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2. LA CRISIS SANITARIA Y SU IMPACTO EN LA APLICACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL CHILENO

Me parece innegable el impacto que ha tenido la crisis sanitaria en la aplicación de la privación de libertad en el sistema procesal penal chileno. Una demostración de ello es que la Defensoría Penal Pública emprendió en marzo de 2020 un intenso plan de revisión de las prisiones preventivas e internaciones provisorias impuestas. A nivel nacional se han presentado 5543 solicitudes de revisión de prisión preventiva e internación provisoria. El resultado al 25 de mayo de 2020 da cuenta del acogimiento de 1519 solicitudes del total presentadas. En términos porcentuales eso significa un resultado exitoso de un 27%. Otro ejemplo está dado por la dictación de la Ley 21.228 sobre indulto conmutativo que permitió el egreso de las cárceles de más de 1500 personas. El Ministerio Público también ha debido reconocer el impacto que en su tarea persecutora tiene el COVID-19. Mediante oficio FN N° 314/2020 el Fiscal Nacional impartió una Instrucción General sobre criterios de actuación respecto de solicitudes y revisiones de prisión preventiva e internación provisoria en contexto de Estado de Excepción Constitucional por Pandemia COVID-1926.

Más allá del impacto cuantificable existe otro: el impacto cualitativo que dice relación con los fundamentos empleados tras los números. El análisis de los fallos más recientes de tribunales penales, cortes de apelaciones y Corte Suprema, evidencian el uso de la crisis o emergencia sanitaria como fundamento para negar la imposición de prisión preventiva, acoger la petición de sustitución y sustituir el cumplimiento de penas privativas de libertad en casos calificados. Creemos que hay espacio para un optimismo moderado.

Todo esto ocurre en un país que por años ha apostado por la privación de la libertad como una respuesta necesaria y útil al creciente aumento de la sensación de inseguridad. Por ello hablo de cierta “predilección por la privación de libertad como respuesta sistémica jurisdiccional”. En efecto, las diversas leyes que han modificado el régimen legal de la prisión preventiva, el establecimiento del marco rígido para delitos contra la propiedad en la Ley 20.931, o la no aplicación de penas sustitutivas en determinados delitos son demostrativas de esta tendencia27. La predilección a la que me refiero pareciera tener su causa en la existencia de una presión ambiente en relación con el uso de la privación de libertad, y en especial de la prisión preventiva, lo que ha derivado en la imposición de esta medida cautelar en forma muy exagerada y sin justificación28. Chile es reflejo de eso que la Corte Interamericana llama preferencia por la prisión preventiva como un problema crónico en muchos países de la región29.

Covid 19 y privación de libertad

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