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Introducción

La aspiración de considerar la Dignidad Humana como el valor moral inherente e inalienable del ser humano se convierte en la base del reconocimiento de los Derechos Humanos (DDHH), hacia la esencia en la protección del carácter sagrado de la vida, la libertad, la igualdad y la solidaridad. Estos atributos son propios de la raza humana, como seres pensantes, racionales, capaces, autónomos y libres en contextos sociales, culturales, políticos, económicos y ambientales; que da como condición el origen del derecho natural, individual y colectivo, de la existencia de la persona, consagrada, reconocida y garantizada por un Estado.

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y dotados de razón y conciencia” (ONU, 1948, Art. 1). De ahí que los Derechos Humanos son de carácter inalienable (nadie de ninguna manera puede quitarle estos derechos a otro sujeto en un orden jurídico que esté establecido en su defensa), de perfil independiente frente a cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión y sexo, entre otros), irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles (un individuo no puede “ceder” sus derechos a otro sujeto) e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus derechos básicos) desde bases morales y éticas de la sociedad (ONU, 2006, p. 7).

En el texto Derechos Humanos, Estado de Derecho y Constitución del tratadista Antonio Pérez Luño (1986), se aduce que los Derechos Humanos son:

El conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histórico concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, que deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos en los ámbitos nacional e internacional. Son llamados Derechos Humanos porque son del hombre y la mujer, de la persona humana: el ser humano es el único destinatario de estos derechos (p. 56).

Los Derechos Humanos abarcan todos los aspectos de la vida. Es por esto que la universalidad se basa en el derecho para todos, con independencia de la raza, el color, el sexo, el origen étnico o social, la religión, el idioma, la nacionalidad, la edad, la orientación sexual, la situación de discapacidad o cualquiera otra característica distintiva, como condición digna que genera un adecuado desarrollo personal, familiar y social. De ahí, el esfuerzo de la persona por descubrirse, por superarse a sí misma y por construir una sociedad más habitable, mediante la reclamación al Estado por la protección de estos, con acciones políticas y sociales encaminadas a promover los derechos sociales, económicos, culturales y de participación ciudadana de forma igual e indiscriminada.

El reconocimiento y garantía por parte del Estado permite a hombres y mujeres conformar y determinar su propia vida en condiciones de libertad, justicia, igualdad y respeto por el valor de la dignidad. No obstante, aunque desde la segunda guerra mundial (1939 – 1945) han estado presentes en el discurso político de los gobernantes en su deseo de mejorar las condiciones de la población, y por ende de cada país, la presencia de víctimas de tortura, tráfico humano, hambre, pobreza, injusticia, discriminación, acceso carnal violento, abusos y todo tipo de vulneración de la dignidad humana es el resultado de actos de barbarie y tiranía originados en el desconocimiento y menosprecio de los derechos universales e inalienables que tiene todo ser humano.

La lucha por proteger los Derechos Humanos es sin duda una de las más largas en la historia, ya que desde los clanes hasta la sociedad actual se ha tenido la idea de justicia, equidad, dignidad, respeto y la necesidad de prevenir que continúen los actos atroces en contra de la humanidad. Como resultado a tantas transgresiones, en el año 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos como el ideal común por el que las naciones deben promover, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, de forma que se aseguren medidas de protección a nivel nacional e internacional. En el preámbulo, la Declaración considera que los derechos fundamentales del ser humano se realzan bajo el respeto de la dignidad, el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; además de establecerse como herramienta para promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de libertad y desarrollo.

En el párrafo cinco (5) de la Declaración Universal de Derechos Humanos realizada en Viena en 1993, se afirma:

Todos los Derechos Humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los Derechos Humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso. Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales.

Es decir, el establecimiento de medidas legales y marcos jurídicos necesarios para el ejercicio de los Derechos Humanos se realiza en conjunto, no desde el término “generación”, sino como principio de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de todos los seres humanos.

En ese sentido, la persona no solo debe gozar de condiciones sociales, culturales y políticas adecuadas para su desarrollo individual, sino que además debe asumir un papel significativo en la construcción y beneficio del desarrollo sostenible del país. El goce de sus derechos y libertades fundamentales se hace efectivo cuando el ser humano tiene plena soberanía sobre los elementos naturales a fin de contribuir al desarrollo y disfrutar de él, con base en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) hasta 2015 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de 2016 a 2030, que buscan la erradicación de diversos problemas socioeconómicos y ambientales: la hambruna, la pobreza, la mortalidad materno infantil, la desigualdades, el consumo irresponsable, el cambio climático, la inaccesibilidad a sistemas de salud y bienestar; asimismo, estos se enfocan en promover una educación de calidad inclusiva y equitativa que posibilite las oportunidades de aprendizaje permanente para todos, y desarrolle infraestructuras resilientes hacia industrias sostenibles, que fomenten la innovación y garanticen la sostenibilidad ambiental.

