Читать книгу El matrimonio infantil: una cuestión de género - Claudia Squillacioti - Страница 7
Introducción
ОглавлениеLa presente obra pretende ofrecer una visión global del fenómeno de los matrimonios infantiles en el mundo, analizar sus causas y los motivos por los que los progenitores deciden hacer casar a sus propias hijas tan prematuramente, examinar las consecuencias devastadoras que semejantes uniones conllevan en la vida y bienestar de las niñas involucradas y definir una estrategia para hacerles frente. Una investigación que nace del interés de profundizar una trágica realidad que cada año afecta a más de 14 millones de niñas y a la que he tenido ocasión de acercarme durante una provechosa experiencia en el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, prestando apoyo a las expertas del Grupo de Trabajo sobre Discriminación contra la Mujer en la Ley y en la Práctica. En ese entonces, el matrimonio infantil se prestaba a ser objeto de creciente atención en el marco de la futura agenda internacional. Al tener conocimiento de la magnitud del fenómeno y de la consiguiente necesidad de dirigir cuantos más esfuerzos en investigar sobre una práctica que abarca múltiples aspectos y se entrelaza inevitablemente con distintas realidades, no podía no centrar mi aportación académica en una temática tan apremiante y compleja.
El punto de partida para abordar la cuestión es el reconocimiento de los matrimonios infantiles como una manifestación de discriminación contra las mujeres. Ello no altera el hecho de que también los niños se ven perjudicados por uniones conyugales antes de cumplir 18 años, si bien la prevalencia del fenómeno entre los varones constituye un quinto del nivel de difusión que existe entre las niñas. Evidentemente, más allá de las consideraciones susceptibles de encontrar aplicación en ambos casos y de los efectos en términos de violación de los derechos de la infancia, el género es una dimensión de la que no se puede prescindir a la hora de atender a las causas subyacentes, a las circunstancias contingentes y a las repercusiones de los matrimonios infantiles: en tanto en cuanto la persona involucrada es una niña, entran en juego determinados factores y el fenómeno acaba por asumir connotaciones que, de otra manera, no tendría. Precisamente, algunas consecuencias inmediatas de los matrimonios infantiles son susceptibles de tener un efecto más devastador y de más amplio espectro si es una niña la víctima de semejante unión. A los efectos directos se suman repercusiones significativas en distintos ámbitos de la vida personal de la joven en cuanto esposa, así como de la vida familiar suya y de los demás miembros de la familia en cuanto madre y de la vida comunitaria y social de la que pasivamente forma parte en cuanto mujer. De ahí la elección de centrar el presente estudio en los matrimonios de las niñas –quedando incluidas las uniones informales o de hecho en las que muchas de ellas se encuentran– y su incidencia en todo ámbito de la vida personal, familiar, social, cultural, económica y política de las mujeres.
De acuerdo con la Convención sobre los derechos de la infancia, se entiende por niño/a “todo ser humano menor de 18 años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”. Sobre la base de ello se ha introducido internacionalmente una distinción terminológica entre matrimonios infantiles y matrimonios precoces, definiéndose como infantiles todas aquellas uniones en las que al menos una de las partes es menor de 18 años y como precoces los vínculos conyugales donde al menos uno de los contrayentes o bien es menor de 18 años aunque el sistema jurídico de referencia permita alcanzar la mayoría de edad más temprano o bien es de edad igual o superior a 18 años pero, por su nivel de desarrollo físico, emocional, sexual o psicosocial, entre otros factores, no está capacitado para consentir plenamente la unión conyugal. Aunque en varias ocasiones se han empleado como sinónimos, se ha preferido aquí respetar esta distinción y usar exclusivamente la expresión “matrimonios infantiles” para hacer referencia a las uniones, formales o informales, que ven involucradas a las niñas. Se ha decidido no calificar como tempranos o precoces los matrimonios objeto de la presente investigación, salvo los supuestos en los que los propios documentos oficiales emplean dicha terminología, para evitar confusión o posible diversidad de interpretaciones acerca del carácter temprano o precoz de una unión.
