Читать книгу Actas capitulares desde el 21 hasta el 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires - Unknown - Страница 2
ACTAS CAPITULARES
ОглавлениеEn la muy Noble y muy Leal Ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa Maria de Buenos Aires, á veinte y uno de Mayo de mil ochocientos diez: estando juntos y congregados en la Sala de sus acuerdos á tratar lo conveniente á la república, los Señores del Exmo. Ayuntamiento: á saber, D. Juan José de Lezica y D. Martin Gregorio Yaniz, Alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; y Regidores D. Manuel Mancilla, Alguacil mayor, D. Manuel José de Ocampo, D. Juan de Llano, D. Jaime Nadal y Guarda, D. Andres Dominguez, D. Tomas Manuel de Anchorena y D. Santiago Gutierrez, con asistencia del caballero Síndico Procurador general, Dr. D. Julian de Leiva: hicieron presente el Sr. Alcalde de primero voto y el caballero Síndico, que algunos de los Comandantes de los cuerpos de esta guarnicion, y varios individuos particulares habian ocurrido á manifestarles, que este pueblo leal y patriota, sabedor de los funestos acaecimientos de la península, por los impresos publicados en esta ciudad con permiso del Superior Gobierno, vacila sobre su actual situacion y sobre su suerte futura, y que el deseo de que sea la mas conforme á su felicidad y al objeto inalterable de conservar íntegros estos dominios bajo la dominacion del Sr. D. Fernando VII, le hace zozobrar en un conjunto de ideas difíciles de combinar, y que sino se llegan á fijar cuanto antes, pueden causar la mas lastimosa fermentacion. Todo lo cual hacian presente á este Exmo. Cabildo, en virtud de haberlo así ofrecido á dichos Comandantes é individuos particulares, para que se resuelva lo mas acertado y conveniente en un asunto que, por su gravedad y circunstancias, exije las mayores atenciones: agregando el Sr. Alcalde de primero voto que ayer número, á la hora de mediodia, se habia esplicado con el Exmo. Señor Virey sobre el particular, y significádole, que sin embargo de haber insistido los Comandantes y particulares en que para el efecto se hiciese acuerdo el dia de ayer, habia podido suspenderlo hasta hoy; que S. E. le habia prevenido pasase á verle el caballero Síndico para tratar sobre la materia; y este espresó haberlo realizado y propuesto á S. E. se le pediría permiso por el Exmo. Ayuntamiento para celebrar un Cabildo abierto, ó Congreso general, en que se oyese al pueblo, y tomasen providencias; convidando por esquelas á la parte principal y mas sana de él. Que habiendo indicado este arbitrio á presencia del Señor Fiscal de lo civil, D. Manuel Genaro Villota, y del Capitan de fragata, D. Juan de Bargas, habia instado al mismo tiempo en que se meditase y propusiese cualquiera otro, que desde luego estaba pronto á proponerlo y promoverlo en el Ayuntamiento: que no se habia meditado otro alguno, y solo sí, conformádose S. E. con el propuesto por el esponente. En este estado agolpó un número considerable de gentes á la plaza mayor, esplicando á voces el mismo concepto que habian manifestado el Señor Alcalde de primero voto y el caballero Síndico. Y los Señores, persuadidos de la necesidad que hay de poner prontas precauciones á los males que se anuncian, convencidos de que deben tomarse providencias con la mayor brevedad, por el hecho mismo de haber agolpado la gente á la plaza, espresando á voces sus deseos, y afianzados en la esposicion del Sr. Alcalde y caballero Síndico, acordaron se pase oficio en el acto al Exmo. Señor Virey, suplicándole se digne conceder á este Cabildo permiso franco para convocar, por medio de esquelas, la principal y mas sana parte del vecindario, á fin de que, en un congreso público, esprese la voluntad del pueblo, y acordar en vista de ello las medidas mas oportunas para evitar toda desgracia, y asegurar nuestra suerte futura. Que al propio tiempo se sirva disponer, que en el dia del Congreso se ponga una reforzada guarnicion en las avenidas, ó bocas calles de la plaza, para que contenga todo tumulto, y solo permita entrar en ella á los que con la esquela de convocacion acrediten haber sido llamados. Se formó el oficio en los términos siguientes.—
OFICIO A SU EXCELENCIA
Excelentísimo Señor:—
"Sabedor el pueblo de los funestos acaecimientos de nuestra península, por los impresos publicados en esta ciudad de órden de V. E., y animado de su innata lealtad á nuestro Soberano, y de los sentimientos patrióticos con que siempre se ha distinguido, vacila sobre su suerte futura; y el deseo de que sea la mas conforme á su felicidad y al objeto inalterable de conservar íntegros estos dominios, bajo la dominacion del Sr. D. Fernando VII, le hace zozobrar en un conjunto de ideas dificiles de combinar, y que si no se llegan á fijar cuanto antes, pueden causar la mas lastimosa fermentacion. Este Ayuntamiento, que vela sobre su prosperidad y se interesa en gran manera por la union, el órden y la tranquilidad, lo hace presente á V. E., y para evitar los desastres de una convulsion popular, desea tener de V. E., un permiso franco para convocar, por medio de esquelas, la principal y mas sana parte de este vecindario, y que en un congreso público exprese la voluntad del pueblo, y acuerde las medidas mas oportunas para evitar toda desgracia y asegurar nuestra suerte venidera. Sirviéndose V. E. disponer que en el dia del Congreso se ponga una reforzada guarnicion en todas las avenidas, ó bocas calles de la plaza, para que contenga todo tumulto, y que solo permita entrar en ella los que con la esquela de convocacion acrediten haber sido llamados.
