Читать книгу Metodologías de investigación, búsqueda y atención a las víctimas - Carlos M. Beristain - Страница 8
3. Las dos etapas del trabajo
ОглавлениеDentro de la medida cautelar 409/14 de 3 de octubre de 2014, surge el acuerdo para la incorporación de asistencia técnica internacional de 12 de noviembre de 2014, que crea el GIEI. Una vez se integró el GIEI, aunque se contaba con el respaldo inicial de la CIDH, el Grupo no contaba con ninguna infraestructura y en ese momento sus miembros no tenían la suficiente concreción sobre las implicaciones reales de su trabajo. Es decir, no existían definiciones en torno a cómo se iba a desarrollar la dinámica en relación con los cuatro objetivos de su mandato, cómo serían los tiempos de presencia en México y en particular en el estado de Guerrero donde ocurrieron los hechos, cuál sería el personal que era necesario contratar para contar con un equipo base, cómo se gestionaría la administración del proyecto con la OEA, entre otras. Surgían muchas preguntas puesto que se trataba de un modelo de supervisión nuevo, tanto para la CIDH como para los propios miembros del GIEI.
El trabajo del GIEI se desarrolló en dos etapas. La primera fase fue de marzo a septiembre de 2015, seis meses de conformidad con el punto 10 del acuerdo de creación y en la que se desarrolló el trabajo conforme a las atribuciones del mandato. Una vez presentado el Informe Ayotzinapa en septiembre de 2015, el GIEI estimó necesaria una prórroga para poder terminar de cumplir su mandato, siempre y cuando se llegaran a nuevos acuerdos con el Estado mexicano.
En el Informe de septiembre, el Grupo hizo un análisis de la investigación del caso señalando las características de los hechos y sus posibles causas, concluyendo que existían “[…] déficits en la investigación como de las tareas que quedan pendientes para que se pueda dar la justicia que los familiares y México esperan del caso, incluyendo una investigación efectiva de las diferentes responsabilidades y el esclarecimiento del destino de los 43 normalistas desaparecidos que […] es aún incierto”.
También se señalaron las líneas de investigación y búsqueda, después de mostrar que los jóvenes no habían sido incinerados en el basurero de Cocula como señaló la versión oficial, y que el posible móvil del caso estaba relacionado con la existencia de un quinto autobús que no aparecía en el expediente y estaba probablemente ligado al tráfico de drogas, dados los antecedentes de tráfico de heroína entre Iguala y Chicago en el que se usaban autobuses de pasajeros similares a uno de los llevados por los jóvenes sin saberlo.
El 19 de octubre 2015, el Grupo pudo concretar nuevos compromisos con el Estado mexicano, que se dieron a conocer durante la audiencia pública del 20 de octubre ante la CIDH. Los acuerdos fueron los siguientes:
“1. Sacar la investigación de la SEIDO de forma inmediata, proporcionando toda la información existente a un nuevo equipo de investigación en la Subprocuraduría de derechos humanos, quien llevará la segunda parte de investigación de forma exclusiva.
”2. En relación con la propuesta de la PGR de realizar un nuevo estudio sobre la dinámica del fuego del basurero de Cocula, se acuerda que: a) se establezcan de común acuerdo los objetivos y condiciones para llevarlo a cabo, b) se tome de forma conjunta la decisión sobre los perfiles y la elección definitiva de los peritos, c) se consensúe el modo en que se realizará el estudio.
”3. La conformación de un nuevo equipo de investigación con experiencia así como de confianza con la procuradora y con el propio GIEI. El proceso será acompañado por los representantes de las víctimas para facilitar una actitud positiva frente al compromiso en la investigación y las respuestas a las víctimas.
”4. Integrar el informe del GIEI en la investigación del caso. Esto significa: a) evaluar las implicaciones del informe en la investigación de los hechos, b) dar seguimiento a las recomendaciones para la investigación. El GIEI colaborará en las recomendaciones y orientaciones para dicho equipo tanto sobre las cuestiones que se encuentran en su informe Ayotzinapa, como otras que están siendo deliberadas por el Grupo.
