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5. Ley General de la Seguridad Social

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La Seguridad Social se puede definir como el conjunto de medidas tomadas por el Estado cuyo propósito es la protección, ayuda, prevención y el remedio ante acontecimientos de riesgos, desamparo o siniestro de los ciudadanos.

La regulación de la Seguridad Social se lleva a cabo por la Ley General de la Seguridad Social cuyo texto refundido es aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015. Esta norma regula las relaciones de los trabajadores y empresarios con la Seguridad Social y las prestaciones sociales a las que los trabajadores tienen derecho, siendo su estructura la siguiente:

Título I Normas generales del sistema de Seguridad Social:Título II Régimen general de la Seguridad Social:Título III Protección por desempleo:
- Campo de aplicación y estructura del sistema de la S.S.- Afiliación, cotización y recaudación.- Acción protectora.- Gestión de la Seguridad Social.- Colaboración en la gestión de la S.S.- Régimen económico.- Procedimiento y notificaciones en materia de S.S.- Campo de aplicación.- Inscripción de la empresa y normas sobre afiliación, cotización y recaudación.- Aspectos comunes de la acción protectora.- Prestaciones de la S.S. y normas generales.- Normas generales.- Nivel contributivo.- Nivel asistencial.- Régimen de las prestaciones.- Disposiciones especiales aplicables a determinados colectivos.- Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones.- Derecho supletorio.
- Campo de aplicación- Afiliación, cotización y recaudación.- Acción protectora.- Sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios.- Disposiciones generales.- Situación legal de cese de actividad en supuestos especiales.- Régimen de la protección.- Régimen financiero y gestión de las prestaciones.- Régimen de obligaciones, infracciones y sanciones.- Prestaciones familiares en su modalidad contributiva.- Pensiones no contributivas.- Disposiciones comunes a las prestaciones no contributivas.

En la práctica, la gestión de la Seguridad Social se realiza a través de instituciones públicas y privadas, siendo por tanto su estructura la siguiente:

1 Competencia ministerial: reservada al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

2 Entidades gestoras:INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) reconoce el derecho a la asistencia sanitaria y a prestaciones económicas, excluyendo el desempleo.INSALUD (Instituto Nacional de Salud) se encarga de la administración y gestión de los servicios sanitarios, aunque dichas competencias están delegadas a las diferentes comunidades autónomas.IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales).ISM (Instituto Social de la Marina) asiste a los trabajadores del mar y gestiona este régimen especial.

3 Servicios comunes:Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), cuya función es gestionar los recursos económicos y la administración financiera.Gerencia de informática, tiene como función la informatización del sistema de la Seguridad Social.

4 Entidades colaboradoras:Mutuas patronales, son asociaciones de empresarios que se agrupan para gestionar conjuntamente una serie de servicios relacionados con la atención a sus trabajadores por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.Empresas, estas colaboran en la gestión de la Seguridad Social. De forma obligatoria, abonando prestaciones que posteriormente son reintegradas por la Seguridad Social. Y voluntariamente, asumen funciones de asistencia sanitaria y la gestión de prestaciones, tanto en supuestos de enfermedad común o profesional, como accidentes laborales o no laborales.

5 Organismos autónomos:SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) cuya función es reconocer, suspender, reanudar y extinguir el derecho a las prestaciones por desempleo.IMSHT (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo) cuya función es asesorar y controlar las acciones dirigidas a la disminución de los riesgos laborales, accidentes laborales y enfermedades profesionales.


Sabía que...

Por DA 7ª de la Ley 27/2011 se crea la Agencia Estatal de la Administración de la Seguridad Social, que se constituirá y entrará en funcionamiento con la aprobación de su correspondiente Estatuto acordado en Consejo de Ministros.

Dicha Agencia integrará las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, así como su personal y funciones, las cuales son: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina, Tesorería General de la Seguridad Social, Gerencia de Informática de la Seguridad Social y Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.

Gestión auxiliar de personal. ADGG0308

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