Читать книгу De la legitimidad, las sucesiones y su reflejo en las acuñaciones andalusíes - David Francés Vañó - Страница 9

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INTRODUCCIÓN

Con gran pasión y mayor curiosidad, abordamos el presente trabajo, el cual comenzó como un intento de ubicar la moneda n.º 1392 del catálogo de Vives. A raíz de ahí, y durante dicha investigación, observamos diferentes datos a tener en cuenta en ciertas acuñaciones, los cuales fuimos incorporando al trabajo original y que, a la larga, derivó hacia este nutrido grupo de páginas que el lector tiene entre sus manos. Como seguro que habremos incurrido en errores y asumirlos es nuestro deber, pedimos la indulgencia de la comunidad científica y la benevolencia de nuestro amigo lector. Nuestra intención única ha consistido en elaborar una obra útil y novedosa para el investigador y aficionado del mundo numismático andalusí, y no cabe duda, hemos puesto toda nuestra pasión en ello.

Nuestra academia ha sido la lectura y el estudio, y nuestros aliados (aparte de nuestros buenos amigos, que saben bastante de todo esto), la curiosidad, la capacidad de análisis, la tenacidad y, sobre todo, una gran pasión por la historia y la numismática hispano-musulmana. Nuestra intención ha sido intentar resolver una serie de hechos que hasta ahora nos habían pasado desapercibidos, así como desvelar el misterio de algunas raras acuñaciones que no sabíamos a quién podían pertenecer, cuestión que creemos haber logrado. También hemos de señalar que, debido a la falta de fuentes, muchas veces (las más) hemos tenido que movernos dentro del terreno de la hipótesis: no ha habido otra opción. Esperemos este trabajo sea de provecho y ayuda para futuros investigadores y con un solo lector que disfrute de el, nos daremos por satisfechos.

Documentándonos para la realización del trabajo sobre la moneda 1392, Maria Soler1 nos puso sobre la pista de que dicha acuñación podía deberse a una transmisión de poder. Al seguir con la investigación, tropezamos con una serie de acuñaciones atípicas, y decidimos abordar su estudio al ver que seguían unas pautas concretas y que creímos que tenían que ver con aspectos legales, de legitimación, rangos y estatus. Para ello nos ayudamos de las crónicas históricas, de trabajos de diferentes autores y de acuñaciones desconocidas aparecidas en foros numismáticos, siéndonos todo ello muy útil y de ayuda, permitiéndonos tener una percepción del porqué se acuñaron estas monedas, con unas primicias que, creemos, sólo se dan en momentos muy concretos, desconociendo si estas formulas eran de aplicación en todo el mundo musulmán, bajo las mismas condiciones. Todos los trabajos que aportamos, de una manera u otra, tienen que ver con la forma buscada por los diferentes reyes de poder acuñar moneda sin transgredir la ley, unos invocando imām tras imām todos legítimos, otros, empleando argucias y disimulando sus arteras intenciones, pero siempre intentando no sobrepasar los límites del orden establecido.

A lo largo de nuestro estudio nos percatamos de que se siguen unas pautas según las circunstancias, bien sea una transmisión de poder, una delegación u otras, que posiblemente estuviesen legisladas, pues las observamos en las taifas y en época almorávide, como veremos. Así como un imām podía ser depuesto legalmente si se daban unas circunstancias concretas,2 tambien debía de haber supuestos legales para la jutba y la acuñación de moneda. Con respecto al título, veremos que nadie se atrevió a usurparlo y todos los imāmes fueron más o menos legalmente jurados. Con la jutba tenemos dos casos conocidos, el de Muŷāhid y el de Abū Nūr Hilāl, que si nos ceñimos a la legalidad que nos ha llegado por las fuentes y otros autores, nos parece extraño, pero si suponemos que hay pautas legales establecidas –que no conocemos, pero que seguramente existían– ya no lo es tanto. En cuanto a la acuñación de moneda, creemos haber dilucidado alguna de sus pautas desconocidas hasta ahora, y que nadie osó usurpar esta prerrogativa califal, bien sea bajo invocación del imām electo o del fictício imām cAbd Allāh.

Hemos percibido a lo largo de nuestra investigación cierta hostilidad de los cronistas hacia los reyes de taifas, quizás influenciados por Ibn Hazm (384-456), y que se refleja en un pasaje de Ibn al-Jatib3 (-776); nosotros tenemos otra visión: en todo momento, al menos durante un largo tiempo, intentan reponer en el poder a miembros de la dinastía que había reinado durante tantos siglos, si bien estas intenciones se fueron diluyendo con el paso del tiempo y los reveses recibidos, cuyas notícias iremos desgranando a lo largo de este trabajo.

1. Maria Soler, Les emissions monetàries de la Marca Superior d’al-Andalus, Lleida, Universitat de Lleida, t. II, 1992-1997, tesis doctoral inédita.

2. François Clément, Pouvoir et légitimité en Espagne musulmane à l´époque des taifas (Ve/XIe siècle). L’imam fictif, París, L’Harmattan, 1997.

3. Apéndice, doc. I.

De la legitimidad, las sucesiones y su reflejo en las acuñaciones andalusíes

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