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Capítulo II AVANCES SOBRE SU IMPLEMENTACIÓN EN LATINOAMÉRICA Y EN EL MUNDO

“El modo de dar una vez en el clavo

es dar cien veces en la herradura”

Miguel de Unamuno

1. Argentina

En la provincia de Salta, durante el año 2012, con el patrocinio de la Ministra de Justicia –Dra. María Inés Diez– y del Secretario de “Métodos Participativos” –Dr. César Rodríguez Galíndez–, se suscribió un convenio con la Red Social www.odrlatinoamerica.com para formar presencial y virtualmente en las “Capacidades de la Cybermediación”. El programa se autorizó por Resolución Ministerial 118/12. Durante su ejecución, se enseñaron holísticamente con materiales didácticos apropiados habilidades tecnológicas en general demostrando la “praxis” del modelo de Mediación Virtual avalado por los expertos docentes que integran ODR. Más de un centenar de mediadores habilitados en el Registro Provincial participó del entrenamiento. Se destaca que setenta de ellos, especialistas en Mediación Comunitaria, replicaron el modelo compartido a sus territorios, luego de consensuar peculiaridades y características propias de cada comunidad. Siguiendo los valores de ODR y dado el éxito en su ejecución, el modelo se ha replicado en otras provincias a lo largo y ancho de nuestro país.

En la provincia de Córdoba, con el auspicio de la Dirección de Métodos Alternativos para la Resolución de Conflictos (Di.M.A.R.C.) y la conducción de la Dra. Débora Fortuna, se adhirió al modelo curricular innovador e itinerante de capacitaciones en RDL/ODR de ODR Latinoamérica. La capacitación y el entrenamiento realizados contaron con la homologación conforme Resoluciones 83/2015, 110/2015 y 3/2016 para los mediadores de su registro. Las encuestas ratificaron que los participantes fortalecieron la práctica cotidiana, e incursionaron en entornos virtuales poco conocidos por ellos.

En la provincia de Buenos Aires, la Dirección de Mediación de la Provincia incorporó, durante la gestión del Dr. Ricardo Bracamonte, por primera vez la capacitación online en RDL/ODR. A fin de resignificar y potenciar el actual trabajo de los Mediadores Registrados, se consensuó que la capacitación formara parte de un modelo pedagógico específico para la formación continua. El dictamen es avalado por las Disposiciones 535/2015 y 652/2015. El desafío fue ampliamente cumplido y el entrenamiento es reproducido de diversa manera en los 19 Departamentos Judiciales que conforman la jurisdicción bonaerense.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se puso a la vanguardia de la gestión y transformación de conflictos, ya que incorporó como política pública el Programa “Mediación en Línea” (MEL), o sea, mediación a través de Internet. La Dirección General de Justicia, Registro y Mediación (DJRYM) dependiente de la Subsecretaría de Justicia de la Ciudad pensó en el Programa MEL como herramienta de inclusión social. El director de la DJRYM –Dr. Adrián Nicolás de Stefano– expresó, al acordar el programa de capacitación y aporte de software de mediación profesional en línea de última generación por parte de ODR Latinoamérica, que “La resolución de conflictos en línea ha llegado para quedarse y beneficiar a la mayor cantidad de ciudadanos para que todos logren un equitativo acceso a la justicia”. La mediación en línea será un servicio gratuito que se ofrecerá de lunes a viernes de 9 a 19 horas, por los profesionales mediadores entrenados para gestión online de la Subgerencia de Mediación Comunitaria a cargo de la Dra. Griselda Mela y estará disponible para todos los ciudadanos que voluntariamente quieran solucionar en línea y en forma pacífica sus conflictos vecinales, entre otros.

