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Introducción

César Rodríguez Garavito

A medida que la crisis climática se intensifica y se hace más visible, científicos, defensores y académicos de todo el mundo han desarrollado respuestas prometedoras. Movilizaciones como #FridaysforFuture y Extinction Rebellion están convergiendo con los movimientos de los pueblos indígenas y otros movimientos de justicia social para transmitir la urgencia y la escala necesarias para la acción climática. Los informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus iniciales en inglés), basados en los avances de la ciencia de la atribución, establecen vínculos más precisos entre las emisiones de gases de efecto invernadero, los fenómenos meteorológicos extremos y los impactos humanos.[1] Entre tanto, las colaboraciones entre científicos y periodistas han atraído la atención del público general hacia la información detallada sobre la magnitud de las emisiones que calientan el planeta asociadas a las actividades de las principales empresas de combustibles fósiles (Taylor y Watts, 2019).

En este volumen, exploramos una herramienta específica de incidencia y regulación que está ganando impulso en todo el mundo: los litigios de cambio climático basados en derechos humanos (CCDH). Presentados ante órganos judiciales y cuasi judiciales nacionales e internacionales –desde las cortes nacionales hasta las regionales, pasando por los órganos de derechos humanos de la ONU–, una creciente ola de casos pone al descubierto las profundas repercusiones que tiene el calentamiento del planeta sobre los derechos básicos, como el derecho a la vida, la salud y la integridad física de las víctimas de inundaciones, incendios, olas de calor y otros fenómenos meteorológicos extremos; el derecho a la vivienda y a la vida familiar de hasta mil millones de seres humanos que pueden convertirse en refugiados climáticos de aquí a 2050 (Kamal, 2017); y toda la gama de derechos de los jóvenes y de las futuras generaciones que pueden heredar un planeta inhabitable si no se reducen de manera drástica y urgente las emisiones de carbono, de acuerdo con las recomendaciones del IPCC y los objetivos del Acuerdo de París sobre el clima.

El aumento en el uso de las normas y los litigios de derechos humanos para promover la acción climática no era una conclusión previsible. Por el contrario, se trata de una evolución notable, dada la letanía de esfuerzos fallidos para crear vínculos entre los derechos humanos y la acción climática en el derecho internacional, y que empieza por la omisión de los derechos humanos en la histórica Declaración de Río de 1992. Tuvieron que pasar más de dos décadas para que se reconocieran los impactos de los derechos humanos en un importante acuerdo climático internacional (el Acuerdo de París de 2015). La tendencia en los litigios sobre el clima es sorprendente también porque las organizaciones de derechos humanos se demoraron relativamente en ocuparse del cambio climático. De hecho, tanto en el derecho internacional como en la incidencia nacional, fueron las organizaciones ambientales las que tomaron la delantera a la hora de hacer valer los marcos y normas de derechos humanos en los esfuerzos contra el calentamiento global (Rodríguez Garavito, 2020).

Como muestro en el capítulo 1, antes de 2015 en el mundo solo se había presentado un puñado de casos climáticos basados en derechos. Entre 2015 y 2021 se presentaron setenta y ocho demandas contra Estados (y, en mucha menor medida, contra empresas) por violaciones de derechos humanos relacionadas con el cambio climático en treinta jurisdicciones nacionales y en ocho órganos judiciales o cuasi judiciales internacionales.

Además de casos conocidos como Urgenda c. Países Bajos, Neubauer c. Alemania y Leghari c. Pakistán, entre el creciente número de demandas y sentencias judiciales se incluyen la impugnación de la minería del carbón en Europa, Sudáfrica y Australia; las acciones legales contra las promesas totalmente insuficientes que los gobiernos de Europa, Brasil, Corea del Sur y el Reino Unido han hecho para reducir las emisiones de carbono; las demandas presentadas en nombre de jóvenes y generaciones futuras en América, Australia, Europa, India y Corea del Sur; una investigación de derechos humanos contra grandes empresas de combustibles fósiles en Filipinas; y desafíos a las actividades económicas con altas emisiones, desde la construcción de nuevas pistas de aterrizaje en Viena y Londres hasta la exploración de petróleo en el Ártico noruego y la ganadería que impulsa la deforestación en la selva amazónica. En el ámbito internacional, el Comité de Derechos Humanos de la ONU examinó una petición contra Nueva Zelanda y afirmó el deber de los Estados de abstenerse de enviar refugiados climáticos a otro Estado en el que su vida o su integridad física estuvieran en grave peligro debido a los daños climáticos. Otra petición, iniciada por Greta Thunberg y otros jóvenes activistas, se presentó ante el Comité de los Derechos del Niño de la ONU contra los principales contaminadores entre los países sujetos a la jurisdicción del Comité.

