Читать книгу Leyes Administrativas - Luis Martín Rebollo - Страница 345
ОглавлениеArtículo 270.
(Antiguo artículo 236 TCE)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea será competente para pronunciarse sobre cualquier litigio entre la Unión y sus agentes dentro de los límites y en las condiciones que establezca el Estatuto de los funcionarios de la Unión y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión.