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II.
LOS FUNDAMENTOS El Preámbulo
ОглавлениеJavier Martínez: Creo que hay que hacer una distinción, antes de volver sobre el tema de los derechos y obligaciones, y es que me parece que es indispensable que esta Constitución declare explícitamente desde dónde surge, desde qué ambición, desde qué valor central; y eso habría que hacerlo explícito en un texto previo al articulado de la Carta. Es lo que en muchos textos importantes se llama el “Preámbulo”, donde se hace una declaración de principios.
Ricardo Lagos: Como el que hablábamos antes, el “We, the people” de la Constitución de los Estados Unidos.
Una Constitución responde a un anhelo colectivo de convivencia bajo ciertos principios fundamentales, relevados por el contexto histórico en que nace.
Javier Martínez: Exactamente, y creo que es necesario decir que esta Constitución nace desde la sociedad chilena, desde su afirmación de ser iguales en dignidad, de su espíritu de igualdad y libertad, de los valores que la inspiran y quiere reafirmar para todos sus hijos y en el Estado que la organiza. Es una declaración de frases directas y simples. Por ejemplo:
i) Chile es una sociedad de iguales. La búsqueda de igual dignidad en el trato y en las condiciones de vida de todos sus habitantes es una orientación permanente del Estado.
ii) En Chile no existen privilegios y se rechaza toda forma de discriminación o abuso.
iii) Chile es una sociedad de libres; sus miembros solo reconocen autoridad en la ley y solo a la autoridad de la ley se someten.
iv) Chile es una sociedad humana que convive armónicamente con su medio natural.
En fin, una declaración de ese tipo que concluya enunciando el acuerdo solemne que se firma en el plebiscito: “Como ciudadanos libres e iguales, acordamos que las siguientes reglas nos obliguen y sean la Constitución Política de nuestra República”. Me parece que el Preámbulo es muy importante, incluso tanto o más que los artículos que vienen después porque, aunque no es el articulado y no forma parte de él, es el aliento que lo anima.
Ricardo Lagos: Y por lo tanto es el criterio básico desde donde se deben interpretar sus normas, en caso de dudas o controversias futuras.
La nueva Carta, y su Preámbulo, debería reflejar el sello democrático, igualitario y libertario que la hace nacer y la responsabilidad común con el futuro nacional que la anima. De modo que este sea el “espíritu” con el que deba ser interpretada en el futuro.
Javier Martínez: También es muy importante señalar la fuente de su legitimidad, es decir, que nace de la sociedad, por un acuerdo entre todos. Firmada por personas libres, esta Constitución precisará nuestros derechos y también nuestros deberes.
Ricardo Lagos: Ese es un punto muy medular, o sea la necesidad de una declaración de principios y, como tú dices, lo lógico sería ponerlo en el Preámbulo, porque en el fondo sería, en este caso, el “nosotros, el pueblo”, que debe incluir también la reflexión de nosotros, la Convención Constituyente, algo así como “nosotros que hemos sido elegidos por nuestros iguales para redactar esta ley principal, representando la voluntad soberana del pueblo de Chile y que este tendrá que ratificar”. La razón de ser del “poder” de ellos radica en que le ha sido delegado por el pueblo y esa es la madre de todas las constituciones, esa pregunta por dónde surge la autoridad con que se redacta, porque cuando nos referimos a lo que se redactó en el año 1980, el argumento era “nosotros con la fuerza de la bayoneta”.
Javier Martínez: Es verdad, en el origen de la mayor parte de las constituciones está la imposición de un sector de la sociedad sobre otro. Las excepciones son las constituciones fundacionales, las constituciones revolucionarias y las constituciones de independencia (que también son revolucionarias porque es un país que pasa a ser independiente, establece las reglas con las que va a funcionar y basa la soberanía en el pueblo que se ha liberado). Pero en la mayor parte de los casos lo que hay es un grupo de gente que establece, dentro de las mismas normas que están funcionando, unas reglas generales que no parten de la soberanía popular, sino que comienzan de una representación menos clara. A mí me parece que antes de establecer los principios y los derechos que consagra la nueva Constitución, tiene que decir en nombre de quién se está haciendo.
