Читать книгу Principio de razonabilidad, derechos fundamentales y emergencia sanitaria - María Marta Didier - Страница 6

Introducción1

Оглавление

En el presente trabajo se pretende exponer el modo en que los tribunales, especialmente la Corte Suprema de Argentina, han aplicado el control de razonabilidad de las normas dictadas como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, como así también las semejanzas y diferencias entre el test aplicado para juzgar la validez de las normas de emergencia económica, con aquel propuesto para determinar la validez de las normas de emergencia sanitaria.

Para ello, en primer lugar, se hará referencia a la íntima relación existente entre el concepto de validez jurídica y el de justificación, puesto que como se infiere del análisis de los casos resueltos por la jurisprudencia, no es posible escindir de la consideración sobre la validez jurídica de una norma la existencia de una justificación para su dictado. Dicha justificación, como podrá verse, no sólo tuvo en cuenta la competencia de los órganos y el procedimiento seguido para su creación, sino que también se centró en la valoración de su razonabilidad, lo que se tradujo en la aplicación del principio de razonabilidad, y por tanto de los tres subprincipios o juicios que conforman su estructura: adecuación, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto.

Seguidamente, se efectuará una breve referencia a las normas de emergencia sanitaria dictadas en la Argentina y en algunos Estados de América y Europa, con la finalidad de comparar las diversas regulaciones de los derechos fundamentales principalmente afectados por la crisis sanitaria.

A continuación, se realizará una reseña de la doctrina de la emergencia económica, sentada por la Corte Suprema de Argentina, a los fines de determinar sus proyecciones sobre la emergencia sanitaria, en la que se encuentran en juego bienes fundamentales como la salud y la vida, pero al mismo tiempo se regulan estrictamente derechos extrapatrimoniales como la libertad de tránsito, la libertad religiosa y la educación. Dicho de otro modo, ¿en qué puede diferenciarse el control de razonabilidad de las normas dictadas durante la emergencia económica con el de las dictadas durante una emergencia sanitaria? ¿Existen tales diferencias?

Finalmente, el trabajo abordará el análisis de casos jurisprudenciales de la Corte Suprema de Argentina, otros tribunales también argentinos y algunos extranjeros, a los fines de determinar el test de razonabilidad aplicado para juzgar la validez jurídica de las normas cuestionadas.

1 Este trabajo plasma conclusiones parciales del proyecto de investigación “Las exigencias de validez jurídica en la argumentación constitucional y convencional. Proyecciones e implicancias”, aprobado por Resolución N° 7183, del Consejo Superior de la Universidad Católica de Santa Fe.

Principio de razonabilidad, derechos fundamentales y emergencia sanitaria

Подняться наверх