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ОглавлениеPaola Andrea Acosta-Alvarado
Amaya Álvez Marín
Laura Betancur-Restrepo
Enrique Prieto-Ríos
Daniel Rivas-Ramírez
Fabia Fernandes Carvalho Veçoso
En medio de discusiones sobre derecho comparado, globalización, derecho internacional y sobre el legado colonial en la política global, varios colegas latinoamericanos coincidimos en que en nuestros países era extraño encontrar este tipo de aproximaciones a la historia y el derecho internacional. A partir de esta preocupación conjunta, decidimos empezar a cuestionarnos sobre la forma en la que se aprende y se enseña el derecho internacional en nuestra región. Así, las preguntas sobre las que estructuramos el proyecto giraban en torno a qué derecho internacional se enseña en América Latina y cómo se hace. En ese entonces, nuestro instinto, el cual resultó ser en cierta medida cierto, nos inclinaba a pensar que existían elementos pedagógicos y sustanciales que eran comunes en la región y, por tanto, las falencias y problemáticas que se encontraban en el contexto de cada uno de los integrantes terminaban siendo reiterativas y recurrentes en latitudes cercanas y análogas.
Latinoamérica es una región que se considera “periférica” a los centros tradicionales de creación del conocimiento, por lo que ha heredado las metodologías y aproximaciones a las diferentes disciplinas. En esa medida, frecuentemente el derecho se percibe y se transmite como neutral y único al reproducir las prácticas y concepciones eurocéntricas y “Estados Unidos céntricas” de la disciplina, desconociendo por lo general las ricas tradiciones y los importantes aportes latinoamericanos al derecho internacional. Tanto las perspectivas más tradicionales relacionadas con las teorías de la modernización como los enfoques más críticos de los autores dependentistas y decoloniales quedan hoy al margen del campo del derecho internacional en la región. Esta ausencia de diálogo con los cuestionamientos latinoamericanos de influencia global sobre la idea de modernidad en la región acentúa aún más el carácter descontextualizado y despolitizado de la práctica del derecho internacional en Latinoamérica, como si el derecho no tuviera ningún papel o implicación en proyectos de reforma y transformación social. En este sentido, sigue invisibilizada la función del derecho como catalizador de un modelo globalizante, que anula las características y particularidades de la región al servicio de una economía extractivista neoliberal.1
Partiendo desde allí, Redial ha sido un proyecto que se ha construido desde una motivación personal, pero a la vez por la firme convicción de la naturaleza emancipadora y transformadora que tiene la educación. Se trata también de una iniciativa que ha sido construida a varias manos y apostándole al diálogo y deliberación abiertos y colectivos, que ha logrado hacer de las barreras geográficas e institucionales cuestiones irrelevantes. Así, entonces, es una red y plataforma de intercambio y diálogo en la que buscamos compartir ideas desde nuestra experiencia como académicos/as de la “periferia”. Una red que permite el intercambio de experiencias y proyectos en un escenario desde el cual podamos articular el debate en torno a la educación en derecho internacional en la región latinoamericana y otras regiones del Sur Global.
Los primeros esfuerzos adelantados en el marco del proyecto han estado alimentados por experiencias propias de sus miembros y otros colegas latinoamericanos con quienes compartimos espacios en eventos nacionales, regionales e internacionales buscando establecer puntos de encuentro y de distanciamiento. A partir de ese ejercicio de catarsis, hemos identificado la ocurrencia de dichos patrones eurocéntricos, sesgados y coloniales que en un principio percibíamos de manera instintiva.
Al evidenciar que se trataba de una realidad común en la región, el proyecto empezó a cobrar más forma en la medida que, a partir de las primeras preocupaciones que teníamos y que detectábamos en nuestro caso y en el de nuestros colegas, decidimos llevar a cabo un trabajo mucho más estructurado sobre cada una de ellas. En ese contexto, empezamos a trabajar en investigaciones temáticas que después se convertirían en los artículos que integraron un número monográfico de la Revista Derecho del Estado en el segundo semestre de 2017. Los documentos que publicamos en ese entonces respaldaron y aportaron evidencia que probaba nuestra hipótesis inicial sobre la falta de neutralidad que existe en la educación en derecho internacional en América Latina.
