Читать книгу Fidelidad, guerra y castigo - Sergio Villamarín Gómez - Страница 8
Оглавление1. EL PLÁCIDO ARRIBO DE FELIPE V
1. EL ADIÓS AL ÚLTIMO HABSBURGO, LA BIENVENIDA AL PRIMER BORBÓN
La muerte del rey Carlos II se aborda por la Generalitat, en sesión extraordinaria convocada a tal efecto, el día 6 de noviembre del año 1700.1 El diputado eclesiástico Francisco Lloris de la Torreta, delegado del cabildo de Tortosa, es el encargado de transmitir a la corporación las órdenes reales y cláusulas del testamento. En ellas se contenía la polémica resolución real que nombraba heredero al pretendiente francés Felipe de Anjou, nieto del rey de Francia Luis XIV; en una decisión nada fácil de adoptar por el moribundo monarca, que soportó todas las presiones imaginables de los bandos cortesanos –austracistas y borbónicos– en disputa por su vasta herencia.2 Herencia que, inevitablemente, provocaría un conflicto armado desarrollado tanto en escenarios europeos como peninsulares: la Guerra de Sucesión.
Sabedores de la trascendencia del momento, los diputados afrontaron de modo solemne la lectura de dos cartas: la primera, enviada por el propio monarca y fechada el día uno de noviembre de dicho año; y la segunda remitida por la reina y con fecha del tres de noviembre. En la misiva del monarca, sin firmar a causa de su precario estado de salud, se demandaba respeto al contenido de la orden de 30 de octubre de 1700 que otorgaba –en el ínterin de su enfermedad– el gobierno del país al cardenal Portocarrero, y se habría de mantener aún en el caso de su fallecimiento, en espera de la apertura de su testamento.3 Para este período Carlos II dispuso el mantenimiento de la planta del gobierno establecida y vigente, por ser más conveniente a la defensa y conservación de los fueros, privilegios, usos y costumbres del reino. La carta de la reina no hacía sino ratificar las disposiciones testamentarias que designaron al duque de Anjou como sucesor. Se decidió asimismo el mantenimiento en sus cargos de los oficiales reales hasta su venida, incluido el marqués de Villagarcía, virrey de Valencia, además de relatar la estructura que habrían de tener los nuevos órganos de gobierno en Madrid.4 Tras su lectura, la Generalitat en pleno y bajo la fórmula del nemine discrepante,5 acordó la ejecución de la real voluntad … segons son serie y tenor, ratificando la instauración de una nueva dinastía en el trono: los borbones. Atrás quedaba la incertidumbre por la maltrecha salud del último Habsburgo, que ocasionó el envío permanente de correos por las instituciones valencianas, Generalitat incluida, para conocer su condición, mejoras y recaídas…6
Sin debate alguno en torno a la sucesión y sin mayores alteraciones de la vida institucional –tal y como refleja la documentación–, la primera tarea fue disponer los funerales de Carlos II. Ya en la reunión en la que realizaron la lectura del testamento, acordaron los gastos de las exequias reales, para las que recibieron la autorización del virrey. Ascendían a 750 libras, apenas la tercera parte de lo invertido en otras ocasiones, reflejo de la precaria situación financiera de la institución y anticipo de una condición que se mantendría a lo largo de todo el período. Con todo, dentro de los actos de duelo se programó una embajada ante el virrey para el 26 de noviembre, en la que habrían de intervenir trece coches y los correspondientes lacayos.7 La preparación y realización de los actos por el real fallecimiento ocuparon a la institución, marcando también una prudente espera ante las posibles reacciones por la polémica sucesión. Demora favorecida por la situación personal de sus dirigentes, al final del mandato trienal establacido por ley.8 La llegada de 1701 trajo la renovación de cargos y con ella la llegada de los protagonistas del nuevo momento dinástico. Por si la dinámica propia de la institución no bastara para justificar su atonía en tan señalada coyuntura, tampoco el nuevo rey había entrado siquiera en sus dominios peninsulares…
Fieles a este patrón, las jornadas transcurrieron sin grandes acuerdos fuera de los propios del devenir diario. No se halla en la documentación referencia alguna a los hechos que rodearon la muerte del monarca o su sucesión.9 Esta normalidad, o desconexión de los hechos que sacudían la corona, recibió la renovación de los cargos sin incidentes ni institucionales ni personales.10 Apenas se produjo un lance en el estamento militar –desconectado del momento político sucesorio– por la recusación de la elección de diputado, el conde de Peñalva, quien a pesar del pleito planteado ostentaría el cargo durante el trienio.11 Asimismo, en el estamento eclesiástico resultaron elegidos diputados el obispo de Tortosa y el arzobispo de Valencia, con lo que ante la imposibilidad de que dos mitras fuesen simultáneamente diputados, la repetición del sorteo otorgó el puesto al prior de Valldecristo. Tras estas circunstancias la dirección de los cargos rectores de la diputación12 quedó así configurada:
Oficiales de la Generalidad
La venida del monarca sacudió la indiferencia del interregno. Con tal motivo, el 3 de febrero de 1701, la Generalitat solicitó permiso al virrey para instalar luminarias manifestando su obligación de seguir lo dispuesto por la ciudad en esta materia, señalando a su vez, que «…molts particulars hi posen…». Como explica la propia provisión, el virrey transmitió informalmente el real arribo a la diputación tras recibir la noticia del presidente del Consejo de Aragón. Su confirmación oficial, sin embargo, no se produjo hasta la reunión de 5 de febrero de 1701, cuando dieron lectura a la carta de Antonio Ubilla de Medina –fechada el 26 de enero– que transmitió la entrada de Felipe en Irún el 22 de enero. Junto a ella, recibieron la esperada confirmación del virrey sobre las luminarias, iniciando de inmediato los movimientos institucionales para establecer contactos con el nuevo rey. El 16 de febrero, con la solemnidad que requería el recibimiento de una nueva dinastía, la representación política del reino encabezada por los electos de los estamentos, se reunió con la Generalidad para, por fin, abordarlo. El síndico del estamento eclesiástico señaló en su exposición que los electos estamentales ya habían declarado el hecho como caso inopinado, lo que les permitía realizar un uso extraordinario de los fondos de la Generalitat, a invertir en una embajada al monarca.13 Con la decisión tomada, de esta reunión conjunta debía salir la confirmación y el nombramiento de las personas que habrían de desplazarse a Madrid con la misión de besar su mano y darle la bienvenida. La unanimidad presidió la reunión acordando sin discrepancias y tras votación secreta que el embajador fuese José Cernecio y Perellós, conde de Parcent, asignándole 2.000 libras para dietas y gastos. El 6 de marzo partió hacia la capital desde el convento de San Sebastián, tras haber cumplimentado una visita a la Virgen de los Desamparados. Según el dietarista Ortí «el tren de carrozas furlones y criados que se llevaba era luzidíssimo, y tanto que dificultó entrasse embaxador en la corte con mayor autoridad y luzimiento». Por fin, el 20 de abril fue recibido por Felipe V ante el que «desempeñó con gran luzimiento al reyno, así en la ostentación de su tren como en el banquete que hizo opulento y saçonado en la corte». La embajada terminaría cinco meses después.14
La actividad desplegada por el nuevo monarca desde su llegada fue incesante, traduciéndose políticamente en la adopción de una serie de disposiciones reformistas en la administración de la monarquía que afectaron principalmente a la Corona de Castilla, los órganos centrales de gobierno, la hacienda real o el ejército.15 Este ímpetu también alcanzó a la Corona de Aragón, pero desde una perspectiva más respetuosa y conciliadora, menos transformadora –consciente posiblemente de los incidentes que rodearon la aceptación del testamento en algunos de sus territorios, y siguiendo el consejo de su abuelo Luis XIV–16 con el claro interés de vencer recelos y desconfianzas. Así entendemos las tempranas convocatorias de cortes a Cataluña y Aragón. La primera recibió el anuncio de su celebración junto la comunicación de la boda real, el día 16 de julio de 1701 –apenas cinco meses después de su llegada– desarrollándose entre el 12 de octubre y el 14 de enero de 1702.17 Las de Aragón comenzarán casi a continuación, el 26 de abril de 1702, aplazándose en principio por motivo de la guerra hasta el mes de agosto de 1704, quedando finalmente inconclusas y sin virtualidad práctica.18
El traslado de Felipe V a Cataluña para su celebración provocó una respuesta inmediata en las instituciones valencianas. El 2 de octubre de 1701, Generalidad, ciudad y estamentos enviaron un correo a Barcelona reclamando, de nuevo, su presencia dentro de una representación hecha al rey mediante el conde de Cocentaina, miembro del séquito real, que se hallaba en Barcelona. A su vez, con fecha de 3 de noviembre, comenzaron en la ciudad de Valencia las reuniones de los electos para realizar els apuntaments para las futuras cortes, percibidas como muy próximas.19 Este acercamiento institucional hacia la nueva dinastía, neutro y sincero, no debe ocultarnos la presencia de decididos parciales del pretendiente austríaco protagonistas de pequeños escarceos, conjuras o conspiraciones, pero absolutamente ajenas a las instituciones principales del reino.20
Mientras los electos preparaban sus trabajos pensando en las futuras cortes, el enlace real enardeció el fervor de la Generalidad. Así, pese a la aparente sorpresa con que recibió la llegada de la reina a Barcelona –el 14 de noviembre de 1701– resultándole imposible convocar una reunión, la diputación envió a su compañía de ministrils al palacio virreinal y realizó unas disparadas en la casa de las armas para festejar el feliz acontecimiento. Las celebraciones continuaron tras el enlace. Junto a las tradicionales luminarias previstas para los días 22, 23 y 24 de febrero de 1702, siguiendo como es costumbre a las realizadas por la ciudad, los diputados participaron en unos festejos que incluían misas, procesiones, castillos de fuegos…21
2. ECOS DE UNA GUERRA LEJANA
Pese a la existencia de voces discrepantes, la total calma reinante se quebró con el inicio de la Guerra de Sucesión en los dominios italianos a mediados de 1702, provocando la salida de España de Felipe V. El 15 de julio, la reina comunicaba la partida real y su designación como gobernadora durante la ausencia, aceptada sin reparos por la Generalidad.22 El sobresalto por el inicio de un nuevo conflicto, no parecía afectar a las instituciones valencianas, al menos mientras las hostilidades se situaban allende sus fronteras. El sosiego, paradójicamente, no provenía de ninguna seguridad militar pues la contienda iba a exigir unos esfuerzos –provocados por el paupérrimo poder militar de corona y reino– para los que no estaban preparados ni una ni otro. Y no por la imprevisibilidad de un enfrentamiento casi seguro, ni porque las endémicas debilidades militares valencianas no fueran de sobra conocidas por el gobierno, pues el Consejo Supremo de la Corona de Aragón detallaba sus terribles deficiencias ya en el XVII:
Es casi todo el Reyno de Valencia costa marítima y teniendo poco menos de 60 leguas de largo, obliga a tener mucho cuidado en su guarda, así y porque no aya embarcaciones de moriscos, como por que no se reciva daño de los moros de la mar y para esto demás de las torres que están hechas, conviene que se hagan otras muy necesarias, y que se provean las demás cosas que baxo se dirán, todo lo qual toca a la Generalidad del Reyno en que suele proceder muy floxamente.
