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LA INMACULADA EN LA UNIVERSIDAD DE VALENCIA DEL SIGLO XVIII

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ARMANDO PAVÓN ROMERO

Universidad Nacional Autónoma de México

YOLANDA BLASCO GIL

Universitat de València

LA UNIVERSIDAD DE VALENCIA Y LA DOCTRINA DE LA INMACULADA CONCEPCIÓN

El Reino de Valencia se afirmó como cristiano después de la conquista de Jaime I. El rey intentó la creación de una universidad, por medio de una bula de Inocencio IV en 1245. El proyecto no se llevará a cabo y en los Fueros de Valencia se establecerá una cierta libertad de enseñanza: «Atorgam que tot clergue o altre hom pusque francament e sens tot servii e tribut, tener studi de gramàtica e de totes altres arts, e de fisica e de dret civil e canònich en tot loch per tota la ciutat».1

Esta libertad significaba el fracaso de la creación de la Universidad y de una institución que otorgara grados válidos en toda Europa. Hasta el siglo XV no se darán los elementos necesarios para su creación. En 1498 el Consell General de la ciudad se reúne y aprueba la remodelación de la casa de estudios y la redacción de nuevos estatutos: las constituciones de 1499. El Consell Municipal, de acuerdo con el arzobispo, solicitará la bula en agosto de 1498: bula pontificia de 1501 y privilegio real de 1502. El 13 de octubre de 1502 se inaugura el Estudio General. Se aprovecha la buena coyuntura con el papa valenciano para que surja una universidad de patronato municipal. Su estructura y poderes durarán, con matices menores, hasta la revolución liberal. Habrá cambios en 1611, 1660, 1673, 1733, 1720, 1786…, y constituciones en 1499, 1561, 1563, 1611, 1651, 1674, 1733 y 1787… Las primeras constituciones de 1499 comenzaban con una invocación a dios y a la virgen:

Los capítols e ordinacions per lo legir en lo Studi General

En nom de la Sancta Trinitat Pare, e Fill, e Sanct Sperit, e de Jesús, redemptor nostre, e de la gloriosa e intemerada Verge Maria, mare sua, Sàpien tots que dimarts, comptant trenta del mes de abril de l’any mil quatre-cents noranta-nou, los magnífichs mossèn Jaume Vallés, cavaller, en Damià Bonet, en Bernat Vidal, en Luís Amalrich, e en Pere Belluga, ciutadans, jurats en lo any present de la insigne ciutat de València, ensemps ab lo magnífichs mossèn Joan de Vilarasa, absent per sa indisposició de aquest acte, en Gaspar Amat, ciutadà, racional, en Bernat de Assió, notari, sindich de la dita ciutat, ajustats en lo studi de la casa del dit magnifich racional, la qual té en la parròquia de Sent Martí, davant la ecclésia de Sent Martí…2

Más tarde, en 1530 –refiere Ortí Figuerola–, la Universidad de Valencia sería la primera en el mundo hispánico en establecer el juramento de defensa de la Inmaculada Concepción de la Virgen para la colación de los grados.3 París impondría un juramento semejante, le siguieron Colonia y Maguncia.

En el derecho valenciano será en cortes de 1645 cuando por primera vez aparezca la imposición del misterio de la Inmaculada, declarando el día festividad en el primer fuero aprobado:

Primerament la devoció que los vehins y habitadors de la present ciutat y regne sempre han tengut y tenen a la Inmaculada Concepció de la gloriosa sempre Verge Maria, Mare de Deu, nostre Senyor, és molt gran, y per la molta reverència que se li deu. Supliquen a vostra magestat los tres braços sia servit intercedir ab sa Sanctedat per a que lo dia de la festa de la Concepció sia de precepte en la dita ciutat y regne manant a son embaixador que assistix en Roma obtinga lletres o breu per a dit efecte. Plau a sa magestat.4

Veremos la gran devoción de los valencianos a la Inmaculada y cómo piden que sea precepto su dogma ante su santidad el papa.5

En el siglo XVIII, Felipe V impondrá la nueva planta borbónica a los reinos de la Corona de Aragón… Unos días después de la victoria en Almansa, el rey suspende el patronato de la ciudad sobre el estudio general. En un primer momento pretendió la reforma de las universidades de la Corona, suspendió su funcionamiento y en Cataluña trasladó las existentes a Cervera, que funda en 1717 aplicando el modelo castellano de Salamanca.6 Valencia, a pesar de sus dificultades, mantuvo su organización municipal; pasó años difíciles aunque no sufrió cambios tan profundos. El decreto de 30 de mayo de 1707 suspendía el patronato de la ciudad; en lo sucesivo no podría nombrar catedráticos, pavordes, ni rector, mientras no decidiese el rey. La Universidad atravesó años de penuria, el cierre de sus aulas desde 1705 a 1708 y, cuando se abrieron, no pudo funcionar con normalidad. La ciudad, el Ayuntamiento, se hará cargo de profesores y gastos, para que sigan los estudios. Nombraría vicerrectores, examinadores y profesores interinos, les pagaría los salarios. Finalmente, en 1720 el rey devuelve el patronato a la ciudad, para evitar, según el municipio, que se perdiesen las rentas y se extinguiesen las pavordías. Cuando en 1733 se den nuevas constituciones se traducen las antiguas sin apenas retoques. Los acontecimientos políticos dieron lugar a la pérdida del derecho foral valenciano y, en un principio, del patronato municipal sobre la Universidad. Pero fue devuelto. Más tarde, se verá afectado por la tendencia centralizadora de Carlos III, con sus reformas universitarias. Se darán nuevos planes de estudio, con una concepción diferente. En los claustros de Valencia se intentó presentar un plan de estudios al rey, con falta de acuerdo entre tomistas y antitomistas. Con ocasión de la provisión de cátedras, el Consejo de Castilla impugnó en 1776 el patronato municipal sobre la Universidad… En 1784 se recuperó, gracias al rector Vicente Blasco. En diciembre de 1786 el rey aprueba su nuevo plan de estudios, notificado al claustro en marzo. Se concedía una dotación fija de renta anual del Ayuntamiento y de la mitra que administraría la Universidad. En 1827 se incorporará el patronato a la Corona.7 Sin embargo, pese a todos los avatares sufridos por la Universidad, la advocación a la Virgen permanecerá hasta 1854, año en que se decreta el dogma de la Inmaculada Concepción, mediante la bula de Pío IX Ineffabilis Deus.

LOS CLAUSTROS UNIVERSITARIOS

Una de las series documentales más importantes en los archivos universitarios es la de los libros de claustros. La Universidad de Valencia cuenta con los claustros de catedráticos; permiten conocer y comprender la Universidad, su modelo, organización y poderes, relación con la Corona, fiestas académicas y religiosas, planes de estudio, cursos, exámenes, cargos académicos, nuevas asignaturas y demás noticias o datos concernientes al estudio.8 No puede prescindirse de su análisis si se quiere hacer una historia de la Universidad no superficial. Los claustros recogen reales cédulas o disposiciones dadas por el rey y mandadas acatar por los claustrales… Son útiles para reconstruir los grupos académicos, para averiguar los juegos de poder en la Universidad, en conexión con la enseñanza en las aulas, la ciencia o los saberes, disciplina escolar, pleitos con los síndicos del Ayuntamiento, exámenes, grados, vestimenta académica, asientos. Así como aspectos de la economía de la Universidad, matrícula de alumnos, gastos o salarios del personal universitario. En muchos casos, núcleos principales de la historia de las universidades.

En estas reuniones se tratan problemas y cuestiones que afectan a los estudios. Sus actas son importantes para conocer la vida diaria. Son una fuente rica por los datos que aportan, con muchas posibilidades, sobre todo hasta el silgo XIX, en el que el poder centralizado de los reyes controla la vida de los claustros, ya iniciado con los últimos reyes del XVIII. De ahí la importancia de su transcripción para una universidad, pues facilita el estudio a investigadores. No obstante, podrían aplicarse técnicas que maximicen este arduo trabajo, lo completen y saquen el mayor rendimiento a su estudio, aportando facilidades de conocimiento al investigador y simplificando su estudio, técnicas que permitan el acceso al conocimiento de estas transcripciones, como son los estudios bibliométricos.9 Por otra parte, aunque los temas tratados por los claustros son muy variados, nuestro objeto en este trabajo partió de la obvia invisibilidad de la mujer. Consideramos que una manera de abordarlo era a través de la representación de la Inmaculada. Presentamos algunos de los esfuerzos que realizamos, y luego nos centramos en una polémica que nos devolvió a la ciencia y al juego de poderes internos y externos propios de las universidades hispánicas del XVIII.