En concreto, dicho número especial abordó al menos tres temas específicos que nos permiten afirmar dicho sesgo de la educación en derecho internacional en la región. En primer lugar, Fabia Veçoso realizó un cuidadoso estudio sobre la forma en la que en la historia reciente la discusión en torno a la enseñanza del derecho en la región ha sido desarrollada y, en particular, en lo relativo al papel que el derecho ocupa en en los proyectos políticos de transformación. Con el objetivo de mostrar cómo el estudio de la historia sobre estas discusiones es importante para efectos de poder encausar correctamente el proyecto Redial, Fabia muestra cómo la experiencia latinoamericana nos enseña que sí es posible pensar en una educación sensible al contexto regional en la que trascendamos la simple reproducción del conocimiento latinoamericano y promovamos, desde la visión latinoamericana, una transformación en el derecho internacional.2
Posteriormente, Laura Betancur y Enrique Prieto presentaron un riguroso análisis sobre los programas de diez cursos de derecho internacional en facultades de derecho de Bogotá, que arrojó interesantes conclusiones sobre los vacíos del conocimiento que estaban siendo creados con los discursos y aproximaciones que eran enseñadas. De esa manera, a partir de ese estudio preliminar fue posible concluir que, al menos en Bogotá, la educación (en pregrado) en derecho internacional se caracteriza por una marcada línea eurocéntrica clásica, no interdisciplinaria y en donde la enseñanza de la disciplina no tiene mayor relación con las problemáticas locales del país y de la región.3
Por último, Amaya Álvez y Arnulf Becker evidenciaron cómo el legado del autoritarismo en Chile ha afectado la concepción y la práctica del derecho internacional en el país. En ese sentido, muestran que pese a los avances que Chile ha tenido en términos de derecho internacional, el pasado colonial y los pueblos originarios siguen siendo invisibilizados dentro del escenario nacional.4
Estos resultados preliminares del trabajo del proyecto Redial fueron presentados y discutidos en el marco de un evento sin precedentes que fue organizado en conjunto por las universidades de los Andes, el Rosario y el Externado; y en el que más de doscientas personas de toda América Latina discutieron durante tres días sobre las cuestiones del imperialismo y el neocolonialismo en el derecho internacional,5 la historia colonial del derecho internacional6 y las perspectivas críticas en la educación en derecho internacional.7 Este escenario fue particularmente importante para efectos del proyecto en la medida en que se logró llegar a una gran audiencia de la región y a investigadores clave de otras escuelas de derecho internacional, que después abrirían las puertas al proyecto Redial en otras latitudes del Sur Global.
Desde ese entonces, Redial ha continuado la fase preliminar de su trabajo al avanzar en el diagnóstico sobre la situación actual de la enseñanza del derecho internacional. En esa medida, durante los últimos años se ha seguido recopilando información sobre los programas y las metodologías empleadas en la región.
Sumado a ello, también hemos ampliado nuestro enfoque respecto a la educación en derecho internacional, reconociendo que la enseñanza no puede ser reducida a los cursos de pregrado, sino que también tiene que ver con formación en posgrados y la pesquisa en derecho internacional. En esa medida, hemos avanzado también en un diagnóstico preliminar sobre los casos de Colombia y Chile. Fue así como pudimos evidenciar, por un lado, que la oferta de programas de maestría en derecho internacional en Colombia y Chile es limitada, pero que tiene el potencial de convertirse en una herramienta para incluir nuevas voces y percepciones del derecho internacional de acuerdo con el contexto local y regional. Por otra parte, también nos mostró que el sistema de publicaciones académicas en la región nos obliga a modular los temas sobre los que escribimos y nos fuerza a dirigirnos a una audiencia ajena a nuestros legítimos intereses.8
Ahora bien, a partir de estos resultados preliminares del proyecto que hemos presentado de manera breve, nuestras preocupaciones se han enfocado en tres cuestiones concretas: i) el proyecto epistémico latinoamericano en la enseñanza del derecho internacional, ii) los desafíos de la enseñanza del derecho internacional, y iii) los obstáculos a los que se enfrenta la educación e investigación del derecho internacional en América Latina.
Respecto a la primera, creemos que es vital tomar consciencia sobre los programas que enseñamos. Por esa razón, debemos preguntarnos sobre el por qué asumimos determinados contenidos y materiales y no otros, qué referentes y cuestionamientos incluimos y cuáles dejamos de lado, cómo esas decisiones nos sirven para conseguir los objetivos que se persiguen en términos de formación y sobre qué prácticas fomentamos con esto en el salón de clase.
Por otra parte, sobre los desafíos de la enseñanza del derecho internacional creemos que es determinante preguntarse por los objetivos de la educación en derecho internacional. ¿Se trata de formar abogados competentes para el litigio y la consultoría o, por el contrario, para moverse entre las normas y la política? ¿Quién define dicha competencia? ¿Qué espera el estudiante? ¿Qué criterio debemos tener en cuenta a la hora de enseñar el derecho internacional?
