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NOTA ACLARATORIA

Se hace necesario aclarar dos aspectos con respecto al trabajo desarrollado en el presente trabajo en cuanto a la elección de la sección censal como unidad de trabajo y a la elección de los emplazamientos militares.

En primer lugar, con respecto a la sección electoral como unidad básica para comprobar la influencia de los emplazamientos militares, se la ha seleccionado porque, tal como indica el punto 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, «Cada Sección incluye un máximo de dos mil electores y un mínimo de quinientos. Cada término municipal cuenta al menos con una Sección». Debido a ello, es la sección electoral el espacio en el que con más claridad puede percibirse la influencia del voto de los distintos emplazamientos militares, porque en el caso de entidades electorales superiores este efecto quedaría claramente diluido.

En segundo lugar, en cuanto a los emplazamientos militares, con la intención de seleccionar aquellos de mayor tamaño y que las unidades elegidas representaran el mayor porcentaje posible, siem­pre y cuando su tamaño no fuera tan pequeño como para que su influencia quedara diluida en la sección electoral, se preguntó al Ministerio de Defensa en el Portal de Transparencia el 7 de agosto de 2019 a las 11:34:41 (Solicitud 001-036406) sobre «la distribución geográfica de los militares en España, de tal manera que se especifique las BAE existentes, su localización geográfica (localidad y provincia) y el número de militares que trabajan en ellas». La respuesta llegó tarde y mal: el 4 de diciembre de 2019, cuando el trabajo ya se encontraba en la recta final, cuatro meses después de la solicitud realizada, contestaba el jefe de Estado Mayor Conjunto de la Defensa, D. Francisco Javier Fernández González-Huix, denegando dicha información por entender que la misma podría ocasionar un perjuicio para la seguridad nacional y para la defensa. Se anexaba, eso sí, una tabla con todos los emplazamientos militares del Ejército de Tierra, la Guardia Real y el Órgano Central, no así la Armada o el Ejército del Aire[1]. La primera informaba sólo del total de emplazamientos militares por provincia y el segundo direc­tamente anexaba un enlace web. Sorprende dicha denegación por muchas cuestiones, entre ellas militares, en las que no voy a entrar porque no es el objetivo de este trabajo, pero lo cierto es que esta respuesta –tardía, opaca y malintencionada por de quien provenía– condicionó sobremanera la selección de los mencionados emplaza­mientos militares. Esta selección se ha hecho, por tanto, en función de los conocimientos del autor –que no son escasos en la materia, por cuanto, siendo militar, realicé un inventario del material informático del Ejército de Tierra– y, aunque no existen datos para demostrarlo, con toda seguridad ha quedado incluido más del 50 por 100 del personal militar y, salvo algún error puntual, se han analizado los emplazamientos militares de mayor tamaño. Queda, pues, una posterior revisión de este trabajo cuando el Ministerio de Defensa tenga a bien ofrecer la información solicitada, ampliación y revisión cuyas modificaciones serán mínimas respecto a los datos analizados e in­significantes en cuanto a las conclusiones derivadas. Al menos, los españoles podrán dormir tranquilos sabiendo que dichos datos no han sido revelados y, por tanto, no se ha visto afectada su seguridad nacional ni la defensa de España: Portugal, Andorra, Francia y Marruecos deberán esperar a otra ocasión para invadir nuestro glorioso país. Gracias, Defensa, y gracias, Estado Mayor Conjunto para la Defensa, por vuestra opacidad, nunca será suficientemente recompensada por los sufridos españoles. En fin…

Tras analizar la susodicha respuesta ministerial, el Ejército de Tierra declara la existencia de 243 emplazamientos militares; la Armada reconoce un total de 39, sin denominar; el Ejército del Aire, que ni siquiera se molestó en contestar con una tabla y envió un enlace, constata un total de 80 unidades, las cuales están necesariamente localizadas en un número menor de emplazamientos militares, puesto que lo habitual es que varias unidades, incluso en ocasiones de varios ejércitos, compartan una BAE (Base, Acuartelamiento o Emplazamiento); la Guardia Real declara dos unidades con nombre y ubicación; el EMAD, un total de tres, también con nombre y ubicación, y el Órgano Central, 92 emplazamientos con nombre y ubicación.

Si tenemos en cuenta que no se han analizado los emplazamientos militares ubicados en Ceuta y Melilla porque existe una particularidad en el ámbito electoral que lo impide, debido a la concentración de las viviendas y a la segregación del voto, ello nos llevaría a restar 34 emplazamientos del Ejército de Tierra, dos de la Armada, uno del Ejército del Aire y tres del Órgano Central. Por tanto, este estudio tenía un potencial de análisis de 209 emplazamientos del Ejército de Tierra, 37 de la Armada, 79 unidades del Ejército del Aire, dos de la Guardia Real, tres del EMAD y 89 del Órgano Central.

En este ensayo se han analizado 111 secciones electorales en las que se encuentran las unidades más importantes y más numerosas de las Fuerzas Armadas, aquellas que pueden tener capacidad de influenciar en la sección electoral, porque del resto de los emplaza­mientos militares muchos serían descartados por su tamaño o por otras particularidades, aunque lo deseable habría sido poder contar con la información solicitada (reiterando que el número total es con toda seguridad inferior porque tanto unidades como emplazamientos quedan subsumidos en otros).

[1] Se añade un anexo con la tabla con la cual el listado enviado por el Ministerio de Defensa quedaría completado. Asimismo, el anexo incluye una nota aclaratoria en la que se explican las carencias devenidas de los datos analizados.

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