Dios guarde á V. E. muchos años. Sala capitular de Buenos Aires, 21 de Mayo de 1810.
Excelentísimo Señor.
Juan José Lezica—Martin Gregorio Yaniz—Manuel Mancilla—Manuel José de Ocampo—Juan de Llano—Jaime Nadal y Guarda—Andres Dominguez—Tomas Manuel de Anchorena—Santiago Gutierrez—Dr. Julian de Leiva.
Excelentísimo Señor Virey D. Baltazar de Hidalgo de Cisneros."
Y los Señores mandaron se ponga en limpio, y se pase en el momento por medio de una diputacion, que deberá componerse de los Señores, D. Manuel José de Ocampo y D. Andres Dominguez; á quienes encargaron muy eficazmente obtuviesen de S. E. pronta contestacion, por la cualidad del caso y sus circunstancias; quedando abierto el acuerdo hasta que regresasen.
Volvieron los Ses. Diputados, y dieron cuenta de que habiendo manifestado al Exmo. Sr. Virey el objeto de la diputacion y entregádolo el oficio, habia repuesto S. E., que el asunto era delicado, y necesitaba meditacion: que sin embargo habia entrado á su despacho y entregádoles al cabo de un buen rato la contestacion, que era la misma que ponian en manos del Exmo. Cabildo. La cual se leyó, y es del tenor seguiente.—
CONTESTACION DE SU EXCELENCIA
Excelentísimo Señor:—
"Acabo de recibir el oficio de V. E. de esta fecha, ahora que son las diez de la mañana, por medio de sus dos Diputados á efecto de ponerlo en mis manos, y enterado de su contesto, estoy desde luego pronto á acordar á V. E., como lo egecuto, el permiso que solicite para el fin y con las condiciones que me indica en su citado: mediante lo que, luego que V. E. me participe el dia en que ha de celebrarse el Congreso que se ha propuesto, dispondré que se aposten las partidas que V. E. solicita, en las avenidas de las bocas calles de la plaza, con los fines de evitar, segun corresponde al mejor servicio de S. M. y tranquilidad pública de esta ciudad, cualquier tumulto ó conmocion que pudiera ocurrir; como igualmente para que solo permitan entrar en ella á los vecinos de distincion, que por medio de la esquela de convocacion acrediten en debida forma haber sido llamados por V. E. al efecto: y espero del discernimiento constante y acreditada fidelidad de V. E. é interes que siempre ha manifestado por el bien público de esta ciudad, que como su representante, esforzará todo el celo que lo caracteriza y distingue, á fin de que nada se egecute ni acuerde que no sea en obsequio del mejor servicio de nuestro amado Soberano, el Sr. D. Fernando VII, integridad de estos sus dominios, y completa obediencia al supremo gobierno nacional que lo represente durante su cautividad: pues que, como V. E. sabe bien, es la monarquía una é indivisible, y por lo tanto debe obrarse con arreglo á nuestras leyes, y en su caso, con conocimiento ó acuerdo de todas las partes que la constituyen, aun en la hipótesis arbitraria de que la España se hubiese perdido enteramente, y faltase en ella el gobierno supremo representativo de nuestro legítimo Soberano.
Dios guarde á V. E. muchos años. Buenos Aires, 21 de Mayo de 1810.
Baltazar Hidalgo de Cisneros.
Exmo. Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad."
