Читать книгу Cálculo de prestaciones de la seguridad social. ADGD0208 - Ester Chicano Tejada - Страница 16

3.2. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Оглавление

El Salario Mínimo Interprofesional o SMI establece el importe mínimo que debe percibir todo trabajador realizando una jornada laboral de trabajo, sin distinguir sexo o edad de los trabajadores e independientemente del tipo de contrato por el que desempeñen su trabajo.

El valor del SMI también lo fija anualmente el Gobierno, aunque, a diferencia del IPREM, se determina en la publicación de un real decreto y ha ido sufriendo modificaciones en los últimos años.

Para la determinación del importe del SMI se tienen en cuenta factores tan diversos como, por ejemplo, los siguientes:

1 El índice de precios al consumo (IPC).

2 La productividad media nacional alcanzada el año anterior.

3 El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.

Dicho importe viene fijado generalmente en cantidad de salario por día y cantidad de salario por mes, aunque, en el caso de los empleados del hogar, también se fija por salario por hora.

Es importante comentar que los importes mencionados en la tabla se han obtenido tomando un modelo de catorce pagas anuales.


Aplicación práctica

Manuel está trabajando como camarero a jornada completa en una cafetería y cobra anualmente un salario de 10.500 €, distribuido en catorce pagas. Por otra parte, Sara trabaja como auxiliar administrativa, a media jornada, y cobra un salario de 4.500 € anuales, también distribuido en catorce pagas. Por último, Francisco trabaja como operario de la construcción en jornada completa y cobra 8.000 € anuales, distribuido, del mismo modo, en catorce pagas.

Evalúe si los salarios de Manuel, Sara y Francisco cumplen con los criterios del Salario Mínimo Interprofesional si se estima un SMI mensual de 707,70 € y un SMI diario de 23,59 €.

SOLUCIÓN

El importe de cada paga de Manuel será de: 10.500 € / 14 = 750 €/paga. Se comprueba, por tanto, que el salario de Manuel es superior al SMI mensual que se estima en 707,70 €.

Sara trabaja a media jornada, por lo que deberá multiplicar su salario por dos para determinar si este alcanza el mínimo establecido: 4.500 × 2 / 14 = 642,86 €. Se trata de un importe inferior al SMI, por lo que estaría cobrando menos cantidad de la legalmente estipulada.

Por último, Francisco cobra 8.000 € anuales, es decir, 8.000 / 14 = 571,43 €, importe también inferior al SMI y, en consecuencia, menos cantidad de lo estipulado por ley.

Cálculo de prestaciones de la seguridad social. ADGD0208

Подняться наверх