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PRÓLOGO

PRESENTACIÓN

CAPÍTULO PRIMERO APROXIMACIÓN A LA REGULACIÓN DE INSOLVENCIA COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA COVID 19

Introducción

I. Necesaria referencia a las líneas generales del derecho concursal

II. El régimen de insolvencia empresarial antes de la pandemia

III. El Estado previo de los procesos de insolvencia

IV. La adopción de medidas para enfrentar la crisis económica generalizada como consecuencia de la pandemia Covid 19

V. Rasgos distintivos de la regulación de insolvencia expedida como consecuencia de la pandemia

A. Temporalidad

B. Conservación de los mecanismos concursales previos

C. Un abanico de opciones

D. Estímulo de mecanismos negociales

E. Amplitud del radio de acción de los operadores de insolvencia

F. Celeridad en los mecanismos

G. Intervención judicial restringida

H. El presupuesto subjetivo

I. El presupuesto objetivo

J. Estímulo a la financiación

K. Estímulo a la inversión

L. Flexibilidad y ductilidad

M. Laxitud en la atención de gastos de administración

N. Medidas de favorecimiento de la caja del deudor

O. La modificación de los plazos en los convenios preexistentes

P. La no generación de efectos adversos por el fracaso de los mecanismos negociales

Q. Suspensión temporal de algunas reglas del derecho ordinario

VI. Los principios del derecho concursal y su aplicación en la nueva regulación

VII. Remisión normativa

Conclusiones

CAPÍTULO SEGUNDO LA NEGOCIACION DE EMERGENCIA DE UN ACUERDO DE REORGANIZACIÓN

Introducción

I. Denominación

II. Naturaleza

III. Presupuesto subjetivo

IV. Presupuesto objetivo

V. Autoridades judiciales competentes

VI. Requisitos sustanciales y formales

VII. Contenido de la providencia que da inicio al trámite

A. Inscripción del auto de inicio del trámite de la negociación de emergencia en el Registro Mercantil. Numeral 2 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

B. Prevención acerca de la limitación de la capacidad del deudor y la imposibilidad de realizar ciertos actos. Numeral 6 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

C. Obligación del deudor de fijar en la sede y las sucursales un aviso que informe el inicio del proceso. Numeral 8 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

D. Remisión de las respectivas copias de la providencia de apertura al Ministerio de la Protección Social, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y a la Superintendencia que ejerza la vigilancia o control del deudor. Numeral 10 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

E. Fijación de un aviso. Numeral 11 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

F. Fijación del aviso de que trata el artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

G. Información a los acreedores. Numeral 2 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

H. Información a los despachos judiciales. Numeral 3 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

I. Inscripción del formulario de ejecución concursal. Numeral 3 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

J. Actualización del inventario de activos y pasivos. Orden creada por la Superintendencia de Sociedades

K. Nueva calificación y graduación de créditos, y nueva determinación de derechos de voto. Orden creada por la Superintendencia de Sociedades

VIII. Efectos generados con ocasión del inicio del trámite

A. División de las acreencias en el tiempo

B. Suspensión de los procesos ejecutivos, cobro coactivo, restitución de tenencia y ejecución de garantías en contra del deudor

C. Aplazamiento de los gastos de administración

IX. Inconformidades con los proyectos de calificación y graduación de créditos, y determinación de los derechos de voto

X. Celebración del acuerdo

XI. Confirmación del acuerdo

XII. Fracaso del trámite

XIII. Trámites improcedentes

XIV. Negociación por categorías

A. Categorías con las que se puede adelantar una negociación parcial

B. Mayorías para la celebración del acuerdo por categorías

C. Exclusión de los votos de los acreedores internos y de los vinculados

D. Efectos relativos de la negociación parcial

CAPÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN ANTE LAS CÁMARAS DE COMERCIO

Introducción

I. Denominación

II. Naturaleza

III. Presupuesto subjetivo

IV. Presupuesto objetivo

V. Autoridades competentes

VI. Requisitos sustanciales y formales

A. Relación de los acreedores cuyas acreencias serán objeto del procedimiento

B. Propuesta de acuerdo de recuperación

C. Proyecto de calificación y graduación de créditos y determinación de derechos de voto

D. Juego completo de los estados financieros básicos con corte al último ejercicio contable del año inmediatamente anterior a la solicitud

E. Juego completo de los estados financieros básicos con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior

F. Un estado de inventario de activos y pasivos debidamente certificado y valorado con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la solicitud

G. Memoria explicativa de las causas de la crisis

H. Flujo de caja

I. Un plan de negocios

VII. Trámite de la solicitud de inicio del procedimiento de recuperación empresarial

VIII. Contenido del oficio que da inicio al procedimiento

A. Inscribir en el Registro Mercantil el oficio que da inicio al procedimiento de recuperación empresarial. Numeral 2 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