Y, finalmente, sobre los obstáculos a los que se enfrenta la educación e investigación del derecho internacional debemos preguntarnos sobre cuál es el papel del académico y cuáles deben ser los criterios que orienten su actividad profesional. ¿Debe limitarse a sistematizar y reproducir el conocimiento? ¿Debe ejercer un rol activista? ¿Debe aprovechar la educación como una herramienta para la emancipación y la transformación?
Naturalmente, las respuestas a estas preguntas dependerán del contexto y de los propósitos que tenga cada profesor, no obstante, nos aventuramos a ofrecer algunas desde el proyecto Redial.9 Por un lado, consideramos que es importante que dicha decisión sea a consciencia para que nuestros estudiantes sepan que existe una panorámica más compleja que aquella que se presenta desde la perspectiva mayoritaria tradicionalmente privilegiada. En ese mismo sentido, creemos que es vital comprometernos en la formación de buenos abogados y, por tanto, no podemos conformarnos con dotarlos de conocimientos sobre las reglas de juego actuales; debemos darles herramientas para que ellos mismos puedan articular los diferentes enfoques del ordenamiento que les permitan seguir cuestionando y cambiar esas reglas de juego. Finalmente, creemos que para poder abrazar la fuerza transformadora de la academia y del derecho, más allá de todas las preguntas que tenemos, resulta fundamental que el profesor-investigador sea consciente del método o paradigma desde el cual asume el derecho internacional pero, sobre todo, que se mantenga crítico a la interacción de los diversos métodos o paradigmas de forma coherente y responsable.
Con el ánimo de continuar la discusión en torno a estas interrogantes y abrir el diálogo a nuevos colegas de la región, con el apoyo de la Universidad del Rosario, en el año 2019 organizamos la Conferencia Redial 2019. En ese entonces, abrimos una convocatoria pública para invitar a los colegas de toda América Latina a compartir con nosotros sus experiencias, sus reflexiones y sus preocupaciones en torno a las diferentes herramientas y metodologías para la enseñanza del derecho internacional en perspectiva latinoamericana y del Sur Global, a los contenidos y temas para renovar la educación en la región y respecto a las perspectivas críticas, históricas y comparadas en la enseñanza del derecho internacional en América Latina.
Fue así como a partir de las discusiones que tuvimos durante esos días se sembró la semilla para los diez textos que componen este libro. Como el lector podrá apreciarlo, se trata de rigurosos trabajos que si bien atienden a metodologías y aproximaciones variadas, son resultado de procesos serios de investigación, los cuales estamos seguros que aportan nuevas ideas, herramientas y metodologías para repensar la educación en derecho internacional en América Latina.
El libro se encuentra dividido en cuatro partes a través de las cuales se muestran los avances en cuanto a nuevos diagnósticos sobre la educación en derecho internacional en la región; a nuevas propuestas metodológicas para la enseñanza del derecho internacional en el salón de clase; y sobre diferentes aproximaciones al estudio y comprensión del derecho internacional.
Así pues, la primera parte reúne dos nuevos diagnósticos sobre la educación en derecho internacional en América Latina, con los cuales se complementa el trabajo que Laura Betancur y Enrique Prieto adelantaron en el 2017 para el caso de Bogotá. En ese sentido, el primer texto corresponde a la investigación que Adriane Sanctis de Brito, Fabia Veçoso y Fabricio Lemos realizaron respecto a la enseñanza del derecho internacional en Brasil. En concreto, este primer diagnóstico sobre la situación brasileña se concentra en los programas de derecho internacional de las principales facultades de derecho de São Paulo y muestra cómo en este país se privilegia un enfoque centrado en los espacios tradicionales de resolución de controversias internacionales, descuidando los usos prácticos del derecho internacional en los contextos locales.
Después, se suma a los diagnósticos nacionales sobre educación en derecho internacional el trabajo que Carlos Villagrán y Luis Pedro Cazali realizaron en Guatemala. En él, a partir de una revisión crítica pedagógica y un análisis crítico de la epistemología de la educación legal en este país, se identifican algunos de los factores internos y externos que afectan de manera negativa la enseñanza del derecho internacional y la hacen coincidir con el caso bogotano, en donde predomina un corte eurocéntrico, funcionalista y descontextualizado con el contexto local.