Y enterados los Señores, acordaron que el Sr. D. Andres Dominguez pase en el acto á solicitar del Comandante de Patricios, D. Cornelio de Saavedra, á nombre de este Cabildo, el que se persone en la Sala, á fin de encargarle que aplique su celo á evitar todo tumulto, y conservar el órden y la tranquilidad pública.
En este estado, y habiendo salido el Sr. Diputado, se oyeron nuevas voces del pueblo, reducidas á que se presentase en los balcones el caballero Síndico: quien, despues de haberse repetido aquellas voces por varias ocasiones, se presentó en efecto, y el pueblo en grita le significó, queria saber lo que se habia contestado á la diputacion del Exmo. Cabildo. El caballero Síndico les hizo entender, que S. E. habia prestado conformidad en todo á las solicitudes del Ayuntamiento, y que éste se hallaba trabajando por el bien y felicidad pública: que era de necesidad forzosa el que todos se retirasen á sus casas para no perturbar la tranquilidad y el sosiego: que se aquietasen, pues que el Exmo. Cabildo no omitiria medio de cuantos estimase conducentes al mayor bien.
Clamaron entonces de nuevo, que lo que se queria era la deposicion del Exmo. Señor Virey; y habiendo el caballero Síndico tratado de persuadirlos, esforzando mas y mas las insinuaciones que anteriormente tenia hechas, se retiró á la Sala. En cuyo acto compareció D. Cornelio Saavedra, y los Señores suplicaron encarecidamente pusiese en planta, sin la menor demora, los medios todos de su prudencia y celo, para hacer que se retirase de la plaza aquella gente, y que velase con los demas Comandantes sobre el órden público, quietud y sosiego del vecindario, á fin de precaver toda conmocion, y evitar cualquiera novedad y desgracia que pudiera esperimentarse en circunstancias tan arriesgadas; hasta tanto se resolvia lo mas conveniente al bien público.
D. Cornelio Saavedra ofreció que nada se omitiria de su parte, y de la de los demas Comandantes, al indicado fin, saliendo por garante de la seguridad pública. Se despidió, y significando al pueblo que el Exmo. Cabildo meditaba, trataba y acordaba cuanto creia conducente á la felicidad del pais, consiguió que la gente toda se retirase de la plaza. Y los Señores determinaron se celebre el Cabildo abierto, ó congreso general el dia de mañana 22, á las 9 de ella, y que al efecto se convide por esquela á la parte principal y mas sana del pueblo. Se formó la esquela, que es del tener siguiente:—
ESQUELA
"El Exmo. Cabildo convoca á Vd. para que se sirva asistir precisamente mañana, 22 del corriente á las 9, sin etiqueta alguna, y en clase de vecino, al Cabildo abierto, que con avenencia del Exmo. Señor Virey ha acordado celebrar, debiendo manifestar esta esquela á las tropas que guarnescan las avenidas de esta plaza, para que se le permita pasar libremente."
"Señor D........."
Y mandaron se imprima en el dia y se reparta sin pérdida de instantes, arreglándose lista de los individuos, en la que deberán ser comprendidos el Reverendo Obispo, el Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro, Señores de la Real Audiencia y del Tribunal de cuentas, Ministros de Real Hacienda, y Gefes de oficinas, Cabildo Eclesiástico, Curas y Prelados de las religiones, Real Consulado, Comandantes, Gefes, y algunos oficiales de los cuerpos de esta guarnicion, Alcaldes de barrios y vecinos, Catedráticos y profesores del derecho; compartiendose por barrios los encargados de distribuir las esquelas: y ordenaron por último se disponga proclama enérgica, con la cual haya de darse principio á la sesion el dia de mañana. Y con esto se concluyó el acuerdo, que firmaron dichos Señores, de que doy fé.
Juan José Lezica—Martin Gregorio Yanis—Manuel Mancilla—Manuel José de Ocampo—Juan de Llano—Jaime Nadal y Guarda—Andres Dominguez—Tomas Manuel de Anchorena—Santiago Gutierrez—Dr. Julian de Leiva—Licenciado D. Justo José Nuñez, Escribano público y de Cabildo.