Cabe volver a mencionar que hay varios tipos de claustros, que pueden recogerse en el mismo libro o en varios. En el siglo XVIII encontramos un claustro mayor que aprobaría o dispensaría las constituciones de las universidades, un claustro de examinadores de cada facultad que se reúnen, presididos por un prior, para establecer acuerdos o repartir propinas de los grados, así como reuniones de pavordes eclesiásticos para administrar sus rentas y distribuirlas. De otra parte, está el claustro general de catedráticos, que será el órgano de representación que recibirá reales órdenes, pero también hará llegar a instancias superiores el sentir de la Universidad y resolverá asuntos menores sobre el estudio. Estará presidido por el rector de la universidad o por el vicerrector y se celebrará en la capilla de la Universidad. Estaba formado por todos los catedráticos de esta. Además había claustros o juntas de catedráticos de las distintas facultades: claustros particulares de catedráticos de medicina, teología, filosofía y leyes y cánones.10

En definitiva, a través de los claustros podemos estudiar la composición, tipología y materias o asuntos del estudio, depositados en el archivo de la Universidad, desde el XVIII. No obstante, un tema como el que ahora nos ocupa no ha sido suficientemente tratado.11

LA INVISIBILIDAD DE LA MUJER

Es sabido que la Universidad era una institución masculina. No había mujeres universitarias… Sin embargo, a partir de nuestro trabajo de transcripción de claustros hemos determinado qué presencia de mujeres hay en las actas, fundamentalmente a través de la Inmaculada. Hemos utilizado los dos volúmenes –78 y 79– y recontamos 62 palabras referentes a las mujeres, tales como: «mujer» –y con variantes como «mujeres», «muyer», «muier»–, «princesa», «reina» –en castellano o valenciano–, «Santa» –con la variante «santes»–, virgen –con la variante «verge»–, «Ynmaculada» –con sus variantes «Inmaculada» e «Ymmaculada»–, e «infanta», «señora», «señorita», «doncella», «dama», «doña» o «Doña», todas incluyendo sus plurales.

Al mismo tiempo, y para contrastar, hemos elegido tres palabras en masculino: doctor, catedrático y señor –todas con sus plurales–. El resultado es el siguiente:

Palabras Número total
Señora 457
Sapiencia 360
Santa 196
María 66
Merced (Señora de la) 43
Princesa 36
Ynmaculada (y variantes) 32
Divina 30
Puríssima 22
Señor 3.732
Catedrático (s) 492
Doctor (es) 445

La comparación es abrumadora a favor de las palabras en masculino. La diferencia entre «Señor» y «Señora» es de 8 a 1. La palabra sapiencia aparece 360 veces porque alude a la capilla donde se celebraban los claustros y las actas establecen siempre el lugar donde se realizaban las reuniones, mediante fórmulas tales como: «Junta de Claustro General de Cathedráticos… celebrada en la Capilla de Nuestra Señora de la Sapiencia…» y, por lo que toca a la otra palabra más numerosa, «Santa», podemos decir que siempre refiere a la «Santa Iglesia». La mayor parte de estas palabras tienen un carácter religioso o vinculado a la Iglesia, pero algunas aparecen en tanto que familiares del rey, casi siempre para hacer rogativas por el embarazo o el buen parto de las princesas.

EN TORNO A UNA CONCLUSIÓN SOBRE LA INMACULADA

Acerca de la Inmaculada, destaca en estos libros de claustros una polémica surgida a propósito de un doctorado en teología. Se trata del caso del bachiller Manuel de Noé y Guas, que presentó entre las conclusiones que defendería una que resultó polémica y que desbordó al claustro de catedráticos. La primera mención aparece en el claustro de junio de 1777.12

Claustro de 26 de junio de 1777

El acta da cuenta de que el vicerrector, Luis de Adamdrat, a requerimiento del síndico del claustro general, Joseph Escrig, mandó suspender el acto de conclusiones para el doctorado en teología del bachiller Manuel de Noé y Guas, debido a la proposición siguiente:

Rationabiliter Creditur Beatam Virginem Mariam, quod genuit Unigenitum a Patre, plenum gratiae, et veritatis, fuisse in utero Sanctificatam. La qual parecía opuesta al Juramento que en esta Universidad se presta en confeción y defensa del Ministerio de la Puríssima Concepción Ymmaculada…13

El vicerrector, como se ha dicho, suspendió el acto el mismo día en que se hallaba convocado y citó a junta de claustro general para oír al claustro de teología. El primero en hablar fue el doctor Manuel Miralles, presidente del acto de conclusión y, en consecuencia, padrino del bachiller Noé. Dijo, en primer lugar, que él había hecho el juramento de defender el misterio de la concepción. También dijo «que la Conclusión ni habla ni se propone hablar del Misterio, ni en toda ella [la proposición] hay una palabra que se oponga a él…».14 Explicó que «Rationabiliter» significa: «en fuerza y peso de la razón» y por tanto, acompañado de «Creditur»: «En fuerza y peso de la razón se cree». Y que la última parte, «fuisse in utero Sanctificatam», al ser una oración indefinida abarca todos los instantes del útero. Miralles se salió del claustro para que «pueda con más libertad resolver lo que Juzgare Justo». El claustro de teología, excepto Adamdrat, concluyó:

Que la referida Propossición no es digna de Censura theológica, pero sí necesita de reforma y mayor explicación, en orden al Misterio de la Ymmaculada Concepción de María Santíssima, según la fórmula que para ello tiene de Juramento la Universidad de Valencia.15

Una vez escuchada la opinión del claustro de teología, el claustro general de catedráticos, excepto Adamdrat, acordó nombrar comisarios –Joseph Escrig, catedrático de leyes, y Sebastián Sales, pavorde y catedrático de teología– para que avisaran al fiscal Thomás Sanz de Velasco, en tanto censor regio. Si este estuviera de acuerdo se procedería a cumplir los siguientes acuerdos del claustro:

– Preguntar al impresor de las conclusiones cuántos ejemplares se imprimieron y se entregaron al bachiller.

– Pedir al bachiller Noé recoger todos los ejemplares y entregar el total al archivo de la universidad.

– Informar al bachiller de que para graduarse debe defender la tesis con la corrección formulada por el claustro de teología. De lo contrario, se le prohíbe defender la tesis como la ha presentado.

El claustro general también consignó la posición del vicerrector Adamdrat, el único en contra de la propuesta del claustro de teología. Pidió una resolución más contundente. Sostenía que la tesis era contraria al misterio y que implícitamente le negaba. Con ello, se aborda «el Misterio como Proposición theológica [e iba] contra la virtud de la religión en el Juramento del Misterio». También señaló que la expresión genuit Unigenitum a Patre, tenía sentido herético y estaba prohibida en el «expurgatorio de España». Por tanto, decía, la tesis no debe reformarse para poder defenderse, sino que debe prohibirse.16

La polémica radicaba, primero, en que al decir que la virgen «fue santificada en el útero» no se establecía que fuera santificada en el instante mismo de la concepción. Entonces, podría haber sido santificada en cualquier otro momento mientras estuvo en el útero. El segundo punto fue si la expresión quod genuit Unigenitum a Patre ponía más el énfasis en la generación temporal que en la eterna. Para salvar el problema, Adamdrat y seguidores sostendrían más adelante que si se cambiaba la expresión y en lugar del ablativo se cambiara por un genitivo se salvaría el problema. Esto, en castellano, significaba cambiar la proposición «que engendró del padre al unigénito» por otra que dijera: «que engendró al unigénito del padre». El tercer punto que estuvo en los primeros momentos de la polémica –y luego apenas se mencionó– fue la expresión: «Se cree muy razonablemente», pues hubo quien interpretó que esa expresión debía leerse «muy probablemente», lo cual restaba certidumbre al misterio.