A medida que este “giro de los derechos” en los litigios sobre el clima se ha ido afianzando, los actores que lo emprenden, apoyan o fomentan han proliferado a gran velocidad (Peel y Osofsky, 2018). Entre ellos se encuentran organizaciones ambientales y de derechos humanos a nivel nacional e internacional, movimientos de justicia social y climática, relatores especiales de la ONU, organizaciones de pueblos indígenas, fiscales y organismos gubernamentales e intergubernamentales de derechos humanos. En realidad, le llegó la hora al litigio climático basado en derechos.

Si bien existe abundante literatura acerca de los litigios climáticos, los estudios sobre litigios basados en derechos son mucho menos comunes. Además, la modalidad dominante en la bibliografía sobre los litigios en materia de derechos humanos son los estudios en profundidad de uno solo o de unos pocos casos especialmente exitosos, sobre todo de jurisdicciones del Norte Global. Este volumen pretende llenar este vacío académico y práctico al ofrecer una visión sistemática de los litigios de cambio climático; asimismo, analiza las oportunidades y los retos que plantean para la acción climática y los derechos humanos en todo el mundo. El libro es el resultado de un coloquio que se llevó a cabo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Nueva York a principios de marzo de 2020. Convocada por el Centro de Derechos Humanos y Justicia Global de la misma universidad, la conferencia reunió a destacados académicos, profesionales, científicos y otros actores que han contribuido a la investigación y la práctica de los litigios de cambio climático en diferentes partes del mundo.

En el coloquio, y durante el proceso editorial, invitamos a los colaboradores a que se comprometieran con un conjunto de preguntas comunes: ¿qué lecciones analíticas y estratégicas pueden extraerse del conjunto de demandas y sentencias para futuras investigaciones y actividades de incidencia? ¿Qué ideas y experiencias de otros campos de la investigación y la acción (como la incidencia en derechos socioeconómicos) pueden aplicarse de forma útil para comprender y elaborar estrategias para futuras demandas y presentaciones ante cortes nacionales e internacionales y organismos de derechos humanos? Teniendo en cuenta los desafíos únicos que plantea el calentamiento global, ¿qué tipos de litigios pueden contribuir a alcanzar la escala y la urgencia que, según la ciencia, son necesarias para que la acción climática sea oportuna y eficaz?

A estas preguntas los capítulos de este libro ofrecen respuestas basadas en estudios e invitan a la reflexión.[2] Resaltan la considerable utilidad y el potencial –pero también las limitaciones y los puntos ciegos– de los conceptos y normas de derechos humanos existentes para tratar las características únicas del cambio climático, desde su multicausalidad hasta su temporalidad no lineal.

El volumen se divide en cuatro partes. La parte I proporciona los antecedentes empíricos y analíticos para el resto del volumen. Incluye una evaluación de las tendencias, las normas, las contribuciones y los retos del universo de los casos de CCDH (capítulo 1), así como un análisis de las contribuciones de los capítulos siguientes a la literatura más amplia sobre la movilización legal (capítulo 2).

La parte II se centra en las estrategias jurídicas. Los colaboradores de esta sección brindan análisis e ideas prácticas para algunas de las cuestiones estratégicas más complejas de los casos de derechos humanos, como la elección de objetivos y recursos (capítulo 3); el litigio de casos menos espectaculares y visibles que, sin embargo, pueden contribuir de forma considerable a la acción climática (capítulo 4); la búsqueda de estrategias que aborden las desigualdades en los impactos climáticos (capítulo 5); la conciliación del litigio climático con la justicia climática global (capítulo 6); la evaluación de si la acción de los Estados en materia de cambio climático cumple con los derechos humanos (capítulo 7); la determinación de si la acción climática de los Estados cumple con sus obligaciones en materia de derechos socioeconómicos (capítulo 8); la comprensión de las distintas modalidades de acción legal que están a disposición de los litigantes, especialmente en el Sur Global (capítulo 9); y los costos y el impacto de litigar contra las grandes empresas de combustibles fósiles (capítulo 10).

La parte III desplaza la mirada analítica del derecho a campos de conocimiento y experiencia que han demostrado ser igualmente importantes en la práctica de los litigios de CCDH. Basándose en la investigación y en la experiencia en las cortes, los colaboradores analizan las lecciones de la ciencia de la atribución para enmarcar las obligaciones de mitigación y adaptación de los gobiernos (capítulo 11); la ciencia de la contabilidad de las emisiones de las empresas de combustibles fósiles y su utilidad en los litigios (capítulo 12); las estrategias para construir pruebas sólidas que puedan sostenerse en los tribunales en los casos de CCDH (capítulo 13); y los usos de las comunicaciones, las narraciones y los videos como pruebas y herramientas de campaña en apoyo de los litigios (capítulos 14 y 15).