Así lo advierte Martin Luther King en su Carta desde la cárcel de Birmingham el 16 de abril de 1963, en donde expresa su lucha contra la segregación, al declarar que la esencia del hombre está en la capacidad de perseverar con ansiedad por su libertad, justicia y derechos. Este acérrimo defensor de los derechos civiles de los afroamericanos, que en 1964 fue condecorado con el premio Nobel de Paz, proclama en su misiva:

El sufrimiento y el valor del ser humano han transformado la idea de la lucha por los Derechos Humanos, la justicia, la paz, la igualdad, y a la vez han generado un cambio perceptible en torno a la soberanía de un país y sus condiciones sociales y económicas. Es la valentía de la persona, sumada a la capacidad de comunicar nuestra profunda ansiedad de protestar contra el poder de las discriminaciones, violaciones y actos de violencia permanentes que contrastan con la actuación de gobiernos represivos, además de luchar en contra de mantener un sistema político y económico creado por quienes están en el poder para circular una carrera de recursos y capitales que conllevan a una globalización próspera acorde con los bolsillos de los poderosos, repitiendo pobreza, hambre y descontento en comunidades indígenas y afroamericanas. La opción de un futuro mejor está en la posibilidad de empoderar a las personas a participar en un ejercicio de ciudadanía global para promover el reconocimiento de los Derechos Humanos, el respeto a la vida, la solidaridad y el acceso al conocimiento, que supone un impacto mayor en las creencias tradicionalistas de gobierno traspasando las fronteras de libertad.

En concordancia con lo anterior, Amnistía Internacional, en su informe presentado en 2013, señala:

Nos encontramos en un momento decisivo para crear y hacer realidad un sueño que algunos califican de locura; una locura que mantiene vivo el recuerdo de Mohamed y los sueños de Malala, al reprimir a regímenes corruptos que ocultan la retórica hipócrita de justificaciones interesadas y redefinir la soberanía de un pueblo que necesita el establecimiento de la doctrina de responsabilidad de proteger la existencia y ser del hombre. La esencia ineludible de su ser, su vida, su dignidad, su soberanía, su desarrollo, su entorno y sus seres queridos (2013b, p. 11).

El debate actual sobre los Derechos Humanos y el respeto por los valores inherentes a la condición humana, además de establecer mecanismos que garanticen no solo la dignidad sino también los aspectos integrales (sociales, económicos, culturales y ambientales) de vivir con dignidad, no enfrenta una problemática con orígenes en el pasado, sino aborda cuestiones de importancia contundente para el presente y futuro de una sociedad: El pueblo articulado hacia su humanidad y un Estado capaz de erradicar la impunidad y los efectos perversos de crímenes y acciones globalizantes enmascaradas en el superficial ideal de una igualdad y desarrollo para todos.

Con la noción de contribuir con la promoción de los Derechos Humanos y su papel significativo en el mejoramiento de las condiciones de vida, que aseguren un desarrollo sostenible para la sociedad, el documento tiene como propósito proponer desde una perspectiva conceptual, una herramienta para el desarrollo de procesos de formación – aprendizaje que permita redefinir, enriquecer y profundizar nuevos enfoques y criterios sobre el tema de Derechos Humanos y su rol frente al bienestar humano con proyección generacional hacia el desafío de un desarrollo integral consistente con la armonización de la economía, la equidad social, y el aseguramiento de un ambiente físico y social saludable, contemplado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como un derecho fundamental para el desarrollo humano.

En este orden de ideas, el primer capítulo presenta un acervo teórico relacionado con los DDHH en su dimensión universal, histórica, ética y política, con el fin de comprender como estos derechos naturales se configuran en principios, cualidades y exigencias de sentido moral y político que tienen todos los seres humanos por el hecho de serlo, inherentes a su naturaleza y dignidad, además de conocer las bases filosóficas en las que se concibe el concepto de los DDHH, una primera corriente afiliada al “iusnaturalismo” que sostiene que en esencia son aquellas garantías que requiere un individuo para poder desarrollarse en la vida social como persona, es decir, dotado de racionalidad y de sentido; y una segunda posición, basada en corrientes afines al “positivismo jurídico” que sostiene, por el contrario, que los Derechos Humanos, al igual que el resto del ordenamiento jurídico, son un producto de la actividad normativa llevada a cabo por los correspondientes órganos del Estado. La segunda sección desarrolla el estado actual del tema de los DDHH, desde un análisis bibliográfico, respecto a su promoción, la Declaración Universal y la integralidad de las generaciones; el tercer capítulo del documento muestra, desde una mirada retrospectiva, las memorias de vulneración de los Derechos Humanos antes y después de que estos fueran proclamados como una declaración universal, lo que permite resaltar la lucha por proteger los DDHH en los diferentes tratos, estatutos y leyes. Por último en el cuarto acápite, se abrevia la confluencia normativa de los Derechos Humanos en el orden jurídico colombiano, es decir, aquellas disposiciones llevadas al texto escrito: mandatos en los que se predican toda una serie de efectos encaminados a la promoción, protección y exigibilidad de los DDHH.

El presente libro surge en el marco del proyecto Promoción y Exigibilidad de los Derechos Humanos de los pobladores de la zona de influencia de Campo Escuela Colorado; una respuesta de Responsabilidad Social desde la UIS realizado por la Línea de Responsabilidad e Innovación Social del Grupo de Investigación Innotec, y adscrito con código 8238 en la Vicerrectoría de Investigación y Extensión de la Universidad Industrial de Santander - UIS.

Derechos humanos. Una mirada retrospectiva

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