En la segunda parte del libro, se incluyen algunas experiencias metodológicas sobre la enseñanza del derecho internacional en América Latina. En tal sentido, se presentan, de manera rigurosa, la utilización de dos herramientas concretas que sirven de cara a la enseñanza del derecho internacional en el salón de clase de pregrado.
La primera de ellas analiza, a partir del trabajo de campo, la utilización de estudios de caso para la enseñanza del derecho internacional. Así, Joséli Gomes, Rosa Borges y Tatiana Squeff exploran el potencial y las limitaciones que dicho método tiene para la construcción del conocimiento y la formación de aquellas habilidades que requiere un profesional contemporáneo.
La segunda, en cambio, comparte la experiencia de la construcción metodológica de un libro que pudiese servir para un curso de derecho internacional en el ámbito latinoamericano. Se trata del trabajo de Walter Arévalo, quien en su artículo explica la forma en la que se construyó en términos metodológicos y sustanciales el libro Manual de derecho internacional público: fundamentos. Tribunales internacionales y casos de estudio, a partir del trabajo colaborativo entre el profesor, los estudiantes, investigadores y miembros de la Red Latinoamericana de Revistas de Derecho Internacional.
Por último, la tercera parte agrupa diferentes formas de acercarse al estudio del derecho internacional. En tal sentido, algunas de las contribuciones que aquí se incluyen utilizan conceptos y métodos que, si bien resultan tradicionales para el estudio de otras áreas del derecho, resultan novedosos frente al estudio del derecho internacional en la región.
Para empezar, Germán Sandoval muestra la importancia que tienen las posiciones epistemológicas del movimiento Third World Approaches to International Law para efectos de comprender las discusiones en torno al imperialismo, el origen del capitalismo financiero y los efectos que ello supone en América Latina. En ese sentido, su trabajo analiza cómo la Conferencia de Bretton Woods, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, lejos de utilizar un discurso netural respecto a la política monetaria, sientan las bases para el sistema capitalista financiero, que tanto ha afectado a la región.
Posteriormente, Carla Piffer y Alessandra Vanessa Teixeira proponen una aproximación a la trasnacionalidad como un fenómeno reflexivo de la globalización a partir del estudio de la violación de derechos humanos por parte de las empresas multinacionales en América Latina. Al respecto, vale la pena señalar que para la sistematización y análisis de la información que sirve como fuente para argumentar dicha premisa, las autoras emplean el método inductivo, el método cartesiano y la lógica inductiva, lo que lleva a un importante aporte para el estudio del derecho internacional en términos metodológicos.
Por otra parte, y partiendo ahora desde las metodologías tradicionales del estudio del derecho constitucional, Édgar Fuentes propone una nueva forma de estudiar la jurisprudencia internacional. En concreto, a partir de la comprensión del derecho como ciencia, propone el método censitario para la aproximación, estudio y análisis de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El último capítulo de esta parte propone la desinternacionalización del derecho constitucional en Colombia. De esa manera, Juan Sebastián Villamil plantea las funcionalidades que tiene la figura del margen nacional de apreciación en el contexto de la Corte Constitucional colombiana para efectos de modular los efectos del derecho internacional en el ordenamiento jurídico interno.
La cuarta y última parte del libro realiza una discusión en cuanto a la construcción de las narrativas jurídicas y en particular en lo que respecta a las narrativas del derecho comparado. Así, entonces, este último segmento se encuentra integrado por los textos de Daniel Eduardo Bonilla, Amaya Álvez Marín y Esteban Hoyos Ceballos. El primero de ellos sintetiza las líneas argumentativas principales de la investigación “Los bárbaros jurídicos”, desarrollada y publicada por el mismo autor en otra oportunidad. El segundo, escrito en compañía por los profesores Álvez Marín y Hoyos Ceballos, parte de dicha investigación y realiza un comentario crítico a los resultados del profesor Bonilla. Desde el equipo de Redial, somos conscientes de la apuesta que supone incluir una discusión de este tipo dentro de un libro producto de investigación pero desde la organización editorial creemos en la importancia que tiene dar estas discusiones, y más cuando vienen acompañadas de un arduo y maduro trabajo de investigación.
Como se puede ver, los contenidos del libro que hoy presentamos ante la comunidad académica son altamente variados en la medida en la que abordan temas diversos y emplean distintas metodologías. Pese a lo anterior, no se puede perder de vista que, al igual que como ocurre con el proyecto Redial en general, se trata de un esfuerzo colectivo y disciplinado para establecer cómo en el contexto latinoamericano existen puntos comunes y divergentes respecto a la forma en la que estamos enseñando el derecho internacional y establecer puentes de diálogo entre las diferentes escuelas nacionales y metodológicas. En ese sentido, este libro constituye un nuevo producto que ofrece una serie de aportes para repensar la educación en América Latina.