”5. A partir de dichas condiciones, planificar de forma conjunta una ruta de investigación tomando en cuenta las informaciones existentes y las nuevas líneas incluidas en el informe. Se establecerá un mecanismo de coordinación periódico, incluyendo: a) la información sobre diligencias a realizar que sean relevantes para el caso y las líneas de investigación acordadas, b) la observancia o participación del GIEI en las cuestiones que estime relevantes y que decrete la PGR, según el marco legal y el papel de coadyuvancia en algunas de ellas, c) la evaluación del conjunto de las nuevas diligencias, peritos y peritajes y declaraciones para establecer los nuevos hechos probados o las hipótesis del caso y los pasos a dar en nuevas consignaciones.
”6. Relanzar la búsqueda con las autoridades competentes con una estrategia basada en las líneas señaladas por el GIEI, incluyendo el uso de la tecnología y el mapa de fosas y otros lugares identificados, estableciendo una ruta de acciones acordada con los familiares.
”7. La relación con el nuevo equipo de la PGR y las demás instituciones se formalizará mediante minutas de las reuniones con el GIEI, estableciendo los acuerdos y la forma de seguimiento de los mismos tanto por parte de la PGR como de las instancias implicadas en la búsqueda y en la atención a las víctimas.
”8. El Grupo proporcionará a la PGR un documento de trabajo para llevar a cabo la investigación y búsqueda, así como ha proporcionado un documento de criterios sobre atención a las víctimas.
”9. Los pasos a dar en la atención a las víctimas se llevarán a cabo de acuerdo con el GIEI y los representantes de las víctimas, estableciendo las medidas de valoración del daño, el avance progresivo en las medidas de atención en salud, apoyo social, así como el derecho a la reparación y a la información que asiste a los familiares, incluyendo el reconocimiento, el derecho a la verdad y el acompañamiento en la búsqueda de justicia.
”10. El Estado se compromete a mantener la confidencialidad de la información sobre nuevos resultados de la investigación hasta transmitir la información a los familiares, previamente a cualquier comunicación pública, así como a tener un mecanismo de comunicación periódico y directo con las familias”.
Uno de los primeros desafíos fue diseñar una metodología de trabajo en cuatro áreas diferentes aunque interrelacionadas y complementarias. La experiencia de los miembros se puso en función de la construcción de esta metodología y los perfiles profesionales fueron determinantes para dividir las funciones y las actividades que tenía que adelantar el Grupo.
El Grupo necesitaba conocer de manera más inmediata y detallada los hechos de la desaparición de los 43 normalistas, comprender las dimensiones de la desaparición forzada en México y de la situación general de derechos humanos y entender la dinámica de violencia de México y en particular en el estado de Guerrero. Debido a que el nombramiento de los expertos y expertas se terminó a primeros de enero de 2015, cuando habían pasado cuatro meses de los hechos, había urgencia de estar cuanto antes en México para tener contacto directo con los familiares, los representantes del Estado y de las víctimas, con los funcionarios que conocían de la investigación y con el mismo expediente que adelantaba la PGR. Por tal motivo, se decidió priorizar la presencia en México para garantizar una inmersión real. Aunque el acuerdo de creación del GIEI es de 12 de noviembre de 2014 y la primera reunión de los cinco miembros con el relator para México de la CIDH fue en su sede en Washington el 11 de febrero de 2015, solo hasta el 2 de marzo de 2015 se estuvo en México. El GIEI llegó tarde pero a tiempo.
Buenas prácticas en el caso mexicano
La puesta en marcha del GIEI supuso un hito en los mecanismos de protección de derechos humanos y una buena práctica para las autoridades mexicanas, al contar con una auditoría y una asistencia técnica para la investigación, la búsqueda y la atención a las víctimas. Esto constituye una experiencia positiva que puede ser utilizada por mecanismos internacionales, como el sistema interamericano o el sistema universal de las Naciones Unidas, para coadyuvar en investigaciones complejas.
Algunas buenas prácticas incluyen: a) tener acceso a copia digital del expediente para trabajar de forma más efectiva, b) el reconocer que el grupo pueda llevar a cabo su política de relación con los medios de comunicación, previa comunicación al Estado como fue práctica del GIEI, c) contar con interlocutores de alto nivel bien definidos, tanto para las cuestiones jurídicas, como políticas y la atención a las víctimas, d) asegurar los recursos para el desarrollo del mandato del grupo según se haya establecido, sin depender de nuevos acuerdos, e) contar con el compromiso del grupo en ayudar al Estado a restablecer puentes de confianza y relacionamiento con las víctimas desde unas bases de reconocimiento y respeto.