B. Ordenar al deudor que fije en su sede y sucursales un aviso que informe el inicio del proceso. Numeral 8 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

C. Disponer la remisión de sendas copias de la providencia de apertura al Ministerio de la Protección Social, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y a la Superintendencia que ejerza la vigilancia o control del deudor. Numeral 10 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

D. Fijar un aviso. Numeral 11 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

E. Fijar el aviso de que trata el numeral 1 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

F. Informar a los acreedores. Numeral 2 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

G. Informar a los despachos judiciales. Numeral 3 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

H. Inscribir el formulario de ejecución concursal. Numeral 4 del artículo 6.º del Decreto Reglamentario 842 de 2020

I. Prevenir acerca de la limitación de la capacidad del deudor y la imposibilidad de realizar ciertos actos. Artículo 17 y numeral 6 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

IX. Efectos generados con ocasión del inicio del procedimiento

A. Suspensión de los procesos ejecutivos, de cobro coactivo, de restitución de tenencia y de ejecución de garantías en contra del deudor

X. El mediador

A. Atribuciones

1. Examinar la información contable y financiera del deudor

2. Verificar la calificación y graduación de los créditos, y la determinación de los derechos de voto

3. Verificar la propuesta de acuerdo de pago

4. Dar fe pública del acuerdo celebrado y de quienes lo suscribieron

5. Recibir las inconformidades al acuerdo, y las objeciones a los proyectos de calificación y graduación de créditos, y de determinación de los derechos de voto

6. Promover el arreglo amistoso de las objeciones a los proyectos de calificación y graduación de créditos y determinación de derechos de voto

7. Intervenir en la celebración del acuerdo

8. Remitir el expediente al juez

9. Informar al Juez del Concurso su gestión

10. Informar acerca del procedimiento de apertura y su suerte

11. Oficiar a despachos y entidades

12. Presentar iniciativa de cláusula compromisoria

13. Requerir información adicional al deudor

14. Pedir a los administradores, al contador público y al revisor fiscal aclaraciones respecto de los estados financieros, los informes de gestión, los dictámenes y las notas a los estados financieros

B. Cesación de funciones

XI. Las objeciones y su trámite

XII. Celebración del acuerdo

A. Fuerza vinculante del acuerdo

B. Reparos al acuerdo

XIII. Trámite expedito de validación judicial

A. Autoridades judiciales competentes

B. Legitimación

C. Trámite de la solicitud de validación e inadmisión

D. Inicio del trámite

1. Inscripción de la providencia de inicio del trámite de validación judicial expedito en el Registro Mercantil. Numeral 2 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

2. Fijación de un aviso que informe el inicio del proceso en su sede y sucursales. Numeral 8 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

3. Remisión de sendas copias de la providencia de apertura al Ministerio de la Protección Social, a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y a la Superintendencia que ejerza la vigilancia o control del deudor. Numeral 10 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

4. Fijación de un aviso. Numeral 11 del artículo 19 de la Ley 1116 de 2006

5. Suspensión de los procesos ejecutivos

E. Informar el inicio del trámite de validación a los acreedores ausentes o disidentes

F. Intervención de los acreedores ausentes y disidentes

G. Arreglo amistoso

H. Resolución de las objeciones

I. Confirmación del acuerdo

J. Remisión normativa

K. Trámite de única instancia

XIV. El arbitraje como mecanismo de resolución de las diferencias generadas en el procedimiento de recuperación empresarial

A. Asuntos sometidos a arbitraje, conciliación o amigable composición

B. La vinculación de los mecanismos

C. El proceso arbitral

XV. Negociación por categorías

CAPÍTULO CUARTO LAS NUEVAS INSTITUCIONES ESTABLECIDAS POR LA REGULACIÓN DE INSOLVENCIA

Introducción

I. Finalidad

II. Rasgos de la regulación

III. Capitalización de pasivos

A. Debe estar contenida en el acuerdo

B. Es potestativa

C. Es voluntaria

D. Objeto

E. Reglas contables de la subordinación

F. Tratamiento contable de los bonos de riesgo

G. Ventajas

H. Agilidad en la emisión. Suficiencia del acuerdo

I. Facilidad en la enajenación

J. Reglamentación

IV. Descarga de pasivos

A. Concepto

B. Requisitos

1. Que el valor como empresa en marcha sea menor al monto de los pasivos

2. Que en el acuerdo se disponga el descargue

3. Que en el acuerdo se vote con una mayoría superior al 60% de los acreedores con vocación de pago

4. Que no se afecten las acreencias laborales, de alimentos a favor de menores y de los acreedores garantizados

5. Que se señale una nueva estructura del capital social indicando qué acreedores hacen parte del pasivo interno, el valor nominal y el número de sus participaciones

