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1. ESPACIOS AGRARIOS EN EL BAJO EBRO EN ÉPOCA ANDALUSÍ Y DESPUÉS DE LA CONQUISTA CATALANA (SIGLOS XI-XIII)*

Helena Kirchner Universitat Autònoma de Barcelona

Antoni Virgili Universitat Autònoma de Barcelona

La ciudad andalusí de Madîna Ṭurṭûša capituló ante las huestes del conde de Barcelona, el Común de Génova y otras fuerzas aliadas en diciembre de 1148, tras seis meses de asedio. La conquista supuso la puesta en marcha de un proceso de colonización de la región que generó la redacción de centenares de documentos.1 La mayor parte de estas escrituras reflejan alienaciones de inmuebles y contienen información relevante sobre la ciudad, los asentamientos rurales y el espacio agrario que encontraron los conquistadores (ubicación de parcelas, cultivos, lugares de residencia, caminos, acequias, molinos, pozos, norias, etc.), y también sobre las modificaciones introducidas por ellos a lo largo de las décadas siguientes.2 La abundante información de los textos, conjuntamente con la prospección arqueológica, la toponimia y la arqueología hidráulica ha permitido establecer con precisión el mapa de los asentamientos, distribuidos a ambos márgenes del Ebro. Concretamente, la investigación realizada para identificar los espacios de cultivo, mediante los métodos de la arqueología hidráulica (Barceló, Kirchner y Navarro, 1995; Glick y Kirchner, 2000), la confección de mapas detallados de los parcelarios y la interpretación de estos mediante la contrastación con la información documental, los análisis derivados de los métodos de la geoarqueología, la carpología y las dataciones radiocarbónicas ha permitido una reconstrucción bastante ajustada del paisaje agrícola de la región (Kirchner, Virgili y Antolín, 2014; Alonso, Antolín y Kirchner, 2014; Puy et al., 2014; Kirchner, Virgili y Puy, en prensa; Kirchner et al., 2016). Así mismo, se ha realizado un estudio detallado de la trama urbana de la ciudad andalusí y las modificaciones realizadas a raíz de la conquista a partir de los restos arqueológicos, arquitectónicos, de la morfología de la trama urbana actual y la documentación escrita (Kirchner y Virgili, 2015).

1. LOS ASENTAMIENTOS RURALES

1.1 Las referencias documentales y la toponimia

La mayor parte de los asentamientos y topónimos documentados se alineaban a ambas orillas del Ebro. En algunos casos, es difícil de determinar su entidad puesto que la documentación apenas los describe. La terminología utilizada para definirlos es «lugar» (Som, Tivenys, Bítem, Arram, Aldover, Labar, Bercat, Vila-roja, Palomera, Raval, Castellnou, Algezira Mascor, Alcántera, Beniguerau, Fazalfori, Vinallop, Mianes), «villa» (Benifallet, Aldovesta, Som, Tivenys, Bítem, Xerta, Aldover) o «almunia» (la Aldea y el Antic). Sin embargo, la mayoría de documentos no califican el topónimo; sencillamente se localiza el inmueble objeto de transacción con la fórmula in o apud seguida del topónimo. A menudo se califica indistintamente de «lugar» y de «villa» el mismo topónimo. El uso del vocablo «villa» suele ser tardío en relación a los prime-ros documentos, ya de finales del siglo XII o principios del XIII. Ambos, lugar y villa, podrían designar formas de poblamiento concentrado, a pesar de ser, en algunos casos, muy pequeños. Así puede interpretarse a partir de referencias a casas, mezquitas o necrópolis y sepulturas.3 Se mencionan también «términos» en relación a lugares que en algún momento son calificados de castrum o castellum (Quart, la Aldea, Xalamera, Som, Castellnou, Amposta). Algunos asentamientos han permanecido como núcleos habitados y han mantenido el topónimo (Benifallet, Tivenys, Bítem, Quint, Aldover, Xerta, Vinallop, Amposta). Otros pueblos de formación más moderna podrían haber ocupado espacios de habitación abandonados, de los cuales no ha perdurado el topónimo (Jesús, Roquetes, Raval de Cristo que sustituyen probablemente Palomera, Vila-roja y Raval), puesto que están situados en puntos elevados de la terraza fluvial y muy cercanos a los espacios de cultivo identificados. Otros topónimos han perdurado en masías que son mencionadas como mansi en la documentación de los siglos XII y XIII (Arram, Xalamera, Mianes), o se ha perdido el topónimo pero han podido ser situados con precisión (Labar, o Llaver, en la torre de Corder y el yacimiento de Casa Blanca, Bercat en la torre del Prior, Aquilen o Aguilen en Campredó), o de manera más aproximada (Algezira Mascor, Alcántera, Beniguerau, Fazalfori, Quart). Estos últimos están situados alrededor de la desembocadura del barranco de Sant Antoni y en la confluencia del antiguo camino de Valencia.

Buena parte de esta toponimia se ha identificado con topónimos árabes descriptivos o bien, alguno de ellos, como topónimos de origen clánico. Algunos hacen referencia a las estructuras hidráulicas. Labar sería la forma plural, al-âbâr (pl. de bi’r, «pozo»); Bercat proviene de birka («balsa» o «safareig»,4 en la documentación latina); Burjasénia és claramente burj as-sâniya; burj se traduce habitualmente como torre, pero también puede tener el significado de «casa de campo», por lo que el significado podría ser «torre o casa de la noria».5 Otros hacen referencia a las riberas fluviales: las algeziras (al-jazîra, «isla») son islas fluviales, no necesariamente rodeadas de agua completamente; Xerta podría derivar de šarṭa («meandro»); Aldover podría provenir de al-duwwar («lugarejo»), pero también se puede relacionar con al-dawwâra («meandro») que da Aldovara (Cáceres), y también podría estar vinculado a la ganadería, como Zocodover (Toledo) (sûq al-dawâb, «mercado de animales») (Corriente, 1977: 26, 33, 67); Tivenys podría ser tibbin («serpiente, cono de agua») o tib («río o riachuelo»). Algunos topónimos se pueden relacionar con reduplicaciones de nombres: el río Baytâm (Tobna, Algeria), daría Bítem, y Mayâniš (al-Mahdiyya, Túnez), sería el origen de Mianes. La Aldea se relaciona habitualmente con ḍay‘a («lugarejo, pueblo», «granja, finca»). No obstante, no se puede descartar dayah, que en Marruecos designa «lago, estanque», «agua estancada entre canales o acequias», significado que, en el contexto donde se encuentra la Aldea, rodeada de aguazales, sería coherente. Fazalfori vendría de faḥṣ al-hurî («campo del granero»). Como topónimos clánicos tenemos Vinallop (Banû Lubb), probablement bereber, Beniguerau y Benifallet, no identificados (Barceló, 1987; Barceló coord., 1999). Quart (o Quarto) y Quint (o Quinto y Chint) podrían tener relación con la vía romana, indicando miliarios (Pallí, 1981: 358; Arrayás, 2005: 387-397).

La red de caminos se menciona a menudo en la documentación. Todos los asentamientos de ribera estaban comunicados por sendas vías públicas de recorrido paralelo al río. Se documentan pasos de barca para atravesar el Ebro en Tortosa, Benifallet, y probablemente, Amposta. La vía pública del margen izquierdo del río era conocida, a partir de Tortosa dirección norte, como vía de Benifallet, y dirección sur, como camino de Camarles o de la Aldea. En el margen derecho, la vía hacia el sur era llamada camino de Valencia, que a la altura de Vinallop se bifurcaba: un ramal seguía el curso del río hasta Amposta, mientras el otro ascendía hacia el altiplano para seguir en dirección a Ulldecona. La antigua vía Augusta procedente de Tarragona se dividía en el Perelló. Un ramal se dirigía hacia Tortosa por el Coll de l’Alba, mientras el otro iba paralelo a la línea de costa enlazando los núcleos litorales hasta llegar al Ebro (Morote, 1979: 150-151). Los asentamientos y la toponimia documentada, así como los escasos yacimientos arqueológicos localizados se alinean a lo largo de estas vías o a poca distancia de ellas.

1.2 Los yacimientos arqueológicos

El registro de yacimientos arqueológicos es relativamente escaso, en comparación con la toponimia documentada. Muchos de los asentamientos han quedado probablemente cubiertos por las tramas urbanas de las actuales poblaciones. Sin embargo, a lo largo de las vías de comunicación y en estrecha relación con los espacios de cultivo se conservan todavía algunos yacimientos islámicos identificados, casi siempre, por hallazgos cerámicos de superficie, algunos muros y algunos silos.

En el margen izquierdo del Ebro solo hay restos significativos en el Coll de Som, donde se ha encontrado abundante cerámica en superficie, y se observan muros que se pueden atribuir al período andalusí. No obstante, la localización en este punto elevado y de difícil acceso parece identificarse más con un punto de vigilancia que con un asentamiento. Un documento lo menciona como castellum Summum, donde habría habido un pequeño huerto con olivos (año 1163, DCT: 134), y por tanto, el lugar se distingue claramente de lo que habría podido ser un asentamiento habitado en la llanura de Tivenys, en su extremo norte, donde se concentraban las parcelas atribuibles a este asentamiento. En esta zona no se han hallado restos debido a la intensa transformación reciente de la vertiente con medios mecánicos, convertida en terrazas para albergar el cultivo de cítricos6.

