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Legislación en Colombia: ¿Hemos avanzado en el tema?

Iniciativas en siglo XX. Igualdad entre hombres y mujeres en todas las dimensiones de la vida cotidiana

En Colombia las mujeres han trabajado por la igualdad de derechos desde mediados del siglo xx, pero es con la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer, realizada por la Organización de las Naciones Unidas en el año 1975, que se intensificaron los esfuerzos en el país. Pese a ello, hasta 1981 se evidenciaron las primeras acciones afirmativas con la creación de la Ley 51 de 1981, «Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer». Partiendo de las dificultades que históricamente han enfrentado en los diferentes ámbitos de la sociedad, esta ley reafirmó el principio de no discriminación, exponiendo que la igualdad de condiciones entre hombres y mujeres es indispensable no solo para alcanzar el desarrollo pleno de un país, sino para lograr el bienestar mundial. Pero además de lo anterior, esta ley precisó la igualdad de derechos en el sector educativo y propuso la «eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de enseñanza», mediante la modificación de libros y material de estudios.

Posteriormente, entre 1996 y 2005 Colombia llevó a cabo el Plan Decenal de Educación que presentó la equidad de género en la educación como su cuarta estrategia, y la denominó «Promoción de la Equidad en el Sistema Educativo». Para promover exitosamente la equidad de género, en este plan se propuso la eliminación de imágenes estereotipadas de hombres y mujeres en los diferentes textos escolares, el diálogo, la cooperación y el respeto mutuo entre niños y niñas, el apoyo a las madres y mujeres adultas sin culminar sus estudios y, sobre todo, la capacitación y formación docente con un enfoque de género.

Finalizando las acciones en el siglo XX, en el Plan Nacional de Desarrollo «Cambio para Construir la Paz 1998-2002» se formuló el primer Plan de Igualdad de Oportunidades en Colombia. Considerando la experiencia de otros países, el Gobierno Nacional de turno construyó la línea base de la política con la cual se propuso dar cumplimiento al principio de igualdad y a los acuerdos internacionales suscritos en torno a la eliminación de toda forma de violencia contra la mujer. Entre los objetivos y las líneas de acción propuestas se encontraba la educación, el trabajo y la generación de ingresos, la salud reproductiva, la vivienda y el hábitat, la mujer rural, la participación en las estructuras de poder, la eliminación de la violencia contra las mujeres y el conflicto armado.

Género y siglo XXI en Colombia: compromisos adquiridos y acciones propuestas

Con el inicio de un nuevo siglo, y de acuerdo con los compromisos adquiridos en la iv Conferencia Internacional sobre la Mujer, realizada en Pekín en 1995, en Colombia se decretó la Ley 581 del 2000, por la cual «se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones». De acuerdo con esta ley, para ese entonces el país debía crear los mecanismos correspondientes para que la mujer gozara de su derecho a una participación efectiva y adecuada en todos los niveles y ramas de poder de orden público. Para dar cumplimiento a lo anterior, se estableció que la cuantía mínima de cargos de máximo nivel decisorio desempeñados por mujeres debía ser del 30 %. En la actualidad esta disposición sigue vigente en el país.

La Ley 581 enfatiza en la promoción de la participación femenina en el sector privado y propone los Instrumentos Básicos del Plan Nacional de Promoción y Estímulo a la Mujer. Los instrumentos propuestos son los siguientes:

• Educación en igualdad de condiciones para hombres y mujeres, y la respectiva promoción de valores de la mujer.

• Acciones orientadas a la comprensión y superación de los obstáculos que enfrentan las mujeres y que dificultan su participación en los diferentes niveles decisorios.

• Capacitación especializada en el desarrollo del liderazgo con responsabilidad social y dimensión del género.

• Disposición de canales efectivos de asistencia técnica.

• Divulgación constante y permanente de los derechos de la mujer, mecanismos e instrumentos para hacerlos efectivos.


