismo día de su fallecimiento; o escuchar palabras y discursos tan llenos de afecto y autoridad como los pronunciados en la inolvidable sesión académica celebrada en su memoria el jueves de la semana pasada en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, por iniciativa del Departamento de Derecho Mercantil que lleva su nombre, para tomar una medida más precisa de lo que ha sido y ha significado su vida. En uno de esos artículos publicados, pleno de belleza y exactitud, su hermano, don Antonio GARRIGUES, hombre también de altos merecimientos y reconocimiento público, y que tanta atención prestó a los trabajos y la reorganización de esta Comisión General de Codificación, ha escrito, con razón, que la obra jurídica de don Joaquín fue «su obra», «pero no fue toda su vida», destacando, entre otras cosas, la devoción que tuvo por la cultura, la música y la poesía, y su trayectoria espiritual hasta llegar a su sereno y conmovedor soneto «La aventura de la fe».

3. Por todo ello, en este lugar y en este momento, más que hablar de don Joaquín, me inclino —ese es también mi deber— a recordar alguna de las lecciones que desde aquí, en el marco de la Comisión, y sobre todo de la Sección, él nos enseñó: su preocupación por la reforma del ordenamiento mercantil, su infatigable laboriosidad, su buen hacer jurídico.

Una constante metodológica de toda su vida, una saludable obsesión en la que nos insistió una y otra vez, fue su concepción vital y antiformalista del Derecho. No desechemos ese recuerdo por el rubor del tópico. Fue una de sus continuas preocupaciones, porque respondía bien justificadamente a una «desviación» constantemente advertida. «El tema de nuestro estudio —decía ya en 1936— es el Derecho vivo, el que se aplica en la práctica y no el Derecho muerto, el que se petrifica en los Códigos.» La experiencia del ejercicio profesional del Derecho —recordaba años más tarde— «me ha enseñado que la labor del jurista no puede ser comparada a la del químico en su laboratorio o a la del matemático en su gabinete». Todavía más recientemente, al cabo de cerca de cuarenta años de enseñanza universitaria, «creo poder decir —indicaba— que mi labor se ha movido entre estas dos ideas rectoras: la aversión al puro conceptualismo que desvincula el Derecho de la realidad viva que está llamada a regir y la conciencia de la importancia predominante que en el Derecho mercantil moderno tiene el factor social».

4. Esa pasión por un recto sentido del Derecho y la Justicia explica también su gran dedicación, mantenida toda su vida, en muy diferentes tiempos y lugares, en favor del progreso o perfeccionamiento del ordenamiento mercantil. En su conferencia de clausura de las «Jornadas sobre reforma de la legislación mercantil», en 1979, decía: «Yo vengo pensando en el Derecho mercantil y en su reforma desde el año 1933... Después he tenido una constante colaboración con los órganos legislativos, como el Instituto de Estudios Políticos, la Comisión Jurídica Asesora y, finalmente, la Comisión General de Codificación. Esto significa —añadía— que he vivido siempre con la ilusión de conseguir para mi propia patria leyes cada vez mejores».

Los juristas —señalaba en otro lugar— «hemos de reconocer que respondemos tardíamente al reto de la economía»; y sensible a ese hecho, a la necesidad de un cambio normativo del envejecido ordenamiento codificado, ninguno de los sectores fundamentales de ese ordenamiento dejó de sentir la impronta de su impulso creador. Ya por los años 1933 y 1934, en el seno de la Comisión Jurídica Asesora trabajó denodadamente en favor de la superación de la vieja disciplina del Código de Comercio en materia de letra de cambio y cheque, por la vía de la ratificación de las Leyes Uniformes de Ginebra de 1930 y 1931; y ya entonces, en su conferencia sobre «El Derecho cambiario y la indiferencia española» (1935) mostraba, con toda su autoridad, la decepción que le producía la escasa reacción de los órganos políticos ante los trabajos de reforma. Cerca de cincuenta años más tarde —en una muestra más de su capacidad de trabajo y su tenacidad—, cuando se generaliza la preocupación ante los problemas que plantea el estado actual de la disciplina de aquellos instrumentos básicos del sistema financiero, acepta la Presidencia de la Ponencia, integrada también por los profesores SÁNCHEZ-CALERO y ARAGONESES, para la redacción de un Anteproyecto de Ley Cambiaría y del Cheque, también en la línea de la ratificación de la legislación ginebrina, que bajo su dirección y tras su paso por la Sección, será concluido en abril de 1981, y entregado al entonces Ministro de Justicia, don Francisco FERNÁNDEZ ORDÓÑEZ, en el mes de junio de ese mismo año.