En el Mas del Bisbe se conserva aún una capilla gótica construida durante el episcopado de Arnau de Jardí (siglo XIV) y dos torres con base de sillares tallados y alzado de tapia que requieren un estudio pormenorizado antes de proponer una cronología. En un campo adyacente al complejo arquitectónico actual, los aparceros que explotan las tierras han detectado la existencia de estructuras que, por la descripción que hacen, podría tratarse de silos. El topónimo actual y su emplazamiento pueden relacionarse con la donación que hizo, en 1154, el conde de Barcelona Ramón Berenguer IV al obispo Gaufred y a la Catedral de Tortosa de un campum de Bitem quod in tempore sarracenorum fuit regis (DCT: 47), confirmada por el papa Adrián IV en 1156 (hospicium et campum de Bitem, DCT: 52; 64). También, en estas fechas, un tal Gandulfo Carbonera, genovés, donó al obispo y a la sede lo que tenía in campum de Bitem qui fuit regis. A su vez, lo había recibido del conde de Barcelona y estaba situado al sur de la posesión episcopal, lindando con la vía pública de Benifallet al este, con el Ebro, al sur y oeste, y con las tierras del obispo y la catedral, al norte (DCT: 56). Las afrontaciones son coherentes con la actual propiedad del obispado, el Mas del Bisbe, justo al sur del pueblo de Bítem. Con la donación de Gandulfo se completaba un espacio homogéneo en poder de la sede de Tortosa, el mansum del obispo, mencionado de esta manera en diversos documentos de donación a censo de las parcelas que lo formaban.

Al sur de Tortosa, en el cerro donde se levanta una torre del orden del Temple conocida con los nombres de Torre de la Llotja y Casa del Prat, probablemente del siglo XIV, hay abundantes fragmentos de cerámica andalusí en superficie, un muro que delimita la colina en parte, así como alineaciones de piedras en la vertiente de levante.

En la torre de la Aldea, excavaciones relativamente recientes permiten dar sentido a hallazgos antiguos, como un miliario romano, señalando un probable hito de la Vía Augusta, que coincide con el eje viario documentado en la Edad Media (Rams y Pérez, 2010). La excavación ha documentado una ocupación romana del siglo I dC que se prolonga hasta los siglos IV y V dC. Superpuesta, se ha identificado la fase islámica sin precisar, por ahora, las cronologías. Esta fase está constituida por una fortificación que aprovecha en parte las estructuras romanas y que consiste en un edificio cuadrangular de grandes dimensiones (15 x 24,5 m) con muros de 1,5 m de grosor, en torno al cual parece que habría silos y estructuras más propiamente de habitación que no han podido ser excavadas. Posteriormente a la conquista cristiana se mantuvo la ocupación y se levantó encima de estas estructuras una torre de planta circular (Rams, Pérez 2010). Finalmente, en el manso del Antic se encontró un solo fragmento de cuello de olla andalusí; existe, en cambio, un yacimiento romano de una cierta entidad.

En el margen derecho del Ebro hay más densidad de hallazgos. El promontorio llamado Puig de la Caldera de l’Arram debió ser el asentamiento andalusí del lugar de l’Arram, si tenemos en cuenta la cantidad de fragmentos de cerámica en superficie y las alineaciones de piedras que delatan la existencia de muros. El cerro fue cortado por el lado del río, a levante, y por el paso de la actual carretera, a poniente, circunstancia que impide tener una visión global del yacimiento. Solo la prominencia del lugar justifica que fuera calificado de castellum en un documento del año 1196, en el que se reconocían los derechos del monasterio de Poblet en Xerta y en el castello Alaran (CP: 186).

En Xerta, la existencia de restos arqueológicos (cerámica, silos) en dos puntos elevados situados justo en el límite de la llanura aluvial (Arenalets y finca catastral 43053A01800203, parcela 203) indica que el actual emplazamiento del pueblo es posterior. Al norte de la torre de Corder (Labar, Llaver), coincidiendo con los restos romanos de la masía de la Casa Blanca (Revilla, 1998), hay cerámica andalusí en abundancia.

Al sur del Raval de Cristo y sobre la terraza fluvial hay un yacimiento arqueológico andalusí de una cierta entidad (Racó d’Omedo). Está situado en una plataforma que sobresale de la terraza fluvial cerrada por un muro de tapia de dimensiones considerables. Se encuentran abundantes restos de cerámica en superficie, mayoritariamente, de los siglos XI y primera mitad del XII. En la desembocadura del barranco de Sant Antoni se encuentra el yacimiento del Pla de les Sitges (mas de Xies), sobre la terraza fluvial,7 En el Mas de Giner, ligeramente al sur, también se han encontrado silos con materiales andalusíes.8 Estos asentamientos se pueden relacionar con diversos topónimos de la zona: Beniguerau, Algezira Mascor, Alcàntera, Fazalfori o Quart. Las lindes de las parcelas documentadas permiten situarlas en la desembocadura del mencionado barranco o algo más al sur.

Junto a Amposta, en el Molinàs, se han hallado enterramientos andalusíes (Bosch, Faura, Villalbí, 2004). Por su parte, el castillo andalusí de Amposta ha sido bien documentado en excavaciones que han permitido fechar algunos muros andalusíes en la segunda mitad del siglo XI (Villalbí, Forcadell y Artigues, 1994).9

Estos emplazamientos siguen pautas similares. La mayoría de lugares de asentamiento y de espacios de cultivo se sitúan por encima de la zona inundable determinada en los mapas de riesgo de inundación de la Agència Catalana de l’Aigua, en especial la que corresponde a períodos de retorno de 50 años. Los lugares escogidos para las zonas de residencia se encuentran o bien en el margen de la llanura fluvial (Benifallet, Tivenys, Bítem, el mismo perímetro medieval de la ciudad de Tortosa, Aldover, yacimiento de Casa Blanca, Vinallop); o bien en áreas ligeramente elevadas con respecto a la llanura, aprovechando pequeños cerros (yacimientos de la Caldera de l’Arram, Arenalets, finca catastral 43053A01800203, Amposta), o bien sobre la terraza fluvial, en puntos donde esta forma espolones avanzados sobre la llanura fluvial (yacimientos del Racó d’Omedo y del Pla de les Sitges). Todos quedan espacialmente vinculados a las áreas de cultivo, las cuales han podido ser delimitadas. Por este motivo, se puede proponer que los emplazamientos actuales de Jesús, Roquetes y Raval de Crist hubieran podido ser asentamientos andalusíes: se sitúan sobre los espolones que forma la terraza fluvial, excavada por barrancos que proceden de las montañas de Els Ports y en los flancos de los espacios de cultivo documentados y reconstruidos mediante el trabajo de campo y la prospección. Finalmente, los emplazamientos del extremo meridional de la ribera fluvial, alineados justo donde empieza el delta (Camarles, el Antic, la Granadella, la Aldea, Burjassénia y Candela), estaban situados en pequeñas elevaciones del terreno o afloramientos rocosos en una zona de marjal y aguazales denominada el Prat (Prado) de Tortosa en los documentos, y que cubría desde el sur de la ciudad hasta la línea de costa a lo largo de ambas orillas del Ebro (fig. 1).


Fig.1. El Bajo Ebro: asentamientos y espacios de cultivo.

2. LOS ESPACIOS DE CULTIVO

El cauce del río era mucho más amplio y disperso que en la actualidad. La progresiva conquista de terreno cultivable ganado a la orilla y la regulación del caudal del Ebro han posibilitado estabilizar sus márgenes y añadir extensas franjas cultivables en ambas orillas que se pueden reconocer por sus parcelarios ordenados en campos alargados perpendiculares al río, a menudo con canales de drenaje activos, como en la llanura de Castellnou, o la de las Arenas. En las fotografías aéreas se perciben límites parcelarios redondeados, paralelos al río, que fosilizan antiguos márgenes fluviales. La documentación escrita, el análisis de la morfología de los parcelarios y la pros-pección sobre el terreno son tareas fundamentales para poder identificar cuáles eran los espacios cultivados y su distribución a lo largo de las dos orillas y en relación a los asentamientos.

2.1 Los espacios de cultivo vinculados a los asentamientos rurales

Los espacios de cultivo constituyen conjuntos de parcelas compactos, adyacentes a los núcleos de residencia, dispuestos a lo largo de las vías de comunicación que se disponen de norte a sur, paralelas al Ebro. La mención del río y la vía de comunicación principal (via publica) en los lindes este y oeste, según el margen donde se encuentre la parcela, indican que el cauce era mucho más ancho y disperso que en la actualidad y, en consecuencia, el espacio cultivable de la llanura fluvial era mucho más estrecho. Los conjuntos de parcelas se situaban en puntos donde el terreno quedaba ligeramente más elevado respecto a la orilla fluvial. La vía de comunicación, que también pasaba por esos terrenos más elevados y unía los diferentes asentamientos, atravesaba los parcelarios, puesto que se documentan parcelas situadas a ambos lados. En los lindes de las parcelas, además, se puede apreciar que unas eran contiguas a las otras formando agrupaciones homogéneas.

En cambio, la falta de contacto entre parcelas asociadas a asentamientos vecinos indica que se trataba de parcelarios discontinuos, sin tocarse entre sí, y entre ellos existían espacios yermos o aguazales fluviales. Los parcelarios estaban situados, al igual que las áreas de residencia, en las zonas de ribera de cota ligeramente más elevada y que podían quedar al margen de las crecidas del río. Actualmente, coinciden en general con los límites de riesgo de inundación calculados por frecuencias de retorno de 50 años, según la Agència Catalana de l’Aigua. Ello no descarta que estos espacios no pudieran ser excepcionalmente afectados por inundaciones.

