Читать книгу Navegando hacia el futuro: propuestas de reformas procesales en la LNM y el impacto de la inteligencia artificial en el transporte marítimo - Leticia Fontestad Portalés - Страница 4

Prólogo

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La primera acepción de la vigente edición del Diccionario de la Lengua Española (Real Academia Española, 2020) define al prólogo como el texto preliminar de un libro, escrito por el autor –no es el caso– o por otra persona, que sirve de introducción a su lectura. Es, por tanto, un discurso antepuesto a una obra que ha de tratar de presentar a sus lectores. La generosidad de la Profesora Fontestad Portalés hace recaer en mi esta responsabilidad para la obra que el lector tiene ahora en sus manos y que, evidentemente, no es de mi autoría sino de la suya. Generosidad fruto del compañerismo y de una amistad que encuentra su origen en nuestra dedicación profesional al Derecho Procesal y que se ha ido labrando con el tiempo en colaboraciones y participación en proyectos científicos comunes.

Como prologuista, entonces, he de dar fe de la capacidad de esta obra monográfica para transmitir nuevos conocimientos y aportaciones de relevancia al campo científico de nuestra dedicación, además de tratar de aportar información rigurosa y objetiva sobre el contenido de la misma. Desde mi modesta contribución trataré, por tanto, de expresar una valoración de aproximación a esta monografía, así como conseguir captar la atención del lector, para que, con los argumentos anteriores, se adentre en su lectura y extraiga todas aquellas reflexiones de interés que la autora presenta a lo largo de su contenido. No han de escatimarse palabras a la dedicación universitaria y vocacional que arroja como fruto un trabajo de investigación de estas características y extensión. Atrás han quedado horas, días, semanas y meses de intensa e ininterrumpida entrega a la materia, de lecturas y valoraciones críticas. De debate interno, con uno mismo y buscando apoyo sólido a las concienzudas propuestas que se van a publicar, y con la apertura al debate externo y al enriquecimiento que las versadas opiniones de quienes se acerquen a la obra puedan brindar. Atrás, han quedado momentos de soledad y concentración, propios de nuestros quehaceres investigadores, y que, las más de las veces, no son suficientemente reconocidos ni puestos en su justo valor. Por todo ello, es una satisfacción, al menos personal, prologar el magnífico trabajo de una compañera, en el cual ha dejado huella de su dominio de la materia, de su apuesta por avanzar el conocimiento y transferirlo a investigadores y profesionales, de abrir camino a quienes, con el tiempo, puedan recurrir a las soluciones y sugerencias que la profesora Fontestad ha elaborado con rigurosidad jurídico-procesal apoyada en la virtud de una obra de fácil lectura y comprensión, sin que ello reste valor, más bien al contrario, al resultado final.

A todo ello sume, estimado/a lector/a, que la temática versa sobre las vertientes procesales del derecho marítimo y quien prologa, es de tierra adentro, de la meseta castellana, donde el único mar que contemplamos es el del cereal a punto de cosecharse en los meses de verano, y en sus tonos pajizos, diferente, muy diferente, en color, textura y vida al Mar Mediterráneo donde asienta su quehacer profesional la Profesora Fontestad. Con esta última observación quiero destacar la oportunidad de la obra directamente en cuanto a su temática, buscando las implicaciones procesales a una rama jurídica específica, particular, que aparentemente puede parecer distante de los quehaceres investigadores a los que nos dedicamos los procesalistas, pero en la cual, como prácticamente en todas y cada una de las ramas del derecho sustantivo, aparece siempre el derecho procesal como recurso en la segunda función primaria del derecho: ordenar la resolución pacífica y legal de los conflictos y litigios surgidos dentro de las relaciones jurídicas. Estamos, en cualquier caso, ante un tema actual, apenas explorado doctrinal y científicamente desde el Derecho Procesal, con innumerables lagunas y cuestiones jurídicas que precisan de análisis y propuestas, lo que hace aún más atractivo el resultado final que nos ofrece una investigadora en plena madurez como es Leticia Fontestad.

La mirada doctrinal de la autora de la monografía no se detiene en el ámbito marítimo, ni procesal, sino que, parafraseando el título de la obra, se proyecta hacia el futuro cuando nos encontramos inmersos en el momento álgido de la cuarta revolución industrial, la revolución tecnológica. De este modo, se engarzan a las propuestas procesales en materia de navegación marítima los efectos que la huella de la inteligencia artificial, como disruptiva expresión tecnológica que se extiende prácticamente ya a todos los ámbitos de la sociedad, pueda deparar en el transporte marítimo y para un país como en nuestro que desde los más remotos antecedentes históricos ha vivido de cara al mar, y sobre el mar y la actividad marítima y portuaria ha sostenido, y seguirá sosteniendo, una gran parte de su sociedad y economía.