Ahora bien, mediante el Decreto 519 de marzo de 2003 el Gobierno Nacional creó la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer como entidad rectora de las políticas para las mujeres. La misión de la Consejería es «diseñar, promover e implementar una política para las mujeres adultas, jóvenes y niñas, que contribuya al logro de relaciones de equidad y de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres». Dentro de sus funciones está impulsar la incorporación del enfoque de género en la elaboración de programas, planes y políticas de orden nacional y territorial; apoyar organizaciones de mujeres y velar por su participación en los diferentes escenarios; apoyar la formulación y ejecución de programas específicos de y dirigidos a mujeres, especialmente a las más vulnerables, y asistir al Gobierno en el diseño de políticas orientadas a la igualdad de género.

A partir de diagnósticos sobre la situación de las mujeres en el país, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer puso en marcha en 2003 la política que estableció los lineamientos para «corregir los desequilibrios en cuanto a oportunidades de desarrollo, fomentando la participación de las mujeres en la vida social, política, económica y cultural y la construcción de relaciones entre hombres y mujeres» (Uribe, 2014, p. 8), la cual se denominó Política Afirmativa Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo. Considerando la presencia de contenidos sexistas en los textos escolares que impulsan a la mujer a asumir roles tradicionales, así como la falta de docentes formados con un enfoque de género, la política estableció, en el eje de Educación y cultura, fomentar una educación que respete las diferencias de género y que garantice la igualdad y equidad en todos los niveles, tipos y modalidades educativas, brindando atención específica a niñas, jóvenes y mujeres.

En el mismo año, el Gobierno Nacional decretó la Ley 823 de 2003, mediante la cual se han dictado las normas sobre igualdad de oportunidades para las mujeres. Su principal objetivo ha sido establecer el marco institucional y orientar el diseño de políticas públicas que permitan alcanzar la equidad e igualdad de oportunidades para las mujeres en el país. En la norma (823) se expone que «el Estado garantizará el acceso de las mujeres a todos los programas académicos y profesionales en condiciones de igualdad con los varones». Para ello, debe no solo eliminar los estereotipos sexistas en torno a la formación profesional, sino también estimular los estudios e investigaciones sobre igualdad de género, facilitar el acceso y permanencia de las mujeres en el sistema educativo, y mejorar la producción y difusión de indicadores educativos con una perspectiva de género. Finalmente, se estableció que es deber del Gobierno promover y garantizar la inclusión de proyectos que promuevan la igualdad de género en el Plan Nacional de Desarrollo, de modo que desde los territorios se logre la igualdad de oportunidades.

Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos del milenio, el Conpes social 91 de 2005 planteó como tercer objetivo «promover la equidad de género y la autonomía de la mujer». En términos generales, este objetivo tenía como meta eliminar la desigualdad de género en los niveles de primaria y secundaria para el 2005, y en todos los niveles para el 2015. En Colombia, al no identificarse brechas de género en el acceso a primaria, la meta se redefinió hacia la creación de políticas y normas que permitieran monitorear y evaluar la equidad de género en los ejes de violencia, mercado laboral y participación política.

En 2010 el Congreso de la República decretó la Ley 1413, que busca regular la inclusión y participación de la economía del cuidado1 en las cuentas nacionales, con el objetivo de «medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país y como herramienta fundamental para la definición e implementación de políticas públicas». Para ello, el Estado debe establecer los mecanismos necesarios para aplicar en el territorio nacional la Encuesta de uso de tiempo, un instrumento indispensable para obtener información acerca del trabajo de cuidado no remunerado.

En 2012 la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, mediante el Conpes 161, presentó los lineamientos de la Política pública nacional de equidad de género para las mujeres, 2013-2016. Los ejes propuestos y priorizados, con miras a cumplir los objetivos, fueron autonomía económica e igualdad en la esfera laboral y del cuidado; construcción de paz; participación en los procesos de toma de decisiones y en las esferas de poder; salud integral y derechos sexuales y reproductivos; educación de calidad con enfoque diferencial y acceso de las mujeres a las tecnologías de la información y las comunicaciones; territorio, hábitat y medioambiente; gestión pública, desarrollo institucional, transformación cultural y comunicación como ejes transversales de la política, y lineamientos del Plan Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia.