Otra importante premisa en el abordaje de la temática es que todo matrimonio infantil ha de considerarse forzoso por carecer la niña de la capacidad de consentir plena y libremente la unión y/o de poner fin al vínculo, tratándose de un sujeto en formación cuyo desarrollo está todavía in itinere. Evidentemente, un matrimonio forzoso puede manifestarse en diversas formas y afectar también a mujeres adultas. Son ejemplos de matrimonios forzados el matrimonio de intercambio o compensación, el matrimonio servil, el matrimonio impuesto a la viuda con un familiar de su difunto esposo (levirato), el matrimonio del violador con su víctima allí donde se le ofrece al perpetrador la posibilidad de eludir las sanciones penales y a la familia salvar su “reputación”, el rapto con fines de matrimonio, el matrimonio contractual y el matrimonio al que se le obliga a la persona en contextos específicos tales como el de la migración y de los conflictos armados, entre otros. Unas prácticas de las que numerosas niñas y adolescentes acaban por ser víctimas en el mundo y que, como se verá, confieren connotaciones ulteriores al matrimonio infantil.
Teniendo en cuenta estas consideraciones de partida, el primero de los cinco capítulos en los que se estructura esta obra pone en relación la violación de los derechos de las mujeres con la dimensión de género. La parte inicial recorre las cuestiones que se encuentran en la raíz de la subordinación femenina a lo largo de la historia y los esfuerzos llevados a cabo con miras a la afirmación de la paridad entre los varones y las mujeres. Después de esbozar las primeras denuncias y reivindicaciones feministas, se ofrece un excursus de los instrumentos adoptados internacionalmente para consagrar los derechos de las mujeres y comprometer a los Estados a adoptar todas las medidas necesarias para respetarlos y protegerlos, a la vez que se detallan los índices elaborados con el fin de medir la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en la sociedad. Dentro del marco así definido, se pone de manifiesto cómo las mujeres de hoy siguen siendo discriminadas y sus derechos humanos violados a pesar de los esfuerzos de la comunidad internacional. El análisis se centra en las principales dimensiones en las que se refleja la discriminación de género y la exclusión de ciertas prerrogativas por el sólo hecho de ser mujeres, tales como la participación económica y política y el sometimiento a violencia y a prácticas nocivas. Asimismo, se hace hincapié en las formas de discriminación sufridas por las niñas desde pequeñas o incluso antes de nacer como consecuencia de la preferencia por el hijo varón y de la general persistencia de estereotipos de género: abortos selectivos en función del sexo, infanticidios, negligencia alimentaria y médica, relegación a las tareas domésticas, trato desigual respecto de los hermanos, sexismo en la educación, abusos y violencia en el entorno escolar, privación de oportunidades educativas y matrimonios infantiles.
En semejante contexto caracterizado por una desigual repartición de roles y de poder que ha ido articulando la sociedad se inserta el estudio del fenómeno de los matrimonios infantiles al que está dedicado el segundo capítulo. Una realidad en la que más de 700 millones de niñas en el mundo están atrapadas y que es el resultado directo de factores institucionales, socioculturales y contingentes que confirman la estructura patriarcal de la sociedad y de la familia in primis. Así pues, después de trazar la extensión del fenómeno en las diferentes áreas geográficas, se analizan las causas que subyacen a la reproducción de la práctica y que responden a exigencias de satisfacer necesidades de tipo económico, de supuesta protección de la niña, de control de su sexualidad, de garantizarle un futuro mejor en ausencia de alternativas y oportunidades, de conservación del honor familiar, de conformismo y aceptación dentro de la comunidad de referencia y también de respeto de la tradición y creencias religiosas. A continuación, se exploran las terribles consecuencias que dichas uniones conllevan en la vida de la joven esposa –en términos de vulneración de su interés superior de niña, pérdida de sus derechos a la infancia, quiebra de oportunidades educativas y laborales, interrupción de su desarrollo personal, sujeción a la autoridad del marido, falta de poder decisional, incremento de posibilidades de sufrir violencia doméstica y abusos, repercusiones en su salud y bienestar psicológico y emocional, embarazos precoces y aumento de riesgos de mortalidad materna e infantil– poniendo de relieve los efectos intergeneracionales que se derivan y el impacto negativo en la sociedad en su conjunto, la cual se ve privada de los beneficios que el empoderamiento y la agencia de las mujeres conllevan para el desarrollo, el crecimiento económico y una connotación más social del Estado.