Claustro de 3 de julio de 1777

El claustro general volvió a reunirse el 3 de julio para conocer el informe de los comisarios Escrig y Sales.17 Estos relataron que se habían impreso 300 ejemplares y que el pavorde Sales había hablado con el bachiller Noé. Le pidió recoger los que se habían distribuido «y que reformase la Conclusión treinta y nueve», objeto de la polémica. Escrig le propuso que, para reformar su conclusión, el bachiller usara una proposición del papa Benedicto XIV. Entonces, según los comisarios, Noé y Guas «quedó convencido con las razones que se le dixeron».18

Se buscó a Miralles, presidente del acto de conclusiones, para que aceptase también modificar la tesis original. El pavorde Sales proponía la fórmula: «fuisse in utero santificatam in primo instanti conceptionis» e insistía en dos aspectos más de la tesis: Una en torno a la expresión: «Rationabiliter creditur», diciendo que disminuía «muchos grados» el misterio; y la segunda fue sobre la expresión: «quod genuit unigenitum a Patre», pues «confunden la generación temporal y eterna».19

El acta dice que se le enviaron tres recados durante los días 27 y primera hora del 28. Al no localizarlo, el pavorde y comisario Sales dijo al bachiller Noé que tenía de plazo hasta el día 28 a las 8:30 horas de la mañana para que «dixese su última resolución». El bachiller no apareció a la cita, ni tampoco al día siguiente, 29 de julio. Entonces, el día 30, el pavorde Sales habló con el bachiller y le llamó la atención por su conducta. El bachiller entregó solo once ejemplares de las tesis, de las cuales solo había recogido una, las demás las tenía en su casa.

El pavorde le dio unas horas más para tomar su última resolución. El acta da cuenta de que el bachiller compareció en compañía de su padre e insistió en mantener su tesis original con la interpretación de Miralles, presidente de su acto de conclusiones. Sales trató de persuadirlo de aceptar la proposición del claustro, sin embargo, el bachiller Noé dijo que «estava determinado a no graduarse». Aun así, Sales insistió y le hizo ver el escándalo que esa tesis causaría en la ciudad. Sin embargo, el bachiller se mantuvo firme en su posición. Dos días más tarde, el 2 de julio, entregó seis ejemplares, más de las conclusiones.

Terminado el relato del pavorde Sales, se hizo saber al claustro que el bachiller Noé había retirado ya el depósito que había hecho por los derechos del grado. Entonces, la asamblea de catedráticos, atendiendo al orden de la convocatoria, abordó el asunto en tres aspectos: ver la manera de recoger los ejemplares restantes, que por supuesto eran la mayoría; impedir que el bachiller Noé «vaya a otra Universidad a graduarse»; y, por último, evitar que esta situación se repitiera una vez más.20

El claustro acordó informar el asunto al rey, tomar en sus manos la recogida de los ejemplares restantes, escribir a las universidades ofreciéndoles una «breve y sencilla relación» de lo sucedido, incorporando un ejemplar de las conclusiones, y escribir también al municipio «y a quien convenga».21

Para cumplir con estos acuerdos, la asamblea de catedráticos decidió mantener a los mismos comisarios –Sales y Escrig– pero añadir otros dos, a saber, el canonista Joseph Madroño y el médico Joseph Marín, «con las mismas facultades que los primeros tienen». La idea era fortalecer a la comisión y, como puede verse, ahora había un comisario por cada una de las facultades mayores –teología, leyes, cánones y medicina–.

Tras estos acuerdos se asienta el voto, minoritario, del doctor Francisco Guimerá, catedrático de Filosofía. Este comentó que tal vez debía darse más tiempo al bachiller Noé para recoger los ejemplares de la tesis, pues el bachiller había hecho un gran esfuerzo tratando de recoger los ejemplares. Asimismo, Guimerá dijo que el bachiller entregó al vicerrector Adamdrat un memorial en que quitaba toda duda acerca de la Inmaculada Concepción de María. Sin embargo, el claustro no lo había revisado. Guimerá pedía que se revisara para ver si con ese texto se resolvía el problema, o bien que el claustro decidiera, pero con base en la lectura de ese memorial. Por ello, decía, no era necesario informar al rey de semejante asunto, pues se trataba de algo que el claustro podía resolver «con la mayor cencilles». Como hemos podido ver, estas sugerencias, prudentes, no prosperaron y se mantuvieron los acuerdos que terminaron por desbordar a la Universidad.22

Fueron notificadas todas las universidades, el municipio y el rey. Además, y como uno de los acuerdos del claustro era escribir a quien conviniese, los comisarios escribieron también al inquisidor general y, como se recordará, desde el 26 de junio se acuerda escribir al regente de la real audiencia, en tanto que censor real. Las respuestas no se hicieron esperar. En claustro de 16 de julio se leyó la respuesta del inquisidor.

Claustro de 16 de julio de 1777

En esta reunión el rector Juan Antonio Mayans presentó la respuesta que había mandado el inquisidor general y obispo de Salamanca Felipe Beltrán.23 Comenzaba diciendo que la contienda suscitada en la Universidad es «de poco gusto» y que le ha producido mucha pesadumbre «porque otra unión y más sólida paz deseara en los ánimos de los Cathedráticos y Professores de esa Universidad…». Dice que recibió la carta donde se le informa de la disputa, pero también se le entregaron las actas de dos claustros generales –de 26 de junio y 3 de julio– y las diligencias practicadas. Opina «que la Universidad podía haverse contentado con la satisfacción que dio el Dr. D. Manuel Miralles, y con la promesa de añadir a lo último de la conclusión: fuisse in utero sanctificatam in primo instanti conceptionis». También considera «que aquellos Cathedráticos que han proferido que la expresión Genuit Unigenitum a Patre tiene sentido herético», y confunde la generación temporal y eterna del hijo, «son dignos de seria reprehención y deven ser obligados a retractarse de su dicho».

De igual manera, la valenciana debe informar a las otras universidades acerca de las retractaciones que se producirán al obedecer su carta, para que entiendan que no es la Universidad la que ha dado semejante censura, sino catedráticos particulares. Y si la tesis del bachiller Noé fuera digna de reprensión también lo serían otras expresiones autorizadas por la Iglesia que enunció. Tras la lectura de esta carta siguió la votación. Era evidente que el inquisidor estaba tomando partido por la opinión generalizada del claustro de teología expresada el 26 de junio, en el sentido de que la tesis no era digna de censura, pero sí de mayor explicación. Esta posición influyó en el ánimo de los catedráticos y puede verse en la votación que siguió. El acta recoge cada uno de los votos expresados por los 25 catedráticos presentes en aquella reunión. Cada voto es diferente a los demás, aunque en varias ocasiones se dice que votan como lo hizo algún doctor, casi siempre añaden matices. Nosotros hemos hecho una clasificación, hubo 6 tipos de opiniones expresadas:

Sentido del voto N.º de votantes
Que se escriba al inquisidor, pero sin determinar el contenido (Escrig, Madroño, Gombau y Camarasa). 4
Que se cumplan las disposiciones del inquisidor, pero que también se le escriba aclarándole algunos aspectos que completan mejor la historia (Mañez y Llombart). 2
Que se escriba al inquisidor diciendo que solo hubo uno que contradijo a los demás. En este tipo de voto también se incluye la propuesta de notificar a las universidades. Pero habrá cuatro posiciones sobre escribir o no a las universidades. Que se haga, que no, que de qué manera, que se escriba para desagraviar a Miralles y Noé, pero no se cuente la retractación (Sales, Cavades, Sidro Villaroig, Sala, Adalid, Vicens, Pérez Gómez y Querol). 8
Que Miralles fue agraviado y se pide la retractación y que se avise a las universidades (Miralles, Pascual Carbonell, Joseph Marín, Carlos Cipriano Marín, Joseph Gascó, Durá, Castelló, Agut y Guimerá). 9
La retractación de Adamdrat. 1
Que el tema se resuelva en otro claustro. Por ahora que solo se junte la documentación que se ha generado (este parecer prudente fue de Manuel Locella). 1
TOTAL 25