No es de extrañar que, el legislador, cuando elabora una norma tan sectorial como la que versa sobre navegación marítima, no sitúe el foco de atención normativa en los aspectos procesales derivados de este relevante, en términos económicos y jurídicos, ámbito legal en el cual un elemento de seguridad y progreso radica en una adecuada previsión normativa de los cauces de resolución de litigios y en una Administración de Justicia, en cualquiera de sus variantes y posibilidades, eficaz y efectiva. Hablamos en plural de cauces ya que el acceso al proceso judicial puede conjugarse perfectamente con otras opciones, notablemente al alza, como son las extrajudiciales, particularmente idóneas en un ámbito transnacional y globalizado en que son especialmente adecuadas soluciones flexibles provenientes el arbitraje o la mediación marítima. En este sentido la autora, en relación con el arbitraje, propone soluciones de interés para los litigios vinculados a contratos de fletamento, o en propuestas, ya glosadas en otros trabajos y que le confieren un conocimiento exhaustivo de la materia, vinculadas a la mediación marítima. Destacable es también su tratamiento en relación con la reclamación de deudas dinerarias, ámbito muy idóneo, igualmente, para el acceso a vías extrajudiciales de resolución de litigios, incluso de forma electrónica, aportando inmediatez, sencillez y efectividad.

Todo ello no es óbice, y ahí radica una de las importantes contribuciones de esta obra, para que determinadas lagunas y defectos técnico-legales puedan ser detectadas desde una investigación seria y concienzuda que, además, aporte soluciones y salidas a vacíos, confusiones y algún que otro, por qué no decirlo, desatino legal. A ello se añade la ya advertida visión futurista, que tiene, dentro del trabajo que nos expone la profesora Fontestad una expresión destacada en sus propuestas de reforma en materia de responsabilidad civil por daños en relación a los sujetos de la navegación y la implementación de inteligencia artificial, régimen de responsabilidad civil en relación a la propia utilización de inteligencia artificial que ya ha sido profusamente abordada en diversos documentos desde la Unión Europea y de los cuales se extraen importantes consecuencias que la autora refleja y analiza con profundidad y buen criterio jurídico.

El eje central sobre el cual construye la autora la presente monografía, dentro de la categoría general de contrato de fletamento que prevé la Ley de Navegación Marítima, en el transporte de mercancías determinadas en régimen de conocimiento de embarque. No circunscribe además su análisis y estudio al Título IX de la precitada Ley de Navegación Marítima, dedicado a las especialidades procesales en este ámbito y en las cuales se plantea un régimen procesal singular y ciertamente dispar a muchas de las previsiones generales de la Ley de Enjuiciamiento Civil, como ocurre con el embargo preventivo del buque, o la muy cuestionable previsión legal del artículo 253 LNM que reconoce el carácter ejecutivo del conocimiento de embarque.

Particularmente destacable es el estudio que se lleva a cabo de las cláusulas de jurisdicción y arbitraje en contratos de transporte marítimo internacional de mercancías bajo conocimiento de embarque, contempladas en el art. 468 LNM, y que abren de par en par la puerta a la resolución de litigios en sede extrajudicial en materias como pueden ser la reclamación de deudas dinerarias para el abono de los créditos marítimos generados del flete o los gastos por demoras u otros gastos derivados del transporte marítimo. La eficacia de dichas cláusulas y su análisis normativo y jurisprudencial es efectuado de forma exhaustiva y detallada, aportando unos planteamientos interpretativos de relevancia en cuanto a la posible vulneración que la norma nacional antes referida pueda implicar en relación con la normativa comunitaria.

Avanzado y certero es el apartado dedicado al estudio del título ejecutivo extrajudicial que contempla la propia LNM en la figura del conocimiento de embarque, como título ¿ejecutivo? muy singular y desvinculado de los previstos, con carácter general, en el art. 517 LEC. Llega a su estudio tras el pertinente y concienzudo análisis de la opción procesal de ejecución, así como de la distinción entre títulos ejecutivos, judiciales y no judiciales, e incluso extranjeros y europeos. Para situar, además, a nivel procesal, en sus justos términos el alcance y repercusión del título ejecutivo extrajudicial que la LNM alberga, analiza la autora todo el sustrato material del mismo, sobre el contrato de fletamento en régimen de conocimiento de embarque, y con todas las variantes de este último. Integra, además, en este análisis, otra serie de documentos del transporte marítimo internacional de mercancías que pueden asimilarse al conocimiento de embarque como son el conocimiento recibido para embarque, las órdenes de entrega o los conocimientos directos, así como la revisión crítica de los documentos complementarios al conocimiento de embarque. El corolario a este apartado es una serie de propuestas de lege ferenda, particularmente importantes en cuanto a la problemática que con todo ello pueda afectar a la competencia de los juzgados de lo mercantil.