2. México

ODR Latinoamérica formó a los mediadores de la Escuela del Poder Judicial de Guanajuato, dirigida por el Maestro Tobías García Tovar. Ya se trabaja la mediación transfronteriza interactiva en el Estado de Tamaulipas en cuestiones civiles. Implementan, en algunos casos, mediaciones para personas con dificultades de documentación migratoria, llevándose a cabo en el Centro de Mecanismos Alternativos para la Solución de Conflictos, dirigido por el Dr. Roberto Montoya González. Los acuerdos arribados no son vinculantes, carecen de

imperium para ser ejecutados. Lo significativo y sólido del proceso es el respeto a la autocomposición. Cuando las partes consienten comunicarse en una sesión interactiva para zanjar un diferendo, el profesional y experto en Mediación Virtual aplica estrategias y técnicas propias haciendo honor de la esencia del proceso. El respeto inherente a la persona humana, protegido en este Estado, es conteste con la evolución de los Derechos Humanos evidenciado en el “Consentimiento Dialogado”. Los encargados del proceso, al comprender empáticamente a las partes y explicar las ventajas de la Mediación Virtual: confidencialidad, ahorro de tiempo, costo de traslados, en la mayoría de los casos, cumplen con la función de difundir y educar a la comunidad, logrando en general acuerdos satisfactorios y sustentables en el tiempo.

3. Brasil

ODR Latinoamérica distinguió en el año 2014, con el Premio “Impulsores” durante el desarrollo del Global Mediation Rio, al Ministro Marco Aurélio Gastaldi Buzzi, presidente honorario del FONAMEC. Su gestión contribuyó a iniciar el camino de sensibilización sobre la potencial implantación de las ODR/RDL en Brasil. Facilitó a ODR Latinoamérica compartir sobre este nuevo campo disciplinar en el evento referido.

Brasil aprobó su ley de mediación, la ley 13.140, del 26 de junio de 2015, publicada en el Diario Oficial de la República el 29 de junio del mismo año.

En ella se establece la posibilidad de realizar mediaciones a través de Internet y de nuevas tecnologías de comunicación, otorgando un nuevo marco legislativo a la actividad del ODR.

4. China. El debut de la mediación en línea

El 8 de septiembre de 2015, la primera plataforma en línea para mediación fue puesta en uso por un tribunal de Shanghái como parte de la respuesta al creciente número de casos civiles que implican a partes extranjeras.

A las entidades foráneas, a menudo les resulta difícil asistir a procesos de litigios judiciales.

Ahora, con la solución móvil de la plataforma en línea, un demandante y un demandado ya no necesitan comparecer físicamente ante un juez. Lo que tienen que hacer, a través de un software, es conectarse y comenzar el juicio para llegar a un acuerdo.

Un número creciente de casos civiles y comerciales de Shanghái implican a partes extranjeras. Este tipo de casos civiles han aumentado en un 11% anual en los últimos cinco años.

“BEIJING, 7 mar (Xinhua) - El Tribunal Popular Supremo (TPS) de China está mejorando los servicios de mediación para evitar o resolver disputas sociales mediante una plataforma en línea.

La plataforma combina los recursos de los Tribunales y sociales de mediación, así como los métodos tradicionales y en línea para mejorar la flexibilidad y eficiencia de la mediación, según Jiang Qibo, director del Tribunal de presentación de casos del TPS.

El TPS dará instrucciones a los Tribunales para que enriquezcan sus recursos de mediación, mejoren sus bases de datos de intermediarios y el análisis de datos, con el fin de mejorar la asignación de recursos de este ámbito.

Se puede descargar una aplicación para móviles en la página web de la plataforma.

China recurre al método de una “mediación popular” para resolver las disputas al margen de los procesos judiciales.

La Ley de Mediación de 2010 estableció comités de mediación popular en los pueblos, comunidades urbanas, empresas e instituciones públicas. La mediación administrativa y judicial también se puede utilizar para resolver disputas.

En octubre de 2017, China inició un proyecto piloto de mediación con el apoyo de abogados en nueve provincias y dos municipalidades del país para resolver conflictos civiles y empresariales” (1).

1- <http://spanish.xinhuanet.com/2018-03/07/c_137022596.htm>.

La mediación a la luz de las nuevas tecnologías

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