El claustro no contó votos, acordó volver a reunirse para «tratar y cumplir lo prevenido en la Carta del Ilustrísimo Señor Obispo Ynquisidor General».24 Vicente León Navarro nos cuenta que este asunto era un capítulo más de las disputas entre tomistas y antitomistas que se ventilaban en la Universidad y en la Iglesia. La tesis del bachiller Noé debe afiliarse a la causa de los tomistas, mientras que la opinión de Adamdrat a los antitomistas. Además, el bachiller Noé era familiar del arzobispo Fabián y Fuero, conocido por su celo antijesuita, y tomista declarado. Luego de la carta del inquisidor nos dice Vicente León: «la postura de Adamdrat frente a Noé y Miralles, y por extensión al arzobispo, tuvo sus consecuencias. Fue castigado, suspendido de sus funciones sacerdotales, y encerrado en el convento de la Corona». Si bien Vicente León Navarro nos relata que el gobernador del Consejo, M. Ventura Figueroa, mandó liberar al preso, y que «fray Juan Ferrer, lector del convento donde estaba recluido Adamdrat, escribía al arzobispo para que le levantar la suspensión según ordenaba el Rey».25

La prisión de Adamdrat debió de ocurrir casi después de este claustro, pues ya no aparece en la lista de asistentes del siguiente de 19 de julio. Y debió de terminar antes del 17 de septiembre. Finalmente se llevó a cabo el doctorado del bachiller Noé y Adamdrat figuró como objetor. Salvador Albiñana recoge que Adamdrat continuó con su docencia unos años más, hasta su muerte en 1782.26

Claustros de 19 y 21 de julio de 1777

Se trata de la sesión más larga relativa a esta historia. De hecho, la votación no terminó ese 19 de julio27 y fue necesario continuar dos días después, el 21. En total votaron 27 personas, pero más de uno tomó la palabra en dos ocasiones. El claustro comenzó tratando la renuncia del doctor Jayme Pastor, por estar enfermo. Renunciaba a unos poderes que le había concedido la Universidad.

Después se leyeron dos cartas. La primera fue la del inquisidor, que se leía una vez más, y luego la de Francisco Pérez Bayer, preceptor de los infantes, fechada en Madrid el 8 de julio. Pérez Bayer decía que, de haberse hallado en la sesión del 26 de junio, se hubiera adherido a la opinión del claustro, en el sentido de que la conclusión del bachiller Noé necesitaba de reforma y mayor explicación, pues la tesis confunde y hace común el privilegio singular de la virgen, amén que fue un argumento que también se usó en contra del misterio:

porque las solas palabras Mariam fuisse in utero Sanctificatam, confunden y hacen común el Privilegio singular de la Madre de Dios, con el de Jeremías y el Bautista, de quienes también se dice con verdad que fueron sanctificados en el Vientre de sus Madres; como porque la expreción Sanctificata fuit in utero es la misma mismíssima que usavan, y de que se valían para explicar su sentir, antes y en el tiempo de Juan Escoto, los opuestos a este Misterio o piadosa opinión, como puede verse en Inocencio Quinto, en San Antonio de Padua, en Álvaro Pelagio, en Alex. de Ales y otros muchos.28

En post scriptum señala que la expresión «Genuit unigenitum a Patre» no es problemática («me parece puede salvarse la Propossición, sin confundir la generación eterna del verbo con la temporal»).29 Y dice que el genuit no genera duda, porque para referirse a una mujer normal en gestación se usa: «consipere». Pérez Bayer se declara preocupado porque considera que el asunto tendrá consecuencias, aunque desea lo contrario, que se serenen los ánimos. Y se ofrece por si puede ayudar en algo.

Luego se dio paso a la votación.30 En esta sesión votaron los siguientes catedráticos: José Escrig; Cayetano Aragonés, Joseph Madroño, Basilio Romá, Sebastián Sales, Joaquín Antonio Gombau, Jaime Camarasa, Manuel Miralles, Pedro Pasqual Carbonell, Agustín Cavades y Facundo Sidro Villarroig. Aquí se suspendió la sesión del claustro, pues era tarde, las 12.30 horas, y se acordó reanudar la sesión el día 21 de julio. El doctor Joseph Marín dijo que no podría asistir a la siguiente reunión, por lo cual dejaría su voto por escrito.

El 21 de julio de 1777 continuó la votación, que comenzó con el voto escrito del ausente Joseph Marín y Navarro. Siguieron: Manuel Locella, Jaime Belda, Carlos Cipriano Marín, Juan Sala, Joseph Gascó, Manuel Mañez, Rafael Llombart, Mariano Durá, Vicente Adalid, Gaspar Pérez Gómez, Joaquín Castelló, Vicente Agut, Miguel Alamá, Francisco Guimerá, Agustín Cavades y Facundo Sidro Villarroig.

Votaron en total 27 personas, aunque como se ha dicho alguno tomó la palabra dos veces, como Agustín Cavades. Desde luego, hubo una multitud de pareceres, pues como se ha comentado antes los que votaban igual que otro añadían aclaraciones que, a veces, eran muy largas. Pero si tratamos de sintetizar las diferentes propuestas, podemos decir que se debatieron cuatro puntos: si se debía contestar al inquisidor ya; si para contestarle se debía esperar a la respuesta del rey, pues como se recordará la Universidad también había escrito al monarca; el tercer punto, si se debía escribir a las universidades y, finalmente, un deslinde de Adamdrat. Los dos primeros eran los de mayor fuerza, pero el distanciamiento y, en consecuencia, el aislamiento de Adamdrat fueron casi unánimes. Los catedráticos decían que debía informarse al inquisidor de que la posición en contra de la tesis del bachiller Noé había sido sostenida por una única persona. Algunos, como Manuel Locella, opinaban que también debía comunicarse esto a las universidades. Aunque el deslinde era de Adamdrat, el propio Locella dijo que Sales se había excedido en sus funciones de comisario al señalar más objeciones a la tesis. También señaló como contrario a la conclusión al síndico Madroño, pero su queja no prosperó. El acuerdo solo se centró en Adamdrat, ante un intento de curarse en salud, al ver el castigo a Adamdrat.

El resultado dio once votos a favor de esperar la respuesta del rey, quince a favor de informar al inquisidor y el resto es el voto escrito de Pérez Bayer que, al llegar con retraso, no opinaba sobre el debate más actual. A favor de esperar la respuesta del rey votaron los siguientes catedráticos: Vicente Adalid, Jaime Camarasa, Mariano Durá, José Escrig, Joaquín Antonio Gombau, Joseph Madroño, Manuel Mañez, Joseph Marín y Navarro, Gaspar Pérez Gómez, Basilio Romá y Sebastián Sales. Por el contrario, a favor de escribir al inquisidor votaron los siguientes: Vicente Agut, Miguel Alamá, Cayetano Aragonés, Jaime Belda, Joaquín Castelló, Agustín Cavades, Joseph Gascó, Francisco Guimerá, Manuel Locella, Carlos Cipriano Marín, Manuel Miralles, Pedro Pasqual Carbonell, Facundo Sidro Villarroig, Juan Sala y Rafael Llombart.

Podría parecer que se dirimía quién detentaba la jurisdicción en este asunto, el rey o el inquisidor. El doctor Carlos Cipriano Marín dijo, por ejemplo, que al ser competencia del inquisidor el rey tendría que opinar en el mismo sentido. Pero en el interior de la Universidad lo que parecía debatirse era quién había tenido la razón, si el vicerrector y los escasos catedráticos que opinaron como él o el bachiller y su presidente. Si atendemos a la propuesta de Vicente León, se estaría expresando el conflicto entre tomistas y antitomistas, e incluso una toma de partido frente al arzobispo. Los partidarios de escribir al inquisidor eran quienes consideraban agraviado al presidente del acto, el doctor Miralles y, por tanto, deseaban una satisfacción para él, incluyendo una notificación a las universidades. Podríamos pensar que estos doctores también se posicionaban a favor del arzobispo y que eran tomistas. Sin embargo, es posible que el asunto fuera más allá de la posición frente al tomismo, pues siguiendo la caracterización de Vicente León podemos ver que algunos «de los más furibundos defensores de la escuela suarista»31 se dividieron en la votación. Madroño y José Marín pidieron esperar la respuesta de rey; mientras que Llombart y Aragonés eran partidarios de contestar ya al inquisidor.