Falta de infraestructuras militares dada la extensión y características del litoral valenciano a la que debemos sumar la nula confianza que proporcionaban unas milicias escasamente preparadas, deficientemente armadas, y muy mal pagadas:
…no se pueden sustentar con el sueldo que tienen, no se les puede por esto castigar con rigor de donde nace mucha parte de los descuidos que ay.23
Tras esta falta de previsión militar ante el conflicto por parte de la corona y las autoridades valencianas, coexistían varias causas: exceso de confianza en el poder del aliado francés y un miedo la imposición de nuevas cargas a una población sobre la que algunos albergaban dudas de su completa fidelidad y que se encontraba exhausta tras los numerosos conflictos bélicos soportados en los últimos años de Carlos II.24
Desafortunadamente la guerra no tardó en alcanzar la península, y ya a finales del verano de 1702 se produjeron las escaramuzas de la armada aliada en Cádiz y Vigo25 obligando al virrey marqués de Villagarcía a demandar colaboración efectiva de las autoridades valencianas. La Generalitat, como custodia del arsenal más importante del reino, debía involucrarse de inmediato y Villagarcía le solicitó el préstamo de pertrechos para defender las plazas marítimas ante una probable invasión.26 Los diputados proporcionaron 2.000 armas de fuego –mosquetes y arcabuces– de las custodiadas en la casa de las armas, 1.500 para el servicio del rey en Cádiz y las restantes enviadas a la defensa de Alicante. Las recogerá y repartirá José Monflorit, designado a tal efecto por el virrey y con experiencia en estos menesteres, que ya había desempeñado en 1687, 1693 y 1694. La entrega se hizo siguiendo el procedimiento habitual, asegurando las armas mediante una fianza –5 libras por cada una– y dos fiadores –los ministros de la Audiencia Andrés Monserrat Crespí y Sebastián Pertusa–, a los que se recurrirá en caso de no devolución en buen estado en el plazo acordado –6 meses–. Semejante trasiego de armamento suscitó la curiosidad de los estamentos, que de inmediato –aprovechando una visita inconclusa de 1695– realizaron una inspección del estado y alcance del arsenal valenciano.27
Alertados de la posible llegada del conflicto, los diputados encomendaron la reposición de los pertrechos a Luis Claresvalls Miquel tras haber estudiado muestras procedentes de Vizcaya y Cataluña.28 Éste debía comprar 1.500 fusiles de las fábricas de Solsona y Ripoll, 800 de ellos con sus correspondientes bayonetas.29 Esta rápida actuación respondía a la magnitud del préstamo efectuado –según inventario el arsenal apenas superaba las 4.200 unidades entre arcabuces y mosquetes– ante la amenaza de la invasión.30 Indirectamente, también podríamos pensar en compromiso decidido con Felipe V.
La voluntad de contribuir al real servicio no acabó con la entrega, no tardando en rebajar el precio tasado –la cantidad dejada de percibir se consideraría un donativo– de las armas puestas a disposición de Monflorit con destino a Cádiz. Así en su reunión de 26 de enero de 1703
… considerant que és molt conforme a la obligació de ses señories estar als exemplars més favorables al Real Servici de Sa Magt. quals són los de la estima de 4 lliures per cascun arcabús y mosquet, majorment en ocasió tan urgent, y tant beneficiosa a la conservació de la Monarquia, com la de Cadis, per a què serviren aquels, en la qual si no es necessitàs per a la defensa de este Regne, y costa del remplazo de les armes, y la Generalitat tinguera effectes de hon poder remplazar-les, hagueren ses señories servit fent donatiu de aquelles ab lo gast, que correspon a la gran fidelitat y obligació del Real servici.31
Acorde con esta disposición Monflorit satisfizo la deuda con dos entregas de dinero en la Taula de Valencia: la primera por importe de 4.000 libras realizada el 17 de octubre de 1702, y la segunda de 2.000 libras el 23 de febrero de 1703. Según el ajuste definitivo, el total de gastos de compra y transporte de las nuevas armas ascendió a 6.226 libras y 10 sueldos. Si a esto unimos el gasto por la compra de flascos y flasquillos, de 1.237 libras y 10 sueldos, nos encontramos con que el desembolso global ascendió a 7.500 libras, a razón de 5 libras por unidad. De este modo la rebaja adoptada se tradujo en la donación voluntaria de 1.500 libras al servicio del monarca. Las armas entregadas a Alicante fueron devueltas íntegramente, tras alejarse los temores de la invasión, el 18 de diciembre de 1703.32 Tras la devolución, la diputación se encontraba repuesta del esfuerzo material realizado, si bien en el aspecto económico no había salido tan bien parada, y no sólo por el perdón en favor del real servicio. Las condiciones acordadas para su devolución se incumplieron, pues transcurrieron más de seis meses sin abono de cantidad alguna en compensación por el retraso. El interés por favorecer el servicio del rey eliminaba cualquier posible reproche. El compromiso de la institución era sólido y así lo parecía.
