Читать книгу Entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual - Mercedes Morán Ruiz - Страница 5
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2.1. Antecedentes históricos de la gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual
III. FUNCIONES PRIMORDIALES DE LAS ENTIDADES DE GESTIÓN
3.1. Gestión colectiva voluntaria: concesión de licencias a usuarios del repertorio
3.2. Gestión colectiva obligatoria
3.3. Acuerdos de representación entre entidades de gestión de diferentes territorios
3.4. Función social
3.5. Otras funciones: persecución de infracciones y fomento de la oferta legal
4.1. Normas sobre competencia: artículos 101 y 102 TFUE
4.2. Resoluciones relevantes en este ámbito que han determinado la configuración de la gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual
4.2.1. Resoluciones relativas a la relación entre las entidades de gestión y los titulares de derechos
4.2.2. Resoluciones relativas a la relación entre las entidades de gestión y los usuarios de obras o prestaciones protegidas
4.2.3. Resoluciones relativas a la relación entre diferentes entidades de gestión
V. DIRECTIVA 26/2014/UE: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGACIONES QUE IMPONE
5.1. Ausencia de una verdadera armonización
5.2. Ámbito de aplicación de la directiva
5.3. Obligaciones aplicables a todas las entidades de gestión
5.3.1. Requisitos aplicables en sus relaciones con titulares de derechos
5.3.2. Obligaciones en relación con las cantidades recaudadas
5.3.3. Requisitos relativos a la organización de las entidades de gestión
5.3.4. Obligaciones de las entidades de gestión en relación con los usuarios del repertorio
5.3.5. Obligaciones en sus relaciones con otras entidades de gestión
5.3.6. Obligaciones de transparencia e información
5.4. Medidas coercitivas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a las entidades de gestión