Tras recontar los votos, donde se impuso la idea de escribir al inquisidor, el claustro acordó una versión moderada, a saber, escribir al inquisidor dándole cuenta de la retractación de Adamdrat, diciéndole que nadie más había opinado como él. También se le debía informar que a las universidades solo se les había escrito acerca de la última parte de la tesis del bachiller Noé (y nada sobre el quod genuit unigenitum a Patre), y para mayor detalle que se le añadiera copia de la carta a las universidades. Sobre los demás asuntos no se le escribiría, se esperaría a la respuesta del rey.

Claustro de 29 de julio de 1777

Este día se reunió el claustro para obedecer la resolución del consejo de Castilla y para conocer la respuesta de la Universidad de Cervera.32 La resolución está fechada en Madrid el 25 de julio. Ofrece una relación de los hechos y de los documentos generados. Es interesante porque amplía la información que hemos reseñado a partir de las actas anteriores:33

– Se remitieron al consejo de Castilla dos textos: uno del municipio y otro de la Universidad. Ambos a causa del intento de defensa de conclusiones para obtener el grado de doctor por parte del bachiller Manuel de Noé y Guas.

– Otra «representación» de la Universidad de Valencia al fiscal de la Real Audiencia y censor regio, el señor Thomás Sanz de Velazco. El texto relata lo ocurrido antes y después de la impresión de las conclusiones.

– Dos «representaciones» más. Una de Manuel de Miralles y otra del propio bachiller Noé. También relatan su versión de los hechos.

– Otra «representación» del doctor Luis Adamdrat, catedrático perpetuo de teología.

– La real orden da cuenta de que se remitieron otros documentos anexos a tales representaciones.

Con todos esos documentos, la real orden da cuenta de los acontecimientos. Así como hemos visto referidos algunos documentos que no se habían mencionado en las actas del claustro, también vamos conociendo algunos datos que no se habían reportado. Por ejemplo, que las conclusiones del bachiller Manuel Noé tuvieron el permiso del rector y el reconocimiento del fiscal de la real audiencia, en calidad de censor regio. Acerca del acuerdo del claustro de explicar con mayor precisión la tesis, el Consejo dice: «por ser esta una materia en que siempre ha sobresalido la pía devoción de los españoles».34

Resulta también novedoso saber que el bachiller Noé y su presidente Miralles estuvieron de acuerdo si se añadía «a primo instanti suo concepcionis, vel sine macula conceptam», pero fue el comisario del claustro quien no quedó satisfecho con esta propuesta. Por ello fue que el sustentante decidió retirar su solicitud del grado.

La real orden sigue con el relato del claustro del 26 de junio, pero añade que, además de la Universidad, la ciudad acordó informar al rey «para que se digne tomar la Providencia que fuere más de su agrado».

El documento también nos dice que el fiscal de la real audiencia, en su calidad de censor de la Universidad, estableció en su «representación» cuáles fueron los motivos que lo movieron a dar su permiso para la celebración del acto. En primer lugar, dijo que la tesis estaba reconocida «por teólogo de esa Universidad» (supongo que se refiere a Miralles), que tenía el visto bueno del rector, que una similar se había «defendido dos años antes sin oposición alguna» y dijo también que al ser «materia estraña de su inspección», pues que solo examinaba si se «perjudican o no las regalías».

La real orden señala que en sus textos, tanto el presidente como el sustentante explicaron y fundamentaron el sentido de la tesis y, en virtud de ello, solicitaban que se admitiera al sustentante al grado de doctor, «guardándosele la antigüedad que le pertenecía», si no se le hubiera puesto tal objeción.

Por su parte, el vicerrector Luis Adamdrat explicaba, en su documento, los motivos que lo habían llevado a «separarse del Dictamen de los demás profesores, graduando dicha Proposición de contraria al Misterio, y que no debía correr».

Con toda esa información, el consejo se pronuncia de la siguiente manera:

– Informa al claustro de «que ha sido de su desagrado se intentase defender la referida conclusión, a vista de lo mandado en Auto Acordado diez y seis, Libro primero, título séptimo».

– Ha sido de su desagrado que el bachiller Noé «no se hubiese allanado a defender en su lugar la acordada por el Claustro, ni menos recogido los referidos exemplares como se le previno».

– Ordena que se recojan y archiven las conclusiones y señala que se está dando esta orden al regente de la audiencia para ejecutar dicha orden.

– También que el regente de la audiencia llame al bachiller Noé y al doctor Miralles y les haga saber que el consejo desaprueba la tesis treinta y nueve, y que en su lugar defiendan la siguiente: «Beata Virgo Maria, ab originali pecato servata fuit». Y, en caso de no cumplirse:

les borre de los Libros de la Universidad, y prive de los honores y exercicios de ella, y de cuenta al Consejo para tomar contra ellas la Providencia correspondiente, como trasgresores del Juramento que huviesen prestado con arreglo al referido auto acordado de defender la Puríssima Concepción de la Virgen Nuestra Señora, en el primer instante de su animación.

– Para no repetir semejantes disputas, que se despachen órdenes, como lo está haciendo, a todas las universidades del reino y a los censores regios «que no permitan Conclusiones que nieguen o impugnen directa o indirectamente en manera alguna la Puríssima Concepción de María Santíssima en el primer instante de su animación».

– Por último, ordena que esta resolución se asiente en el archivo de la Universidad y que cada año se lea a principio del curso para que nadie alegue ignorancia. Termina pidiendo acuse del documento.

Después de leerse esta real orden todo el claustro estuvo de acuerdo en obedecerla y cumplirla puntualmente. El doctor Miralles también dijo que «estaba promto a cumplir por su parte todo quanto al mismo toca».

El segundo punto del claustro del 29 de julio era la correspondencia de la Universidad de Cervera. Finalmente, se leyó la carta dirigida a la de Valencia. Con ella comenzaron a llegar las respuestas de las universidades que habían recibido la información sobre la tesis del bachiller Noé. La carta de Cervera de 26 de julio señala que la defensa de la Inmaculada Concepción es también su prioridad:

… no podemos dexar de manifestar la satisfacción que nos cave, por ver conservados en el día los esfuersos con que V.S. ya de muy antiguos tiempos se ha esmerado en pensar y trabaxar, en defensa del Misterio de la Puríssima Concepción de Nuestra Señora. Éste es igualmente el primer punto a que esta Nuestra Universidad deve dirigir, y constantemente dirige todos sus pensamientos y trabaxos, assí por la hora que logra de tener a la Divina Señora por Patrona titular y Blasón de sus Reales Armas, como por jurarla Immaculada, todos sus Doctores y Profesores.35

Claustro de 2 de agosto de 1777. Cartas de Alcalá y Santiago

Para esta fecha el claustro valenciano conocía ya la resolución del consejo de Castilla y había decidido obedecerla. Sin embargo, seguían llegando cartas de las universidades.36 Para los valencianos estas misivas llegaban con retraso, pues el conflicto estaba resuelto por el consejo de Castilla y, de hecho, el Estudio de Valencia preparaba ya las acciones para cumplir con la resolución del consejo de Castilla, entre las que se incluiría escribir nuevas cartas a las universidades para solicitar, ahora, la devolución de las conclusiones del bachiller Noé.

