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1. Introducción

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Como es sabido, la violencia de género tiene ciertas particularidades que motivan la necesidad de normas específicas para prevenirla, sancionarla y erradicarla, entre las que se destacan la Convención sobre la Eliminación de Todas Formas de Discriminación Contra la Mujer –CEDAW–, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Convención de Belém do Pará y, en Argentina, la ley 26.485, denominada Ley de Protección Integral Para Prevenir, Sancionar, Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los Ámbitos en que se Desarrollen sus Relaciones Interpersonales, entre otras relevantes.

Tal como advierten Giutta Creazzo y Rita Palidda (2014: 299) en los delitos específicos vinculados a esta materia, ocuparse de la violencia que acontece en el contexto de una relación de intimidad no es lo mismo que hacerlo respecto de los hurtos, los robos o el crimen organizado. Para las autoras, “[l]as relaciones de intimidad y las violencias que suceden en su interior están inmersas en un marco social, cultural e institucional específico, que debe ser tenido en cuenta”. También la Defensoría General de la Nación –DGN– ha considerado que las obligaciones del Estado en estas situaciones conllevan un deber de debida diligencia en la investigación y sanción de estos crímenes que presenta múltiples facetas. Las investigaciones deben tener enfoque de género, el personal debe estar capacitado y debe considerar el contexto general y particular en el que ocurrieron los hechos (DGN, 2015).

Sin embargo, la atención al contexto se encuentra ausente en el modo en que les magistrades –en términos generales– toman decisiones en los expedientes judiciales que les competen en esta materia (2). Así surge del informe elaborado por la Comisión sobre Temáticas de Género de la DGN, coordinada por Raquel Asensio, en el que se analizaron distintos casos que tramitaron en la Justicia Penal sobre violencia de género (2010) (3)(4)

En virtud de ello, sobre la base de algunas resoluciones que se tomarán solo a modo de ejemplo, en el presente trabajo se intentará mostrar cómo la incorporación en el discurso judicial de una mirada contextual puede contribuir a garantizar los derechos de las víctimas de violencia de género y obtener una solución más justa de estos conflictos.

Violencias contra las mujeres

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