Otro factor común a estos parcelarios es su localización junto a la desembocadura de los barrancos. Es, justamente, en estos puntos donde la acumulación de sedimentos aportados por los torrentes ha creado pequeñas islas de terreno ligeramente elevadas por encima de la cota fluvial. El método hidráulico mayoritario de captación de agua eran pozos equipados con norias, esporádicamente mencionados en la documentación.10

Las algeziras de la documentación, se refieren a espacios que estaban claramente rodeados de estanques y, en parte, por el cauce del río. La documentación parece indicar que tenían un aprovechamiento silvo-pastoral pero también de cultivo puesto que se mencionan árboles y parcelas desde fechas muy tempranas. Sus lindes, además, no parecen indicar una contigüidad respecto a los parcelarios adyacentes a los núcleos habitados y en las áreas de deyección de los torrentes.11

Las almunias y rafales son a menudo mencionados sin hacer referencia a un topónimo concreto, excepto en los casos de la Aldea o el Antic. Sus límites y algunos detalles sobre los elementos que los componen permiten identificarlos como espacios de cultivo que constituyen, probablemente, parcelarios homogéneos, aunque rodeados de prado, lagunas y eriales que serán objeto de operaciones de artiga después de la conquista.12

2.2 Madîna Turtûsa y sus espacios de cultivo

Madîna Turtûsa se vinculaba a dos espacios de cultivo. En el norte de la madîna, la huerta de Pimpí (orta de Pimpino, o Pampino en los documentos) constituía el primero de los espacios adyacentes a la vía de comunicación que sigue paralela al río. Se trata de una zona bien documentada, con 24 escrituras formalizadas entre 1148 y 1212 que legalizan diversas transacciones y proporcionan detalles de los cultivos de las parcelas y su localización. A menudo, la vía pública que de Tortosa se dirigía hacia el norte, y el cauce del río, se mencionan en los lindes de las parcelas. Estas se distribuían, por tanto, a lo largo de la vía y la ribera fluvial formando un parcelario compacto y alar-gado. El 50 % de las parcelas eran huertos y no hay menciones a canales o acequias. En cambio, constan algunas referencias a pozos y norias. En un caso se describe la infraestructura hidráulica que debió caracterizar este parcelario: se transfirió un huerto con la noria y la alberca que recogía el agua elevada por el mecanismo accionado por un animal (orto cum puteo, cenia et çafareg).13 También había un pozo junto a la puerta de Remolins (AASAB: 268), probablemente, el mismo que poco después, en 1157, Ramon Berenguer IV dio a la orden del Hospital: orto cum ipso puteo et cenia (Delaville I, 195). La irrigación de estos huertos, por tanto, no se realizaba mediante canales derivados del río.

La prospección sobre el terreno, el análisis de la morfología del parcelario y la elaboración de planos permite detectar diferencias en las formas y distribución de las parcelas del área actual de la huerta de Pimpí. Se distinguen dos franjas paralelas al río. La más cercana al actual cauce del río es la más reciente, conquistada a costa de los espacios inundables. La otra franja, de 18 ha de superficie, tiene las parcelas distribuidas a ambos lados de la actual carretera, la cual sigue el trazado de la antigua vía pública, probablemente, con bastante exactitud. Las parcelas de esta segunda franja son las que han de identificarse con las mencionadas en la documentación del siglo XII. La algedira d’Abnabicorta, llamada también illa Xiquina, concedida a los judíos por Ramón Berenguer IV en 1149 (CPFC: 76), estaba formada íntegramente por huertos de los que se mencionan los nombres de los antiguos poseedores andalusíes, se situaba justo al norte de las murallas de la madîna, actualmente, una zona completamente urbanizada (fig. 2).


Fig. 2. Tortosa, la huerta de Pimpí, las Arenas y el prado de Tortosa.

Al sur de la ciudad se abre una gran llanura fluvial que constituía el segundo espacio de cultivo vinculado a la madîna, de unas 500 ha en la actualidad, y que ocupa el espacio delimitado por un gran meandro, entre el río al oeste y los primeros contrafuertes montañosos al este. Los documentos lo identifican con el nombre de las Arenas (se conservan unos 70 documentos) (Virgili, 2010a). El parcelario se sitúa a ambos lados de la vía que lo atravesaba, llamada de Camarles o de la Aldea. Existen hasta nueve menciones a acequias, siempre situadas en los límites de las parcelas. Estas acequias configuraban una red jerarquizada de morfología ortogonal: había una acequia mayor (cequia maior) (DCT: 293, 316) y una acequia media (esequia media) que lindaba con una algezira (DCT: 97), localizadas siempre a este u oeste de las parcelas y, por tanto, de trazado norte-sur, que constituían los ejes principales. Había otras acequias siempre citadas en los límites norte y sur de las parcelas y, en consecuencia, dispuestas perpendicularmente a las primeras. Estas no reciben calificativos, excepto en un caso, cuya posesión se atribuye a Ambròs de Sant Ponç (DCT: 305), por lo que todo parece indicar que se trata de canalizaciones menores mencionadas de manera genérica: cechia, illa cequia (DCT: 97, 297, 395, 541, 637; DSC: 79). En este sector, las parcelas son calificadas de piezas de tierra o campos que, presumiblemente, se destinaban al cultivo de cereales, y no parece que estuvieran sujetas a irrigación.

La prospección sobre el terreno ha demostrado que las acequias documentadas no tenían por finalidad distribuir el agua de regadío, sino que constituían una red de canalizaciones para drenar los aguazales de ribera y regular y evacuar el agua de lluvia de los torrentes. La construcción y el mantenimiento de las acequias de drenaje eran tareas imprescindibles para acondicionar las tierras para el cultivo y mantener aquellas zonas incultas en condiciones accesibles, o también como pastizales. La notable cantidad de menciones a acequias en la documentación latina inmediata a la conquista muestra que la red de drenaje estaba, cuando menos, parcialmente construida. La prospección y el análisis del parcelario indican que los canales de drenaje se excavaron en diversas fases sucesivas. La progresión de la conquista de tierras habría seguido las direcciones norte-sur (de más cerca a más lejos de la madîna) y de este a oeste (de las zonas más alejadas del cauce del río hacia las más cercanas y más expuestas a la inundaciones y a la acumulación de las aguas pluviales). En el momento de la conquista, según indica la documentación, solo el área más cercana a la madîna y una parte de la franja más alejada de la ribera fluvial estaban acondicionadas para el cultivo, preferentemente de cereal. El cauce del río, como ya hemos dicho, tenía que ser mucho más ancho que ahora, con lechos e islotes cambiantes. Algunas riberas se han fosilizado también en el parcelario y marcan los límites de algunas de las fases de bonificación (fig. 2).

2.3 El prado de Tortosa

A continuación, en la misma orilla hacia el sur empezaba lo que los documentos denominaban el prado (prato Tortuose), un extenso espacio de aguazales de ribera fluvial caracterizado por la presencia de lagunas y estanques, con islotes repartidos por un ancho lecho fluvial, y la vegetación característica de estos medios lacustres. Se trataba, en suma, de una zona inundable por las crecidas del río y las aportaciones de los barrancos procedentes de las sierras adyacentes y, por ello, un terreno inestable y sujeto a cambios, en especial la franja de terreno más cercana al cauce. A lo largo de la vía de comunicación que enlazaba Tortosa y la Aldea se pueden situar una serie de topónimos, como Aquilén o Aguilén (que acaba derivando en Naguillem y En Guillem, que corresponde al actual pueblo de Campredó), Quinto (prato de Quinto) y Pedrera, asociados, en la documentación, a algunas parcelas cultivadas y canales de drenaje. En Quinto había una cequia de Prato (DCT: 305) con trazado de norte a sur y que debía funcionar como eje principal del sistema de drenaje. En cualquier caso, las referencias a zonas incultas indican que esta zona de prado no estaba exhaustivamente drenada. La prospección y el análisis del parcelario han permitido detectar dos espacios con una morfología parcelaria diferenciada del resto. Eran lugares a una cota ligeramente más elevada con respecto al resto de la ribera fluvial y que coinciden con los puntos de descarga de dos barrancos procedentes de las sierras de levante paralelas al Ebro. Las parcelas tienen formas que tienden a ser irregulares, mientras que en el resto de la orilla son alargadas, de medidas similares entre ellas y perpendiculares al río para facilitar el drenaje.14

El prado se extendía río abajo hasta llegar a la línea de costa donde se alineaban una serie de núcleos en puntos estables del terreno: Camarles, la Granadella, el Antic, la Aldea, Burjasénia y la Candela, en cuyo entorno existían parcelas cultivadas rodeadas de prado, yermos y garrigas, según se ha expuesto más arriba.

3. LAS TRANSFORMACIONES AGRARIAS POSTERIORES A LA CONQUISTA FEUDAL

La conquista cristiana de Tortosa en 1148 representó el inicio del proceso de implantación del orden feudal, que empezó con el repartimiento, y cuyo resultado puso las bases de la formación y la consolidación de los grandes señoríos feudales (Virgili, 2001, 2007). Paralelamente, la conquista supone también la substitución de la población andalusí autóctona por una población de conquistadores y colonos cristianos procedentes de las regiones feudales. La población andalusí, muy reducida en sus efectivos, se concentró en la morería de la ciudad de Tortosa y en los asentamientos más septentrionales, a partir de Benifallet y río arriba; en Aldover, Tivenys y Xerta permanecieron unas pocas familias (Virgili, 2010b). Más allá de un mero cambio de poderes, el orden feudal supuso la subs-titución de las pautas agrarias que regían la sociedad andalusí, de modo que las décadas inmediatamente posteriores a la conquista permiten estudiar el alcance de las transformaciones de que fue objeto el espacio rural. Los procesos de colonización impulsados por los señores y protagonizados por los campesinos cristianos tuvieron lugar bajo unas nuevas directrices en la organización de los procesos de trabajo y en la orientación de la producción que modificaron substancialmente los ciclos agrarios existentes, así como la morfología y, sobre todo, las formas de gestión del espacio rural andalusí, de acuerdo con la lógica de la producción y captura de la renta feudal (Kirchner, 1995, 2003, 2012; Torró, 1995, 1999, 2003, 2012a, 2012b; Ortega, 2010; Virgili, 2010a).