En general y como en el caso de Cervera que se vio ya, las cartas de las universidades felicitaban al rector y Estudio valenciano por las medidas tomadas en el caso del bachiller Noé. Se hace saber que las universidades valoran el esfuerzo de la valenciana por defender el misterio de la Inmaculada Concepción. La de Alcalá está fechada el 28 de julio. Muy corta. Dice que la Universidad de Valencia había escrito a Alcalá el 8 de julio. Acusa recibo de las conclusiones impresas y repartidas del bachiller Noé, e informa únicamente que dará cuenta de esta carta en el primer claustro siguiente:

He recibido las Conclusiones impresas y repartidas a nombre del Bachiller en Theología Manuel Noé, para el Grado de Dr. en esta facultad, que V.S.S. me remiten con fecha de ocho del corriente. Y quedo enterado de la determinación de los dos Claustros Generales celebrados por esa Universidad, sobre la Proposición treinta y nueve, Página veinte y una de dichas Conclusiones; cuya determinación haré presente a esta Universidad en el primer Claustro que congregaré.37

La carta de Santiago, fechada en 21 de julio, muestra que el claustro conoció la misiva valenciana. El documento da idea del texto con que se redactó la misiva del claustro valenciano:

haver observado algunos Cathedráticos de essa Muy Ilustre Universidad, ser poco decorosa y conforme al Misterio de la Ymmaculada Concepción de Nuestra Señora, la Proposición treinta y nueve, Página veinte y una de las Conclusiones impresas y repartidas a nombre del Bachiller en Theología Manuel Noé, para el Grado de Doctor en la misma facultad, y de las que acompañava un exemplar, presedido maduro examen en dos Claustros que a este efecto se havían celebrado, se havía determinado el impedir o no permitir se defendiese la referida Proposición, y que se escriviese a las demás Universidades del Reyno, para que estuviesen enteradas de la pureza con que V.S.I. pienza, siempre ha pensado y trabaxado en defensa del Misterio de la Concepción.

Entonces, el claustro de Santiago: «ha acordado se manifestase a V.S.I. la suma complasencia con que ha recibido la de V.S.I. y aplaudido una resolución tan acertada y conforme a la más sana Doctrina y estatutos de ésta y de las más de las Universidades de España».

Claustro de 14 de agosto de 1777

El rector recordó al claustro que por resolución del consejo se debían recoger las conclusiones del bachiller Noé.38 El asunto había pasado a la Real Audiencia y lo estaba viendo. El rector recordó que ya en su momento se le había pedido al bachiller la recolección de aquellas conclusiones; que este había manifestado que no había podido recoger dieciséis, pues las había entregado al pavorde Sebastián Sales, el cual las había remitido a las universidades. Por lo cual, decía el bachiller, debía quedar exonerado de la recogida y encargar dicha tarea a Sales. El rector decía que el regente de la audiencia estaba de acuerdo con esta propuesta. Sales, por su parte, había presentado «descargo» explicando que había enviado esos 16 ejemplares a las universidades en su función de comisario del claustro y cumpliendo el acuerdo de este. Decía que al terminar sus funciones de comisario ya no estaba obligado a recogerlas y que, más bien, era tarea del claustro. Entonces el claustro acordó escribir a las universidades para solicitar la devolución del texto, explicando que las pedían en cumplimiento de una real orden. También acordó que los ejemplares recuperados se entreguen al regente de la audiencia. La tarea se encargó, en esta ocasión, a Juan Sala, catedrático de Leyes.39

Luego se presentaron dos cartas de las universidades de Huesca y Sevilla. La primera estaba fechada en 27 de julio y firmada por el rector, dos consiliarios y el secretario. En ella se establece que recibieron carta de Valencia junto a un ejemplar de las conclusiones del bachiller Noé. Dicen que la Universidad de Huesca tomó conocimiento de la «sabia, bien premeditada determinación de V.S.», en defensa del misterio de la concepción.40

La carta de Sevilla, fechada el 23 de julio, da cuenta de haber recibido la carta valenciana, así como un ejemplar de las conclusiones. Explica que la suspensión de las conclusiones, «que por Acuerdo de sus Cathedráticos tuvo V.S. a bien mandar se suspendiesen, por juzgar poco decorosa y conforme al Misterio de la Ymmaculada Concepción de Nuestra Señora…», da cuenta del esfuerzo de la Universidad de Valencia por defender «siempre con tanta aplicación, celo, ternura y devoción a este Misterio». Para terminar, el claustro trató todavía un asunto más, sobre las rogativas para el feliz parto de la princesa.41

Claustro de 9 de septiembre de 1777

El claustro de catedráticos42 se reunió «para acordar el modo de presentar las conclusiones que han debuelto las Universidades».43 El catedrático de leyes, Juan Sala, informaba que había cumplido con su comisión y presentaba a la Universidad quince respuestas, doce de las cuales eran de las siguientes universidades: Alcalá, Cervera, Granada, Huesca, Orihuela, Oviedo, Salamanca, Santiago, Sevilla, Sigüenza, Valladolid y Zaragoza; tres más eran del inquisidor general, de Francisco Pérez Bayer y de Pablo Ferrandiz Bendicho, miembro del consejo de Castilla. Con ellas, Sala presentaba trece ejemplares de las conclusiones del bachiller Noé, pues dos no habían sido devueltas. Eran las del inquisidor general y de Pérez Bayer. A continuación veremos sus razones. Finalmente, Sala pedía al claustro resolver sobre el particular.44

El claustro acordó formar un expediente que incluiría copia de la carta en que se solicitaba la devolución de las conclusiones; las dos cartas originales de negativa a la devolución, las trece respuestas restantes más los trece ejemplares devueltos de las conclusiones. Se ampliaba la comisión a Sala para ejecutar esta tarea y para recibir cualquier notificación del regente sobre tal asunto.

Se incorporó al acta el texto de la carta en la que se solicitaba la devolución de las conclusiones. Esa carta va fechada el 15 de agosto de 1777.45 Se anexó también cada una de las respuestas, tanto de las universidades como de los individuos que habían recibido un ejemplar de las conclusiones. Como ya se ha dicho, dos personajes no entregaron sus ejemplares. El inquisidor dijo que las requería por tratarse de cuestiones dignas de su oficio y el doctor Francisco Pérez Bayer porque no las encontraba, debido a que en esos días había estado en dos casas diferentes, pero aseguraba que cuando las encontrara las haría llegar al claustro valenciano. De las respuestas de las universidades podemos decir que todas son breves y dan cuenta de la devolución. Es importante decir que llegaron dos cartas de la Universidad de Granada, una en la que se devolvían las conclusiones y otra retrasada, pues era respuesta al primer envío valenciano. Está fechada el 8 de agosto y va firmada por dos doctores y por el secretario.

El claustro de catedráticos granadino se pronuncia a favor de la suspensión del acto de conclusiones del bachiller Noé. Es un texto largo en que reflexiona sobre el fallo del bachiller y, entre otras cosas, dice que este no debe pensar que tiene a santo Tomás de su lado (suma teológica, 3.ª parte, cuestión 27, art. 1), pues si el santo viviera no hubiera opinado como aparece en la suma teológica, sino que se habría pronunciado por la inmaculada concepción:

No tiene de su parte a Santo Thomás, hemos dicho poco. Le está opuesto, no ha reflexionado el Argumento et contra de su mismo Artículo. Allí muestra lo que hablará el Santo si viviera en el tiempo que logra el Bachiller. Allí prueva la natividad en gracia de la Señora, porque la Yglesia Santa la celebra, y nada celebra sino lo santo. Qué diría de su concepción si huviera alcanzado estos tiempos quando la Yglesia no ya la tolera, como lo dice del suyo, sino que manda gustosa se celebre? Ha! si ahora nos hablara aquel entendimiento tan humilde como Angélico, con que gusto retractaría lo dicho en la suma (como lo hace en otras materias? Qué alegre respiraría su devoción con aquel, la Reyna amable, a quien tanto devió?, sin duda nos remitiría a su exposición del primer Libro de las Sentencias y ohiríamos con el mayor Júbilo de aquella boca órgano celestial, estas dulcíssimas palabras: talis fuit puritas Beata Virginis, quo a pecato originali, et actuali immunis fuit, tenemos el gusto de que este modo de pensar es puntualmente del profundíssimo theólogo, grande Ynterprete de Santo Thomás, el Muy Reverendo Padre Juan de Santo Thomás, en el tratado de la aprovación de la Doctrina de Santo Thomás.46

El texto granadino recupera también la idea de que, si se tratara de una santificación que no hubiera sido en el primer instante de la concepción, se estaría equiparando a la concepción del Bautista y de Jeremías. Esta fue la última carta que revisó el claustro y, tras la lectura, se dio por terminado.