La segunda parte del capítulo se centra en las posibles configuraciones jurídicas que semejante práctica perjudicial puede asumir, abordando la cuestión desde la perspectiva del derecho. Al respecto, se señala que, además de ser una forma de violencia de género y por lo tanto tratado en el marco de la eliminación de la violencia contra las mujeres, el matrimonio infantil puede ser el preludio de ulteriores prácticas delictivas que se suman a las violaciones de derechos humanos que dicha unión conlleva por sí misma: servidumbre, esclavitud y prácticas análogas, explotación, trata de niñas, trabajo forzoso e infantil y esclavitud sexual entendida tanto como crimen de guerra como crimen de lesa humanidad. En consecuencia, por una parte, se activan los sistemas penales pertinentes para sancionar dichas conductas delictivas y, por otra parte, se produce también la activación de todos los mecanismos de salvaguardia de los derechos humanos internacionalmente establecidos. En la conclusión del capítulo se hace un recorrido por los instrumentos adoptados en materia de consentimiento y edad mínima para contraer matrimonio, de protección contra las prácticas nocivas y de lucha contra los matrimonios forzados e infantiles.
El tercer y cuarto capítulo examinan la práctica en cuestión en dos distintas áreas geográficas y son el fruto de las investigaciones realizadas en Colombia y en Italia. La elección de llevar a cabo un estudio en profundidad en estos países se basa en la intención de tomar en consideración dos contextos específicos en los que a los componentes propios del fenómeno que se detallan en el capítulo segundo con carácter general se suman dinámicas ulteriores que se derivan de eventos estructurales de la realidad de referencia, esto es, la violencia que desemboca en conflicto y los flujos migratorios.
En ambos casos se ofrece un panorama de la región de pertenencia, comparando el pertinente marco legislativo de distintos Estados latinoamericanos y caribeños, por un lado, y europeos, por el otro. Si bien los matrimonios infantiles están mayormente difundidos en el continente africano y en Asia Meridional, con respecto a los cuales existe una amplia literatura, el presente estudio se centra en dos regiones quizás menos investigadas, pero igualmente merecedoras de atención. Evidentemente el análisis se ha adaptado al contexto en consideración, enfocando la investigación en los aspectos destacables del fenómeno en la realidad específica del área geográfica.
En América Latina y el Caribe la difusión de los matrimonios y uniones infantiles está relacionada con otras problemáticas cruzadas que perpetúan el círculo de mayor vulnerabilidad de las niñas: el trabajo de cuidado no remunerado en detrimento de las oportunidades educativas, el deficiente acceso a fuentes de información y servicios sobre educación y salud sexual que repercute en un número elevado de embarazos precoces y la persistencia de la violencia de género. A ello se añade la peculiaridad del contexto colombiano marcado por un largo conflicto interno, en el que las prácticas de explotación llevadas a cabo por miembros de las guerrillas y paramilitares contra numerosas niñas y adolescentes colombianas, convertidas en jóvenes esposas y esclavas sexuales, han conferido connotaciones ulteriores al fenómeno.
En el contexto europeo el análisis de la cuestión se inserta en el marco de las migraciones, sin dejar de considerar que lo de casarse antes de los 18 años era, sin embargo, una práctica que no resultaba ajena a la Europa del siglo pasado. El aumento de los flujos migratorios ha propiciado un importante debate sobre los matrimonios contraídos sin consentimiento de la esposa entre las comunidades de origen extranjero. A través de su inclusión en la categoría más amplia de los matrimonios forzados, el matrimonio infantil ha ido teniendo un eco creciente primero en la formulación de políticas dirigidas a contrarrestar las tentativas de elusión de las normas relativas a las condiciones de entrada y residencia y, sucesivamente, en el marco de la eliminación de la violencia contra las mujeres. Así pues, la presente investigación sobre el matrimonio infantil en Europa refleja el abordaje que el fenómeno ha tenido a nivel institucional europeo, vinculándose a la práctica de los matrimonios forzados –teniendo en debida cuenta que todo matrimonio infantil es un matrimonio forzado por el sólo hecho de involucrar a una persona menor de 18 años– y a las consideraciones acerca de la exigencia de su tipificación penal.
Siendo el país europeo con el más alto porcentaje de presencia de extranjeros extracomunitarios dentro del flujo migratorio nacional, Italia ha sido objeto de profundización por la difusión de matrimonios forzados y matrimonios infantiles entre las poblaciones migrantes y las comunidades Rom. Por otra parte, se ha querido dirigir el estudio hacia una realidad en la que –en el momento en que se ha empezado la investigación– el debate estaba abriéndose, sacando a la luz las lagunas y dificultades del ordenamiento italiano antes de que el proceso de reforma legislativa llegara a su conclusión.