3.1 Transformaciones en los núcleos de residencia

Una de las modificaciones más visibles afectó los núcleos de residencia, tanto rurales como urbanos. Como se ha mencionado, los topónimos en cuyos alrededores se localizan los parcelarios son calificados a menudo de «lugar» o de «villa», identificando diferencias en su entidad urbana. La presencia de mezquitas o necrópolis parece avalar concentraciones, posiblemente pequeñas, de casas. Serían los casos de Aldover y Xerta en la orilla derecha, y Benifallet, Aldovesta, Som y Tivenys en la izquierda, así como, evidentemente, la ciudad de Tortosa. Algunos de estos lugares quedan abandonados desde el principio como Aldovesta o Som y todos los que han dejado yacimientos arqueológicos, mientras que otros se consolidan y perduran. En algún caso parece que se produjo un cambio de emplazamiento sin alejarse demasiado de los originales, como parece revelar la mención a la villa vetula de Aldover (DCT: 253) o la existencia de yacimientos arqueológicos cercanos a las villas como els Arenalets, respecto a Xerta. Es posible que la trama urbana de Xerta tenga origen en un parcelario urbano nuevo. Bítem también parece ser el resultado de la organización de una villa nueva, y desde inicios del siglo XIII consta ya la erección de la iglesia de Santa María (DCT: 778, 1070, 1193).

Los cambios más significativos, sin embargo, se observan en la ciudad de Tortosa al ser, sin lugar a dudas, el centro de recepción de la mayor parte de colonos cristianos. Estos adaptaron las estructuras urbanas existentes, no solo modificando los usos y servicios de muchos edificios (cambios en la alcazaba, en las áreas comerciales, la conversión de la mezquita en catedral, o del edificio de las atarazanas en zona residencial al ser adjudicado a la comunidad judía, entre otros); de más envergadura, todavía, fueron las transformaciones urbanísticas, al ser abandonados total o parcialmente algunos barrios (villa Ollaria, o Badaluc) a la vez que se urbanizaban otros espacios, como el nuevo barrio del Alfàndec y la Grassa, a partir de las directrices para edificar solares (platee) que contenían los establecimientos urbanos (ad edificandum domos).15

3.2 Ad plantandum, ad seminandum, ad inferendum

Los conquistadores integraron y adaptaron las infraestructuras hidráulicas y los espacios agrarios andalusíes a sus necesidades, y esos cambios se concretaron sobre todo en la roturación y puesta en cultivo de espacios previamente destinados a otros usos agrarios con el fin de promocionar el cultivo de cereales, viñedos, olivares y árboles frutales, cuyas cosechas eran objeto de una demanda y consumo crecientes en la sociedad feudal y, en especial, en los núcleos urbanos. Unos contratos agrarios, las donationes ad censum (los precedentes de los establecimientos enfitéuticos) fueron los instrumentos jurídicos utilizados para fomentar e imponer unos cultivos específicos, bien exigiendo una parte de la cosecha en forma de los frutos apetecidos por los señores, bien mediante la imposición de unas condiciones y cláusulas que obligaban a los campesinos a sembrar cereales (ad seminandum) y a plantar (ad plantandum) o injertar (ad inferendum) viña, olivos u otros árboles.

En el área de las Arenas, justo al sur de Tortosa, los conquistadores encontraron una red de acequias de drenaje que permitía dedicar principalmente al cultivo del cereal y a pastizal una parte del gran meandro que traza el Ebro (Puy et al., 2014; Kirchner, Virgili y Puy, en prensa). Ello explica que la documentación califique de terra y campum tres cuartas partes del centenar de parcelas que se repartieron y alienaron. Los colonizadores tenían ante sí grandes extensiones de terreno que podía convertirse en tierra de labor. Los textos sugieren asociar las parcelas calificadas de campo con la siembra de cereales, puesto que a menudo se acompañan con la voz seminatura/s, se fija la superficie en medidas según la capacidad de semilla para sembrar (cuarteradas, cahizadas), o se especifican los cereales (ordeum, bladum, triticum, frumentum).16 Las parcelas designadas como terra resultan más difíciles de asociar a un cultivo concreto. A menudo, los contratos de censo formalizados sobre piezas de tierra imponen la condición ad seminandum o ad plantandum, por lo que se trata de parcelas que se ponen en explotación, o bien son objeto de un cambio de cultivo inminente. No es infrecuente encontrar tierras plantadas de vides.17 La voz terra, pues, puede ser empleada de forma genérica para designar una parcela o bien para referirse a unidades de tierra campa destinadas a ser explotadas desde aquel instante mediante cultivos específicos. Es así como los conquistadores potenciaron la siembra de cereales y, sobre todo, a partir de las dos últimas décadas del XII, la plan-tación de vides, según constatan los contratos ad plantandum vinee que se formalizaron (Virgili, 2010a). La conversión de espacios de esta índole en tierras de labor a través de las cláusulas ad seminandum y ad plantandum vinee destacan por su número en estas áreas en vías de transformación, como las Arenas en la orilla izquierda.18 También la orilla opuesta, a la misma latitud, en Palomera o Vila-roja, que constituían el sector más septentrional y periférico del prado de Tortosa, se formalizaron contratos de estas características (DCT: 219, 713). Sin embargo, no es posible apreciar, en el parcelario actual, áreas claras de expansión o de creación de nuevos parcelarios adyacentes a los andalusíes. Las cláusulas que establecen los cultivos pueden estar afectando a parcelas ya existentes en el momento de la conquista.

La ampliación de espacios de cultivo impulsada por los colonizadores cristianos se produjo, sobre todo, en las zonas de prado al sur de Tortosa, a partir de las Arenas hasta la misma línea de costa, en Aquilen-Quinto (actualmente, Campredó), Granadella, el Antic, la Aldea, Campos o Burjasénia. Pero también se ponen en cultivo terrenos adyacentes a las orillas fluviales, hasta entonces incultos, en zonas situadas más al norte, como Xerta o Tivenys. En ambos casos, se trataba de «ganar» tierras, en expresión de J. Torró (Torró, 2010, 2012; Torró, Esquilache y Guinot, 2014) en las zonas de marjal y prado, y en las ínsulas fluviales (algeziras), tal como se han descrito más arriba. El proceso afectó poderosamente el medio y la biodiversidad, y supuso el paso de unos aprovechamientos ancestrales de caza, recolección y pastos para la ganadería, para impulsar cultivos especulativos de viña, cereal y frutales. Veremos los ejemplos de Xerta y del Antic con más detalle.

3.3 El cultivo de las orillas fluviales: el ejemplo de Xerta

La mayoría de los inmuebles rústicos documentados en Xerta que fueron objeto de transacción durante las primeras décadas después de la conquista de 1148 constituyen un parcelario compacto, sin apenas contacto con la orilla fluvial, si nos atenemos a la ausencia de lindes con el Ebro. Es probable, pues, que este parcelario se correspondiera, a grandes rasgos, con el antiguo espacio de cultivo andalusí. Los documentos indican la existencia de un parcelario en tierra firme, con parcelas de tierra, huertos, viñas, olivos o árboles. En relación a ellas hay cuatro menciones tardías a acequias, en 1182 y 1200, situadas siempre al norte o al sur de las parcelas por lo que debían tener una orientación oeste-este, perpendicular al río y probablemente tenían una función de drenaje (DCT: 348; CTT: 119; CP: 215). También hay un par de menciones a pozos: en 1160, un honor cum arboribus, cum puteis, cum vineis (DCT: 112), y en 1174, un honor, situado probablemente en Xerta, tenía casas, tierras yermas y cultivadas, huertos, viñas, árboles y olivos, cum puteis, ceniis et molendinis (DSC: 178). Este parcelario, excepto los molinos, debió ser el de origen andalusí, regado con pozos y norias. Sin embargo, la escasa documentación y el crecimiento del núcleo urbano de Xerta hacen difícil delimitar el espacio andalusí. Debió corresponder, problemente, a las zonas D y C o parte de ellas (fig. 3), regadas con norias y situadas a los pies de los dos núcleos de residencia detectados por prospección. La zona D es la que mejor resguardada se encuentra de las crecidas fluviales, fuera del perímetro de riesgo.19 El drenaje de algunas parcelas cercanas a la orilla pudo ser posterior a la conquista según las fechas tardías de los documentos. La algezira (isla fluvial) con su canal o alalegio, no era objeto, antes de la conquista, de cultivo generalizado, aunque ya existe una referencia temprana que posiblemente alude al canal, en la donación que hace Ramón Berenguer al monasterio de Valldaura (después Santes Creus), en el 1158, de la almoniam de Xerta (...) ab lo rech et ab lo caprech (DSC: 77)20.

La acequia de Xerta, captada en el barranco de les Fonts, en el término de Paüls, no aparece mencionada en los documentos más tempranos y tampoco los molinos. No formaron parte del espacio agrario andalusí, aunque la red de acequias secundarias de riego cubre actualmente todo el meandro y se superpone a las áreas de cultivo andalusíes y feudales. Retomaremos esta cuestión en un epígrafe más adelante.