Por otra parte, los lineamientos de la Política de educación superior inclusiva del Ministerio de Educación Nacional (2013) introdujeron el enfoque de género como estrategia para el análisis de la educación inclusiva. Este enfoque enfatizó en dos aspectos: acceso y permanencia, y pertinencia y calidad. En el primero, planearon incluir la categoría de género en la asignación de créditos y subsidios para la educación, y crear programas de bienestar universitario en la primera infancia, con el fin de incentivar el acceso de la mujer al sistema educativo. Por su parte, en el segundo buscaron incentivar el desarrollo de líneas de investigación, cursos, cátedras y demás con un enfoque de género en las instituciones de educación superior, además de promover la creación y formación de semilleros, grupos de investigación y observatorios, entre otros, relacionados con el enfoque de género.

El artículo 10 de la Ley 1761 de 2015 establece que el Ministerio de Educación Nacional realizará los esfuerzos necesarios para que en las instituciones de educación preescolar, básica y media se incorpore la perspectiva de género en la malla curricular. Se insta a que esta incorporación de las reflexiones sobre la perspectiva de género se centre en la protección de la mujer, y que se realice a través de proyectos pedagógicos transversales basados en la interdisciplinariedad, intersectorialidad e interinstitucionalidad, sin vulnerar las libertades religiosas y la ética de las instituciones educativas. En la misma línea, el parágrafo 1 del artículo 10 ordena que el Ministerio de Educación Nacional presente anualmente informes a la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República sobre la incorporación de la perspectiva de género en los proyectos educativos, así como sus resultados, a partir de la implementación de mecanismos de monitoreo y seguimiento.

En 2016 el Gobierno de turno presentó el Plan Nacional Decenal de Educación, 2016-2026, denominado «El camino hacia la calidad y la equidad». En el séptimo desafío estratégico se propuso construir una sociedad en paz que esté basada en equidad, inclusión, respeto a la ética y equidad de género, de tal modo que para 2026 no existiera forma de marginación o exclusión a niñas, jóvenes y adultas. Como mecanismo de seguimiento, el Plan estableció los siguientes indicadores: índice de paridad de género en cobertura, índice de paridad de género en acceso a educación preescolar, básica y media, índice de paridad en la deserción y la aprobación en educación preescolar, básica y media, e índice de paridad de género para graduados de educación superior.

Estos avances en la reglamentación y el reconocimiento de las desigualdades existentes llevaron a que se definieran compromisos y metas claras en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en el capítulo titulado «Pacto de equidad para las mujeres». Destaca el compromiso con la reducción de la brecha de ingresos salariales entre hombres y mujeres, la reducción del embarazo adolescente, el aumento de la participación de mujeres en cargos directivos del Estado colombiano en un 50 %, dando también cumplimiento a las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la formulación de la política pública nacional de cuidado. Se plantean como estrategias, entre otras, la implementación de un sistema de alertas sobre casos de deserción escolar asociados al género y el fomento de la diversificación ocupacional y profesional de las mujeres, así como el desarrollo de programas de igualdad laboral en los ámbitos privado y público, y la inclusión del enfoque de género en las rutas de equidad laboral.

Leyes de ciencia y tecnología en Colombia

En Colombia se crea por primera vez en 1968 un órgano consultor en temas de desarrollo científico y tecnológico. Con el Decreto 2869 de 1968 se creó el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, el cual tenía como principales funciones asesorar al Gobierno Nacional y formular recomendaciones en el diseño y ejecución de una política de ciencia y tecnología. Asimismo, con este decreto se creó el Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales «Francisco José de Caldas», adscrito al Ministerio de Educación Nacional, con el objetivo de coadyuvar la financiación de planes, programas y estrategias en torno al desarrollo científico; establecer estímulos y reconocimientos a las actividades investigativas, y promover las inversiones públicas y privadas en este sector, entre otros.

Durante la década de los ochenta, Colombia atravesó un estancamiento productivo por la falta de progreso tecnológico en el sistema productivo nacional, así como por la ausencia de capital humano altamente cualificado en términos de desarrollo científico. Por ello, en la década siguiente el Gobierno Nacional aprobó la Ley 29 de 1990, por la cual «se dictan disposiciones para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico en el país». En esta norma se estableció el papel del Estado como promotor del adelanto científico y se le atribuyó la obligación de incorporar la ciencia y la tecnología en los programas y planes de desarrollo económico del país; asimismo, se estableció una triple articulación entre la universidad, la comunidad científica y el sector privado. Con esta norma (29), el Estado tiene la obligación de crear las condiciones favorables para la generación de conocimiento científico, la estimulación de la capacidad innovadora del sector productivo y para la creación de un sistema nacional de información científica y tecnológica.