V. Pactos de deuda sostenible

A. Concepto

B. Requisitos o exigencias

1. Que se establezca en el acuerdo de reorganización

2. Que se trate de acreencias cuyos titulares sean entidades financieras

3. Mayoría calificada en la aprobación

4. Finalidad el instrumento: reducir los términos de pago de las obligaciones en el tiempo

5. Objeto del pacto sostenible: no contemplar un cronograma de pagos y no prever la extinción total de las obligaciones de las entidades financieras

6. Efectos liberatorios

C. Semejanzas y diferencias

D. Cumplimiento

VI. Estímulos a la financiación

A. Sujetos beneficiarios

B. Factor temporal

C. Límite material

D. Preferencia

E. No necesidad de autorización del juez del concurso

F. Nuevas opciones de financiamiento

G. Generación de un espacio competitivo para la financiación

H. Protección de acreencias con relevancia constitucional

I. Tratamiento de los créditos de las entidades públicas con el fin de favorecer la situación financiera del deudor

VII. Salvamento de empresas en estado de liquidación inminente

A. Sujetos destinatarios de la medida. El presupuesto subjetivo

B. Intervención del acreedor. Legitimación por activa

C. Situación del deudor. El presupuesto objetivo

D. Contenido de la manifestación del acreedor

E. Oportunidad para la manifestación del interés

F. Efectos de la manifestación del acreedor

G. Tareas indispensables del liquidador para la procedencia del instrumento

H. Trámite procesal

I. Audiencia

J. Terminación del proceso de liquidación judicial

K. Rendición de cuentas del liquidador

L. Capitalización

M. Extinción del derecho de los accionistas

N. Extinción de las obligaciones a cargo del deudor

O. Sanciones al acreedor en caso de incumplimiento

P. Responsabilidad solidaria en caso de pluralidad de oferentes para una misma propuesta

Q. Frustración del instrumento recuperatorio

R. Acreedores vinculados

Conclusión

CAPÍTULO QUINTO LAS REFORMAS A LA LEGISLACIÓN SOCIETARIA Y CONCURSAL PREEXISTENTE

Introducción

I. Causal de disolución por pérdidas

A. La derogatoria de la causal de disolución correspondiente a las pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del 50% del capital suscrito

B. La reglamentación del artículo 4.º de la Ley 2069 de 2020

II. Suspensión de la causal de incapacidad de pago inminente para acceder al proceso de reorganización previsto en la Ley 1116 de 2006

III. Liberación de medidas cautelares

IV. Pagos de acreencias sin necesidad de autorización del juez del concurso, y venta de activos con tal propósito

V. Suspensión de la liquidación por adjudicación

VI. Suspensión de las reglas referidas al deber de los administradores de pedir el concurso

VII. Posposición de las cuotas para los acuerdos vigentes

VIII. Nuevas herramientas tecnológicas e inteligencia artificial

IX. Compradores de inmuebles destinados a vivienda

X. El proceso de reorganización para las pequeñas empresas

A. Denominación

B. Presupuesto subjetivo. Sujetos a quienes aplica

C. Presupuesto objetivo

D. Requisitos

E. Órdenes adicionales de la providencia de apertura

1. Designación de un promotor

2. Presentación por el promotor de los proyectos de calificación y graduación de créditos, y determinación de los derechos de voto

3. Actualización del inventario de activos y pasivos por el deudor

4. Inscripción del formulario de ejecución concursal ordenada al deudor

5. Información a los despachos judiciales, las autoridades coactivas y las entidades de ejecución el inicio del proceso

6. Fijación de fecha para realizar la reunión de conciliación de las objeciones

7. Fijación de fecha para llevar a cabo la audiencia de resolución de objeciones

F. El acuerdo abreviado

G. Conclusiones

XI. La liquidación simplificada

A. Denominación

B. Presupuesto subjetivo. Sujetos a quienes aplica

C. Presupuesto objetivo

D. Requisitos

E. Reglas especiales

1. Designación de un liquidador

2. Estimación de los gastos de administración

3. Ventas de activos

4. Reducción del término para presentar las reclamaciones crediticias

5. Calificación y graduación de créditos

6. Supresión de la determinación de los derechos de voto y del acuerdo de adjudicación

7. Estimación de los activos. Valor neto de liquidación

8. Enajenación de activos

9. Adjudicación de activos

10. Terminación del proceso

11. Información financiera

12. Exclusión de activos

F. Conclusiones

BIBLIOGRAFÍA

NOTAS AL PIE

Insolvencia empresarial, derecho concursal y pandemia

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