Читать книгу Manual de Técnica Legislativa Sistémica. - O. Susana Menas - Страница 8
ОглавлениеSistema normativo
Al hablar de técnica legislativa sistémica estamos haciendo referencia al sistema normativo en el que se inserta la norma que se redacta y estructura. Pero esta no es una cuestión de mera referencia a un espacio o lugar, o contexto. La incorporación del concepto de sistema normativo exige algunas apreciaciones.
El sistema normativo está conformado por todas las normas sancionadas o dictadas en una determinada jurisdicción a lo largo de toda su historia. Podemos estar hablando del sistema normativo nacional, del provincial o del municipal (o comunal). Podemos hablar del sistema normativo constituido por todas las leyes (u ordenanzas), o del conformado por leyes (u ordenanzas) y decretos reglamentarios; e incluso de resoluciones reglamentarias. El concepto está unido a la condición de universalidad, de totalidad funcional, articulada, relacionada y comprensible.
Figura 4: Universo normativo
Fuente: elaboración propia
La figura 4 representa la idea de universo normativo, de integridad del sistema normativo, de sistema y subsistema de normas sin perder el concepto de jerarquía normativa sostenido por Kelsen, pero, en su caso, representado para ello con la estructura piramidal.
En todos los casos, lo que importa no solo es la universalidad comprendida, sino la conexión sistémica de las normas que integran ese sistema normativo; relaciones que, a su vez, nos permiten conocer su estado (vigencia), su contexto y los subsistemas de los cuales forma parte (normas complementarias, supletorias, generales, especiales, etc.) y que completan su sentido.
La interconexión sistémica de las normas no es estática y definitiva, con excepción de la derogación total de una norma. La armonía de un sistema normativo y su equilibrio están en permanente entropía; además de la incorporación de nuevas normas en forma constante, las normas que ya existen son modificadas, suspendidas, prorrogadas, pierden estado, se derogan. De allí la necesidad de generar permanentemente información adicional (metadatos) que permita a los ciudadanos conocer con un alto grado de certeza todas las conexiones sistémicas y la vigencia de cada norma en determinado tiempo y condición.
A estas condiciones “naturales” de todo sistema normativo, se le agregan las alteraciones que produce la ausencia de técnica legislativa, los errores de técnica legislativa o “la mala” técnica legislativa aplicada a la creación de una ley/ordenanza. Evitar estos errores permitiría, muy probablemente, mantener la armonía del sistema normativo, tener una acabada interpretación de sus interconexiones y producir una mejor aplicación de las normas, sin distorsiones ni desviaciones respecto del objetivo político por el cual fueron sancionadas.
Hablar de técnica legislativa sistémica es visualizar la norma en el sistema normativo, en su complejidad estructural. Esta noción de técnica legislativa desde el ángulo del sistema normativo es útil al legislador y al ciudadano; les permite acceder a un plano superior de conocimiento de las normas, aún sin profundizar en el concepto de sistema normativo planteado desde la teoría jurídica.
Desde la técnica legislativa sistémica, la idea de universo normativo, los conceptos de sistema y subsistema o complejos de normas, la noción de cadenas o secuencias normativas, permiten obtener una representación de las relaciones normativas, un mapa que nos guía en el entramado de la legislación.
Relaciones normativas
Figura 5: Relaciones normativas. Contexto sistémico
Fuente: elaboración propia
La figura 5 nos muestra un mapa del contexto sistémico de una ley/ordenanza.
Se pueden visualizar rápidamente la mayoría de sus relaciones normativas posibles con otras normas del sistema normativo.
Figura 6: Relaciones normativas. Complejo sistémico. Subsistema de normas.
Fuente: elaboración propia
Complejo sistémico de leyes y decretos de la provincia de Córdoba
El complejo sistémico o susbsistema normativo representado en la figura 6 nos muestra las relaciones reales entre varias normas del sistema normativo de la provincia de Córdoba.
Todo se inicia al momento de sancionarse la Ley 8889, que derogaba la Ley 6702 y modificaba la 6701, pero su entrada en vigencia estaba suspendida, ya que comenzaría a regir seis meses después de la sanción.
Sin embargo, previo a la entrada en vigencia de la Ley 8889, el Decreto 2947/01 suspendió esa entrada en vigencia y les otorgó vigencia transitoria a las leyes 6702 y 6701, incorporándolas además a su propio texto.
El Decreto 2947/01 fue ratificado por la Ley 8992.
Posteriormente, tanto la Ley 9000 como el Decreto 2128/03, modificaron el Decreto 2947/01.
Finalmente, la Ley 9210 derogó la Ley 8889 y restableció la vigencia de las leyes 6701 y 6702.
El mapa de este complejo sistémico nos permite visualizar el entramado normativo y sus múltiples conexiones sistémicas que, en definitiva, conforman un verdadero susbsistema de normas.