Posteriormente, en el siguiente siglo, la Ley 1286 de 2009 modifica la Ley 29 de 1990 y transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, además de fortalecer el SNCTeI; es decir, Colciencias se convirtió en una entidad con un rango similar a un Ministerio. El objetivo de la norma (1286) enfatizó en lograr un modelo productivo sustentado en la ciencia, la tecnología y la innovación, de modo que los productos y servicios nacionales tuvieran un valor agregado y se propiciara una nueva industria nacional. Asimismo, se buscó fortalecer la incidencia del SNCTeI en el entorno social, económico y ambiental, en los ámbitos regional e internacional, mediante la formación de ciudadanos creativos, críticos e innovadores, capaces de influir constructivamente en el desarrollo del país. Entre otras novedades, esta Ley estableció principios y criterios de fomento y estímulo que rigieron las actividades de investigación que realizan los organismos y las entidades públicas:

• La evaluación (los resultados debían ser evaluados y tomados en cuenta para la posterior asignación de apoyos).

• La participación en la toma de decisiones (la comunidad científica y el sector productivo debían ser partícipes en la formulación y determinación de políticas de ciencia en el país).

• Descentralización (los instrumentos de apoyo científico serían promovidos a nivel territorial con el objetivo de fortalecer los departamentos y municipios).

• Revisión y actualización (las políticas y programas implementadas debían ser revisadas y actualizadas periódicamente).

• Transparencia (los criterios de selección fueron de mérito y calidad y mediante convocatoria pública).

• Continuidad, oportunidad y suficiencia (para garantizar el crecimiento y sostenibilidad).

• Divulgación (con el fin de garantizar la divulgación de los resultados).

• Protección (el Estado debía implementar las herramientas para proteger la propiedad intelectual).


Hasta el año 2018, el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, Colciencias, fue la entidad encargada de ejercer la administración del SNCTeI y de promover los programas y las políticas de fomento de la CTI en el país. Sin embargo, con la Ley 1951 de 2019 se creó en Colombia el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Minciencias) y se le adjudicó la responsabilidad de velar por una política de ciencia, tecnología e innovación que, además de generar crecimiento y desarrollo en el país, lograra anticiparse a los futuros retos tecnológicos siempre en pro del bienestar de los colombianos.

¿La legislación colombiana promueve la equidad de género en la ciencia?

La Dirección de Mentalidad y Cultura de Colciencias, ahora Minciencias, en el 2016 implementó en el territorio nacional programas y estrategias que incentivaran la construcción de una cultura que valora y gestiona el conocimiento en la ciencia, la tecnología y la innovación (CTeI). Un ejemplo de ello es la estrategia Todo es Ciencia, que busca acercar a la comunidad a la CTeI, mediante series web, artículos periodísticos y de opinión y, documentales que sirvan de inspiración para apropiarse de la ciencia. Una de las iniciativas que forma parte de esta estrategia es la denominada MujerES Ciencia, con la cual se busca visibilizar los logros de las científicas colombianas a través de su propio relato. Esta iniciativa reconoce la escasa participación y los obstáculos históricos que la mujer ha enfrentado cuando de participar en la actividad científica se trata; por ello, aspira empoderar a niñas y jóvenes para que a través de los testimonios se incentiven a formar parte la ciencia.

Para el año 2020, Minciencias inició la construcción del Fondo Mujeres más Ciencia más Equidad, que contaría con recursos para fomentar pasantías de investigación en la academia y en el Estado. Asimismo, financiará pasantías a nivel internacional y capacitaciones en el uso de las TIC de niñas y jóvenes de escasos recursos y de zonas alejadas del país que estudien carreras STEM (ciencia, tecnología, ingeniería, arte y matemáticas). Con la creación de este fondo, se establece la ruta guía para la construcción de una política de género para el sistema de ciencia, tecnología e innovación. Más recientemente, en 2021, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones lanzó una convocatoria para capacitar a más de 35.000 mujeres colombianas en temas de creación de contenido y transformación digital de forma gratuita. Con este programa se busca que las mujeres se conviertan en replicadoras del conocimiento y, a su vez, empoderen a otras mujeres mediante el uso de las herramientas digitales.