Más afortunado ha sido el esfuerzo realizado en el Derecho de sociedades. A su impulso principal se debe la modernización del Derecho español de sociedades mercantiles. Merced a la labor realizada en el Instituto de Estudios Políticos por la Sección de Reforma del Derecho Privado que él presidió, contando con la inestimable colaboración de juristas tan eminentes como Jerónimo GONZÁLEZ, Manuel DE LA PLAZA, Rodrigo URÍA, Juan PALAO y Femado Sainz DE BUJANDA, se logro la preparación de los Anteproyectos que culminaron en las vigentes Leyes de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, de 17 de julio de 1951 y 1953, respectivamente. Al lado de su tenacidad, aquí se percibirá también la sinceridad en el empeño y la coherencia con su preocupación reformista. La «paternidad» principal de aquella excelente obra renovadora no le impedirá ver, años más tarde —son sus palabras—, «que se ha quedado vieja» —para terminar defendiendo la necesidad de su reforma con el fin de acomodarla a «los nuevos hechos»—. Abandonada de momento la idea de un anteproyecto de Ley general de sociedades mercantiles, en que la Subsección de Derecho Mercantil trabajó durante algún tiempo, también bajo la dirección del profesor GARRIGUES, y siendo presidente de la Sección de Derecho Privado don Francisco BONET, en los primeros años de la década de los setenta se inicia la labor de reforma de la Ley de Sociedades Anónimas vigente por el grupo de trabajo dirigido igualmente por don Joaquín. A este grupo de trabajo se confía una revisión acorde con la nueva realidad y las enseñanzas aportadas por los ordenamientos más representativos del movimiento europeo de los años 60, calificado muy exacta y gráficamente por Antonio POLO como movimiento de «reforma de la reforma de la sociedad anónima». Más tarde, en 1978, dos años después de haberse elevado el rango de la Subsección a Sección de Derecho Mercantil, aquel grupo fue sustituido por una ponencia especial, integrada por el profesor GARRIGUES, como presidente, y por los profesores SÁNCHEZ Calero, Broseta y Alberto Bercovitz, como vocales. No es éste el momento para exponer la importancia del Anteproyecto de reforma redactado, su aprobación por la sección, su difusión entre los sectores interesados y sus vicisitudes posteriores, hasta este momento en que está sometido a una última revisión por la ponencia. Sólo importa recordar la voluntad renovadora que el profesor GARRIGUES puso una vez más frente a las dificultades, indiferencias e incomprensiones encontradas.

El otro gran sector de nuestra disciplina, en la que deja la huella de su esfuerzo, es el Derecho concursal. Todavía muy recientemente nuestro compañero, el Magistrado don Luis VACAS Medina, ha recordado la importancia de la labor realizada por el profesor GARRIGUES como presidente de la Sección de Justicia del Instituto de Estudios Políticos en la redacción del Anteproyecto de Ley concursal, elaborado bajo su dirección por una ponencia designada en 1956 e integrada por CABANILLAS Gallas, Díez-Picazo, Olivencia Ruiz y el mismo VACAS Medina. Tampoco es éste momento de relatar las razones que determinaron la falta de envío de ese anteproyecto a las Cortes. Lo que aquí interesa es recordar la presencia activa del profesor GARRIGUES ante una reforma cuya necesidad nadie discute, con la preparación de un anteproyecto que, en todo caso, ha sido un instrumento fundamental de trabajo para la ponencia designada posteriormente en la Sección de Derecho Mercantil, y que, presidida por don Manuel OLIVENCIA, e integrada también por don Luis VACAS MEDINA, juntamente con los profesores CARRERAS, JIMÉNEZ-SÁNCHEZ y Angel ROJO, ha concluido el actual Anteproyecto de Ley concursal, sometido ahora a discusión en el Pleno de la Sección.