Doctorado del bachiller Noé

El 17 de septiembre de 1777 el bachiller Manuel Noé y Guas, subdiácono, realizó su acto de conclusiones para doctorarse.47 El doctor Manuel Miralles, presbítero y catedrático de Teología, fue el presidente del acto. Este día, dice el acta, para llevar a cabo la ceremonia, se suspendieron los actos de oposición para las cátedras anuales de filosofía.

La tesis del bachiller Manuel Noé ya no fue la original, sino la que había ordenado el consejo de Castilla: «Beata Virgo Maria ab originali pecato servata fuit». El acta insiste en que esta tesis sustituía a la anterior «que quiso defender, y empesava: Rationabiliter creditur…».

El acto se desarrolló en dos partes: una por la mañana y otra por la tarde. Arguyeron por la mañana Vicente Peris, fray Agustín Font (religioso calzado de la Trinidad), Domingo Crespo y el bachiller Mariano Calabuig. Por la tarde, Luis Adamdrat, fray Joseph Giner (religioso mínimo de San Francisco de Paula), el doctor Matheo Fabregat y el bachiller Francisco Barruguer. El acta pone especial cuidado en señalar que el acto se celebraba cumpliendo lo dispuesto por el consejo de Castilla:

en cumplimiento de lo mandado por el Real y Supremo Consejo de Castilla, en su orden que se comunicó a la Universidad literaria de dicha Ciudad, con fecha de veinte y cinco de Julio de este año, y se halla incerta en este Libro, en el Claustro que se celebró el veinte y nueve de los mismos.48

Termina con la firma del secretario Francisco Hilario Cavaller, por orden del rector Juan Antonio Mayans.

Epílogo. Claustro de 19 de octubre de 1777

Este día se reunió el claustro de catedráticos para cumplir con la prohibición, del consejo de Castilla, de defender conclusiones que

nieguen o impugnen directa o indirectamente en manera alguna la Puríssima Concepción de María Santíssima en el primer instante de su animación; leyéndose esta resolución todos los años en esta Universidad a principios del Curso; la que haviéndose leído por mí, el infrascrito Escrivano, como queda dicho y manda el real consejo.49

Tras la lectura, el estudio acordó cumplir con la orden.

SOBRE ESTA HISTORIA Y LA DE LAS MUJERES

De esta manera finalizaba una polémica en torno a la doctrina de la Inmaculada Concepción de la virgen. Aunque se trataba de un acto académico, el tema traspasaba fácilmente las aulas universitarias y alcanzaba distintas esferas de la sociedad. En un primer momento, el asunto pudo parecer un conflicto entre tomistas y antitomistas. El bachiller Manuel de Noé y su presidente Manuel Miralles parecen alineados con los tomistas, en tanto que el vicerrector Adamdrat estaría en el otro bando. Sin embargo, este antagonismo no está del todo claro. Al consultarse al claustro de teología no encontró que la conclusión fuera digna de censura ni mucho menos herética, solo se pedía una mayor explicación; y en aquel claustro había tomistas y antitomistas. Esto es, la diferencia doctrinaria no fue impedimento para que se emitiera una opinión de conjunto. Esa fue también la opinión del claustro general de catedráticos. Hasta aquí no parece que las posiciones frente al tomismo generaran una gran división entre los catedráticos, solo aparecen opuestos Adamdrat, un síndico y, probablemente, Sales. Este, en opinión de Locella, se había excedido en sus funciones de comisario. Probablemente eso radicalizó la posición del bachiller Noé y de su presidente.

Aunque hubo una voz, la del catedrático Guimerá, que llamó a la serenidad y a la búsqueda de una solución dentro de los muros universitarios, el claustro decidió sacar el conflicto y llevarlo a los distintos poderes: el inquisidor general, el censor regio, el Ayuntamiento de la ciudad, las distintas universidades, el consejo de Castilla y el monarca. De hecho, en uno de los primeros momentos, cuando el comisario Sales habló con el bachiller Noé, le expresó el escándalo que la tesis podría causar en la ciudad, es decir, podría haber alcanzado la devoción popular y, sin declararlo, se intuye el temor de un posible motín.

Por parte de las autoridades más altas, como eran el inquisidor general y el consejo de Castilla, también se presentó un desacuerdo que se resolvió en función del poder del segundo. El inquisidor, como el claustro de Teología, no veía ninguna falta a la doctrina e impuso la retractación de los que cuestionaron la tesis. El peso de su autoridad hizo obedientes a todos los doctores. Esto generó un equilibrio de fuerzas que obligó a la retractación, el aislamiento por parte del claustro y la prisión de Adamdrat, y en consecuencia dio enjundia a Miralles y a los que coincidían con él. Sin embargo, la resolución del consejo de Castilla fue contraria a la del inquisidor, entonces, el equilibrio de fuerzas dio otro giro y volvió a hacer obedientes a los doctores, especialmente sumisos a Miralles y al bachiller Noé. El consejo, en virtud de su real autoridad, impuso la tesis que debía defender el bachiller bajo la presidencia de Miralles, so pena de expulsión de la universidad. El bachiller y su presidente obedecieron y presentaron la conclusión tal y como la había redactado el consejo. Es decir, más allá de la cuestión académica o religiosa, quedaba claro que se trataba de un asunto de poder: el control del monarca para intervenir en la universidad o para someter a su inquisidor…

Cien años después del dogma de la Inmaculada en 1854, aún se congregará todo el claustro de la Universidad de Valencia –con el rector José Corts Grau– para apoyar el dogma de la asunción de la virgen a los cielos –establecido por Pío XII en 1950– y aprovechará para pedir la declaración de la mediación de la virgen ante su hijo Jesús…50

El giro que dio nuestra investigación sobre la presencia de la mujer en la Universidad no solo nos habla de una universidad masculina –sujeta a extensos debates religiosos…–, sino que también revela la necesidad de seguir buscando perspectivas metodológicas y documentos que nos permitan encontrar esa veta que enlace la historia de las universidades con la historia de las mujeres.

1. Fur CXLIV. 2, en Pedro López Elum: Los orígenes de los Furs de València y de las Cortes en el siglo XIII, Valencia, Generalitat Valenciana-Conselleria de Cultura i Educació-Direcció General del Llibre, Arxius y Biblioteques, 2001, p. 348. Se edita el manuscrito de 1329 del Ayuntamiento de Valencia.

2. Transcripción en Bulas, constituciones y estatutos de la Universidad de Valencia, 2 vols., edición de Manuel Vicente Febrer, Amparo Felipo, Jorge Correa, Pilar García Trobat, Pascual Marzal, Mariano Peset, José Luis Peset, Salvador Albiñana, María Fernanda Mancebo, Javier Palao y María Fernanda Peset, Valencia, Universidad de Valencia, I, 1999, cita en p. 209.

3. Francisco Ortí y Figuerola: Memorias históricas de la fundación y progressos de la insigne universidad de Valencia, Madrid, Imprenta de Antonio Marín, 1730, pp. 96-106. También Manuel V. Febrer Romaguera: Ortodoxia y humanismo. El Estudio General valenciano durante el rectorado de Joan de Salaya (1525-1558), Valencia, Universitat de València, 2003, pp. 185-189.

4. Edición facsímil con estudio preliminar de Lluís Guía Marín: Cortes del Reinado de Felipe IV. Cortes valencianas de 1645, Valencia, Universidad de Valencia, 1984, p. 207.

5. Emilio Callado ha dedicado numerosos trabajos a la Inmaculada en Valencia en el XVII, aquí referimos su obra Sin pecado concebida. Valencia y la Inmaculada en el siglo XVII, Valencia, Institució Alfons el Magnànim, 2011. Más adelante citaremos un libro coordinado por él mismo. Un texto más antiguo, en Modesto Hernández Villaescusa: La inmaculada concepción y las universidades españolas, 2.ª ed., Oñate, Establecimiento tipográfico de M. Raldúa, 1901.

