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Introducción

El constitucionalismo ¿es un acto de fe o una técnica legislativa? Es la pregunta con la que el Dr. Antonio-Carlos Pereira Menaut presenta su obra titulada: En Defensa de la Constitución, una interrogante con la que también iniciamos nuestro trabajo. Si una constitución contiene sólo el derecho de las instituciones políticas, las etapas para elaborar, aprobar o reformar una ley, si fue creada sólo para fijar los requisitos de elección del presidente o investidura del jefe de gobierno; no será más que el resultado de un acuerdo procedimental. En cambio, si se encuentra más cercana a la convicción de limitar el poder por medio del derecho y, con ese fin, favorecer el desarrollo de acuerdos, convenciones y usos, así como reconocer unos derechos y libertades, nos encontraremos ante una constitución que será el resultado de un acuerdo fundamental. Por esta razón, quizá el parlamentarismo y el presidencialismo, en el Reino Unido y los Estados Unidos de Norteamérica respectivamente, sean formas de gobierno con un esquema de fácil comprensión para un estudiante de derecho, a diferencia de sus complejas versiones europea continental e iberoamericana. La realización de una investigación sobre la forma de gobierno de la Constitución peruana puede suscitar incomprensiones, pues muchos problemas de fondo que adolecen sus instituciones políticas se deben a factores extraconstitucionales provenientes de realidades no sujetas a una efectiva regulación jurídica.

Nuestra investigación consta de cinco capítulos. Para comenzar explicamos los rasgos generales del parlamentarismo, presidencialismo y semipresidencialismo, tres formas de gobierno con influencia en la Constitución de 1993. El propósito es describir las distintas relaciones entre los poderes ejecutivo y legislativo para comprender el modelo presidencialista peruano. Nuestro propósito es explicar, a la luz de la teoría constitucional, los fundamentos del régimen constitucional así el espíritu de las relaciones entre parlamento y gobierno en el Reino Unido, la Constitución norteamericana como documento vivo, y el funcionamiento de la “cohabitación” en Francia, entre lo más relevante. A continuación, nos aproximamos al estudio de las constituciones iberoamericanas más influyentes, como son las cartas de Argentina, Brasil Colombia, Chile y México; presidencialismos iberoamericanos que tienden a la separación formal del poder, con la finalidad de descubrir cuáles son las principales características que las distinguen del Régimen Político peruano.

Luego de abordar el marco general, nos ocupamos de las funciones ejecutiva y legislativa con el propósito de evaluar la eficacia de las instituciones de control político, culminando nuestra investigación tras evaluar los resultados del proceso de parlamentarización. Finalmente, le agradeceré a los lectores el envío de sus preguntas a la siguiente dirección electrónica: carlos.hakansson@fulbrightmail.org, las cuales sin duda promoverán el comercio universitario, en la permanente e invaluable tarea de alcanzar el saber superior.

San Miguel de Piura, 1 de mayo de año 2020.

Carlos Hakansson Nieto

Doctor en Derecho (Universidad de Navarra).

Profesor de Derecho Constitucional e Integración (Universidad de Piura).

Titular de la Cátedra Jean Monnet sobre Derecho Comunitario Europeo

(Comisión Europea).

El neopresidencialismo

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