Ricardo Lagos: Por esto el Preámbulo es muy importante porque indica la fuente, en nombre de quién habla la Constitución. En muchas otras constituciones los preámbulos se hacen invocando a Dios. Pero eso es una “invocación”, no hablan “en nombre de”.
Javier Martínez: Y si lo hacen es muy peligroso porque los preámbulos, cuando tienen fuerza, son la base fundamental para interpretar los textos constitucionales. Entonces si uno invoca a Dios, bueno, otro puede decir a mí Dios me dictó esta otra cosa, o Dios habla a través del clero y el clero ya no está de acuerdo.
Ricardo Lagos: Ahí tenemos un punto inicial respecto de cómo debiera entenderse el “nosotros, el pueblo”. ¿Tendría que haber alguna referencia sobre la forma en cómo fueron designados los convencionales en ese Preámbulo?
Javier Martínez: No, yo diría que no, porque lo que estamos redactando es el Preámbulo de la Constitución que será aprobada por la gente directamente en el plebiscito. Entonces lo que tiene que decir el Preámbulo es lo que declara todo el pueblo de Chile al votar favorablemente la Constitución. Esta no es una declaración que realiza la Convención Constituyente, es una declaración que hace el pueblo de Chile, esa es la distinción que quiero hacer. Una cosa es lo que diga la Convención respecto de su propio poder delegado y otra cosa es lo que aprueba el pueblo de Chile en su Constitución y en eso que aprueba. Por esto el Preámbulo tiene que decir “nosotros, el pueblo de Chile, aprobamos estas reglas”.
Ricardo Lagos: O sea el punto de vista de la redacción de la Constitución tiene que decir “nosotros, el pueblo de Chile”.
Javier Martínez: En el Preámbulo tiene que estar la marca de origen de esta Constitución que es el reclamo de igualdad. Por eso debería decir “nosotros, como ciudadanos libres e iguales, acordamos que nos obliguen estas reglas como la nueva Constitución Política”.
Ricardo Lagos: Lo que dices es “no solamente somos libres, somos también iguales en dignidad y derechos” y sabemos también que tenemos deberes a cumplir para nuestra vida en común. Sí, me parece que ese es el contenido básico, el principio fundamental que se establece desde el Preámbulo. Debiera ser la piedra angular de la nueva Carta. Ahora bien, en el Preámbulo no se agota la “declaración de principios” de la Constitución, de hecho, me parece que toda ella debe ser la encarnación de un nuevo “entendimiento ético” de Chile. Estamos llamados a trabajar en un contenido constitucional capaz de plantear un nuevo modelo de desarrollo, centrado en el ser humano. En el que exista una institucionalidad permanente de escucha y seguimiento del pensar ciudadano, de interacción directa y concreta con la ciudadanía. En el que haya suficiente coherencia y equilibrio entre los tres poderes principales del Estado. Que permita consensuar vías de crecimiento económico y políticas sociales a largo plazo, orientadas a reducir drásticamente la desigualdad, con un sistema tributario progresivo y justo. Que genere mecanismos (especialmente a nivel local) que permitan una alta participación ciudadana en el sistema de servicios públicos esenciales, para ir definiendo los “mínimos civilizatorios” que se va fijando la sociedad en cada momento. Y que podamos funcionar efectivamente como una sociedad que respeta y cuida el medioambiente. Al conversar sobre esta nueva Constitución, nos cabe concordar en cómo ordenamos este nuevo contrato social, en el que los poderes y las instituciones republicanas recuperen la confianza de los ciudadanos.
Como libres e iguales, acordamos que nos obliguen estas reglas.
Javier Martínez: Me parece. Entremos entonces en lo que sería propiamente el cuerpo, lo que usualmente va en el articulado de una Carta constitucional. Y lo primero aquí sería volver sobre el tema de los derechos.