Mientras la Generalidad se comprometía activamente con un real servicio centrado en salvaguardar otros frentes peninsulares por las urgencias de la guerra, en el reino valenciano las muestras de rechazo al nuevo rey o de simpatía hacia el pretendiente austríaco, comenzaron a ser cada vez más abiertas y evidentes, espoleadas por la guerra en curso. Unas veces la presencia de la armada aliada frente a las costas valencianas desataba los ánimos, y otras eran los propios movimientos filoaustracistas, ayudados por la labor propagandística de los agentes del archiduque, los que se manifestaban abiertamente.33 En ambos casos se sirvieron, canalizándolos hacia su causa, de unos sentimientos latentes en amplias capas –eclesiásticos y campesinos principalmente– de la población: la francofobia y la dureza del régimen señorial valenciano. Para esto último se ayudaron de una promesa de reducción de las cargas señoriales. Reflejos de un larvado descontento, desvinculado de la distante pugna sucesoria, pero que brotaba ahora espoleado por el conflicto que asomaba en el horizonte. 34
La realidad competencial de la Generalitat permitía poco margen de actuación ante estos hechos, por lo que estas tensiones apenas incidieron en su devenir diario tal y como refleja la documentación.35 Pero el gobierno borbónico sí parecía haberse percatado de que la placidez inicial podía verse seriamente alterada por las turbulencias sociales resucitadas por la guerra. Este nuevo marco desvanecía certidumbres, alumbraba dudas, posibilitaba críticas y provocaba posicionamientos más allá de la disputa estrictamente dinástica. En un intento de alejar las sombras sobre la legitimidad de la sucesión y con ello aplacar las crecientes muestras de descontento con el testamento de Carlos II,36 desde Madrid se enviaron unas aclaraciones a través del Consejo de Aragón, abordadas por la Generalitat valenciana el 13 de noviembre de 1703.37 Una carta –fechada el 24 de octubre y que debía ser guardada junto al propio testamento– puntualizaba las líneas sucesorias en favor de la casa de Francia. Tras su lectura los diputados ordenaron que se cumpliese y ejecutase en su tenor literal, en una muestra más de coherencia con su apoyo al rey. Coherente proceder con lo actuado hasta ahora que, sin embargo, contrasta con la respuesta que recibió la misma misiva en Cataluña. Allí, el consell de cent, el brazo militar y los comunes de la diputación, evitaron cumplir el mandato real alegando no encontrar la manera de ejecutarla sin transgredir las constituciones y usos del principado y la ciudad.38 A pesar de que en 1703 la situación distaba aún de ser de claro enfrentamiento en Cataluña y la aceptación de este tipo de documentación no era obligatoria para las instituciones, la cercanía y la distancia entre unos y otros empieza a revelarse…
3. REACCIONES A LAS PRIMERAS MANIFESTACIONES REBELDES
La llegada de 1704 supondrá el relevo de los responsables de la Generalitat elegidos tres años antes. Pese a que la guerra había enrarecido el clima político, sacando a la luz las parcialidades en el conflicto, éste se realizó con absoluta normalidad. No hubo depuración de insaculados, defecciones por parte de los aspirantes o manifestaciones disonantes de unos y otros. Ni los insaculados se apartaron de la normalidad del proceso ni el gobierno parecía desconfiar de ninguno de ellos ni, menos todavía, de la institución. Siguiendo el protocolo y formas habituales, se produjo el sorteo entre los brazos eclesiástico y militar los días 25 y 26 de diciembre de 1703, respectivamente. De igual modo se recogieron los juramentos de los ciudadanos en los protocolos de la casa, ya fuese en persona o a través de delegado.39
Oficiales de la Generalidad
Sin que se hubiera producido algún hecho de armas aún, 1704 vio incrementar notablemente la presencia del conflicto en territorio valenciano, centrada en la comarca de la Marina. El desembarco aliado del día del Corpus ocupó la atención virreinal sobre la zona. Desde la corte se recomendó fortalecer militarmente el litoral, y el virrey Villagarcía tomó plena conciencia de la necesidad de reprimir la cada vez más ruidosa disidencia auspiciada por los desembarcos aliados, creando una junta formada por magistrados de la Audiencia. Sin embargo, la falta de fondos dejó en nada la voluntad de fortificar la plaza –adelantando lo que fue la tónica de la política borbónica en Valencia, la falta absoluta de medios–.40 Y es que la agitación austracista era ya pública y notoria
Bien se entreohía, que por los lugares del Reyno ivan algunos embiados, sembrando noticias perjudiciales, con que engañavan aquella gente bozal y rústica, los unos de la Marina ya inquietos por ciertas pretensiones de la franqueza que havian intentado los años pasados, a los quales ofrezían libertades y franquezas, y los otros montañeses simples y rudos, que aquellos con la fácil persuasión de sus antiguas ideas, y estos con la ignorancia de sus sencillezes, eran fáciles de persuadir unos y engañar otros. 41
Dado que una parte significativa del clero desempeñaba un papel fundamental en esta labor de propaganda, se debía actuar en un ámbito vedado a la junta de ministros de la Audiencia recién creada, debiéndose contar inexcusablemente con la colaboración del arzobispo de Valencia Folch de Cardona, sin demasiados resultados.42
Ninguna de estas actuaciones aparece en los libros de la diputación valenciana, aislada de esta realidad. De entre las escasísimas referencias al conflicto, destaca las de su participación en la leva acordada por los electos de los estamentos: un regimiento de 600 hombres destinados a Cádiz que se sufragaría con los repartos que éstos ejecutarían entre los distintos pueblos y ciudades.43 Los electos utilizarían la casa de las armas para custodiar a los reclutados, con el permiso de los diputados, que asimismo prestaron a los síndicos de los tres estamentos 120 armas para su equipamiento.44 Si bien es cierto que las funciones de la Generalitat poco o nada tienen que ver con este tipo de actuaciones,45 no deja de sorprender que una institución de composición estamental y radicada en la capital del reino manifieste tan escasa presencia. Las causas podían ser variadas. Sus propias limitaciones, la lejanía –más aparente que real– del conflicto bélico, la falta de convencimiento en cualquier tipo de sublevación que se tenía en la capital, o la inercia que marcaba la tibieza de las actuaciones del virrey Villagarcía. Éste, cuya figura ha recibido diferentes valoraciones,46 o tampoco consideró probable una sublevación a favor de Carlos, o bien no quería propiciarla con una política excesivamente agresiva o grandilocuente. Sea como fuere, con mayor o menor implicación en las circunstancias del reino, con temor a la sublevación o sin él, los diputados no dejaron de mostrar su fidelidad a Felipe V en una carta de 8 de julio en la que reiteraban que «nunca faltarán a su amor y fidelidad hasta verter la última gota de sangre…»47
La distancia, sin embargo, no duró mucho. Advertidos del sesgo que iban tomando los acontecimientos, con los ataques sobre Barcelona y la toma de Gibraltar por los partidarios del archiduque,48 el 24 de julio, en presencia de todos los oficiales de la casa, se acordó gastar lo que fuere necesario en la defensa, custodia y guarda del reino. La única salvedad consistía en respetar la proporción de lo invertido con el real patrimonio. Los diputados harían uso de sus recursos del modo que estimasen oportuno, pues poseían la total y absoluta libertad de disposición sobre los bienes de la Generalidad según fueros.49 Con esta manifestación, tan ajustada a derecho como innecesaria, parecía reservarse cierta autonomía para separarse de los electos en la adopción de decisiones relacionadas con la defensa del reino, si llegara el caso…
4. PARTICIPACIÓN DIRECTA EN EL CONFLICTO BÉLICO
Por más que 1705 sea testigo de una fuerte ofensiva austracista sobre la península que sacudirá definitivamente la tensa paz previa,50 la posibilidad de una sublevación en Valencia –más allá de puntuales conspiraciones y propaganda– seguía contemplándose como imposible para la Generalidad. Y no sólo para ella. Buen ejemplo de la lejanía con que se que se percibía el riesgo insurrección y la quietud reinante intramuros, fue el préstamo de armas –sin ningún tipo de garantía– a los gremios para los tradicionales desfiles de sus festividades: 80 mosquetes y 60 arcabuces al oficio de zapateros para el día de San Juan; 30 mosquetes y 100 arcabuces al gremio de boters para el día de San Pedro; 90 mosquetes y 60 arcabuces al gremio de tejedores para el día de San Jaime y Santa Ana. Su juicio no resultó en absoluto erróneo pues las armas fueron reintegradas sin el más mínimo incidente en un momento particularmente delicado: a tan solo cinco meses de la proclamación de Carlos III en la capital y mientras la armada aliada se volvía a aproximar a la Marina.51