No quisiera desnaturalizar el sentido de este acto convirtiendo estas palabras en una simple crónica. Pero, si se quiere ofrecer una idea general del protagonismo de don Joaquín en toda esta tarea prelegislativa, no se pueden silenciar otros trabajos relevantes. Así sucede con la labor realizada bajo su dirección por la citada Sección de Justicia del Instituto de Estudios Políticos y que concluyó con el primer Anteproyecto de Ley de Patentes, en sesiones que van de 1959 a 1966, o la influencia que ejerció a través de un luminoso informe en la redacción del Reglamento del Registro Mercantil vigente. Pero, sobre todo, habrá que recordar lo que significó su dirección y consejo en los trabajos realizados por la Subsección, más tarde Sección de Derecho Mercantil, que concluyeron felizmente en revisiones importantes de nuestro ordenamiento, como ocurre —por citar las más significativas— con la reforma de los títulos II y III del libro primero del Código de comercio en materia de «Registro mercantil» y los «libros de contabilidad de los comerciantes», aprobada por la Ley de 21 de julio de 1973; la revisión de los artículos 4 y 6 a 12 del Código de comercio, introducida por la Ley de 2 de mayo de 1975, sobre reforma de algunos artículos del Código civil y del Código de comercio, especialmente en este último caso en relación con la actividad mercantil de la persona casada; o, en fin, la Ley de contrato de seguro, de 8 de octubre de 1980. Y dejaré constancia, aunque sólo sea como simple dato, de lo que en este sector de su actividad representó, igualmente, su relevante presencia y su colaboración en la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL), una muestra más, entre tantas otras, del alto reconocimiento o prestigio internacional que su figura alcanzó.

5. Si hago este recordatorio, aunque en este momento tenga que ser en forma enunciativa, es para mostrar la ingente labor que don Joaquín realizó también en esta tarea de reforma del Derecho mercantil. Aunque sólo sea para evocar lo que ha representado su dirección y su consejo, y lo que negativamente nos afectará ahora su ausencia. ¡Cuántas horas compartidas aquí con él, beneficiándonos de su experiencia y su saber, su buen hacer, su calidad humana, su profundo sentido del deber! Al lado de su calidad científica y humana, los valores de su singular personalidad que todos ensalzamos, llamaría la atención sobre algo en lo que se insiste menos: su laboriosidad, su sentido del trabajo.

Aquí, en la Sección de Derecho Mercantil, le hemos visto, entre nosotros, sobrepasados los ochenta años de edad, colaborar con su sabiduría y su modestia en todos los trabajos prelegislativos, después de haber dejado ya la Presidencia. Aquí le hemos visto polemizar sobre este o aquel precepto, traducir textos de los diversos ordenamientos, moderar nuestros criterios con su larga experiencia, redactar con su pluma envidiable muchas normas y, a veces, hasta mostrar su impaciencia por la lentitud de nuestro trabajo. Esta fue, entiendo, otra de las grandes lecciones de su vida: su humilde laboriosidad, un ejemplo conmovedor para todos, y que se nos presenta ahora más vivamente como motivo de reflexión. Alguna vez me he preguntado por qué era así, por qué entregaba su último tiempo de este modo, cuando tan legitimado estaba para el descanso. En ello influyó, sin duda, su pasión por el Derecho y su fe en aquella función del jurista como pontífice, como constructor de puentes entre la ley y el caso concreto, como promotor de la justicia, por emplear algunas de sus expresiones más queridas. Pero siendo esto cierto, no sé si en todo primó más su sentido del deber. Al final del homenaje que le ofreció la Facultad de Ciencias Económicas de Bilbao, en diciembre de 1967, nos habló de «la felicidad como un subproducto del trabajo»; es decir, de la felicidad como algo que, en definitiva, deriva del deber cumplido.

Así sucedió hasta el final de su vida. Recordando la última vez que le vio, ya en la clínica, mi maestro, Rodrigo URÍA, ha aludido a su última lección, la lección de su muerte, señalando, entre otras cosas, que todo transcurría en él como un día más, con su mirada penetrante, su aguda inteligencia, su ilimitada capacidad de trabajo, su serena expresión. Algo para continuar mañana... Estuve presente en esa última entrevista. Acababa de dictar las palabras finales de su libro Algunas semipoesías, una manifestación de su devoción por las poesía, una manifestación oculta bajo su título modesto y bajo un nombre glorioso que él rescató: José de la Vega. Para decirnos en palabras terminales que lo escribió, en cierto modo, como «un antídoto o anticuerpo del Derecho mercantil, cuya aridez es bien conocida». Son éstas, quizás, sus últimas palabras impresas. Palabras sorprendentes, tal vez, pero muy significativas en este momento, porque lo cierto es que a esa disciplina, con toda su aridez, entregó su gran talento y toda su vida sin reservas, y en esta Comisión General de Codificación quedan abundantes muestras de tan generosa entrega.

