Читать книгу Leyes Administrativas - Luis Martín Rebollo - Страница 348
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ОглавлениеArtículo 273.
(Antiguo artículo 239 TCE)
El Tribunal de Justicia será competente para pronunciarse sobre cualquier controversia entre Estados miembros relacionada con el objeto de los Tratados, si dicha controversia le es sometida en virtud de un compromiso.