ACTA DEL CONGRESO GENERAL
En la muy Noble y muy Leal Ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa Maria de Buenos Aires, á 22 dias del mes de Mayo del año de 1810, habiendo situádose en la galeria principal de las casas capitulares los Señores que componen este Exmo. Ayuntamiento, para presidir el Congreso General á que se convocó por esquelas, ayer 21 del corriente, en virtud de la facultad que para el efecto concedió el Exmo. Sr. Virey, D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, por oficio de la misma fecha: á saber, los. Señores D. Juan José de Lezica y D. Martin Gregorio Yaniz, Alcaldes de primero y segundo voto, y Regidores D. Manuel Mancilla, Alguacil mayor, D. Manuel José de Ocampo, D. Juan de Llano, D. Jaime Nadal y Guarda, D. Andres Dominguez, Juez diputado de policía, D. Tomas Manuel de Anchorena, Defensor general de pobres y Fiel Ejecutor, y D. Santiago Gutierrez, Defensor general de menores, con asistencia del caballero Síndico Procurador general, Dr. D. Julian de Leiva; y concurrido para este acto, en virtud de la citada convocatoria; á saber, el Ilmo. Sr. Dr. D. Benito de Lue y Riega, el Exmo. Sr. D. Pascual Ruiz Huidobro, Teniente General, el Sr. D. Manuel José de Reyes, Oidor de esta Real Audiencia, el Sr. D. Diego de la Vega, Contador mayor, Décano del Real Tribunal de cuentas, el Sr. D. Pedro Viguera, Tesorero de esta Real Audiencia, el Sr. D. Juan Andres de Arroyo, Contador mayor del Real Tribunal de cuentas, el Sr. Brigadier D. Bernardo Lecog, Sub-inspector y Director general del real cuerpo de ingenieros, el Sr. D. Joaquin Mosquera, Coronel retirado del mismo real cuerpo, el Sr. D. Eugenio Balbastro, vecino y de este comercio; el Sr. D. Joaquin Madariaga, de esto vecindario y comercio; el Sr. D. José Maria Balbastro, Capitan de milicias regladas de caballeria; el Sr. D. José Cerra y Valle, Alcalde del barrio número 3, cuartel segundo; el Sr. D. Ventura de Haedo, Alcalde del barrio número 8, en el mismo cuartel; el Sr. D. Antonio Luciano Ballesteros; el Sr. D. Manuel Antonio Bas; el Sr. D. Francisco Xavier Riglos; el Sr. D. Roman Ramon Diaz; el Sr. Dr. D. Feliciano Antonio Chiclana; el Sr. D. Hipólito Vietes; el Sr. D. Juan José Viamont, Capitan graduado del regimiento fijo de infantería, y Sargento mayor de los batallones primero y segundo de Patricios; el Sr. D. Nicolas Peña, Oficial de blandenguez de estas fronteras; el Sr. D. Juan José Rocha, Escribano público y del número; el Sr. Teniente Coronel urbano, D. Juan Antonio Pereira, Capitan de granaderos del segundo batallon de Patricios; el Sr. D. Estevan Romero, Teniente Coronel urbano y Comandante del mismo batallon; el Sr. D. Juan Ramon Balcarce, Sargento mayor del batallon de granaderos de Fernando VII; el Sr. D. Simon Rejas, de este vecindario y comercio; el Sr. D. Cornelio Saavedra, Teniente Coronel y Comandante del primer batallon de Patricios; el Sr. D. Cristoval de Aguirre, vecino y de este comercio; el Sr. D. Pedro Andres Garcia, Teniente Coronel y Comandante del batallon de infantería número 4; el Sr. D. Francisco Antonio Ortiz de Ocampo, Teniente Coronel y Comandante del batallon de infantería número 3; el Sr. D. Manuel de Andres de Pinedo y Arroyo, vecino y de este comercio; el Sr. D. Manuel Luzuriaga, de este vecindario; el Sr. D. Martin José de Ochoteco, Capitan graduado del ejército; el Sr. D. Ulpiano Barrera; el Sr. D. Antonio Ortiz de Alcalde; el Sr. D. Juan Canaveris; el Sr. D. Hilario Ramos, el Sr. D. Justo Pastor Linch, Contador de la Real Aduana, y actualmente su Administrador interino; el Sr. D. Manuel José de Lavalle, Director General de la Real Renta de tabacos; el Sr. D. Miguel de Irigoyen, Caballero del Orden de Alcántara, y Teniente Coronel de caballeria; el Sr. D. Vicente Caudevilla, Contador interino de la Real Renta de tabacos; el Sr. D. Diego Herrera, Teniente Coronel urbano; el