El tercer apartado del trabajo aborda la tutela privilegiada del crédito a través del proceso monitorio previsto en la LEC. Determinar con precisión el ámbito de aplicación del proceso monitorio en las reclamaciones de créditos derivados del transporte marítimo requiere de una delimitación conceptual, que es llevada a cabo con rigurosidad, en cuanto a determinar los requisitos de la deuda reclamada y los documentos que la acreditan –imprescindibles como característica inherente a un proceso monitorio–, además de valorar el debate que inmediatamente surge en relación con competencia de los juzgados de lo mercantil en esta concreta situación jurídico procesal. En este mismo apartado del trabajo, es particularmente interesante la propuesta de la autora presentando uno de los que la Ley de la Navegación marítima denomina “Certificaciones públicas de expedientes de derecho marítimo”, concretamente el expediente del depósito y venta de mercancías y equipajes en el transporte marítimo. Tras el análisis de este expediente notarial la autora llega a la conclusión de que nos encontramos ante un nuevo un proceso monitorio notarial.

El trabajo se completa, tras ofrecer la perspectiva netamente procesal de las cuestiones más complejas en la regulación del transporte marítimo, con la imbricación de esta temática con la realidad tecnológica que se expande prácticamente a todos los sectores de nuestra sociedad: la inteligencia artificial. Buques, puertos y operaciones marítimas también quedan dentro del radio de acción de la inteligencia artificial, propiciando navegaciones autónomas o puertos inteligentes conectados entre sí creando Redes de Puertos inteligentes que, aprovechando las ventajas y oportunidades que brinda el manejo del Big data y el machine learning están cambiando el modus operandi de la logística portuaria con el consiguiente ahorro de costes y mejora de la eficiencia y la mayor seguridad en la ejecución de dichas operaciones. El estudio de esta realidad contemporánea ha ocupado y preocupado a la profesora Fontestad, quien dedica este apartado a determinar los posibles cambios que puedan producirse fruto de esta tecnología puntera en cuestiones como puedan ser la emisión electrónica del conocimiento de embarque o el cambio que a nivel legal pueda deparar la influencia de la inteligencia artificial en la logística portuaria, anticipando soluciones si llegasen a entran en vigor las Reglas de Rotterdam que regulan el transporte marítimo de “puerta a puerta”, en vez del régimen previsto en las Reglas de La Haya-Visby basadas en el modelo de transporte de “puerto a puerto”. Anticipándose a posibles problemas legales de futuro, la autora nos advierte de la inaplazable necesidad de afrontar reformas de nuestra legislación marítima que se acomoden a esta circunstancia, siendo especialmente destacables sus reflexiones finales sobre el régimen de responsabilidad civil en la aplicación de soluciones de inteligencia artificial en el transporte marítimo, más aún cuando disponemos ya de estudios preliminares y propuestas de la Unión Europea relativos a la determinación, caracterización y fijación de la responsabilidad civil derivada del empleo de soluciones de inteligencia artificial que marcan, indudablemente, la pauta a seguir.

Es momento de aprender de los sólidos y fundamentados conocimientos de la profesora Fontestad Portalés en la vertiente procesal de la regulación legal del derecho marítimo, desde una visión amplia, no sólo estrictamente judicial, sino también extendiendo su análisis y propuesta a las vías extrajudiciales y abriendo camino a realidades que han llegado para quedarse, y cambiar en cierto modo nuestras vidas, como es la inteligencia artificial. Solo me queda felicitarla por su brillante trabajo y sus excelentes aportaciones que son el resultado, como ya anticipaba, de dedicación y rigor y que constituyen un paso adelante más en su carrera profesional sustentada sobre una fértil formación y experiencia jurídica e investigadora.

Salamanca, febrero de 2021

Fernando Martín Diz

Catedrático de Derecho Procesal

Universidad de Salamanca

Navegando hacia el futuro: propuestas de reformas procesales en la LNM y el impacto de la inteligencia artificial en el transporte marítimo

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