Читать книгу Responsabilidad del Sistema Sanitario y Farmacéutico - Antonio Moya Jiménez - Страница 8
ОглавлениеCapítulo II
Los servicios sanitarios y los usuarios
1. Derecho a la salud, el paciente y la sanidad.
El derecho de los ciudadanos a la salud, está contemplado en la Constitución Española de 1978, en el artículo 43, que señala: “ 1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud; 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto; y, 3. Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria…”
Es decir, que el Estado, a través de la administración central, concretamente el Ministerio de Sanidad, y, sobre todo, las diferentes comunidades autónomas, a las que les han sido transferidos estos servicios, tienen que garantizar y tutelar la salud de los ciudadanos a través de los servicios sanitarios.
A los pacientes, como usuarios de servicios sanitarios, tanto públicos como privados, les asisten una serie de derechos reconocidos por la legislación vigente, de tal forma que si estos son vulnerados producen la responsabilidad de quienes los vulneran, que pueden ser los médicos, enfermeros y personal sanitario, los centros sanitarios públicos o privados, o la propia Administración sanitaria titular de los centros sanitarios.
Todas las personas que acuden a un médico, o a un centro sanitario se consideran pacientes, y todo paciente es usuario, sin que se pueda diferenciar su protección en función del servicio sanitario recibido. Normalmente la prestación de servicios sanitarios no es fruto de una decisión previa del paciente, salvo en productos y servicios de cirugía estética, puesto que el paciente no elige el acceso al servicio (hospital, consulta, centro de salud, urgencias) sino que es por necesidad y desearía no acudir allí.