Sr. Dr. D. Gregorio Tagle, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. Coronel D. Agustin de Pinedo, Sargento Mayor del regimiento de dragones; el Sr. Teniente Coronel D. Mariano Larrazabal, Capitan del mismo; el Sr. D. Martin de Arandia; el Sr. Teniente Coronel urbano D. Rodrigo Muñoz y Rábago; el Sr. D. Francisco de la Peña Fernandez, vecino y de este comercio; el Sr. Capitan de milicias D. Antonio Villamil; el Sr. Dr. D. Agustin Fabre, profesor en medicina; el Sr. Ministro de Real Hacienda honorario, D. Joaquin Belgrano; el Sr. D. Julián del Molino Torres, vecino y de este comercio; el Sr. D. Jacinto de Castro, de este comercio y vecindario; el Sr. D. Mariano Echaburu, Escribano público y del número; el Sr. D. Ildefonso Ramos; el Sr. Coronel D. Francisco Xavier Pizarro, Capitan, comandante del real cuerpo de artilleria; el Sr. D. José Maria Cabrer, Coronel de ejército, y Sargento mayor de esta plaza; el Sr. Teniente Coronel urbano D. Miguel Gerónimo Garmendia; el Sr. D. Jose Soliveri, Contador de retasas; el Sr. D. José Superi, Sargento mayor del batallon de castas; el Sr. D. Felipe Castilla, Capitan de milicias regladas de caballeria; el Sr. D. Antonio Ruiz, Alcalde del barrio número 11, cuartel quinto; el Sr. D. José Botello, Alcalde del barrio número 16, cuartel cuarto; el Sr. D. Fermin de Tocornal, Alcalde del barrio número 20, cuartel quinto; el Sr. Capitan urbano D. Francisco Mansilla, Ayudante mayor interino de esta plaza; el Sr. D. Francisco de Prieto y Quevedo, vecino y de este comercio; el Sr. Teniente coronel de ejército, D. Alonso Quesada, Sargento mayor de milicias regladas de infantería; el Sr. D. Vicente Carvallo y Goyeneche, Capitan del regimiento de dragones; el Sr. D. José Martinez de Hoz, de este comercio y vecindario; el Sr. D. José Barrera, Oficial primero de la Secretaría de Gobierno y Guerra del Vireinato; el Sr. Alferez de fragata, D. Martin Thompson, Capitan de este puerto; el Sr. Capitan graduado, D. Gregorio Belgrano, Ayudante mayor de esta plaza; el Sr. Teniente Coronel urbano, D. Fernando Diaz, Capitan de granaderos del batallon número 4; el Sr. D. Ambrosio Lezica, de este comercio; el Sr. D. Estevan Fernandez, Capitan de Blandenguez de esta frontera; el Sr. D. José María Morell y Perez, vecino y de este comercio; el Sr. D. Juan Bautista de Elorríaga, de este comercio y vecindario; el Sr. D. José Pastor Lezica, vecino y del comercio; el Sr. Dr. D. Juan Nepomuceno Sola, Cura rector de la parroquia de Monserrat; el Sr. D. Juan Bautista Castro, vecino y de este comercio; el Sr. D. José Francisco Vidal, Capitan de milicias de infanteria; el Sr. D. Saturnino Alvarez, Tesorero del Real Consulado; el Sr. Dr. D. Agustin Pio de Elia, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. Miguel de Escuti, vecino y del comercio; el Sr. D. Pedro de Arteaga, Oficial segundo de la Secretaría de Gobierno y Guerra del Vireinato; el Sr. D. José María de las Carreras, vecino y del comercio; el Sr. D. Francisco Antonio de Letamendi, de este comercio y vecindario; el Sr. D. José Moll, Alcalde de hermandad de la banda del sud en esta capital; el Sr. D. Sebastian de Torres, vecino y de este comercio; el Sr. D. José Maria Calderon, Vista de la Real Aduana; el Sr. D. José Riera, vecino y del comercio; el Sr. D. Raimundo Rial, Alcalde del barrio número 19, cuartel quinto; el Sr. D. Domingo Lopez, de este vecindario; el Sr. D. José Nadal y Campo, Alcalde del barrio número 14, cuartel cuarto; el Sr. D. Pablo Villarino, de este vecindario; el Sr. D. Toribio Mier, vecino y del comercio; el Sr. D. Angel Sanchez Picado, Alcalde del barrio número 2, cuartel segundo; el Sr. D. Juan Antonio Rodriguez, vecino y de este comercio; el Sr. Dr. D. José Leide, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. Coronel D. Miguel de Asenenaga, Comandante de milicias regladas de infantería; el Sr. D. Basilio