Читать книгу Estrés laboral y riesgos psicosociales - José María Peiró Silla - Страница 6
Оглавление2. Nuevas demandas para la investigación sobre estrés laboral desde la prevención de riesgos psicosociales
Durante las últimas décadas, los riesgos laborales de carácter psicosocial han recibido más atención en la legislación y en las políticas de prevención de riesgos y seguridad laboral. La obligación de prevenir esos riesgos ha sido claramente establecida en la Directiva Marco 89/391 del Consejo Europeo y en la legislación que se ha derivado de ella. De forma específica, se establece en esa Directiva la obligación del empleador de «garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo» (a.5.1). Para ello, el empleador tiene la obligación de evaluar y prevenir los riesgos laborales, incluidos los de carácter psicosocial. Estas exigencias legales plantean a la investigación un buen número de cuestiones, requieren el desarrollo de la tecnología adecuada para llevar a cabo la evaluación de riesgos de forma fiable y válida y demandan estrategias y técnicas para su prevención eficaz. De hecho, varias publicaciones han presentado los retos y logros en este campo desde la década de los noventa (Cox y Rial-González, 2000a; 2000b; EASHW, 2002; Peiró y Bravo, 1999).
En la última década, la Comisión Europea en su Agenda social para la promoción de la salud y la seguridad en el trabajo (2007-2012)2 ha seguido insistiendo en la necesidad de la evaluación y prevención de riesgos psicosociales. Además, los agentes sociales europeos, en el año 2004, han firmado un acuerdo marco sobre el estrés laboral3 que tiene como objetivo proporcionar a los empresarios y trabajadores un marco que les permita identificar y prevenir o gestionar los problemas relacionados con el estrés del trabajo.
Una adecuada prevención de los riesgos psicosociales requiere su análisis riguroso, la determinación de sus causas y el desarrollo de tecnologías y metodologías que permitan su evaluación y prevención. Este tipo de cuestiones se han venido abordando en los estudios sobre el estrés laboral. Existe una tradición de casi un siglo en la investigación sobre estrés, y durante la mayor parte de ese periodo también sobre el estrés laboral. De hecho, en las últimas décadas el cuerpo de conocimientos conseguido ha dado lugar al surgimiento de la Psicología de la Salud Laboral (Occupational Health Psychology) (Barling, Kelloway y Frone, 2005; Fullagar y Hatfield, 2005; Hofmann y Tetrick, 2003; Houdmont y Leka, 2008; Näswall, Hellregen y Sverke, 2008; Quick y Tetrick, 2003; Schabracq, Winnubst y Cooper; 1996: Peiró y Tetrick, en prensa).
Ahora bien, los cambios en la realidad laboral están requiriendo una revisión de los supuestos sobre los que se ha desarrollado esa investigación y un replanteamiento que permita considerar de forma más adecuada las nuevas cuestiones. En efecto, las políticas de prevención plantean nuevos enfoques, cuestiones y demandas a la investigación sobre estrés laboral. Vamos a considerar aquí cuatro de ellas que, en nuestra opinión, son especialmente relevantes. En primer lugar, una consideración positiva de las condiciones de trabajo, seguridad y salud laboral. La prevención no puede limitarse a evitar los accidentes y las enfermedades. Es necesario que se promueva el bienestar bio-psico-social del los trabajadores. De forma clara, la Estrategia comunitaria 2007-2012 establece: «Nuestro objetivo debería ser lograr una situación en la cual el trabajo incremente la salud y el bienestar personal, y el acceso al mercado laboral y el mantenimiento del empleo mejoren la salud global de la población». En segundo lugar, esa Estrategia señala que «la naturaleza de los riesgos profesionales cambia al ritmo del incremento de las innovaciones, del desarrollo de nuevos factores de riesgo (violencia en el trabajo, incluido el acoso moral y sexual, y las adicciones) y de la transformación del trabajo (vida profesional más fragmentada). Esos cambios exigen comprender mejor el fenómeno a través de una investigación especializada, con objeto de definir medidas de prevención eficaces». Lógicamente, el análisis de esos riesgos implica la formulación de nuevos modelos en la investigación sobre el estrés. En tercer lugar, se insiste en el carácter preventivo y anticipatorio de las actuaciones y en la construcción de una cultura de la prevención a través de la información, educación y participación de los trabajadores. Por último, ya la Directiva de 1989 marcaba la primacía de la prevención colectiva. En esa misma dirección, la Estrategia 2007-2012 ha insistido en la necesidad de «fomentar los cambios de comportamiento entre los trabajadores y animar a los empresarios a que adopten enfoques que favorezcan la salud». Al poner el énfasis en la cultura de seguridad se presta atención no sólo al nivel individual sino al colectivo, señalando la necesidad de construir organizaciones saludables. Por ello, se requiere una «especial atención a la formación de los jóvenes empresarios en materia de gestión de la salud y la seguridad en el trabajo, así como a la formación de los trabajadores en lo que respecta a los riesgos en la empresa y a los medios de prevenirlos y de luchar contra ellos» (Comisión Europea, 2007, punto 6.1).
En resumen, se trata de cuatro aspectos con clara incidencia en la investigación sobre el estrés en el trabajo: un enfoque positivo sobre la salud y el bienestar laboral, un replanteamiento de los modelos teóricos que mejoren la comprensión de los nuevos fenómenos, una consideración anticipatoria y preventiva del estrés y un enfoque colectivo del mismo. Estas nuevas demandas, han contribuido a una revisión crítica de los modelos teóricos y los supuestos que han inspirado el paradigma heredado desde hace más de medio siglo. Veamos a continuación cuales han sido esos supuestos y las críticas que han recibido recientemente.
2. Improving quality and productivity at work: Community strategy 2007-2012 on health and safety at work», <http://ec.europa.eu/employment_social/news/2007/feb/commstrat_en.pdf>. Esta prioridad ya fue establecida en la anterior agenda social europea para el periodo 2002-2006 (Adapting to change in work and society: A new Community strategy on health and safety at work 2002-2006).
3. <http://ec.europa.eu/employment_social/news/2004/oct/stress_agreement_en.pdf>.