A inicios del siglo XIII se observan los primeros impulsos de colonización de la algezira de Xerta, por iniciativa del obispado de Tortosa. El 2 de abril de 1205, Gombau de Santa Oliva, obispo, y Ponç, prior del cabildo, daban a Iucef Avinali, sarracenus, una viña situada en la algezira de Xerta, cum terra inculta que adheret predicte vinee, con los árboles, a censo de dos mazmudinas durante cinco años, con la condición de explotar la parcela y plantar el yermo (expletes et labores ... et quod plantes terra inculta) (DCT: 649). La pieza lindaba al este con el Ebro, al sur y al oeste con el honor de Joan de Puig, y al norte con el alalix de Xerta. La voz alalix y otros derivados de la misma, como alalegium, alfalig, alhalegio, es de origen árabe (al-halij), que significa «golfo», y que designaría un remanso de la corriente, un lugar de aguas tranquilas (Bramon, 2012: 17). La mayor parte de los documentos relativos a la algezira y al alfalig corresponden a fechas alejadas de la conquista, como ya se ha advertido, y son establecimientos con la condición de plantar, circunstancia que debe relacionarse con los nuevos procesos de colonización agraria en estos espacios adyacentes a la orilla, y que no estaban en cultivo en época andalusí.

El 14 de mayo de 1205, las mismas dignidades de la catedral establecían a Aly Moafac, sarracenus, una pieza de tierra in capite algezire de Xerta, a censo de la cuarta parte de los frutos, a condición de plantar viña, olivos y árboles (DCT: 652). Los límites indicaban la proximidad de la orilla fluvial, ya que el Ebro figuraba a levante y al norte, al sur con el honor de Guillem de Bonastre y a poniente con el alhaligio. En junio de 1205, días después, se formalizó un nuevo establecimiento, esta vez a favor de Pere Bord de Tivenys sobre un honor ad plantandum et laborandum, a censo de la cuarta parte de los frutos, el diezmo y la primicia (DCT: 653). El honor estaba in capite inferiori algezire de Xerta,21 y lindaba al este, sur y oeste con el Ebro y al norte con el honor de Joan de Puig, el mismo teniente que figuraba en el primer documento mencionado. La algezira fluvial de Xerta estaba rodeada por el Ebro en tres de sus lados (norte, este y sur). El el alalegio quedaba situado al norte y al oeste. Estaba dividida, por lo menos, entre cinco tenientes: los tres sarracenos ocupaban el sector norte, Pere Bord el sur, y Guillem de Bonastre (mencionado en uno de los lindes) y Joan de Puig la parte central (DCT: 649 y 653).

El 3 de diciembre de 1207, de nuevo Gombau y Ponç daban a Arnau de Xerta el alalegium de Xerta y un campo adyacente, llamado de Santa Maria, a condición de plantarlos de árboles, a censo de la cuarta parte de frutos, el diezmo y la primicia (DCT: 698). El alalegium lindaba con otros honores por todos los lados excepto con el Ebro por el oeste. El campo de Santa María lindaba al norte con el alalegio, y al sur con el Ebro. Disponemos de un último documento por el que el obispo y el prior establecían a dos familias sarracenas una pieza de tierra situada in capite algezire de Xerta, ad laborandum, con las tierras cultivadas y yermas, con la tierra, los olivos, las higueras y toda suerte de árboles, a censo de la cuarta parte de las cosechas, el diezmo y la primicia (DCT: 777).22 Lindaba al norte y al este con el Ebro, al sur con el honor de Guillem de Bonastre, ya citado, y al oeste con el alalegio. Las orientaciones de esta parcela coinciden exactamente con el primero de los establecimientos citados, del año 1205, en cuyo instrumento se fijaba, recordemos, un plazo de permanencia de cinco años. Así, unos diez años después de formalizaba un nuevo contrato, tal vez después de una prórroga del primero; en cualquier caso, los dos se conceden a sarracenos.

Se trataba, pues, de un espacio de colonización tardía, más de cincuenta años después de la conquista, con la presencia de varios poseedores: además de los receptores de las donaciones mencionadas a favor de sarracenos y cristianos, había otros, como Joan de Puig, Guillem Garidell y Guillem de Bonastre, entre otros. Los documentos revelan las condiciones a que se someten los censatarios: roturar las tierras incultas.

No resulta fácil reconstruir el espacio que ocupaban el alalegio y la algezira de Xerta a partir de la documentación exhumada, ya que desconocemos como era entonces el cauce del Ebro en aquel punto. No obstante, se pueden observar algunas agrupaciones parcelarias y diferencias microtopográficas en la fotografia aérea, los mapas topográficos y la reconstrucción planimétrica. En primer lugar, el alalegio y la algezira eran contiguos puesto que en dos ocasiones el primero figura al norte y a poniente de la segunda. El alfalig de Xerta siempre linda con la algezira y también con otras parcelas u honores por lo que no queda claro si es un espacio de tierra firme o una zona del río (DCT: 649, 652). Las distintas piezas de la algezira lindaban con el Ebro: el sector septentrional, al norte y al este; el central, al este; el meridional, al este y al sur. Estas informaciones parecen situar esos espacios, el alalegio y la algezira, en el gran meandro que el Ebro traza delante de Xerta, y que actualmente constituye la parte más extensa de la huerta. El hecho de que el río figure al oeste en dos ocasiones, tanto del alalegio como de la parte sur de la algezira, sugiere que podía ser mucho más cerrado por los extremos que en la actualidad, hasta el punto de que pueda quedar al oeste de una parcela. Río arriba, la población de Flix, cuyo topónimo remite a las formas alalix o alfalix, se encuentra en un meandro muy pronunciado, donde una partida lleva el nombre de Les Illes, es un ejemplo de isla fluvial que en algunos puntos puede llegar a tener la orilla del río al oeste. Sin embargo, el significado del término árabe, si esta es la etimología correcta de alalegio, podría aludir a un brazal del río que separaría la algezira de tierra firme. Estos brazales, incluso canalizados, como en Miravet, reciben hoy en día el nombre de «galatxo».23 Así pues, el término alalegio podría aludir al brazal más o menos canalizado que debió separar la isla de la orilla y, por ello, lo encontramos en las lindes norte y oeste de las parcelas de la isla, situadas en el extremo norte (in capite algezira). Las situadas en el extremo sur (in capite inferiori algezire), mencionan el propio Ebro en el lado oeste, y el alalegio él mismo tiene el Ebro al oeste, en una ocasión. Los remansos de agua podían formarse tanto al inicio del meandro como al final, donde el brazo fluvial debía comenzar y acabar. La canalización mencionada en la donación de Ramón Berenguer al monasterio de Valldaura (después Santes Creus), en el 1158, de la almoniam de Xerta (...) ab lo rech et ab lo caprech (DSC: 77)24 podría ser el brazal canalizado ya seguramente antes de la conquista.

En el meandro de Xerta, en su extremo norte, existe un Mas del Galatxo, en una partida rural llamada «Les Illes». En la misma zona llega un camino procedente de Xerta llamado «camí de les Illes» que en su tramo final se divide en tres. Uno de los caminos adopta el nombre de camino de la Barca y es el que se dirige hacia el Mas del Galatxo. El topónimo alude seguramente a un paso de barca. Este camino y sus brazales transcurren por encima de la cota de 12 m.s.n.m. y delimitan la actual partida de las Illes (fig. 3, área B). este sería el espacio donde se produjo esta operación de colonización agrícola liderada por la sede de Tortosa. El resto del meandro se encuentra en cotas comprendidas entre los 12 y los 8 m.s.n.m. y sería colonizado posteriormente (fig. 3, área E). En la imagen aparece representado el canal de la derecha del Ebro que hoy en día atraviesa el meandro (fig. 3).


Fig. 3. Espacios de cultivo en Xerta.

3.4 La colonización del prado de Tortosa. El ejemplo del Antic: de la almunia andalusí a los mansos feudales

La almunia del Antic, situada en el extremo meridional del prado de Tortosa, cerca de la antigua desembocadura del Ebro, reúne todos los componentes que ponen de relieve el proceso impulsado desde la sede tortosina para convertir el espacio andalusí en tierras de cultivo, así como las fórmulas jurídicas para su gestión.

En la actualidad, el Antic es una partida localizada en el sector más occidental del término municipal de Camarles (Bajo Ebro). Es calificado de almunia en la documentación latina más antigua. Ramón Berenguer IV adjudicó a diferentes beneficiarios el distrito del Antic al proceder al repartimiento del término de Tortosa a raíz de la conquista cristiana de 1148. El Archivo Capitular de Tortosa conserva la documentación más antigua, una docena de escrituras fechadas entre 1153 y 1300. Estos documentos muestran una secuencia que refleja la evolución histórica de las primeras décadas a partir de la conquista: el repartimiento del espacio, la consolidación de los grandes señoríos feudales, los mecanismos de gestión y explotación de la tierra y las transformaciones en el paisaje agrario. Los documentos permiten situar el espacio con exactitud y precisión al mencionar los límites: la Granadella, la Aldea, Vinaixarop y el Ebro, y muestra también algunas de las características y componentes del paisaje: el prado con estanques y aguazales, garrigas, barrancos y montañas.