Torrecillas, Alcalde de hermandad de la banda del norte en esta capital; el Sr. D. Ruperto Alvarellos, de este vecindario y comercio; el Sr. D. Juan Bautista Ituarte, vecino y del comercio; el Sr. D. Manuel Martínez, vecino y del comercio; el Sr. D. Francisco Antonio Escalada, Consul moderno del Real Tribunal del Consulado; el Sr. D. Floro Zamudio y Chavarria, Teniente Coronel urbano, y Capitan del escuadron de Húsares del Rey; el Sr. D. Hermenegildo Aguirre; el Sr. D. Tomas Lezica, de este comercio; el Sr. Teniente Coronel D. Juan Bautista Bustur, Sargento Mayor del batallon número 3; el Sr. D. José Leon Dominguez, Capitan con grado de Teniente Coronel de los granaderos del mismo batallon; el Reverendo Padre Maestro Fray Ignacio Grela, del Orden de Predicadores; el Sr. D. Florencio Torrada, Teniente Coronel y Comandante del batallon de granaderos de Fernando VII; el Sr. Dr. D. Cosme Argerich, profesor de medicina; el Sr. Licenciado D. Justo García y Valdez, profesor en la misma facultad; el Sr. D. Martin Rodriguez, Teniente Coronel y Comandante del escuadron de Húsares del Rey; el Sr. D. Miguel Saenz, Capitan del mismo; el Sr. D. Gerónimo Lasala; el Sr. D. Felipe de Arana; el Sr. D. Pedro Capdevila, de este comercio; el Sr. D. Matias Irigoyen, Alferes de navío de la Real Armada; el Sr. D. Ignacio de Rezaval, vecino y de este comercio; el Sr. D. Manuel de Velasco, Oidor de esta Real Audiencia; el Sr. D. Antonio Piran, Prior del Real Tribunal del Consulado; el Sr. D. José Merelo, Teniente Coronel y Comandante del batallon número 5; el Sr. D. Joaquin de la Iglesia, de este vecindario; el Sr. D. Francisco Tomas de Anzótegui, Oidor Decano de esta Real Audiencia; el Sr. Teniente Coronel D. Bernabé San Martin, Sargento Mayor del batallon de artilleria, denominado la Union; el Sr. Dr. D. Manuel Belgrano, Abogado de los Reales Consejos, y Secretario del Real Tribunal del Consulado; el Sr. Coronel urbano D. Gerardo Esteve y Llac, Comandante del batallon de artilleria la Union; el Sr. Dr. D. Juan José Castelli, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. Félix de Castro, Capitan de Patricios; el Sr. Dr. D. Alejo Castex, Abogado de esta Real Audiencia, y Teniente Coronel urbano; el Sr. D. Nicolas Vedia, Teniente del regimiento fijo de infanteria; el Sr. D. Juan Pedro Aguirre, Teniente Coronel urbano; el Reverendo Padre Fray Pedro Santibañez, Guardian de la Santa Recoleccion; el Reverendo Padre Fray Pedro Cortinas, Guardian del convento de la Observancia; el Reverendo Padre, Prefecto del convento Bethelemítico, Fray José Vicente de San Nicolas; el Sr. D. Juan Fernandex de Molina, vecino y de este comercio; el Sr. D. Francisco Marzano, Capitan con grado de Teniente Coronel de granaderos del batallon número quinto; el Sr. D. Antonio José Escalada, Chanciller de la Real Audiencia; el Sr. D. Bernardino Rivadavia, de este vecindario; el Sr. Dr. D. Francisco Planes, Catedrático de los Reales Estudios; el Sr. Dr. D. Julian Segundo de Agüero, Cura rector mas antiguo del Sagrario de la Catedral; el Sr. Dr. D. Nicolas Calvo, Cura rector de la parroquia de la Concepcion; el Sr. Dr. D. Domingo Belgrano, Canónigo de esta Santa Iglesia Catedral; el Sr. Dr. D. Melchor Fernandez, Dignidad de Chantre de la misma Santa Iglesia; el Sr. Dr. D. Florencio Ramirez, Dignidad de Maestre Escuela de la misma; el Sr. Dr. D. Antonio Saenz, Secretario del muy Venerable Cabildo Eclesiástico; el Sr. D. Tomas José Boyzo, Escribano público y del número; el Sr. D. Juan de la Elguera, vecino y de este comercio; el Sr. D. Juan Ignacio de Escurra, de este comercio y vecindario; el Sr. D. Manuel del Cerro Saenz, Administrador en los ramos de Policía; el Sr. Teniente Coronel urbano D. Agustin de Orta y Azamor, Sargento Mayor del batallon número 5; el Sr. D. Juan Ignacio Terrada, Teniente Coronel urbano; el Sr. D. Francisco de Neira y Arellano, vecino y de este