Finalmente, desde el equipo Redial debemos aprovechar esta oportunidad para agradecer inmensamente a aquellas personas que han creído en el proyecto durante los últimos años y, en particular, a quienes con afecto y compromiso han depositado sus esfuerzos para hacerlo crecer. Igualmente, debemos agradecer a la Universidad del Rosario por apoyar esta iniciativa y, en esa medida, a dos asistentes de investigación, que fueron pieza fundamental para que la Conferencia Redial 2019 y este libro fueran posibles, Juan Pablo Pontón y Laura Cárdenas; así como también a Laura Daniela Díaz, quien fue de gran ayuda en el proceso editorial.
Referencias
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Acosta Alvarado, Paola Andrea, Amaya Álvez Marín, Laura Betancur-Restrepo, Enrique Prieto-Ríos, Daniel Rivas-Ramírez y Fabia Veçoso. “Rethinking International Legal Education in Latin America: Exploring Some Obstacles of a Hegemonic Colonial Academic Model in Chile and Colombia”, en Decolonizing Law in Global North and South: Expanding the Circle. Londres: Routledge, en prensa.
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Notas
1 Roger Merino, “Reimagining the Nation-State: Indigenous Peoples and the Making of Plurinationalism in Latin America”, Leiden Journal of International Law 31, n.o 4 (2018): 773-792, https://doi.org/10.1017/s0922156518000389; y Roger Merino y Areli Valencia, Descolonizar el derecho. Pueblos indígenas, derechos humanos y Estado Plurinacional, (Lima: Palestra Editores, 2018).
2 Fabia Veçoso, “História e crítica em direito internacional na América Latina: revisitando discussões pretéritas sobre ensino jurídico na região”, Revista Derecho del Estado 39 (2017): 91-117, https://doi.org/10.18601/01229893.n39.05.
3 Laura Betancur Restrepo y Enrique Prieto-Ríos, “Educación del derecho internacional en Bogotá: un primer diagnóstico a partir de los programas de clase y su relación con las epistemologías de no conocimiento”, Revista Derecho del Estado 39 (2017): 53-89, https://doi.org/10.18601/01229893.n39.04.
4 Amaya Álvez Marín y Arnulf Becker Lorca, “Los pueblos originarios y la práctica del derecho internacional en Chile: nuevos horizontes ante el debilitamiento de los legados del autoritarismo”, Revista Derecho del Estado 39 (2017): 21-52. https://doi.org/10.18601/01229893.n39.03.
5 Paola Andrea Acosta-Alvarado, Laura Betancur-Restrepo y Enrique Prieto-Ríos, Repensando y renovando el estudio del derecho internacional: dentro, desde y sobre América Latina. Vol. 3. Economía, medio ambiente y desarrollo frente al derecho internacional, (Bogotá: Universidad del Rosario, 2020).
6 Paola Andrea Acosta-Alvarado, Laura Betancur-Restrepo y Enrique Prieto-Ríos, Repensando y renovando el estudio del derecho internacional: dentro, desde y sobre América Latina. Vol. 1. Historia(s) del derecho internacional, (Bogotá: Universidad del Rosario, 2020).
7 Paola Andrea Acosta-Alvarado, Laura Betancur-Restrepo y Enrique Prieto-Ríos, Repensando y renovando el estudio del derecho internacional: dentro, desde y sobre América Latina. Vol. 2. Aproximaciones al derecho internacional, (Bogotá: Universidad del Rosario, 2020).
8 Paola Andrea Acosta Alvarado, Amaya Álvez Marín, Laura Betancur-Restrepo, Enrique Prieto-Ríos, Daniel Rivas-Ramírez & Fabia Veçoso, “Rethinking International Legal Education in Latin America: Exploring Some Obstacles of a Hegemonic Colonial Academic Model in Chile and Colombia”, en Decolonizing Law in the Global North and South: Expanding the Circle, (Londres: Routledge, en prensa).
9 Paola Andrea Acosta Alvarado, Amaya Álvez Marín, Laura Betancur-Restrepo, Fabia Veçoso y Daniel Rivas-Ramírez, “Repensar la educación del derecho internacional en Latinoamérica: reflexiones para un diálogo global”, Third World Approaches to International Law Review, TWAILR: Reflections 1 (2019): 1-8, https://twailr.com/repensar-la-educacion-del-derecho-internacional-en-latinoamerica-reflexiones-para-un-dialogo-global/