3.4.1 Del repartimiento a la consolidación de los señoríos en el Antic

El Antic es una de las unidades territoriales que fueron repartidas tras la conquista entre las instituciones participantes (iglesia y órdenes militares) o miembros relevantes de la jerarquía feudal (Virgili, 2007). El 27 de enero de 1153, el conde de Barcelona donó a Bertran de Castellet, como recompensa a su intervención en el asedio de Tortosa, la almunia conocida como el Antic (Antig), con sus pertenencias (prado, pastos, aguas), en franco alodio (DCT: 36). Desconocemos si el receptor realizó gestiones en relación a la explotación de esta almunia, pero en mayo de 1157, la vendió a Guillem de Copons, baile de Tortosa por designación condal, con todos los edificios, casas y paredes, con las aguas, los prados y los pastos, por 200 morabetinos de oro (DCT: 80). El documento pone de relieve la situación de la almunia en el prado, es decir, un paraje con estanques y aguazales, con la vegetación asociada a este medio, y pastos. A tenor de la cronología, 1153 y 1157, esta es la imagen del espacio que encontraron los conquistadores.

En su afán de extender y consolidar sus dominios los señoríos pusieron en práctica una activa política de adquisición de derechos e inmuebles. Así, el 20 de diciembre de 1170, Guillem de Copons y su esposa Tropiana la vendieron a Guerau, prior de Santa María de Tortosa y al cabildo por 400 morabetinos (DCT: 210). En trece años, el valor de la tenencia se había duplicado. Desconocemos si esa revalorización es producto de unas hipotéticas mejoras llevadas a cabo por iniciativa del baile condal. Sea como fuere, el comprador valoraba altamente la tenencia que adquiría. Queda demostrada también la gran capacidad financiera de la sede tortosina si podía invertir una cantidad tan elevada en una sola operación. Ya a manos de la máxima dignidad capitular, esta procedió a la gestión y explotación del Antic.

3.4.2 La gestión y explotación del Antic

Las dignidades capitulares optaron por una explotación indirecta a base de donaciones a censo (futuros establecimientos enfitéuticos). Ahora bien, su extensión aconsejó la división en unidades menores, los mansos, amojonados por la propia señoría. Los documentos siguientes muestran con claridad este procedimiento. Desconocemos asimismo, si se efectuó alguna intervención en el largo intervalo de 18 años que transcurre entre la fecha de compra y la concesión del primer establecimiento, el 18 de enero de 1188 (DCT: 419). Mediante este instrumento, Ponç, prior de Santa María de Tortosa, dio a perpetuidad a Pere Guasc, su esposa Maria y descendencia un manso situado en el término del Antic, llamado Mas Roig (mansum Rubeum), que lindaba a levante con el torrente que discurría entre este manso y el Antic, al sur con el prado, al oeste con el término de la Aldea y al norte con la garriga (in gariga). La donación incluía todas las pertenencias, cum campis cultis et heremis, y el receptor se comprometía a residir en el manso, trabajar, romper y mejorar las tierras y entregar anualmente, en concepto de censo, la quinta parte de las cosechas, el diezmo, la primicia y dos pares de capones por Navidad. Con estos compromisos el cabildo hizo entrega de seis cuarteradas de tierra destinada a huerto, en concepto de barquera,25 a censo de la décima parte. En el caso de no haber hijos legítimos de ese matrimonio el manso retornaría al cabildo con las mejoras y el edificio.

El primero de julio de 1203, Ponç, prior del cabildo de Tortosa, cedió a perpetuidad a Ermengarda de Avinyó y su familia un manso que tenían en el término del Antic, en la zona de prado y garriga (cum honore culto et heremo in prato vel garrica) para que roturen y trabajen lo que quieran y puedan en el interior de los lindes, delimitados con unos mojones ya colocados (quantum ibi excolere et rumpere volueritis et poteritis infra affrontaciones et fixuras que iam sunt ibi posite et signate), a censo de la cuarta parte de los frutos, el diezmo y la primicia (DCT: 633). Los límites eran: a levante con el honor del cabildo, al sur con el prado y todo lo que puedan roturar (quantum rumpere et excolere possitis), al oeste con el honor de Pere Guasc y la vía que conduce al prado (via que ducit ad pratum), al norte, hasta la montaña (usque ad montaneam). Añaden a la donación cuatro cuarteras de tierra para sembrar en concepto de barquera, a censo de un par de gallinas por Navidad.

El 13 de septiembre de 1210, Ponç, prior de Tortosa, y el cabildo daban a perpetuidad y a censo a Guillem Martí y su familia el Mas Roig (mansum Rubeum), situado en el término del Antic. Lindaba a levante con el camino que separaba este manso y el manso que Salvador tenía a censo por los donadores, a mediodía con el prado, a poniente con el término de la Aldea y al norte con la garriga (DCT: 738). Se impone la condición de residir (assidue habitetis) y de artigar el yermo (novale extrahatis). El censo se fijó en la cuarta parte, el diezmo y la primicia de las cosechas de cereal (annona ... grano intus aeram) y de la vendimia en las viñas. La donación incluía una pieza de tierra de siete cuarteras de cebada de sembradura para destinar a huerto y barquera, a cambio del diezmo y la primicia. El documento incluye una cláusula de control señorial que indica claramente las cosechas dominantes, el cereal y la viña: «no trillar la mies ni vendimiar sin la presencia (del prior) o la de su enviado, si no es con su permiso».26 Por el manso (entiéndase el edificio de residencia) librarán dos capones por Navidad. Parece que este establecimiento del Mas Roig corresponde al mismo espacio que había sido objeto de concesión a Pere Guasc y su esposa veintidós años antes, por lo que se podría especular con la ausencia de hijos de la pareja y la consiguiente ejecución de la cláusula de la fatiga por parte del prior. Sin embargo, sus nombres se reiteran en documentos posteriores, por lo que el de Guillem Martí debía constituir un nuevo manso cercano. Además, se menciona el manso de un tal Salvador, quien figura como censatario del cabildo, pero no consta un establecimiento previo, ni ninguna traza documental al respecto. Los límites de los distintos mansos no permiten delimitar las parcelaciones efectuadas. Por otro lado, tampoco se pueden descartar operaciones de subestablecimiento por parte de los receptores iniciales, dando lugar a nuevas unidades de explotación de menor superficie.

El 13 de mayo de 1217, Domènec, prior, en nombre de Ponç, obispo, y del cabildo daba a perpetuidad a dos matrimonios, Ramon Oller y su esposa Arsenda, y a Arnau de Peladella y su mujer Arnaldeta un manso en el término del Antic, cum honore laborato et heremo in prato et in garriga, quantum ibi laborare et rumpere poteritis infra affrontaciones et fexurias que iam ibi sunt posite et signate (DCT: 811). Lindaba al este con un honor de los cedentes, al sur con el prado, al oeste con el honor de Pere Guasc y la via que conduce al prado y al norte con la montaña. El censo anual se fijaba en la cuarta parte de los frutos, el diezmo y la primicia. Añadían a la concesión una barquera de cuatro cuarteras de semilla; debían de entregar dos pares de gallinas anuales por Navidad por la barquera y el manso, en el cual se comprometían a residir (et sitis stantes assidue ... in dicto manso perpetuo). Por primera vez en este lugar, los receptores estaban sujetos al pago de una entrada: la nada nimia cantidad de 200 sueldos jaqueses y dos vacas.

Habrán de transcurrir más de cuarenta años para hallar un nuevo documento de esta zona. El 30 de mayo de 1260, Guillem Martí y sus hijas, Maria y Martina, vendían a Vives de Alcover y su esposa Sibília el Mansum Rubeum, en termino del Antic, que tenían a censo de la cuarta parte de frutos por el prior, por 176 sueldos jaqueses (DCT: 1214). Los límites eran: con el camino que conducía al manso del difunto Salvador, ya mencionado, el prado, el término de la Aldea y la garriga.27 Así pues, Guillem Martí, ya anciano y, por lo visto, sin hijos varones, y sus dos hijas, vendían los derechos de este manso que habían recibido, como hemos visto, cincuenta años antes.

Meses después, el 26 de octubre de 1260, Pere de Puig, prior, establecía a Vives de Alcover y su esposa (los compradores del documento anterior) una heredad del término de la Granadella, en el lugar de Sentic (por Antic), con la tierra cultivada y yerma, y el lugar llamado Palma, que limitaba a levante con la Granadella (DCT: 1218). El compromiso se extendía durante 12 años, a censo de la mitad de las cosechas, el diezmo y la primicia, esta evaluada en la treintena parte.

El 8 de mayo de 1272, el mismo prior establecía a Pere de Torre y su mujer Elisenda sobre un honor en el lugar de Mas Roig (Mansum Rubeum), con tierra culta e inculta, plantas y árboles diversos, a censo de la quinta parte de frutos, el diezmo y la primicia (DCT: 1324). La donación incluía un campo en el mismo lugar, a censo de la cuarta parte de la cosecha (a excepción del primer año), el diezmo y la primicia. El prior ofrecía incentivos con la finalidad de fomentar la roturación de espacios incultos: eximía el pago del censo los dos primeros años (tota terra quam ibi arrabacetis de novo habeatis duos annos franchos). También se hacía entrega de una tierra en concepto de barquera, a cambio de dos pares de gallinas a satisfacer por Navidad.

El 12 de enero de 1294, los hermanos Bernat y Joan Comes, habitantes de Campors, término de Tortosa, daban a Guillem Guiot, prior de Tortosa, el manso que tenían a censo por él mismo en el término de Tortosa, citra flumen Iberis, loco vocato Antich, con las casas, corrales, edificios y tierras cultas e incultas con las plantas y árboles.28 Los límites eran: la Granadella, Vinaxarop, el Mas Roig y el mar. No existe constancia documental de este establecimiento previo a los hermanos Comes.

