Читать книгу La fiscalidad de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil - Pablo Chico de la Cámara - Страница 3
Índice General
(CARTOGRAFÍA DEL TERRENO)
ОглавлениеPrólogo A CARGO DEL DR. D. DANIEL BERZOSA LÓPEZ
Presentación (A MODO DE PROSPECCIÓN DEL TERRENO)
Parte primera (ACANTONAMIENTO) Tributación directa (FUEGO DIRECTO)
I. IRPF: las rentas percibidas por el personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
A) Tipología de los rendimientos del trabajo sometidos a gravamen
2. Dietas y asignaciones para gastos de viaje cuando la comisión de servicios supere los nueve meses
3. Prestación del servicio militar como alférez eventual
a) Ayudas económicas concedidas por gastos de enfermedad o sanitarios cubiertos por el Servicio de salud o Mutualidad
b) Ayudas económicas para cursar estudios a todos los niveles y grados del sistema educativo
1. Prestaciones económicas extraordinarias por actos de terrorismo
2. Pensiones por lesiones producidas en la Guerra Civil
5. Trabajadores desplazados al extranjero (“expatriados”)
6. Prestaciones percibidas por entierro o sepelio
1. Primas concedidas a militares que pasan a situación de reserva
2. Ayudas económicas para acceder a una vivienda
D) Gastos deducibles para la cuantificación del rendimiento neto del trabajo
1. No deducción de la cuota pagada a la Asociación de Socorros Mutuos
2. Reducción por trabajador activo con discapacidad en situación de “reserva”
E) Precio de enajenación fijado por INVIED en las transmisiones de bienes inmuebles
F) Deducción por adquisición de vivienda por militares destinados
G) Obligación de presentar la autoliquidación de IRPF
A) Planteamiento
A) Planteamiento
1. Ideas preliminares
a) Inmuebles en régimen de concesión en favor de NAVANTIA
b) Residencias militares del Ejercito de Tierra, de la Armada y del Ejercito del Aire
c) Viviendas en zonas de acuartelamiento militar o de la Guardia Civil
d) Garajes y talleres destinados a reparación de vehículos
e) Inmuebles donde se alojan vehículos adscritos a la Delegación de Gobierno y parques de bomberos
f) Pabellones-vivienda de personal de centros penitenciarios
A) Planteamiento
Parte segunda Tributación indirecta (FUEGO INDIRECTO)
II. Exenciones aplicables a las Fuerzas Armadas españolas
A) Contexto
1. Exenciones en buques, aeronaves y elementos relacionados
2. Avituallamiento de buques y aeronaves
3. Imposibilidad de legislar otras exenciones, el ejemplo español
1. Contexto
2. Exenciones para el avituallamiento de buques y aeronaves
3. Energía eléctrica generada y consumida en embarcaciones y suministro en puerto
4. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte
5. Impuesto sobre gases fluorados
1. Contexto
2. Antes del Reglamento 150/2003
3. Tras la entrada en vigor del Reglamento 150/2003
III. Exenciones aplicables a fuerzas armadas extranjeras en virtud de convenios internacionales
A) Planteamiento
B) Tributación indirecta en el marco de la OTAN
1. Tratado del Atlántico Norte
2. Compatibilidad con el acervo comunitario
3. Regulación de las exenciones en las leyes nacionales
C) Fuerzas de Estados parte de la OTAN en territorio español
D) Cuarteles militares generales internacionales sitos en territorio español, centros combinados
E) Reglamento de las exenciones fiscales relativas a la OTAN
1. Exenciones de derechos de importación
3. Exención en Impuestos Especiales
F) Aplicabilidad a los nacionales
G) Convenio España – EEUU para la explotación de las bases conjuntas
H) Extensión al impuesto sobre gases fluorados
IV. Esfuerzo común de defensa UE
II. El estatuto de la fuerza en territorio extranjero
IV. La tributación directa de las Fuerzas Armadas desplazadas a un tercer Estado
V. La tributación indirecta de las Fuerzas Armadas desplazadas
B) Exenciones en beneficio de los miembros de la fuerza
VI. La tributación de las contratas de las Fuerzas Armadas
A) Tendencia a la externalización de los servicios y su reflejo en los SOFA
B) Beneficios exentos conforme a algunos SOFA
C) Tributación de los beneficios ante la ausencia de SOFA
Conclusiones y reflexiones críticas (LOCALIZACIÓN DE OBJETIVOS)