6. Joaquim Prats: La universitat de Cervera i el reformisme borbònic, Lleida, Pagès editors, 1993. Salamanca posee extensa bibliografía, véanse Luis Enrique Rodríguez-San Pedro Bezares: La universidad salmantina del barroco, período 1598-1625, 3 vols., Salamanca, Universidad de Salamanca, 1986, y Juan Luis Polo Rodríguez: La Universidad salmantina del Antiguo Régimen (1700-1750), Salamanca, Universidad de Salamanca, 1996. Ambos autores han coordinado la Historia de la Universidad de Salamanca, 5 tomos, Salamanca, Universidad de Salamanca, 2003-2006. Luis Enrique Rodríguez-San Pedro: «Universidad y Monarquía católica, 1555-1700», I, pp. 97-146; «El corpus normativo. Siglos XV-XVIII», II, pp. 109-130; «Cátedras y catedráticos: grupos de poder y promoción. Siglos XVI-XVIII», II, pp. 767-801; «Sobre proyección de Salamanca», III.2, pp. 1009-1028 y 1087-1100; su bibliografía, IV, pp. 129-388 y 639-834. También Clara Ramírez: Grupos de poder clerical en las universidades hispánicas. Los regulares en Salamanca y México durante el siglo XVI, 2 vols., México, CESU-UNAM, 2001, y Armando Pavón Romero: El gremio docto. Organización corporativa y gobierno en la Real Universidad de México en el siglo XVI, Valencia, Universitat de València, 2010.

7. Javier Palao Gil: «Crisis y extinción del patronato municipal sobre la universidad de Valencia a raíz de la abolición de los Fueros (1707-1827)», Facultades y Grados. X Congreso Internacional de Historia de las Universidades Hispánicas, 2 vols., Valencia, Universitat de València, 2010, II, pp. 110-143. En general, Mariano Peset (coord.): Historia de la universidad de Valencia, 3 vols., Valencia, Universitat de València, 1999-2000 –versión en valenciano, 2000–. Hace poco se completó con la obra coordinada por Mariano Peset y Jorge Correa: La facultad de derecho de Valencia, 1499-1975, Valencia, Universitat de València, 2018. Ernest Sánchez Santiró ya había estudiado la Historia de la facultat de ciencies (1857-1939). Orígens i desenvolupament d’una comunitat científica i professional, tesis doctoral inédita, Universitat de València, 1995.

8. Mariano Peset: «Los archivos universitarios: sus contenidos y posibilidades», Estudios en recuerdo de la profesora Sylvia Romeu Alfaro, 2 vols., Valencia, Universidad de Valencia, 1989, I, pp. 759-772.

9. Un resultado, en Yolanda Blasco Gil, Luis Millán González, Armando Pavón Romero, Mariano Mercado Estrada, Carlos Pavón Romero, Ana María Cabrera, Fernanda Garzón Farinós y Fernanda Peset: «Enriqueciendo la investigación en humanidades digitales. Análisis de los textos de los claustros académicos de la Universidad de Valencia (1775-1779) con KH Coder», Revista Española de Documentación Científica (REDC), 43,1 (enero-marzo 2020), e257. DOI:doi.org/10.3989/redc.2020.S1, 12 páginas.

10. Pascual Marzal ha realizado una aproximación a los diferentes tipos de claustros valencianos en Doctores y catedráticos. Los claustros del Estudio General de Valencia (1675-1741), Valencia, Universitat de València, 2003. También lo hizo Fernanda Monserrat Morales Guevara en «Los claustros de la universidad de Valencia 1793-1797», tesis de licenciatura en historia por la UNAM, 2013, inédita.

11. Continuamos con la transcripción de los libros de claustros de la Universidad de Valencia. Se ha transcrito y publicado el volumen 78 (1775-1779). Le sigue el 79 (1780-1797), que hemos transcrito y preparamos para su publicación. Como se ha mencionado, la Universidad de Valencia editó hace años Bulas, Constituciones y Estatutos de la Universidad de Valencia, en 1999; después, Historia de la Universidad de Valencia, 1999-2000; Pascual Marzal transcribió claustros inéditos de medicina en Doctores y Catedráticos…, en 2003. Faltaban la transcripción y el estudio crítico de todos los claustros de la Universidad de Valencia para ir completando la historia universitaria. Yolanda Blasco Gil publicó Claustros de catedráticos de la universidad de Valencia, 1775-1779. Estudio preliminar y transcripción, en 2012, que seguiremos en este trabajo. Continúan el libro 79 Armando Pavón y Yolanda Blasco, en prensa.

12. Este claustro en Yolanda Blasco Gil: Claustros de catedráticos de la universidad de Valencia, 1775-1779…, pp. 81-84. Advertimos que las referencias a los demás claustros que citamos también están sacados de esta obra.

13. Claustro 26 de junio de 1777, cita en p. 82. Agradecemos la ayuda de Mariano Peset y de Rosa Lucas en la traducción al castellano de la mayor parte de las proposiciones latinas. En este caso, la traducción de Peset es la siguiente: «Se cree muy razonablemente que la Santa Virgen María, que engendró del padre al unigénito, lleno de gracia y verdad, fue santificada en el útero».

14. Esta y las siguientes citas de Miralles, en Claustro 26 de junio de 1777, cita en p. 82.

15. Claustro 26 de junio de 1777, p. 83.

16. Claustro 26 de junio de 1777, pp. 83-84.

17. Claustro 3 de julio de 1777, pp. 84-91.

18. Claustro 3 de julio de 1777, p. 85.

19. El relato del pavorde Sales y citas siguientes, Claustro 3 de julio de 1777, pp. 85-86.

20. Claustro 3 de julio de 1777, p. 86.

21. Claustro 3 de julio de 1777, pp. 86-87.

22. Claustro 3 de julio de 1777, pp. 87-88.

23. Claustro 16 de julio de 1777, pp. 94-101. La carta está inserta en el acta; citas en pp. 95-96.

24. Claustro 16 de julio de 1777, p. 101.

25. Vicente León Navarro: «Conflictos ideológicos durante los primeros años de Don Francisco Fabián y Fuero en la Mitra Valenciana», en Emilio Callado Estela (ed.): La catedral ilustrada. Iglesia, sociedad y cultura en la Valencia del siglo XVIII, Valencia, Institució Alfons el Magnànim-Diputació de València, 2015, vol. 3, p. 167. Sobre los conflictos entre tomistas y antitomistas véase también Salvador Albiñana: Universidad e ilustración. Valencia en la época de Carlos III, Valencia, Universitat de València-Institució Valenciana d’Estudis i Investigació, 1988.

26. Salvador Albiñana: La universidad de Valencia y la ilustración en el reinado de Carlos III, 3 vols., tesis doctoral, Valencia, Universidad de Valencia, 1986-1987, II, p. 10.

27. Claustro 19 y 21 de julio de 1777, pp. 101-110.

28. Claustro 19 de julio de 1777, p. 105.

29. Sesión 19 de julio de 1777, pp. 105-106.

30. Sesión 19 de julio de 1777, pp. 106-110.

31. Vicente León Navarro: «Conflictos ideológicos…», p. 165. Sesión del claustro 21 de julio de 1777,

32. Claustro 29 de julio de 1777, pp. 125-129.

33. Texto de la real orden en claustro 29 de julio, pp. 126-128.

34. Claustro 29 de julio, pp. 126-127, también para las citas de dicho documento.

35. Claustro 29 de julio de 1777, pp. 128-129.

36. Claustro 2 de agosto de 1777, pp. 129-132.

37. Claustro 2 de agosto, p. 131. Misma referencia para las siguientes dos citas.

38. Claustro 14 de agosto de 1777, pp. 132-137.

39. Claustro 14 de agosto, p. 133.

40. Sigue claustro 14 de agosto, p. 134. Es la misma referencia para las siguientes citas de este claustro.

41. También el 14 de agosto, pp. 135-137.

42. Claustro 9 de septiembre de 1777, pp. 140-150.

43. Claustro 9 de septiembre, p. 140.

44. También el día 9, pp. 140-141.

45. Mismo claustro, p. 141.

46. Claustro 9 de septiembre, p. 148.

47. Doctorado del bachiller Noé, 17 de septiembre de 1777, pp. 149-150.

48. Doctorado del bachiller Noé, 17 de septiembre, p. 149.

49. Claustro 19 de octubre de 1777, pp. 156-157.

50. Mariano Peset: «Los años de espera», La facultad de derecho de Valencia, 1499-1975…, p. 360.

Universidades, colegios, poderes

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