Sólo con la armada aliada de nuevo frente a las costas alicantinas –el 8 de agosto se niega la entrada a los buques en Alicante, dirigiéndose entonces a Altea y Dénia–52 mudará la despreocupada apreciación institucional. Sin alcanzar a descifrar las razones del cambio –simple precaución, temor real, o apariencia de actividad y compromiso– sobre todo a la vista de los acontecimientos anteriores, los diputados acordaron establecer guardias nocturnas en la casa de las armas a partir del 17 de agosto. Cada guardia la formarían 30 artilleros por noche, además de los que las realizaban durante el día, a las que asistirían también cada noche dos diputados, síndico, asesor, escribano y subsíndico. Paralelamente enviaron una petición al monarca solicitando un aumento para la guardia real, que consideraban manifiestamente escasa.53 En pocos días Dénia se encontraría sitiada por tierra y mar, con escasas posibilidades de defensa, por lo que casi simultáneamente –el 20 de agosto de 1705– diputados y oficiales de la Generalidad se reunieron con los electos de los estamentos «…per a effecte de tratar-se y passar a la declaració del cas inopinat que ya se havia declarat en lo dia de ayr per los tres estaments…».54 El asedio no sólo provocó la alarma de la Generalitat, como demuestra la reacción de los electos que informaron puntualmente al monarca a través del correo.55 Sometido a votación, el caso inopinado queda aceptado nemine discrepante asignándole 4.000 libras procedentes de los derechos nuevos de la Generalidad. Pese a la celeridad con que se adopta, la declaración careció de virtualidad pues Dénia se encontraba ya en manos austracistas.56
La rápida rendición de la villa era síntoma evidente de su predisposición hacia la causa austriaca, que a su vez revelaba los graves errores de apreciación –al menos en lo referente a la precaria situación de la Marina, estrangulada económicamente por la prohibición de comercio con los aliados y hastiados sus habitantes de los abusos de los comerciantes franceses beneficiarios de dicha medida–57 de las administraciones borbónicas. Así lo corroboran las propias fuentes austracistas. Tras la presentación de una escuadra frente a sus costas –con intercambio de salvas en señal de cortesía, y posteriormente de embajadores y correspondencia– la ciudad convoca una reunión de sus principales autoridades, tanto eclesiásticas como seculares. Tras pedir tiempo para tratar de la materia, deciden la entrega al día siguiente. No es de extrañar, dada la satisfacción del pueblo por la presencia de la armada aliada, la huida del gobernador de la villa, y la promesa de las autoridades imperiales de firmar unas capitulaciones en blanco
A vista de esta demonstración, convocó la ciudad a sus nobles ciudadanos, para ver qué resolución se avía de tomar, a que conformes todos acordaron que se respondiese a la salva con dos tiros más. Visto por el comandante de la esquadra, y el general de batalla don Juan Bautista Baset y Ramos, la correspondencia que hallaron en la ciudad, repitieron otra salva y embiaron embaxadores a tierra… y quando llegaron a la puente del desembarco hallaron de partte de la ciudad y gobierno tres embiados… luego que llegaron a la sala del Ajuntamiento, entregaron sus pliegos, y se restituyeron… para aguardar la resolución. Convocó la ciudad a los principales, assí eclesiásticos como seculares, y se leyeron las cartas y manifiestos, y resolvieron embiar a bordo de la comandante, por parte de la ciudad a Cosme Gavilá y Thomás Gavilá, generosos, y por parte del gobierno a Pedro Antonio Garcia, para pedir tiempo en que poder tratar la materia, con todos los moradores. Passaron la noche sin volver los embiados a tierra por la marea que avía, y en la ciudad en señal de regozijo, pusieron antorchas, y faroles en balcones, y ventanas… Y luego vino el día 18 al amanecer, bolvieron a tierra los embiados de la ciudad, y gobierno con la respuesta de que sí se entregavan desde luego, sin dilatar a disponer las capitulaciones, les darían firma en blanco. Y mandando convocar dicho don Felipe a todos los vezinos, y moradores, assí eclesiásticos como seculares, se determinó, nemine discrepante, entregar la ciudad a su legítimo rey.58
Tras declarar el caso inopinado junto a los electos, la Generalitat activó sus propios recursos. Encargaron al veguer Bautista Remohy la compra de 25 quintales de pólvora para la casa de las armas, por encontrarse solamente con 79 arrobas disponibles en la torre de Santa Catalina. Asimismo, satisficieron todas las peticiones de armamento realizadas por las diferentes poblaciones alarmadas. Al alguacil real José Blasco, por ejemplo, le fueron entregados 200 fusiles con sus bayonetas para el socorro de Gandia.59 El compromiso se mantenía pero poco podían hacer frente al avance austracista en la Marina. Benidorm, Finestrat, Orxeta, Xaló y Relleu fueron uno a uno proclamando al archiduque durante agosto y septiembre,60 mientras unos diputados cada vez más alarmados de la precaria situación militar, enviaron una embajada al virrey –uniéndose a las elevadas por la ciudad al rey en demanda de tropas– el día 15 de dicho mes en la que solicitaban que la caballería que se encontrase en el reino no saliese de él.61
Y es que, en principio la reacción de la corona fue rápida, anunciando a finales de agosto el envío de 1.800 jinetes al mando del general José de Salazar. Mientras, el mariscal Luis de Zúñiga dirigiría las actividades militares en la Marina al frente de las mal preparadas tropas locales.62 Para su desgracia, casi a continuación se abría un nuevo frente, dejando todavía más al descubierto la sabida precariedad defensiva valenciana y la imprevisión del gobierno borbónico de Madrid. Tortosa, y posteriormente Vinaròs, cayeron rápidamente en manos rebeldes, entre septiembre y octubre.63 Los diputados continuaron con las demandas de ayuda al monarca y el 30 de septiembre solicitaban el envío urgente de tropas para garantizar el sostén de la ciudad. Asimismo, seguían entregando armas. Jerónimo de Otal, infanzón, recibía 50 fusiles con sus bayonetas para la defensa de Peníscola el 2 de octubre de 1705, con la intención de apuntalar la defensa en el nuevo frente.64
Pronto, la sublevación de la Marina se convirtió en una amenaza para capital y reino al verse espoleada por el sólido compromiso austracista de su población y la errática dirección militar borbónica, que ordenó abandonar Dénia a la única fuerza militar que contenía a los rebeldes –la caballería de Salazar– dejando el camino a Valencia expedito a los austracistas.65 Intentando subsanar el error, el 3 de octubre los electos solicitaron 2.000 libras del caso inopinado acordado para Dénia con la intención de afrontar la nueva situación, presumiblemente armando nuevas tropas. La exigencia estamental forzó una reunión con los oficiales de la Generalitat para buscar la provisión de dichos fondos. Sorprendentemente, pese a la diligencia anterior y la gravedad de la situación, la reunión concluyó de vacío, seguramente por desacuerdos en el modo de usar los fondos entre electos y diputados.66 En la siguiente, los diputados impusieron su criterio sin contar con los electos alegando su papel de acuerdo a la normativa foral sobre casos inopinados
… el eligir los medis y provisions per a lo desusdit y distribució del diner toca privativament a dits señors deputats segons lo fur 42 del any 1585 y attesses les occurrències presents lo medi més proporcionat es mantenir dos-cents cavalls del regiment de don Rafael Nebot baix la mà del mariscal de camp don Lluys de Zúñiga que estan en lo present regne… 67
Se sufragarían 200 caballos a las órdenes de Rafael Nebot por voluntad de los diputados.68 Respetando la cifra inicial dispuesta por los electos –que se detraería de lo recaudado por derechos nuevos–,69 obviando un posible acuerdo con ellos en aras de una mayor efectividad de su decisión, no hacían sino reforzar el compromiso de la institución con la defensa borbónica. En su ejecución otorgaron el oficio de receptor y pagador, en principio eventualmente, a José Vicente Torres Eximeno.70
Pero el empeño no terminaba en Dénia. En la misma reunión abordaron la situación del otro frente, declarando caso inopinado –sin esperar la concurrencia estamental– la rendición de Tortosa para disponer de más dinero
… es deu ocurrir al remey ab tota celeritat y vigor… per ço tots los desús dits unànimes y conformes y ningú discrepant en virtut dels furs y actes de cort del general proveheixen delliberen y determinen y declaren que lo referit es cas extraordinari, nou e inopinat, resservant-se el assignar la cantitat que serà menester per a ocurrir al reparo de este fet quant los tres estaments, ecclesiàstich, militar y real del present regne hauran nomenat elets per a este effecte, y juntament ab ses señories designaran y señalaran la cantitat.
El objetivo era que los insurrectos catalanes «…no pretenguen infectar lo present Regne, e introduhir en aquell lo contagi de la solevació en los ànimos inquiets, que seria la ruina…». La resolución debería esperar a la reunión con los estamentos para dotarse de contenido, validez legal y viabilidad económica. Con todo, adelantándose a ellos los responsables de la Generalitat –sin vacilaciones ni discrepancias– ratificaron su compromiso en la defensa del orden establecido. Paradójicamente, los mismos que recibirán y colaborarán con los austracistas cuando entren en Valencia pocos meses después.71
El 10 de octubre tuvo lugar la reunión con los electos.72 Estos consentían en el caso inopinado y le asignaban 5.000 libras de derechos nuevos para el regimiento de caballería del marqués de Pozoblanco –con órdenes de permanecer en el reino tras la petición de las instancias valencianas– y la defensa de Vinaròs.73 Para salvaguardar los derechos de Generalitat y estamentos ante el anómalo procedimiento de adopción, incluyeron expresamente en la resolución que ésta no sirviese de precedente, ni pudiese usarse en otra circunstancia; se debió a la necesidad del momento y la obligación de satisfacer con urgencia los servicios del rey. De cualquier modo, y aunque desconozcamos si existían intenciones previas de los electos estamentales, la iniciativa de la Generalitat había iniciado la defensa.