Pasando de lo general a lo particular, la Parte IV se centra en casos específicos y en las lecciones que brindan para el futuro de los litigios de CCDH. Basándose en una combinación de investigación académica y participación en los casos, los autores ofrecen relatos esclarecedores de casos destacados en Irlanda (capítulo 16), Noruega (capítulo 17), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (capítulo 18), Brasil (capítulo 19), India (capítulo 20), Sudáfrica (capítulo 21) y Pakistán (capítulo 22).

Este libro es el resultado de un esfuerzo colectivo realizado en circunstancias extraordinarias. Como los lectores ya se habrán dado cuenta, la fecha del congreso en el que se reunieron los colaboradores de este volumen en la ciudad de Nueva York coincidió casi perfectamente con el momento en que el brote de la covid-19 fue declarado pandemia y nuestras vidas se trastocaron de la noche a la mañana. De hecho, las puertas de la Facultad de Derecho fueron cerradas pocas horas después del evento, ya que la institución anunció que cerraría indefinidamente al día siguiente. Mientras discutíamos la crisis climática, se hacía palpable el inicio de otra crisis existencial.

Es un testimonio del compromiso de los colaboradores con la investigación y la acción climática el hecho de que hayamos conseguido completar las revisiones de los capítulos y la presentación del manuscrito en medio de una pandemia. Conscientes de que “una crisis no se detiene porque empieza otra” y de que la pandemia podría ser un “ensayo general” de la crisis climática que sobrevendrá a menos que la humanidad cambie urgentemente de rumbo (McKibben, 2020), redoblamos nuestros esfuerzos y seguimos colaborando en línea.

Además de este volumen, el mencionado evento dio lugar a la creación del Acelerador de Litigios Climáticos (CLX, por sus iniciales en inglés). CLX es un nodo colaborativo global dedicado a promover las acciones legales, la incidencia y la investigación para lograr la velocidad y la escala necesarias para impulsar la acción contra la crisis climática.[3] Como parte de este trabajo, CLX alberga una creciente comunidad global de acción que actualmente incluye cerca de 200 organizaciones, litigantes e investigadores del Norte y Sur Global. Entre las actividades de CLX se encuentran publicaciones, bases de datos de litigios, seminarios mensuales en línea, estudios de casos y módulos educativos virtuales que examinan cuestiones clave, estratégicas y hacia el futuro, así como la evolución jurídica en el ámbito del cambio climático y los derechos humanos.

Ni el libro ni CLX habrían sido posibles sin el apoyo y la solidaridad de los colegas de Derecho de la Universidad de Nueva York. Estoy especialmente agradecido con Philip Alston, Meg Satterthwaite y Gráinne de Búrca por darme la bienvenida a la comunidad de la Universidad y por creer en este proyecto desde el principio con su habitual generosidad. Gracias también a Lauren Stackpoole por su apoyo en todos los aspectos del coloquio, así como a Ellie Happel, Sukti Dhital, Sienna Merope-Sing, Carlos Andrés Baquero, Melina de Bona, Elizabeth Donger, Kelly Matheson, Ben Batros y Nikki Reich por haber desempeñado papeles clave en el evento. También agradezco a mis colegas de CLX, sobre todo a Jacqueline Gallant, cuyas magníficas habilidades legales y de investigación solo son igualadas por su talento editorial y su generosidad a la hora de asumir toda la gama de tareas que implica preparar un manuscrito para su publicación.

Finalmente, el apoyo de la Fundación para el Derecho Ambiental Internacional (FILE, por sus iniciales en inglés) fue esencial para la publicación de este libro.

Bibliografía

Kamal, B. (2017), “Climate migrants might reach one billion by 2050”, Inter Press Service, 21/8.

McKibben, B. (2020), “One crisis doesn’t stop because another starts”, The New Yorker, 14/5.

Peel, J. y H. M. Osofsky (2018), “A rights turn in climate litigation?”, Transnational Environmental Law, 7(1), 37-67, DOI.10.1017/S2047102517000292.

Rodríguez Garavito, C. (2020), “International human rights and climate governance: Origins and implications of the rights-based climate litigation”, ponencia presentada en la conferencia Litigating the Climate Emergency, Facultad de Derecho de la Universidad de Nueva York, 9-10/3.

Taylor, M. y J. Watts (2019), “Revealed: The 20 firms behind a third of all carbon emissions”, The Guardian, 9/10.

[1] Véase “Informe especial: Calentamiento global de 1,5ºC”, IPCC, 2018, <www.ipcc.ch/sr15>.

[2] Se pueden encontrar versiones preliminares de algunas de estas respuestas en una serie de blogs que resultaron de la mencionada conferencia, de la que se ha adaptado esta introducción. Véase “Up close: Litigating the climate emergency”, OpenGlobalRights, <www.openglobalrights.org/up-close/climate-emergency-litigation/#up-close>.

[3] Véase <clxtoolkit.com>.

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