Finalmente, sobre la base de la persistencia del fenómeno no obstante los esfuerzos de la comunidad internacional, el quinto y último capítulo procura definir un marco estratégico para combatir y prevenir los matrimonios infantiles. Lo que se propone es la adopción de un enfoque holístico que tenga en cuenta la naturaleza polifacética de dicha práctica, de tal manera que se llegue a incluir en su radio de acción todos los factores subyacentes que hacen de los matrimonios infantiles una realidad tan compleja. En primer lugar, se subraya la exigencia de conformación del sistema legislativo nacional con los principios consagrados internacionalmente para la protección de los derechos humanos, a la vez que se esbozan brevemente algunos problemas prácticos de aplicación y posibles efectos no deseados de las intervenciones legislativas. El segundo paso a emprender que se señala consiste en completar el marco normativo con la elaboración de políticas y planes de acción concretos que involucren a todos los actores significativos, tanto operadores de los sectores pertinentes como colectivos de la sociedad en su conjunto. Por último, aunque no en importancia, se insiste en la necesidad de invertir en las generaciones futuras para impedir la reproducción de la práctica de los matrimonios infantiles a través de la educación de las propias niñas, una poderosa herramienta de protección y prevención al respecto y, al mismo tiempo, un medio imprescindible de todo proceso de cambio y del desarrollo de la sociedad entera.
El presente estudio se ha enmarcado dentro de una investigación de tipo explicativo dirigida a examinar las causas y evaluar los efectos del fenómeno en consideración, a la vez que se ha adoptado un enfoque aplicativo con miras a plantear soluciones prácticas a la problemática. Para ello, se ha definido un marco teórico, el de la discriminación contra las mujeres, a partir del cual ha sido llevado a cabo el análisis con el objetivo de comprender las dinámicas subyacentes a una práctica tan perjudicial y su verdadero alcance. Después de la identificación, descripción y exploración del fenómeno objeto de estudio, el análisis de las consecuencias no ha hecho sino confirmar su extrema complejidad y la intrínseca violación de derechos humanos que se deriva, sobre la base de lo cual se han desarrollado las propuestas resolutivas finales.
La metodología empleada se ha basado en la recopilación de datos, análisis de estadísticas y rankings internacionales, consideración de variables, uso de indicadores y comparación de ordenamientos jurídicos. Se ha recurrido a diversas fuentes, tales como monografías, revistas científicas y de divulgación jurídica, documentos oficiales elaborados en el seno de organizaciones internacionales, informes institucionales y no gubernamentales, Declaraciones y Convenios internacionales, jurisprudencia de los órganos de tratado de Naciones Unidas, resoluciones y recomendaciones de organismos internacionales y regionales, normativas y pronunciamientos jurisprudenciales nacionales, etc. Asimismo, las estancias de investigación realizadas in loco, si bien no hacen de este estudio una investigación de campo, han permitido el acceso a bases de datos nacionales y el encuentro con representantes de instituciones y asociaciones locales, tales como la Defensoría del Pueblo colombiana y algunas organizaciones no gubernamentales italianas implicadas en la temática.
Sin embargo, es menester tener en debida cuenta que, por su carácter potencialmente oculto que no permite sacar a la luz todos los casos de niñas efectivamente sometidas a matrimonios o que se encuentran en uniones informales, el fenómeno de los matrimonios infantiles es de difícil cuantificación. De ahí que los resultados recogidos no reflejen la magnitud real de la práctica, desde luego mucho más difundida globalmente si se piensa en todos aquellos vínculos celebrados según ritos tradicionales y/o no reconocidos por el ordenamiento de referencia y también a las uniones de hecho que escapan al control estatal. A ello se suma el hecho de que, como se verá en el contexto europeo, no todos los países disponen de análisis cuantitativos acerca del fenómeno, sino que en muchos casos se trata de estudios cualitativos y como tales con la limitación de poder no ser idóneos para extender los resultados a un colectivo más amplio respecto de las personas objeto de estudio. No obstante, incluso en estos supuestos, los datos a disposición pueden servir como indicadores orientativos para evaluar la magnitud y las dimensiones del fenómeno con miras a la realización de estudios ulteriores.
Lo que sí es cierto es que los matrimonios infantiles han sido internacionalmente reconocidos como una de las prácticas nocivas contra las mujeres más difundidas en el mundo y en la que millones de niñas están atrapadas, con todas las consecuencias devastadoras que ello conlleva. De la gravedad de esta práctica procura hacerse eco la presente investigación.