Mientras, continuaron despachando correos solicitando tropas que garantizasen la defensa del reino y armando a las pocas disponibles. Sancho Chavarría, teniente coronel de las guardias del monarca, recibió 30 fusiles con sus respectivas bayonetas. El 22 de octubre, acordaron entregar a José Monflorit 2.000 libras de las 5.000 asignadas al caso inopinado de Tortosa. Este acuerdo se produjo a petición del virrey para, cumpliendo lo acordado, satisfacer las necesidades de mantenimiento del regimiento de caballería del marqués de Pozoblanco. El 7 de noviembre de 1705, se nombraron nuevos artilleros para la guardia de la casa de las armas, ya que, a causa del tiempo y las lluvias, los anteriores habían contraído enfermedades que les impedían continuar la labor que desarrollaban desde agosto. A los enfermos se unieron como bajas los artilleros enviados a cumplir el servicio del rey a ciudades como Gandia, Peníscola, Dénia o Vinaròs.74 A su vez, proseguían las peticiones a Madrid para intentar influir en unas decisiones bélicas que hasta ahora solo parecían favorecer la indefensión del reino valenciano.75 La última, la orden del mariscal jefe del ejército borbónico Tserclaes-Tilly a Nebot de abandonar Dénia, fue seriamente contestada también por electos, motivando una rectificación mediante una tardía orden real que llegó a Valencia en un correo del 10 de noviembre, cuando Nebot ya se encontraba en Gandia.76
Pese al avance austracista hacia el norte desde Dénia seguían sin llegar socorros militares, lo que obligó al virrey a realizar a los diputados una nueva petición económica. Monflorit debería asistir ahora al regimiento del marqués de Pozoblanco. Esta vez la petición era de 1.500 libras, a obtener del caso inopinado de Tortosa y Vinaròs. Se había pasado de una rebelión comarcal con fuerte apoyo popular pero absolutamente controlada con un único regimiento, a un conflicto en extensión a toda la geografía valenciana, con lo que, además de amenazar la posición de la capital, entorpecía enormemente la respuesta de unas administraciones desbordadas. Y buen ejemplo de ello es la misma Generalitat que veía peligrar, cuando no desaparecer, el cobro de sus tributos, que sostenían al escasísimo ejército borbónico del reino. Juan Portillo de Villafranca y Soler, credenciero de los derechos del general, generoso, capitán de caballos y comandante de las compañías de la costa de la ciudad de Orihuela se vio obligado a delegar en su cargo «… per les continuades occupacions en servisi de Sa Magestad, que Déu guarde, per a el socorro de la ciutat de Alacant defensa de aquelles costes, pasajes de les armades enemigues, captures de gent sediciosa…».77
Mermados los ingresos, no debe extrañarnos que los fondos dispuestos para hacer frente a los casos inopinados de Dénia, Vinaròs y Tortosa se agotasen a mediados de noviembre. De la última partida dispuesta para Dénia daban cuenta los diputados el 16 de dicho mes, cuando decidieron el pago a José Vicente Torres Eximeno de las últimas 1.700 libras para mantenimiento de los 200 caballos de Rafael Nebot.78 Los fondos del caso inopinado de Vinaròs y Tortosa se agotaban el 19 de noviembre, al entregar 446 libras y 12 sueldos del dinero que estaba en la Taula de Canvis a cuenta de las 1.500 pendientes de entrega.79 Es entonces cuando la junta estamental –electos de la costa– responsable de la defensa costera decide actuar, acordaron aportar nuevos fondos.80 Así lo comunicaron a los diputados en la reunión que mantuvieron el 25 de noviembre en que acordaron cargar 12.000 libras de censal sobre los derechos nuevos para hacer frente a los gastos del caso inopinado de Tortosa y la defensa de los confines del reino. El dinero recaudado se utilizará en pagar a los soldados que el monarca prometió enviar, en lugar del tercio que el reino mantenía en Cádiz.81
La tardía constatación de la existencia del conflicto armado en Valencia, provocó un cambio en el gobierno militar del reino con el nombramiento del duque de Arcos como virrey. Relevo bien recibido por algunas instituciones, como el ayuntamiento de la capital,82 pero inútil por sí mismo en el alivio de la angustiosa realidad militar borbónica, carente de efectivos en suelo valenciano. Tal vez por ello el 7 de diciembre se desarrolló una nueva reunión entre diputados y electos de los estamentos, finalizada sin acuerdo alguno que constatar. Las dificultades militares habían aumentado enormemente y las arcas de la Generalidad –muy alcanzadas ya por lo gastado y la escasa recaudación por efecto de la guerra– apenas cubrían sus gastos corrientes. Aún así, el 11 de diciembre, con los portales de la ciudad cerrados y bajo custodia por el temor a su toma por los rebeldes,83 los electos de contrafuero enviaron una certificatoria solicitando más dinero para hacer frente a sus gastos, pues los fondos de los que disponían, entregados en 1703 ya se habían acabado. Al día siguiente se produjo una nueva reunión con los electos en la que, tras constatar el paso del regimiento de Nebot a los sublevados apoderándose de las villas de Orihuela y Gandia, acordaron enviar una embajada al monarca. Representaría la imposibilidad de hacer frente a la sublevación con sus únicas fuerzas –«…les forzes del present regne, no són bastants ni a propòsit per a les dites occurrències»– sin evitar el reproche hacia la dejadez con que se había contemplado el conflicto en Valencia
… y trobant-se este regne sens aquella defensa que requereix de detenir les invasions que amenasen los enemichs, no sols en les poblacions circunvehines a dites viles, sinó les més apartades, y encara esta capital, que seria el major infortuni, que es podía sentir, per totes les quals rahons, y per que havent inviat diferents representacions per medi de expressos a Sa Magestat no han tengut aquells effectes, que demanava la urgència …
La elección recayó en el conde de Carlet, Felipe Lino de Castellví, por «… molt més de les dos parts de les tres dels vots…». A continuación acordaron proveer con 2.000 libras la subvención de 200 hombres de las compañías del reino durante un mes.84 En la reunión de 14 de diciembre, ante la certeza del ataque enemigo, escondieron toda la plata inventariada en la sacristía de la catedral para garantizar su custodia. También entregaron 100 fusiles al colegio de notarios de Valencia, para la defensa de la ciudad y el servicio de Su Majestad.85 Ese mismo día se juntaron con los electos para suspender la embajada del conde de Carlet, acordada días antes, por encontrarse cerrados los pasos de Castilla. Ante este contratiempo despacharon de forma urgente un correo al monarca indicándole la precaria posición en que se encontraban… La premura con que se sucedían los acontecimientos obligó a los diputados y electos a reunirse de nuevo al día siguiente. Tras haber recibido la noticia de que los pasos de Castilla volvían a estar abiertos acordaron reemprender la embajada del conde de Carlet. Si atendemos a lo relatado por Ortí en su dietario, esta resolución fue problemática en tanto que la Generalidad la tomó sin el asenso de los electos –violentando los cauces forales en torno a los casos inopinados– que se vieron forzados a acatarla para no entorpecer el socorro a la ciudad.86 Sea como fuere, el acuerdo llegaba demasiado tarde…
1. ARV, Generalidad, 3264, 6 noviembre 1700. A dicha reunión, convocada para todos los oficiales acudieron como diputados: Francisco Lloris de la Torreta, delegado del cabildo de Tortosa; Jacinto Roca y Ferrer, marqués de Malferit; Vicente Montes, ciudadano de Valencia; Bernardo Cortés, prior del convento de San Miguel de los Reyes; Eusebio de Benavides, caballero; Félix Cebrián y Aracil, delegado de Félix Bru, ciudadano de Xátiva. Como contadores: Miguel Mascarell del hábito de San Juan de Jerusalén, comendador de la encomienda de Torrent; José Monsoriu, delegado de Jaime Vallés y Serra; Vicente Nadal y Roca delegado de Bartolomé Galiana de Villajoyosa; José García de Asos, archidiácono de Alpuente delegado del cabildo de Segorbe; Juan Bautista Ferrrera generoso. Como clavarios: Diego Toscá delegado del abad de la Valldigna; Melchor Gamir y Figuerola, generoso; Leandro Esteve, ciudadano. Como administradores: Rómulo Menega delegado del maestre general de la Merced; Luis Ferrrera generoso. También se encontraban presentes el síndico de la casa Luis Martínez de Raga; el asesor José Castell de Planell; el escribano Emmanuel Molner y los abogados Juan Bautista López de Perona, Juan Bautista Folch y Lluqui y el canónigo Mauro Zapata.
2. Vicente Bacallar y Sanna. Marqués de San Felipe, Comentarios de la guerra de España, e historia de su rey Phelipe V el animoso, Pamplona, 1785, pp. 1-20. Aquí se nos describen las disputas de las distintas facciones en la corte por conseguir captar la voluntad del monarca hacia su candidato. Más recientemente, Joaquín Guerrero Villar, El tratado de paz con Inglaterra de 1713. Orígenes y culminación del desmembramiento de la monarquía española, Tesis doctoral, Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, 2008, Sobre la formación del partido francés, Ana Álvarez López, «Los negocios de Luis XIV en Madrid: la acción de sus embajadores en la corte madrileña», Revista de Historia Moderna, 25, 2007, pp. 179-205.
3. Antonio Ramón Peña Izquierdo, La Casa de Palma: la familia Portocarrero en el gobierno de la monarquía hispánica (1665-1700), Córdoba, 2004, pp. 291 y ss.
4. Josefina Mateu Ibars, Los virreyes de Valencia. Fuentes para su estudio, Valencia, 1963, pp. 318-319 y 324-326.
5. Aceptación unánime que contrasta con las manifestaciones de disconformidad que se produjeron en Cataluña tanto en el consell reial, como en la reunión de los consellers de Barcelona. En ambas se realizaron manifestaciones contrarias a la aceptación del testamento de Carlos II, y a favor de la casa de Austria. Joaquim Albareda i Salvadó, Els catalans i Felip V, de la conspiració a la revolta. (1700-1705), Barcelona, 1993, p. 64.
6. Por citar algunos ejemplos, ARV, Generalidad, 3264. Reuniones de los días, 25 de octubre y 30 de octubre. También en las de 10 de noviembre y 13 de dicho mes. En ellas se recogen los pagos realizados para satisfacer estos correos. Los correos se enviaron el 4 de octubre, a medias con la ciudad; y el 15 de dicho mes. Este último corre de cuenta de generalidad, ciudad y estamentos.
