Читать книгу Leyes Administrativas - Luis Martín Rebollo - Страница 316

Оглавление

Artículo 241.

(Antiguo artículo 208 TCE)

El Consejo, por mayoría simple, podrá pedir a la Comisión que proceda a efectuar todos los estudios que él considere oportunos para la consecución de los objetivos comunes y que le someta las propuestas pertinentes. Si la Comisión no presenta propuesta alguna, comunicará las razones al Consejo.

Leyes Administrativas

Подняться наверх