Más recientemente, en junio de 2021 el Gobierno Nacional, en alianza con la Universidad EAN y el International Business Machines Corporation, IBM, lanzó la iniciativa «la Red de Mentoras Estudiantes STEM», que tiene por objetivo promover los escenarios de ciencia y tecnología en 14 departamentos del país, mediante la formación de al menos 500 mujeres jóvenes. Con esta iniciativa se espera que el país avance en el cierre de brechas de género que existe en el campo de la investigación bajo dos líneas: una orientada a niñas y adolescentes que aún no ingresan a un programa profesional, y la segunda con mujeres que ya estén vinculadas a programas de ciencia y tecnología.

Por último, es importante precisar que la representación femenina no ha estado ajena a los cargos decisorios que promueven las leyes de ciencia y tecnología en el país. Desde su creación en 1968 hasta su transformación a Ministerio en 2018, Colciencias estuvo bajo la dirección de cuatro mujeres: entre 2000 y 2003, 2003 y 2006, 2013 y 2014 y, 2014 y 2016. Sin embargo, las acciones de política para promover la igualdad de género en la ciencia y la tecnología fueron escasas en esos periodos. En este sentido, en el siguiente apartado se expone cómo otras investigaciones han abordado la temática en el país y cómo, pese a ello, la igualdad de género en la ciencia y la tecnología aún es una tarea pendiente en la agenda pública del país.

¿Se ha abordado la temática en Colombia?

En Colombia los estudios sobre la participación de la mujer en la ciencia son jóvenes. Los primeros aportes se registran a comienzos del siglo xx con los trabajos realizados por Tovar (2002; 2005) y Olaya (2003), dedicados el análisis de indicadores que evidenciaban la participación desigual de hombres y mujeres en las actividades y productos asociados a la ciencia y la investigación. Estos trabajos también inspiraron el realizado por Daza y Pérez (2008), quienes hicieron una revisión sobre el rol que tienen los indicadores de género, ciencia y tecnología en la promoción femenina en estas áreas. A partir de una exploración en el ámbito latinoamericano, las autoras estudiaron los indicadores que en Colombia se han trabajado, proponiendo posibles líneas que fortalezcan la producción de indicadores y que sirvan de insumo para la creación de políticas de ciencia y tecnología con una perspectiva de género.

En este mismo año, Tovar (2008) presentó los resultados de una investigación en la que cuestionó si en Colombia la brecha de género en ciencia y tecnología se estaba cerrando. En el documento se presenta evidencia cuantitativa y cualitativa sobre las desigualdades de género en el acceso a las instituciones de educación superior y sobre todo al Sistema de Ciencia y Tecnología. A partir de indicadores sobre recursos, salarios, becas, ascensos y en general incentivos al desarrollo de investigaciones, la autora encuentra que, pese a que cada vez el sesgo de género en el país es más pequeño, aún persisten prácticas discriminatorias en el sistema que se acentúan a medida que aumenta el cargo de poder y el salario. Además, Tovar (2008) resalta que una las principales dificultades que encontró para realizar su investigación fue la falta de información desagregada por sexo.

Por su parte, Lis (2012) realizó un análisis de género en el liderazgo de los grupos de investigación de las áreas de Economía y Administración que para la época estaban vinculados a Colciencias. Mediante el uso de indicadores como el de distribución horizontal, distribución vertical, índice de feminidad, índice de masculinidad, índice de Duncan, índice de segregación e índice de contribución al sexismo, la autora encontró que en estas áreas el liderazgo femenino en los grupos es sustancialmente menor que el masculino; además, gran parte de los grupos liderados por mujeres pertenecían a una de las categorías más bajas del escalafón que clasificaba a los grupos, la categoría D.

