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NOTAS DE AUTOR

A modo de facilitar la lectura del texto, se han utilizado algunos términos y abreviaturas que se detallan a continuación:

• Se utilizará de forma genérica la palabra “entrevistador” o “entrevistadores” para hacer referencia tanto a entrevistadoras mujeres como a entrevistadores hombres. La misma aclaración cabe mencionar para el resto de otras y otros profesionales involucrados en la temática, como por ejemplo psicólogos o trabajadores sociales. Asimismo, cuando se utilice la palabra “entrevistado” se estará haciendo referencia a niños, niñas o adolescentes. El uso de dichos términos se realiza sin menoscabo del reconocimiento pleno de sus derechos y de la visibilidad social a los géneros femenino y masculino.

• Se utilizará el término “niños y niñas” para referirse a personas menores de 14 años de edad, y “adolescentes” a quienes hayan cumplido 14 años y aún no hayan alcanzado los 18 años.

• La Ley N° 21.057, que “regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales”, será nombrada también como “Ley de Entrevistas Videograbadas”.

• Se utilizarán las abreviaturas: NNA (niños, niñas y adolescentes), EIV (entrevista investigativa videograbada) y CDN (Convención sobre los Derechos del Niño).

Entrevista investigativa videograbada a niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales

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