7. ARV, Generalidad, 3264, 16 noviembre 1700 y 20 de diciembre 1700. En el certificado del subsíndico se trata esta materia.
8. Sobre el acceso al cargo de estos y el resto de rectores de la institución, José María Castillo del Carpio, La Generalitat valenciana durante el siglo xvi. Su estructura burocrática, sus competencias, sus hombres, Valencia, 2013, pp. 23 y ss.
9. ARV, Generalidad, 3264. Durante los meses de noviembre y diciembre estas son las cuestiones abordadas en las reuniones: pagos por las obra realizadas en la aduana, pagos de pensiones, licencias para embarcar arroz, entrega de una carta de mitad para luchar contra el fraude, nombramiento de oficiales menores, salida a la lonja a subastar derechos de la generalidad, licencias para despachar vino, nombramiento de tablajeros, abono de salarios, un viaje del síndico para arreglar unos problemas con las generalidades en Alicante…
10. ARV, Generalidad, 2955, pp. 1-19, recoge la elección eclesial; pp. 19-34, la elección militar.
11. ARV, Generalidad, 3266, 3 y 10 de enero de 1701. En las provisiones correspondientes a estas fechas aparecen recogidas cuestiones relacionadas con el pleito.
12. Sobre el organigrama administrativo de la Generalitat y sus funciones en el XVI, José María Castillo del Carpio, La Generalitat valenciana…, op. cit., pp. 49 y ss. Para la época en que se sitúa este estudio, Sergio Villamarín Gómez, La Generalitat valenciana en el XVIII. Una pervivencia foral tras la Nueva Planta, Valencia, 2005, pp. 27-33.
13. ARV, Generalidad, 3266. Sobre los casos inopinados y su significado, G. R. Mora de Almenar, Volum e recopilació de totas los furs y actes de cort que tracten dels negocis i affers respectanants a la casa de la deputació y generalitat de la ciutat y regne de València, Valencia, 1625, pp. 226-231. Los casos inopinados eran el medio del que se servían los diputados para desviar los ingresos de la Generalidad hacia gastos no previstos por la ley. «Item, que jatsia per actes de cort de la Generalitat los Deputats tenen la llíbera, y general administració dels drets del General, y per a despendre qualsevol cantitats que convinga a la administració, y conservació de aquells. Emperò, per quant ab lo títol de cassos inopinats los dits Deputats han proveyt, despès algunes sumes, y quantitats de diners en coses no respectants los dits drets. Per ço per obviar dits inconvenients Vostra Magestat sia servit proveyr, y ordenar ab acte de la present cort, que los dits Deputats, ni Oficials de la dita casa de la Generalitat, coniuctim, nec divisim, no puixen proveyr, ni despendre quantitat alguna de béns de aquella per ocasió de semblants casos inopinats, ni de altres alguns, fora de aquells que per dits actes de cort està proveyt, y ordenat; hagut per revocat qualsevol acte de cort que parle de casos inopinats, en lo qual dits Deputats se han fundat per a proveyr dites quantitats; e sols aquells sien, es puguen dir casos inopinats, los quals per los tres Estaments del regne residents en la ciutat de València, y per los Deputats, e altres Oficials de la casa de la Generalitat concordament, et nemine discrepante seran determinats, y declarats; açò entès, que en respecte del braç Militar per lo menys hajen de entrevenir, y concórrer en dita determinació, y declaració fahedora a part vint-y-cinch persones per lo menys, e haja de preceir convocació general dels Militars residents en la dita ciutat de València pera haver de fer dita del·liberació, y declaració; e fetes les dites declaracions en la forma desusdita, los dits Estaments respective hajen de fer electió de sis persones, cascuna de les quals juntament ab los dits Deputats, y Oficials de la casa de la Generalitat ajustats, y congregats, nemine discrepante, hajen de proveyr, y senyalar la suma, y quantitat que en los dits casos inopinats, y casscú de aquells se haurà, y deu dispondre de béns de la dita Generalitat.»
14. María Carmen Pérez Aparicio, «El proceso de consolidación de la monarquía autoritaria y la reacción foral valenciana. La junta de contrafurs», en Mayans y la Ilustración, Valencia, 1981, pp. 131-151, esp. p. 142. ARV, Generalidad, 3266. 9 de septiembre. Recoge el examen de cuentas de lo gastado por Cernecio en el transcurso de su embajada. Josep Vicent Ortí y Mayor, Diario de lo sucedido en la ciudad de Valencia desde el día 3 del mes de octubre del año de 1700 hasta el día 1 del mes de septiembre del año de 1705, BUV, Mns. 460.
15. Henry Kamen, La guerra de sucesión en España, Barcelona, 1974, pp. 99-135. Sobre los cambios políticos e incluso sociales que acompañan este cambio en la política de la monarquía, Antonio R. Peña Izquierdo, De Austrias a Borbones…, pp. 177 y ss. Anne Dubet, «¿Francia en España? La elaboración de los proyectos de reformas político-administrativas de Felipe V (1701-1703)», en La pérdida de Europa. La guerra de Sucesión por la Monarquía de España, Madrid, 2007, 293-311.
16. Joaquim Albareda i Salvadó, Els catalans…, op. cit., pp. 70-71. La influencia del monarca francés sobre su nieto puede ser contemplada desde la propia correspondencia entre ellos o con los embajadores franceses, así José María Iñurritegui y Julen Viejo (eds.), Correspondencia de Luis XIV con M. Amelot, su embajador en España. 1705-1709. Publicada por el señor barón de Girardot, Alicante, 2012. Francisco Javier Guillamón Álvarez y Julio David Muñoz Rodríguez, La formación de un príncipe de la Ilustración. Correspondencia privada de Luis XIV a Felipe V durante la Guerra de Sucesión, Murcia, 2006.
17. Jaume Bartrolí i Orpí, «La cort de 1701-1702: un camí truncat», Recerques (Barcelona), 9, 1979, pp. 57-75, pp. 57. Sobre el mismo tema, Ernest Belenguer Cebriá, «En torno a algunos greuges catalanes de 1701-1702: ¿un paso más hacia la revisión del neo-foralismo?», en Homenatge al Doctor Sebastiá García Martínez, Valencia, 1988, II, pp. 253-268. Eva Serra i Puig, «Les Corts de 1701-1702. La represa política a les vigílies de la guerra de Successió», L’Avenç, 206, 1996, pp. 22-29. Joaquim Albareda Salvadó, «La represa del constitucionalisme (1701-1706)», Revista de Dret Històric Català, vol. 7, 2007, pp. 113-133.
18. Guillermo Borrás, La guerra de Sucesión en Zaragoza, Zaragoza, 1973, pp. 12-34. María Berta Pérez Álvarez, Aragón durante la Guerra de Sucesión, Zaragoza, 2010.
19. ARV, Generalidad, 3266. Reunión de 5 de noviembre. María Carmen Pérez Aparicio, «El proceso de consolidación…», cit., p. 142. Íd., «Las relaciones entre el Rey y el Reino. Felipe V y los estamentos valencianos», en Estudios de Historia Moderna en homenaje a la profesora Emilia Salvador Esteban, 2 vols., Valencia, 2008, pp. 451-474, esp. pp. 455-456.
20. María Carmen Pérez Aparicio, «Los primeros pasos del austracismo en el País Valenciano (1700-1705)», en Disidencias y exilios en la España moderna, 2 vols., Alicante, 1997; II, pp. 501-513; «Cambio dinástico y disidencia política en el País Valenciano», en Felipe V y su tiempo, Zaragoza, 2004, 2 vols., II, pp. 119-149, pp.132-133.
21. ARV, Generalidad, 3266. 17 de noviembre y 9 de diciembre de 1701 y 21 de febrero de 1702.
22. Vicente Bacallar y Sanna, Comentarios de la guerra de España, e historia de su rey Phelipe V el animoso, Pamplona, 1785, I, pp. 65 y ss. ARV, Generalidad, 3268, 25 de julio de 1702.
23. ACA, Consejo de Aragón, Secretaría de Valencia, leg. 942, doc. 80. Carmen María Fernández Nadal y María Vicenta Candela Marco, «Arquitectura de la guerra en el Reino de Valencia: noticias de las costas en época de Carlos II», Millars. Espai i Història, 26, 2003, esp. pp. 185-203.
24. Antonio Espino López, «El esfuerzo de la guerra en la Corona de Aragón durante el reinado de Carlos II, 1665-1700. Los servicios de tropas», Revista de Historia Moderna. Anales de la Universidad de Alicante, 22, 2004, pp. 7-105, esp. pp. 58-72.
25. Vicente Bacallar y Sanna, Comentarios..., op. cit., I, pp. 76-81, pp. 84-87.
26. La utilización del arsenal a cargo de la Generalidad, es una constante en los conflictos desarrollados en la segunda mitad del XVII, ya se tratara de milicias valencianas o de otro tipo de tropas. Sebastián García Martínez, Valencia bajo Carlos II, Valencia, 1991, pp. 291 y ss.
