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La protección a la familia en la Constitución de 1991

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La nueva Constitución consagra unos derechos esenciales en los artículos 5, 15, 28, 33, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 51, 52, 53, 67, que constitucionalmente amparan el núcleo familiar. Respecto de estas disposiciones, la Corte Constitucional ha proferido diversas sentencias, en donde se precisa su alcance y contenidos. El contenido de dichos derechos, sucintamente, es el siguiente:

• Se ampara la familia como institución básica de la sociedad.

• Se obliga al Estado y a la sociedad a garantizar la protección integral de la familia.

• Se admite la familia legítima fundada en el matrimonio y también se admite la unión marital de hecho como relación legítima para fundar una familia y de la cual se deriva un estado civil.

• La honra, dignidad e intimidad de la familia son inviolables.

• Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes.

• Se prohíbe cualquier forma de violencia en la familia, la cual se considera destructiva de su armonía y unidad.

• Se insiste en la progenitura responsable, que será reglamentada por la ley.

• Se reitera la institución del patrimonio familiar inalienable e inembargable, y se deja su reglamentación a la ley.

• Se reafirma la igualdad de los hijos sin tener en cuenta si son habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica.

• Se afirma el derecho de la pareja a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos.

• Se consagra el deber de los padres de sostener y educar a sus hijos mientras sean menores e impedidos.

• Se delega a la ley la determinación del estado civil de las personas y los consiguientes derechos y deberes. Asimismo, el régimen del matrimonio se rige por la ley civil, y los efectos civiles de todo matrimonio cesan por el divorcio con arreglo a la ley civil.

• Se establece la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer.

• Se protegen los derechos fundamentales de los niños para garantizar su desarrollo armónico e integral.

• Se preocupa de los adolescentes, las personas de la tercera edad y los disminuidos físicos.

• Se establece la seguridad social como servicio público obligatorio.

• Se fija el derecho a una vivienda digna.

• Se reconoce el derecho a la recreación y al deporte.

• Los artículos 67 y soguientes consagran el derecho a la educación como un servicio público y como función social.

Todas estas normas están dirigidas a la protección integral de la familia como institución básica de la sociedad.

Una mirada al derecho de familia desde la psicología jurídica

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