En este lugar nos enseñó, no sólo a trabajar sin desánimo, sino también a una formulación de la norma para la vida y en forma clara y concisa. No sé en qué medida estuvieron presentes en todo ello, no ya las nuevas orientaciones metodológicas del pensamiento jurídico, o la reflexión sobre la ciencia jurídica española que le precedió, sino también el ambiente cultural e institucional en que se formó. Es éste otro tema: el de su instalación en la cultura de su tiempo, en el que tendrán que reflexionar con atención los estudiosos de su personalidad.

En todo caso, es evidente que huyó por igual de la formulación abstracta o puramente conceptual del Derecho y de su manifestación prolija o confusa, buscando siempre «en medio de las sombras, la claridad». Conocía muy bien las más modernas corrientes de la metodología jurídica, pero recelaba, sin duda, de tanta proclamación y defensa de esta o aquella escuela metodológica como hacíamos en nuestras memorias pedagógicas, para luego ser olvidadas al investigar un tema jurídico o redactar una norma. Nos iluminó siempre con su inteligencia y su experiencia, cuando no con su sentido de lo equitativo y razonable. Y, de otro lado, se resistió constantemente a formulaciones abundantes o confusas de los preceptos, seguro de que el mandato normativo no se compadece bien con la retórica, el excesivo reglamenta-rismo o la obscuridad. Fue ésta, en efecto, otra de sus preocupaciones permanentes. Todavía en su última lección como Catedrático, en 1970, volvía a recordarnos, una vez más, que «la claridad no es sólo la cortesía del filósofo, sino que es, también, la cortesía del jurista». Y, aun en 1978, en la lección dictada en la clausura de curso de la Escuela de Práctica Jurídica, aconsejaba a los jóvenes abogados: «Busca la palabra terminante, decisiva, cabal, pues una idea no puede llamarse jurídica sino en cuanto sea clara. Busquemos la claridad no sólo porque ella es esencial al arte del Derecho —como arte de poner límite—, sino por simple amor a la claridad. Que sea nuestro lenguaje vestido transparente del pensamiento». El era muy fiel a la máxima de BOILEAU: «Lo que se concibe bien, se enuncia claramente». Y estoy seguro de que —como gustaba a RAMÓN Y CAJAL— recordaría con gozo el consejo de Gracián: «Hase de hablar como en testamento que, a menos palabras, menos pleitos». No en vano en la última lección que nos dio sobre «La reforma del Derecho mercantil» a que antes me refería, con su habitual buen gusto por los clásicos, quiso concluir su discurso aludiendo a la formulación de las leyes, con esta frase tomada de Alfonso el Sabio en sus Partidas: «E las palabras de ellas que sean buenas, e llanas, e paladinas, de manera que todo hombre las pueda entender o retener». Aquí nos beneficiamos particularmente de este estilo brillante y conciso de don Joaquín, de aquella claridad y elegancia expositiva, aquel dominio de nuestra lengua, que no contó con el reconocimiento académico y público al que, a mi juicio, tan claramente se hizo acreedor.

Estas son unas notas apretadas, notoriamente insuficientes, sobre la alta contribución de don Joaquín GARRIGUES a los trabajos prelegislativos y, de modo más concreto, a esta Comisión; y un recuerdo agradecido de algunas de las lecciones que aquí nos enseñó día a día, con magisterio y bondad, autoridad y modestia. Para concluir este recuerdo, esta memoria de íntima orfandad o condolencia que todos sentimos, y antes de escuchar las más autorizadas palabras de nuestro Presidente y nuestro Ministro, quisiera terminar —porque es otro recuerdo que a él le agradaría— tomando las que el propio don Joaquín utilizó a la memoria de su maestro, don Felipe CLEMENTE DE DIEGO: «No ha permitido Dios que tanto trabajo haya sido estéril. En las Cátedras universitarias, en los Tribunales de Justicia, en los despachos de Abogados y Notarios, una muchedumbre de discípulos pone en práctica sus enseñanzas y se afana por seguir su alto ejemplo de maestro del Derecho y señor de leyes..., maestro cuya pérdida lloran todos los juristas de España y, singularmente, los que hemos vivido unidos a él en sincera y entrañable devoción filial».

Sobre la moderna escuela Española de derecho mercantil

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