Uribe Valencia (2014) llevó a cabo una revisión de literatura sobre las políticas de género que en cierta medida han contribuido a la vinculación femenina en el Sistema de Ciencia y Tecnología. En su análisis, Uribe Valencia sintetiza las normas, leyes y decretos nacionales que se han adelantado en el país como parte de los compromisos adquiridos con organizaciones internacionales como la OEA, la OCDE y la Unesco. Su principal hallazgo es que, si bien el Gobierno ha centrado en sus esfuerzos en promover la equidad de género en el acceso a la educación primaria, básica y secundaria, en Colombia no se ha diseñado una política de género exclusivamente para el ámbito científico. Finalmente, la autora plantea que en la medida que se desagreguen las estadísticas por género y se generen indicadores será posible formular y ejecutar políticas acertadas.

Más recientemente, Daza et al. (2016) presentan un panorama sobre la situación de las mujeres en el SNCTeI en Colombia, donde, tal como señalan los autores, se evidencia que, lamentablemente después de trece años, cuando Olaya (2013) hizo el primer estudio sobre la situación de las mujeres en el SNCTI, no ha sido posible mejorar sustancialmente la calidad y, sobre todo, normalidad de las cifras. Si bien los autores realizan un análisis estadístico que permite ver cómo persiste la participación desigual de las mujeres en actividades de investigación, llaman la atención sobre la interpretación que se realiza y las posibles soluciones que se proponen. En este sentido, invitan a considerar que la ciencia y la tecnología no son neutrales: nacen de un contexto social e histórico con valores e intereses sociales intrínsecos, por lo que invitan a pensar y hacer ciencia de una forma que «se fije más en los individuos que en el individualismo, más en lo subjetivo que en lo objetivo, en la colaboración y solidaridad antes que en la competencia» (p. 332).

En este orden de ideas, los aportes realizados por los autores antes mencionados contribuyen a la identificación de una problemática en términos de género y ciencia en el país. Y si bien ahora es posible encontrar un mayor número de información desagregada por sexo, los indicadores aún parecen no ser suficientes ni producirse con la periodicidad y detalle necesarios.

Conclusión

Desde la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 1981, el Gobierno colombiano ha desarrollado acciones en favor del reconocimiento y reivindicación de los derechos de las mujeres, siempre en concordancia con lo estipulado desde las organizaciones de derechos internacionales. Lo propuesto a la fecha establece una sociedad justa y equitativa que desde los diferentes ámbitos trabaja por la eliminación de las inequidades y desigualdades de género existentes en el país. Sin embargo, el proceso de implementación ha sido descontinuo, y se ha avanzado más en términos normativos que en la aplicación efectiva de políticas.

En el ámbito de la educación, los programas y las políticas han sido constantes en cada Plan de Desarrollo y Plan de Educación se ha considerado la igualdad de género como un objetivo esencial a alcanzar. En cuanto a la relación entre género y ciencia, hasta 2020 en Colombia no se han diseñado políticas públicas especificas en el tema. Pese a los estudios que demuestran la inequidad en el campo científico, en el país el avance ha sido lento: los programas propuestos son de iniciativa privada, y aún no se ha instituido ninguna política pública de género y ciencia.

Así mismo, las leyes con las cuales se rige en la actualidad el SNCTeI en Colombia no contemplan lineamientos o estrategias claras para establecer la igualdad de género en ciencia y tecnología. Pese a ser el recurso humano un factor determinante en la generación de conocimiento y desarrollo de nuevos procesos tecnológicos, y teniendo en cuenta que las desigualdades en este campo son ampliamente conocidas a nivel nacional e internacional, no se contempla una diferenciación entre hombres y mujeres. En los siguientes capítulos presentaremos un análisis de la actual situación de las científicas colombianas en el SNCTeI, con el objetivo de vislumbrar un diagnóstico que en conjunto con la documentación referenciada sea de utilidad para proponer lineamientos de una política pública de género y ciencia.

1 La economía del cuidado fue definida en la Ley 1413 como todas aquellas actividades no remuneradas que se efectúan en el hogar, y que son de vital importancia en el desarrollo económico de la sociedad.

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