Читать книгу Emergencias - Enrique Alejandro Contelles Díaz - Страница 11
0.2. Definiciones previas 0.2.1. Peligro y riesgo
ОглавлениеEl Anexo III del RD 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia define el PELIGRO como la probabilidad de que se produzca un efecto dañino específico en un período de tiempo determinado o en circunstancias determinadas.
Otras definiciones lo definen como cualquier fuente o situación con capacidad de producir un determinado daño. Estos pueden ser lesiones, daños a la propiedad, daños al medioambiente o una combinación de todos ellos.
Se trata, por tanto, de una característica intrínseca del elemento considerado ya sea un equipo, una instalación, un producto, una operación, el ambiente de trabajo, etc.
En el peligro reside un daño potencial.
El RIESGO es la probabilidad de que un determinado peligro se materialice en daño (entendiendo como tal la consecuencia final y no deseada de un riesgo). En nuestro caso, riesgo profesional será la materialización de un determinado peligro que está presente en el medio laboral. Así, existe el riesgo de caída de altura, atrapamiento por máquinas, quemaduras de la piel por un ácido, aparición de silicosis por inhalación de polvo de sílice o sintomatología de asfixia por inhalación de humo durante un incendio.
Dicho en otras palabras, un determinado peligro presente en una actividad se convierte en riesgo profesional cuando existe la probabilidad de que un trabajador llegue a estar en contacto directo con él. Por ejemplo, un determinado recinto de un edificio con una elevada carga térmica (más adelante estudiaremos este concepto y lo que significa) sin ningún medio de detección y/o extinción de incendios es un PELIGRO potencial que constituirá un RIESGO cuando en dicho recinto existan personas que lo habiten bien por cuestiones laborales bien por otro tipo de cuestiones.
Una determinada máquina trabajando sin protecciones es un PELIGRO potencial; constituirá un RIESGO cuando un trabajador se aproxime a sus engranajes accidentalmente o empiece a trabajar en esas condiciones con ella.
Cuando finalmente el RIESGO se materializa en un DAÑO podemos decir que estamos ante una situación de emergencia que requerirá, en función de sus características (incendio, explosión, amenaza de bomba, caída de un rayo, inundación, nevada… pero también infartos de miocardio, atrapamientos o lesiones con maquinaria o equipos de trabajo que requieran evacuación inmediata a un centro hospitalario…) de una actuación inmediata por parte de un colectivo personal.