comercio; el Sr. D. José Agustin Lizaur, vecino y del comercio; el Sr. D. José Hernandez, vecino y del comercio; el Sr. D. Benito de Iglesias, vecino y del comercio; el Sr. D. Juan Almagro de La Torre, Oidor honorario de la Real Audiencia de Charcas, y Asesor General de este Vireinato; el Sr. D. Manuel Genaro Villota, Fiscal de lo Civil y Real Hacienda, y honorario del Supremo Consejo de Indias; el Sr. D. Juan Ramos, Teniente Coronel urbano; el Sr. D. Miguel Ezquiaga, idem; el Sr. D. Felipe Cardoso, idem; el Sr. D. Francisco Paso, de este vecindario; el Sr. D. Lorenzo Machado, Alcalde del barrio número 18, cuartel quinto; el Sr. D. José Antonio de Echenagusia, idem del barrio número 7, cuartel primero; el Sr. D. José Antonio Lagos, de este vecindario; el Sr. D. Juan Cornet y Prat, vecino y de este comercio; el Sr. D. Ramon de Oromí, Contador mayor del Real Tribunal de cuentas; el Sr. D. José Amat, Alcalde del barrio número 17, cuartel cuarto; el Sr. Dr. D. Manuel Obligado, vecino y del comercio; el Sr. Dr. D. Mariano Moreno, Abogado y Relator interino de esta Real Audiencia; el Sr. D. Nicolas del Campo, Contador de cuadrantes; el Sr D. José Agustin Aguirre, de este comercio; el Sr. D. Andres de Lezica, idem; el Sr. D. Manuel Barquin, de este vecindario; el Sr. D. Pedro Baliño, de este vecindario y comercio; el Sr. D. Domingo Lopez; el Sr. D. Pedro Cerviño, Teniente Coronel urbano; el Sr. Licenciado D. Vicente Lopez; el Sr. Licenciado D. Bernardo Nogué, profesor en cirugía; el Sr. D. Francisco Xavier Macela, Alcalde del barrio número 1, cuartel segundo; el Sr. D. Manuel Ruiz Obregon, idem del número 10, cuartel tercero; el Sr. D. Francisco Dozal, del vecindario y comercio; el Sr. Coronel urbano D. José Forneguera; el Reverendo Padre, Dr. Fray Manuel Torres, Provincial del convento de la Merced; el Reverendo Padre, Fray Juan Manuel Aparicio, Comendador del mismo; el Sr. Dr. D. Juan Francisco Seguí, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. Pedro de Usua, vecino y de este comercio; el Sr. Dr. D. Luis José Chorroarin, Rector del Real Colegio de San Carlos; el Sr. D. Domingo Mateu, de este comercio; el Sr. Dr. D. Juan José Paso, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. Francisco Antonio Herrero, vecino y de este comercio; el Sr. D. Domingo Achaval, idem; el Sr. D. José Martinez Escobar, idem; el Sr. Dr. D. Simon Cosio, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. Ildefonso Paso, vecino y del comercio; el Sr. Dr. D. Joaquin Campana, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. Dr. D. José Darragueira, idem; el Reverendo Padre, Fray Ramon Alvarez, Provincial de San Francisco; el Sr. Dr. D. Pascual Silva Braga, Presbitero; el Reverendo Padre, Fray Manuel Alvariño, Prior de Santo Domingo; el Sr. D. José Laguna, Capitan de fragata de la Real Armada; el Sr. D. Francisco Antonio de Belaustegui, vecino y del comercio; el Sr. D. José Antonio Capdevila, idem; el Sr. D. Marcelino Calleja Saenz, Escribano de Cámara de la Real Audiencia; el Sr. D. Gerardo Bosch, vecino y del comercio; el Sr. Dr. D. Bonifacio Zapiola, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. Dr. D. Domingo Viola, Presbitero; el Sr. Dr. D. Mariano Irigoyen, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. Norberto Quirno, vecino y del comercio; el Sr. Dr. D. Vicente Anastasio Echavarria, Abogado de esta Real Audiencia; el Sr. D. José María Riera, vecino y del comercio; el Sr. D. Pedro Martinez Fernandez, idem; el Sr. Dr. D. Bernardo de la Colina, Presbitero; el Sr. Teniente Coronel urbano D. Francisco Pico, Capitan de granaderos del primer batallon de Patricios; el Sr. D. Juan Antonio Zelaya, vecino y del comercio; el Sr. D. José Martin Zuloetas, idem; el Sr. D. Olaguer Reinals, idem; el Sr. Dr. D. Juan Damaso Fonseca, Cura rector mas antiguo de la Concepcion; el Sr. Dr. D. Pantaleon Rivarola, Presbitero; el