El 18 de agosto de 1299, Elisenda, viuda de Pere Roires y su hijo Joan daban a Serena, nieta y sobrina, respectivamente, y a su marido Ponç Perelló una pieza de tierra y un huerto del término del Mas Roig que tenían a censo de la quinta parte de frutos por el prior.29 Entre los límites de estas parcelas figuran el lugar de Palmerola (tal vez el mismo lugar que antes era llamado Palma), el torrente de las Carraques, la vía pública de Tarragona, los huertos de los donadores y la bassa de na Martina, en referencia a una de las lagunas del prado. Martina figura en un documento de 1260 (DCT:1214). En la actualidad no se conservan estos topónimos acabados de mencionar, excepto la vía de Tarragona, y como en el caso anterior, no disponemos del documento del establecimiento previo.

En conclusión, el prior del cabildo de la catedral de Tortosa, en el ejercicio de la señoría del Antic, dividió la antigua almunia en diversos mansos para establecer a los correspondientes tenientes. Los documentos muestran una gran homogeneidad jurídica. Los receptores recibían los terrenos en unas condiciones determinadas: se comprometían a residir en los mansos, explotar las tierras y artigar más terreno en dirección al prado, es decir, acondicionar los espacios de inundación y vegetación natural; se mencionan los cultivos preferentes: cereales y viñedos. También tenían que satisfacer los censos, habitualmente evaluados en la cuarta o quinta parte de las cosechas, el diezmo y la primicia (fijada en la treintena parte de los frutos), así como la entrega anual de gallinas o capones en concepto de residencia, o el pago de censos menos gravosos para las barqueras (piezas de extensión reducida destinadas a huertos para el consumo familiar). Se observa también la tendencia a formalizar los establecimientos del Antic a plazos temporales, o con condiciones (tener o no descendencia) a diferencia de la costumbre de efectuar cesiones a perpetuidad, y que autoriza alienaciones de los mansos o parte de ellos. Parece que la señoría quería tener un control estricto de la gestión de las explotaciones, sobre todo en lo que se refiere a la roturación de las tierras incultas del prado (novales). De este modo, las dignidades del cabildo podían recuperar las tenencias en caso de incumplimiento de las condiciones y negociar nuevas cesiones con otros tenientes.

En cuanto al paisaje, el Antic estaba situado, según ponen de manifiesto los límites mencionados, entre los cerros y las garrigas de sus lindes septentrionales y las llanuras del prado al sur. Se mencionan barrancos cuyo origen estaba en las colinas situadas al norte y en los contrafuertes de la sierra de Cardó en dirección al mar. El prado figura siempre hacia el sur y debía corresponder, entonces, al sector más periférico adyacente al Ebro y cercano a la antigua línea de costa. El término de la Aldea figura siempre a poniente y el de la Granadella a levante. En este entorno, la documentación revela la voluntad de introducir modificaciones en el paisaje agrario, en especial, la conversión de las áreas de recursos naturales del prado, previamente explotado como pastos o para la recolección, en tierra de cultivo, preferentemente cereal y viñedos, de acuerdo con las pautas que regían la agricultura feudal como generadora de rentas. La distribución de los terrenos de lo que había sido la almunia del Antic, situada en plena zona del prado, un espacio comunal y, aparentemente sin restricciones de acceso, dio origen a los mansos como unidades de explotación gestionadas por el prior del cabildo de la catedral de Tortosa. Para ello, previamente, se había procedido a un amojonamiento con el fin de delimitar las posesiones que se entregarían a los receptores de estos mansos. La presión sobre el medio por la presencia de los nuevos colonos y el hecho de tratarse de un espacio sujeto a cambios en la morfología del terreno, propios de una zona deltaica, derivaba a menudo en conflictos por estos límites, como ponen de manifiesto los documentos. En 1301, una causa judicial por la destrucción de un mojón entre los términos de la Granadella y Mas Roig (destruxerunt vel destrui fecerunt) dio lugar a una sentencia de reparación que tendría que ejecutar Pere Martí, señor de la Aldea; el mismo año, se tuvieron que redefinir los límites de los términos de la Granadella, Mas Roig, Vinaxarop y la Aldea, y dos años después, tuvo lugar un amojonamiento para delimitar los términos de la Aldea y Rocacorba.30

4. CONSTRUCCIÓN DE SISTEMAS HIDRÁULICOS PARA MOLINOS HARINEROS

El proceso de extensión de los sembrados es paralelo a la construcción de complejos de molinería y las infraestructuras para su abastecimiento de agua: captaciones en torrentes, mediante presas o azudes, y canalizaciones, a menudo largas conducciones, hasta el punto de destino. Es el resultado de la aplicación de una nueva hidráulica feudal que se pone en práctica en relación al abastecimiento de los molinos, las huertas urbanas y las propias villas en las regiones feudalizadas y también en las regiones de al-Andalus objeto de la conquista feudal.31 Los conjuntos de molinería documentados en el siglo XII eran los Molins del Comte, en Palomera (actual lugar de Jesús) que terminaron a manos de la sede tortosina, los de Xerta, del monasterio cisterciense de Santes Creus, en la orilla derecha del Ebro; el molino de Sedó, en el torrente de Sant Antoni, cuya construcción no está documentada, y el molino de la Pedrera, luego conocido como de Soldevila, que es el único existente en la orilla izquierda.

Solo en Xerta, en Palomera y en el conjunto de asentamientos situados en la desembocadura del torrente de Sant Antoni, en la orilla derecha, hay constancia documental y por prospección de acequias que captan el agua en los torrentes procedentes de las montañas. En todos los casos, el destino principal de las acequias actuales son conjuntos de molinos harineros y, subsidiariamente, la irrigación de parcelarios.

4.1 Los Molins del Comte y del Alcàsser

La construcción de los molinos conocidos como «Molins del Comte», en Palo-mera, y el molino del Alcàsser, de edificación posterior, está claramente documentada con posterioridad a la conquista (DCT docs: 141, 301, 517, 953). En 1164, el rey Alfonso el Casto confirmó la donación de su padre a Santa Maria de Tortosa de un lugar para construir un molino en las aguas que descienden de las montañas hasta el Ebro; y en 1178, el mismo monarca, con motivo de la consagración de la catedral románica, reafirmó esta donación y añadió la mitad de los molinos que habían sido construidos en aquel lugar.32 La conservación de restos de tres molinos encadenados y del topónimo (Molins del Comte) permite situar también el lugar de Palomera. Hay dos referencias tardías al molino del Alcàsser, todavía conocido con este nombre. La primera corresponde a un documento fechado el 23 de marzo de 1236, cuando el obispo y el prior de Santa Maria de Tortosa, en nombre del cabildo, entregan el molino a Bernat Moliner, por un censo anual de cuatro mazmudinas (DCT: 953). En el dorso del pergamino, que se encuentra en muy mal estado, se especifica la operación realizada (Stabilimentum molendini del Alcasser). A pesar de los problemas de lectura que presenta, el hecho de que se utilice la expresión verbal construxisti parece indicar que el receptor del contrato fue quien lo construyó. El 1 de septiembre de 1273, el obispo y el prior dan permiso a Maria de «Zalcacer» y a sus hijos Pere y Ferrer para construir un molino de cubo con madera y piedras aunque sin alberca ni nada que pudiera impedir el curso del agua hasta los molinos del Comte que, a pesar de pertenecer por donación al obispo, reciben este nombre hasta la actualidad.33 La concesión deja claro que el emplazamiento del molino estaría situado en un punto de la acequia que lleva el agua a los «molinos del conde» y, por tanto, anterior a estos. El hecho de que se identifique a María con el lugar del Alcàsser permite pensar que se trata otra vez del mismo emplazamiento. La acequia nace en el torrente de la Cervera y, tras un largo recorrido, abastece los molinos: en primer lugar el del Alcàsser, y luego los del Comte, todos situados sobre la terraza fluvial. El último de los tres molinos del Comte, construido sobre la vertiente de la terraza del barranco de la Cervera, echa el agua al torrente. El parcelario de fondo de valle que hay a continuación, de origen andalusí, entre los molinos y la desembocadura del barranco, protegido de las avenidas por medio de muros, no recibe ninguna acequia procedente del torrente en la actualidad, y se riega mediante pozos y norias (fig. 2)


Fig. 4. El sistema hidráulico de los Molins del Comte.

4.2 Los molinos de Xerta y la acequia del barranco de las Fonts

En Xerta, el análisis del parcelario, de la red de acequias y de la documentación permite proponer que el sistema hidráulico es una creación feudal. Las menciones a la acequia y a los molinos son de cronología tardía, de finales del siglo XII o principios del XIII (DCT: 410, 430, 756; DSC: 329). En una relación de los bienes del monasterio de Poblet en Xerta, una suerte de cabreve sin fecha pero que por las características formales podría ser de alrededor de 1200 (CP: 215), se cita una acequia pública que podría tratarse de la primera mención a la acequia de los molinos. Como se ha visto más arriba, la mayoría de parcelas documentadas a lo largo de la segunda mitad del siglo XII no lindaban con el cauce del río y no existen indicaciones que fueran regadas mediante una red de acequias como la actual y solo algunas menciones a pozos permiten proponer un riego mediante norias. La algezira, aparece en la documentación cuando se pone en cultivo ya en el siglo XIII y no recibía el agua de la acequia del torrente de las Fonts.