27. ARV, Generalidad, 3268, 6 septiembre, 2 y 4 de octubre de 1702. ARV, Generalidad, 3270, 26 enero 1703, 6 de marzo de 1703.
28. ARV, Generalidad, 3268, 13 de septiembre y 11 de diciembre1702; 3270, 8 de enero 1703.
29. ARV, Generalidad, 3270, 17 diciembre 1703. Aquí se recoge la definición de las cuentas de la operación; constando como ya realizada.
30. ARV, Generalidad, 2956, 17, 22, 27, 28,29 y 31 de julio 1702. 1 de agosto 1702.
31. ARV, Generalidad, 3270, 26 de enero de 1703.
32. ARV, Generalidad, 3270, 6 de marzo de1703; el total entregado asciende a 6.000 libras. 17 y 18 de diciembre de 1703.
33. Joaquim E. López Camps, «La invasió austriacista del Regne de València (1701-1705)», Afers. Fulls de recerca i pensament, vol. 20, 52, 2005, pp. 521-540, esp. pp. 534 y ss.
34. Enrique Giménez López, «El desembarco aliado de Altea en 1704 y el virrey marqués de Villagarcía», en Homenatge al doctor Sebastià Garcia Martínez, 2 vols., Valencia, 1988, II, pp. 272 y 277. María C. Pérez Aparicio, «La guerra de succesió: una revolució camperola», en Primer Congreso de Historia del País Valenciano, 4 vols., Valencia, 1973-1980, III, pp. 512-513. El uso de ese descontento ya se veía como una amenaza, de sentido inverso, durante las guerras de Carlos II contra los franceses. Sebastián García Martínez, Valencia bajo Carlos II…, op. cit., pp. 276, «la voz por la Marina se esparze de que si no se sale con su intento se irán al francés… se difunden estas pretensiones del vulgo impresas, y siendo así, se deve discurrir sean máximas del francés, para introducir esta cizaña… no vengan este verano por estas playas y hallen, en vez de enemigos que le ofendan, amigos que le introduzcan.»
35. Así lo demuestra el libro de provisiones de la Generalidad en el que no existe ninguna referencia a los sucesos antes descritos.
36. El descontento no se circunscribe a Valencia, pues en Cataluña la situación vino a ser la misma. Joaquim Albareda i Salvadó, Els catalans i Felip V..., op. cit., p. 100.
37. ARV, Generalidad, 3270.
38. J. Albareda i Salvadó, Els catalans i Felip V…, op. cit., p. 108.
39. ARV, Generalidad, 2958, pp. 1-17 para el estamento eclesial; pp. 17-39 para el estamento militar; pp. 40 el 1 enero juran los diputados; p. 45, 1 enero juran su cargo los contadores; p. 50, 1 de enero jura el clavario; p. 53, 1 de enero jura el administrador.
40. Enrique Giménez López, «El desembarco aliado…», cit., pp. 273-275.
41. BUV, Mns. 17, José Vicente Ortí y Mayor, Papeles varios.
42. María Carmen Pérez Aparicio, «El clero valenciano a principios del siglo XVIII», en Estudios de Historia de Valencia, Valencia, 1978, pp. 247-278, pp. 253 y ss.
43. Sobre las vicisitudes por las que atraviesa este tercio, véase mi capítulo sobre las disposiciones militares del virrey.
44. ARV, Generalidad, 3272, 8 de febrero, 18 y 26 de abril 1704. 2958, 21 de abril.
45. Sergio Villamarín Gómez, La Generalitat valenciana…, op. cit., pp. 39 y ss.
46. Vicente Bacallar y Sanna, Comentarios..., op. cit., I, pp. 172-173. Califica del siguiente modo al virrey, hablando de su actuación frente a los trascendentales desembarcos aliados de 1705: «…hombre ilustre, bueno, maduro, y político… no era su profesión la guerra: esforzaba, quanto podía, su elocuencia para mantener leales aquellos nobles, que gran parte de ellos vacilaba, y por esso era menester armas, y no palabras.»
47. Enrique Giménez López, «El desembarco…», cit., pp. 271-272.
48. Vicente Bacallar y Sanna, Comentarios…, op. cit., I, pp. 118-131.
49. ARV, Generalidad, 3272, 24 julio 1704. Esta es la argumentación realizada por los diputados.
50. El verano de 1704 a 1705 lo pasó el archiduque en Portugal preparando la ofensiva sobre la península. Pedro Voltes Bou, Barcelona durante el gobierno del Archiduque Carlos de Austria. (1705-1714), Barcelona, 1963, II, pp. 32-34. Sobre el mismo tema, y en concreto sobre la decisión de atacar por Barcelona, Vicente Bacallar y Sanna, Comentarios…, op. cit., I, pp. 167-171.
51. ARV, Generalidad, 3274. ARV, Generalidad, 2959, pp. 220 recoge la entrega a los zapateros sin ninguna novedad en los requisitos exigidos; lo mismo sucede con los boters en p. 228; y con los tejedores en p. 236. Este es el caso, al menos, de los boteros y los tejedores. ARV, Generalidad, 3274, 22 de julio 1705, los boters devuelven las armas prestadas. El 4 de septiembre de 1705, los tejedores hacen lo mismo.
52. H. Kamen, La guerra…, op. cit., pp. 302-304.
53. ARV, Generalidad, 3274, 26 de octubre de 1705. Es curioso cómo estas guardias no aparecen relatadas en las provisiones el día de su constitución; las encontramos en la provisión antes señalada, con motivo del nombramiento de nuevos artilleros encargados de llevarlas a cabo. ACA, Consejo de Aragón, Secretaría de Valencia, leg. 939, doc. 10. La petición está fechada en 9 de agosto.
54. ARV, Generalidad, 3274. Los electos que acuden a esta reunión por el estamento eclesiástico son: Juan Pertusa Bonastre, por el teniente general de la orden de Montesa; Antonio Milá, delegado del obispo de Segorbe; Roberto Ferrer, delegado del abad de Benifassá; Fernando Loris de la Torreta, delegado del capítulo de Tortosa, y José Carbonell, delegado del prior de Valdecrist. Actúa como síndico del estamento, Vicente Carroz Pardo de la Casta. Por el estamento militar acuden a la reunión: Félix Falcó de Belaochaga, José Martí Jofre, Juan Ruiz de Corella Vergadá, Francisco Puchasons y Vicente del Olmo. Actúa como síndico del estamento, Felipe Armengol de Folch. Por el estamento real, acuden a la reunión: José Siurí, delegado de Crisógono Almella, racional de la ciudad de Valencia; Félix Ximeno Salvador, delegado de Félix Ximeno, su padre, y Félix Cebrián Arazil, delegado de Onofre Esquerdo. Actúa como síndico, Fausto Escolano, delegado de Ignacio Zapata. Los abogados de los electos son Juan Batiste Folch Lluqui y Mauro Zapata.
55. BUV, Mns. 460, José Vicente Ortí y Mayor, Diario…; hace referencia a él en el día 19. ARV, Generalidad, 3274, 20 de agosto. En esta fecha los diputados pagan a Mateu Ferrer por el correo que ha enviado al monarca, con el aviso de la llegada de la armada enemiga; y claro está, de la situación de Denia.
56. H. Kamen, La guerra …, op. cit., p. 304, sitúa la caída de Denia el día 17 de agosto. BUV, Mns. 17, J.V. Ortí y Mayor, Papeles Varios, La sitúa el día 18 de agosto, día en el que el virrey comunica la presencia de la armada. Enrique Giménez López, «Els borbónics valencians davant la pèrdua de Dènia el 1705», Aguaits, 24-25, 2007, pp. 9-20, esp. pp. 12-13.
57. Sobre estas cuestiones véanse las páginas 208 y siguientes de este libro.
58. BC, Col·lecció Bonsoms, Mns. 5666, «Relación de la entrada que hizieron en la ciudad de Denia, Reyno de Valencia, las armas de la Magestad Católica, del Rey nuestro Señor Don Carlos III (que Dios guarde) el día 18 de agosto de 1705.»
59. ARV, Generalidad, 3274, 22 y 23 de agosto de 1705. Las armas son recogidas por José Blasco y por José Monflorit.
60. Henry Kamen, La guerra…, op. cit., p. 304.
61. ARV, Generalidad, 3274, 7 de noviembre de 1705. Una vez más la embajada no aparece reseñada en los libros de provisiones. Nos enteramos de la misma después de comprobar los gastos realizados por el subsíndico. En sus cuentas se nos detalla lo gastado en esta embajada ante el virrey. Henry Kamen, La guerra…, op. cit., pp. 304 y 305.
62. María Carmen Pérez Aparicio, «Las relaciones entre el rey y el reino…», pp. 456-457.
63. BUV, Mns. 17, José Vicente Ortí y Mayor, Papeles Varios, Recoge la caída de Tortosa en septiembre; la de Vinaròs en octubre.