Sr. Dr. D. Joaquin Griera, Abogado de la Real Audiencia; el Sr. Dr. D. Manuel Alberti, Cura rector de San Nicolas; el Sr. D. Miguel Gomez, de este vecindario; el Sr. D. José Leon Planchon, Presbitero; el Sr. Dr. D. Juan Leon Ferragut, Capellan del regimiento de dragones; el Sr. Brigadier D. José Ignacio de la Quintana, Coronel de dicho regimiento; el Sr. Capitan D. Pedro Duran, Sargento Mayor interino del regimiento fijo; el Sr. D. Felix Casamayor, Ministro General de Real Hacienda; el Sr. D. Francisco Orduña, Brigadier y Sub-inspector del real cuerpo de artillería; el Sr. D. Juan Bautista Otamendi, vecino y de este comercio; el Sr. D. Ambrosio Pinedo, Capitan de dragones; el Sr. Dr. D. Vicente Montes Carballo, Presbitero; el Sr. Dr. D. Ramon Vietes, idem; el Sr. D. Valeriano Barrera, de este vecindario; el Sr. D. Juan Francisco Marcheses, idem; el Sr. D. Antonio Ramirez, idem; el Sr. D. Henrique Ballesteros, idem; el Sr. Dr. D. Matias Patron, Abogado; el Sr. D. Antonio Luis Beruti; el Sr. D. Agustin Donado; el Sr. Teniente Coronel urbano D. Manuel Pinto; el Sr. D. Mariano Conde, de este vecindario; el Sr. D. Pedro Valerio Albano, idem; el Sr. D. Domingo French, idem; el Sr. D. Vicente Dupuí, idem; el Sr. D. Mariano Orma, idem; el Sr. D. Buenaventura de Arzac, idem; el Sr. D. Andres de Aldao, idem; el Sr. D. Juan Ramon Urien, idem.
Se empesó la Acta, leyéendose en públicas y altas voces por mi el Actuario, y en virtud de mandato del Exmo. Ayuntamiento, así el discurso que habia dispuesto el mismo Exmo. Cabildo, para la apertura de esta sesion, como el oficio son que solicitó el superior permiso para la formacion del Congreso General, y el pasado en contestacion por el Exmo. Sr. Virey, dando la facultad para ejecutarlo, siendo el tenor de todo, el siguiente.
¡Fiel y generoso pueblo de Buenos Aires!
"Las últimas noticias de los desgraciados sucesos de nuestra metrópoli, comunicadas al público de órden de este Superior Gobierno, han contristado sobre manera vuestro ánimo, y os han hecho dudar de vuestra situacion actual y de vuestra suerte futura.
"Agitados de un conjunto de ideas, que os han sugerido vuestra lealtad y patriotismo, habeis esperado con ansia el momento de combinarlas, para evitar toda division: y vuestros Representantes, que velan constantemente sobre vuestra prosperidad, y que desean con el mayor ardor conservar el órden y la integridad de estos dominios, bajo la dominacion del Sr. D. Fernando VII, han obtenido del Exmo. Sr. Virey permiso franco para reuniros en un Congreso. Ya estais congregados: hablad con toda libertad, pero con la dignidad que os es propia, haciendo ver que ereis un pueblo sábio, noble, dócil y generoso. Vuestro principal objeto debe ser precaver toda division, radicar la confianza entre el subdito y el magistrado, afianzar vuestra union recíproca y la de todas las demas provincias, y dejar expeditas vuestras relaciones con los vireinatos del continente. Evitad toda innovacion ó mudanza, pues generalmente son peligrosas y expuestas á division. No olvideis que teneis casi á la vista un vecino que asecha vuestra libertad, y que no perderá ninguna ocasion en medio del menor desórden. Tened por cierto que no podreis por ahora subsistir sin la union con las provincias interiores del reino, y que vuestras deliberaciones serán frustradas si no nacen de la ley, ó del consentimiento general de todos aquellos pueblos. Así, pues, meditad bien sobre vuestra situacion actual, no sea que el remedio, para precaver los males que temeis, aceleren vuestra destruccion. Huid siempre de tocar en cualquiera extremo, que nunca deja de ser peligroso. Despreciad medidas estrepitosas ó violentas, y siguiendo un camino medio, abrazad aquel que sea mas sencillo y mas adecuado para conciliar, con nuestra actual seguridad y la de nuestra suerte futura, el espíritu de la ley y el respeto á los magistrados."