El trazado actual de la acequia, empieza en el azud construido en el barranco de las Fonts, en el término de Paüls, y en un punto donde existen abundantes fuentes de agua que emergen del mismo lecho del torrente. El recorrido de la acequia cambia de cuenca más adelante, mediante la construcción de un túnel que atraviesa una gran roca (la Foradada), con la finalidad de llegar al punto donde se instalaron una serie de tres molinos. Los molinos recibían el agua en primer lugar y después era canalizada para regar un espacio de huerta, en medio de la cual se encuentra la población de Xerta. El objetivo de la acequia era aportar el caudal necesario con el desnivel adecuado para instalar los molinos y, subsidiariamente, se irriga un parcelario preexistente, donde se conservan todavía varias norias de sangre y que, en parte, debió ser el de origen andalusí que aparece en los primeros documentos del siglo XII.

El sistema hidráulico queda bien descrito en el documento conocido como Privilegi de les aigües de Xerta, otorgado por Pere el Cerimoniós, rey de Aragón y conde de Barcelona, el 5 de febrero de 1383 (Añón, 1910).34 Este privilegio ponía fin a una controversia: los prohombres y la Universidad de la villa o lugar de Xerta habían sido denunciados porqué a causa de la sequía, contra los fueros y de forma ilícita se habían apoderado de las aguas corrientes del término del castillo de Paüls, contra la voluntad de su señor, Ramon Despuig, para regar sus tierras y propiedades. Se alude a que los antepasados de los habitantes de Xerta ya usaban esas aguas antes que Tortosa y las universidades, lugares y términos fueran «liberadas por nuestros predecesores (se refiere al conde Ramón Berenguer IV) del poder de los sarracenos o moros». El rey absolvía a los prohombres de la universidad de Xerta de esta acusación y concedía el uso de las aguas sin impedimento del rey ni de sus agentes. De la argumentación del documento se puede deducir, en definitiva, que a finales del siglo XIV, este sistema hidráulico se consideraba de origen andalusí. No obstante, la estructura del sistema y las menciones tardías a los molinos y a la propia acequia así como la similitud con el sistema de los Molinos del Comte, estos construidos indiscutiblemente después de la conquista, aconseja considerar la acequia de Xerta como una construcción feudal (fig. 3).

4.3 La acequia del barranco de Sant Antoni

Para la acequia del torrente de Sant Antoni contamos con la descripción de la llamada «acequia mayor» en un documento por el que el prior de la sede de Tortosa entregaba al hospitalario de la misma el diezmo de los honores de la parte inferior de la acequia mayor que venía de Marenxa y llegaba al Ebro por Algezira Mascor; y los honores estaban en Fazalfori, Vinallop y Mianes (DCT: 398).35 Por tanto, la acequia tenía su fin en el Ebro, a la altura de Algezira Mascor. Esta acequia es la que se menciona también en el Llibre del Pastoret (siglo XVI),36 al explicar el recorrido de un lligallo (cañada) procedente del «canyaret de Maranxa» hasta el «camino de Sedó» y enlazar con el camino de Valencia. Marenxa, pues, estaría entre la cabecera del barranco de Sant Antoni y el molino de Sedó, todavía existente en la casa homónima. El recorrido de la acequia ha sido reconstruido y, como el torrente, sigue la dirección oeste-este. Captaba el agua gracias a un azud en el inicio del barranco de Sant Antoni, en un punto donde hay fuentes de agua, y, tras un tramo de transporte bastante largo, alimentaba el molino de Sedó y permitía regar, por debajo de la salida del cárcavo, un parcelario de 2,4 ha, con alguna noria de sangre, situado en el margen derecho del torrente, donde la aportación de sedimentos ha contribuido a elevar la cota de la llanura fluvial en este punto.

Los tres diseños siguen pautas equivalentes: captación de la acequia en un torrente de montaña y un largo recorrido de transporte hasta llegar a los molinos, situados siempre donde hay posibilidades de instalar los cubos con los desniveles adecuados. Subsidiariamente, en dos casos, Xerta y Sant Antoni, la canalización, después de pasar por los molinos, permite regar parcelarios.

Es difícil saber, pues, hasta qué punto se aprovechaban en época andalusí las aguas de los torrentes. Si existieron derivaciones en los torrentes y acequias para regar no quedan trazas; y en cualquier caso, la construcción de los molinos obligó probablemente a modificar el recorrido de las acequias y el lugar de captación para rediseñar el sistema hidráulico y las estrategias de gestión. En Palomera, como hemos dicho ya, el espacio potencialmente irrigable fue cercado por un muro para protegerlo de las barrancadas y no recibe agua de la acequia de los molinos. En el interior del espacio protegido hay norias. También en el perímetro irrigado actual de Xerta se conservan algunas norias y alguna aparece mencionada en la documentación. Así mismo, en el huerto del molino de Sedó hubo una noria. Los tres espacios están situados a continuación de los molinos y solo el de Xerta y el del huerto del molino de Sedó reciben agua cuando los molinos han sido abastecidos.

4.4 El molino de la Pedrera

En el prado de Tortosa se documenta, también, un molino. En 1172, la familia Montcada adquirió un campo y el molino de la Pedrera, cercano a Quinto, con el canal que lo abastecía (caput rego). El conjunto era adyacente al Ebro, situado a poniente, y a una acequia y un aguazal (palud) al norte.37 La gente mayor de Campredó recuerda el molino de Soldevila, abastecido por dos fuentes. Probablemente, se trata del mismo molino documentado en el siglo XII. Su mención tardía y el contexto descrito de construcción de molinos y sus sistemas hidráulicos posterior a la conquista catalana permiten proponer que este molino reproduce la misma estrategia feudal.

5. CONCLUSIONES

La distribución de asentamientos andalusíes al norte y al sur de madîna Ṭurṭûša en las dos orillas del Ebro sigue pautas similares. La elección de los lugares donde construir parcelarios para el cultivo es el criterio determinante de los núcleos de asentamiento rurales. Eran conjuntos parcelarios ligeramente elevados con respecto a las cotas de las riberas fluviales, generalmente por encima de los límites con riesgo de inundación. Estas áreas se han formado especialmente en la desembocadura de los barrancos procedentes de las montañas vecinas, y donde han acumulado los sedimentos. Así, los parcelarios se localizan en el fondo de valle del torrente o bien al final de su antiguo recorrido, donde la deposición de sedimentos adopta forma de abanico. La documentación escrita demuestra que estos parcelarios eran discontinuos y formaban espacios compactos cultivados a lo largo de los márgenes del Ebro, desde Benifallet a Camarles en la orilla izquierda, y desde Xalamera a Amposta en la derecha. Además, se mencionan algeziras en los documentos, en referencia a su situación parcialmente rodeada de brazos fluviales y terrenos de aguazal, aunque no parecen haber sido objeto de cultivo ordenado. Efectivamente, el cauce fluvial era mucho más ancho y disperso, menos canalizado y más cambiante que en la actualidad. En el sur de Tortosa, en las Arenas y en el Prat de Tortosa hay numerosas referencias a acequias de drenaje. También en la orilla opuesta, desde Tortosa hasta Mianes, hay menciones documentales en este sentido. En estas áreas, probablemente por la existencia de aguazales y estanques más importantes, fue necesario excavar acequias para drenar el exceso de agua y canalizar las escorrentías de los torrentes. Los espacios de cultivo más directamente vinculados a la madîna siguen los mismos criterios generales que los espacios vinculados a los asentamientos rurales. Al norte, una huerta de 18 ha (Pimpí) era regada mediante norias y en el sur (Arenas) una red de canales de drenaje permitía el cultivo de cereales en un espacio de dimensiones indeterminadas comprendido en el interior del meandro del Ebro en este punto. Excepto en los espacios de ribera fluvial drenados, el medio utilizado para regar eran los pozos y las norias. No hay indicios de una dirección del estado en la creación de estos espacios que son el resultado de la observación de la hidrología, los relieves y los suelos, y se construyeron a partir de pautas homogéneas. Cuando se produce la conquista, en 1148, estaban en funcionamiento. Las dataciones obtenidas en el sondeo realizado en las Arenas indican que en el siglo VIII ya había empezado la desecación de los suelos húmedos de esta zona, inmediatamente después de la conquista árabo-bereber.

Este era el paisaje agrario que encontraron ante si los conquistadores a partir de 1148, después de conquistar Tortosa. Lo adaptaron, aprovecharon y modificaron de acuerdo con las pautas relacionadas con la producción, gestión y captura de la renta feudal. Así, de forma preferente, promocionaron el cultivo de cereales y la plantación de viñedos, se levantaron complejos de molinería que requerían la construcción de grandes infraestructuras, como largas canalizaciones, con el fin de abastecerlos de agua. Hacia finales del siglo XII y principios del XIII, a medida que llegaban nuevos colonos, los señores decidieron poner en marcha programas de explotación de tierras en zonas hasta entonces incultas o destinadas a pastizales o a la explotación y disfrute de recursos naturales, como las islas fluviales adyacentes al cauce del río (en Xerta, por ejemplo), o las áreas pantanosas y lacustres del prado, próximas a la desembocadura del Ebro.

No existen tampoco menciones a captaciones directas del Ebro, mediante presas, ni de las canalizaciones que pudieran resultar. El río no fue captado por los andalusíes ni tampoco por las primeras generaciones de colonizadores feudales. El primer intento de derivación del que tenemos constancia y que fracasó es de 1347, con un proyecto de azud en el margen izquierdo del Ebro a la altura de Som. Un siglo después se habían realizado las primeras obras; y los siguientes intentos de construir un azud en Xerta corresponden ya al siglo XVII (Vidal, 2006; Fabregat y Vidal; 2007).

Trigo y ovejas

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