64. ARV, Generalidad, 3274, 30 de septiembre. Se despacha correo al monarca en el que se le comunica la caída de Tortosa el día 27 de septiembre. También se le remiten cartas al conde de Aguilar, y al virrey. ARV, Generalidad, 3274, 2 de octubre de 1705.
65. José Vicente Ortí y Mayor, Manifiesto de que no hubo rebelión en Valencia en los sucesos del año 1705 y los siguientes, BUV, Mns. 17.
66. ARV, Generalidad, 3274, 3 de octubre 1705. Los diputados adoptan decisiones de forma verbal sin que se ponga ninguna por escrito.
67. ARV, Generalidad, 3274. 6 de octubre 1705.
68. La permanencia de las tropas de Nebot en Valencia se debe al abandono de las tropas de Salazar hacia Cataluña, pues entonces se decide que permanezcan en el reino las del mariscal Luis de Zúñiga y las de Rafael Nebot. BUV, Mns, 17, José Vicente Ortí y Mayor, Papeles Varios. Para todas las fuentes consultadas, la elección de Rafael Nebot para estas misiones en el Reino de Valencia fue, como poco, discutible. Así lo señala Henry Kamen, La guerra…, op. cit., pp. 305 y 330. En esas páginas nos confirma su origen catalán y su parentesco, hermanos, con Juan Nebot, teniente de caballería que fue sorprendido conspirando contra el rey. Por este motivo, tuvo que huir del Principado. José Manuel Miñana, De bello rustico..., op. cit., pp. 47-51. El autor lo describe como un oficial catalán, que había intervenido en el asedio de Gibraltar. Más tarde, se refiere a él en los siguientes términos: «…decidido a imitar el perjurio de sus hermanos, que en Catalunya poco antes habían empujado a la rebelión a sus propios compatriotas y vecinos…». También hace referencia al papel que juegan los hermanos Nebot en la rebelión valenciana, al hablar en los siguientes términos de la rebelión en Vinaròs, «…con la llegada de José Nebot con unos pocos mercenarios, cambia su palabra dada…» José Vicente Ortí y Mayor, Manifieso…, op. cit., BUV, Mns. 17. Nos muestra como la desconfianza hacia el regimiento de Nebot obliga incluso a escribir al monarca comunicándole el peligro que supone. Peligro, que viene motivado por la constancia que poseen del trasvase de hombres a las filas austracistas.
69. ARV, Generalidad, 3274, 8 de octubre.
70. Figura relevante en la revuelta austracista, secretario del Ayuntamiento de Valencia del que hablaremos en las páginas correspondientes, lo podemos incluir dentro de esas decisiones dudosas, adoptadas por la Generalidad, por su actitud ante la rebelión. Aunque, como veremos, no le pasó únicamente a la diputación valenciana. Pese al cometido encomendado, se pasó al bando austracista desde los inicios de la revuelta. Para José Manuel Miñana, De bello rustico..., op. cit., p. 49. «No eran ajenos a tales confidencias, (la revuelta) Vicente Torres, que era secretario de los jurats de la ciudad de Valencia, enviado allá por los magistrados para liquidar la soldada a la tropa…».
71. Los miembros de la Generalidad que adoptan estas medidas son los siguientes: Jaime de Cardona, delegado de Antonio Ubilla; José Severio y Cardona, conde de Villafranqueza; Gaspar Pérez y Sanchis, delegado de José Pérez; Jacinto Ortí, delegado del cabildo de Orihuela; Francisco Catalá de Monsonis; Andrés Gozalvez, delegado de Tomás Pérez; como diputados. Están presentes en la misma como contadores: Antonio Milá, delegado del arzobispo de Segorbe; José Vicente Ortí y Mayor, delegado de Félix Palavessino; Nacianceno Porcar, y Emmanuel Molner, delegado de Francisco Rubio. Pedro Gil Dolz, delegado del obispo de Orihuela, y Galzerán Anglesola, asisten como clavarios. Juan Bautista Ferrera, delegado de Juan Bautista Belloch Sanz, es el único administrador presente. El asesor es Juan Bautista Losá. El síndico, Emmanuel Alós. Los abogados, Mauro Zapata y Juan Bautista López de Perona. El escribano de la reunión, Agustín Queyto.
72. Los electos que acuden a esta reunión por el estamento eclesiástico son: Juan Pertusa Bonastre, por el conde de Cardona; Antonio Milá, delegado del obispo de Segorbe; Antonio Zapena, delegado del maestre general de la Merced; Miguel Mascarell, comendador de Torrent; Manuel Ferrer Proxita, comendador de Orxeta. El síndico del estamento es Vicente Carroz Pardo de la Casta. Los militares son: Felipe Lino de Castellví, conde de Carlet; José Martí y Chofre; Felix Falcó de Belaochaga; Francisco Puchasons, y Vicente del Olmo. El síndico es Felipe Gregori Alfonso, delegado de Felipe Armengol de Folch. Por el estamento real los electos son: Eusebio Almela, delegado de Crisógono Almela; Tomás Montes, delegado de Vicente Montes; Felix Ximeno, delegado de su padre; José Escudero, delegado de Francisco Franch. El síndico del estamento es Ignazio Zapata. Los abogados de los electos de los estamentos son: Mauro Zapata y Juan Bautista López de Perona.
73. La petición es de 30 de septiembre, y la orden se recibe el 4 de octubre. José Vicente Ortí y Mayor, Manifiesto…, op. cit., BUV, Mns. 17.
74. ARV, Generalidad. 3274. 22 de octubre y 7 de noviembre.
75. ARV, Generalidad. 3274. 6, 10 y 22 de octubre. 7 de noviembre, el memorial de gasto presentado por Mathías Villacampa nos muestra la existencia de correos enviados el 14 y el 30 de octubre.
76. José Vicente Ortí y Mayor, Manifiesto…, op. cit., BUV, Mns. 17. María Carmen Pérez Aparicio, «Las relaciones entre el rey…», pp. 468-469.
77. ARV, Generalidad, 3274. 7 y 16 noviembre.
78. Vamos a recordar brevemente los pasos que se han seguido para llegar a esta situación. La declaración de caso inopinado se produce el 20 de agosto. La asignación de fondos para cubrirlo asciende a la cantidad de 4.000 libras procedentes de los derechos nuevos. El 29 de agosto entregan a los tres estamentos 300 libras con cargo a esos fondos. El 8 de octubre se entregan 2.000 libras a Torres Eximeno. Las 1.700 libras restantes se entregan en la fecha señalada.
79. El 10 de octubre se señalan 5.000 libras para cubrir el caso inopinado de Tortosa y Vinaroz. El 7 de noviembre entregan 1.500 libras a Monflorit por encargo del virrey. La petición del virrey ascendía a la suma de 3.000 libras, pero sólo entregan las comentadas 1500 libras. El 19 de noviembre entregan todos los fondos que poseen de derechos nuevos para tratar de satisfacer las 1.500 libras que no pudieron pagar el 7 de noviembre.
80. Sobre la junta de la costa en el momento de su creación y las bases de la defensa del litoral valenciano, Peligros Belchí Navarro, Felipe II y el virreinato valenciano (1567-1578). La apuesta por la eficacia gubernativa, Valencia, 2006, pp. 217 y ss. Sobre la convivencia de esta junta con la Generalidad en materia defensiva en la época de este trabajo, Sergio Villamarín Gómez, La Generalitat valenciana…, op. cit., pp. 39-40.
81. ARV, Generalidad, 3274, 25 de noviembre. José Vicente Ortí y Mayor, Manifiesto..., op. cit., BUV, Mns. 17. «Pues con los rumores aunque distantes de la guerra, se deliberó por el Reyno un tercio (que así se llamavan los que aora regimientos) de seiscientos infantes pagados por tiempo de seis meses de tiempo (sic) con solo la noticia que participó su Magt. de su salida para la campaña de Portugal, se dilató el regimiento para dos años continuos que el día 19 de abril de 1702 se entregaron todos los seiscientos completos…»
82. José Vicente Ortí y Mayor, Manifiesto..., op. cit., BUV, Mns. 17. Recoge esta situación en un mensaje que se envía al virrey mostrando el peligro de traición del regimiento de Nebot. La misiva lleva fecha de 2 de diciembre. El nombramiento de virrey sí se recoge en el Ayuntamiento de Valencia. AMV, Lletres Misives, g3-63, p. 246. La carta viene fechada el 17 de noviembre de 1705. «La més gochosa notícia que podia esperar esta ciutat en les ocurrències presents, y o, seria en tots temps és la que V. Exa. se ha servit participar-nos de haver Sa Magestat (que Déu guarde) fet elecció de V. Exa. Per a nostron virrey, y capità general…»
83. José Vicente Ortí y Mayor, Diario..., op. cit., 11 de diciembre de 1705.
84. ARV, Generalidad, 3274, 12 de diciembre.
85. Vicente Graullera Sanz, Los notarios de Valencia y la guerra de sucesión, Valencia, 1987, pp. 31-32.
86. ARV, Generalidad, 3274, 14 y 15 de diciembre. José Vicente Ortí i Mayor, Diario…, op cit., p. 88.