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i. Materia primera, forma substancial y unidad del compuesto

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Para mostrar que la materia existe, el Doctor Sutil propone varios argumentos, de los cuales le parece más eficaz el que desarrolla Aristóteles y lo resume de la siguiente manera, “todo agente natural requiere un paciente sobre el que actúa (esto es evidente a los sentidos). Aquel paciente, en que el agente actúa, cambia de un opuesto a otro. Un opuesto no se hace del otro opuesto, de tal modo que no permanece nada común a ambos (como de lo blanco no se hace lo negro). (…) Así también, es necesario que, en la generación, lo que genera cambie algo de una forma a otra, permaneciendo idéntico bajo ambas [formas], [y] aquello se dice que es la materia.”3 Este razonamiento busca salvaguardar dos elementos clave del cambio sustancial. Por un lado, que hay cierto cambio de todo en todo, en cuanto que una substancia se corrompe y otra nueva se genera, siendo ésta última distinta porque sus características esenciales difieren de la anterior. Pero, por otro lado, se busca evitar el aniquilamiento y creación de substancias, es decir, la eliminación en el ser de una con la consiguiente aparición absoluta en la existencia de otra, puesto que según nos muestran los sentidos hay una continuidad entre ambas en el mundo físico. Es esta continuidad, justamente, lo que deja entrever que el agente actúa sobre un sujeto en el cual se dan las sucesivas formas, y explica la relativa permanencia de algo a través del cambio. Escoto recurre a una analogía con los cambios accidentales, donde es más fácil observar la realidad de un sujeto en el cual los accidentes existen alternadamente. Más aún, puntualiza que ambas formas accidentales son opuestas, queriendo significar que una no proviene de la otra, sino que estamos frente a núcleos esenciales diferentes. De la misma manera, debe encontrarse un aliquid que permanezca idéntico y que haga al mismo tiempo de sujeto en la transmutación entre formas substanciales, y es a eso a lo que llamamos ‘materia primera’.

A este argumento principal, Escoto suma otros teniendo en cuenta la inestabilidad característica de las substancias corpóreas. En efecto, el primero4 apunta a que debe haber en ellas un principio en el que resida la inclinación natural hacia el término de la generación. Ahora bien, si los seres físicos estuviesen compuestos solamente por una forma substancial, sería ella la que posea dicha inclinación hacia su propia corrupción, lo que resulta absurdo e implicaría destruir la generación natural pasiva. La idea es que la corrupción que observamos en el mundo físico solo se puede explicar por una composición intrínseca a la substancia, en la cual reside un elemento potencial, a pesar de que también puedan influir en ese proceso factores externos. De la misma manera, se requiere de un sujeto privado de la forma a recibir que haga las veces de término a quo en la generación5, y el cual sea naturalmente apto para recibir sucesivamente formas substanciales diferentes. Ese sujeto es la materia primera.

El otro tipo de argumento que brinda hace referencia al orden esencial entre causas6. Según el Estagirita, en todo movimiento podemos identificar cuatro causas, entre las cuales la material es una de ellas y aunque pueda predicarse de muchas realidades diferentes, hay un orden esencial entre estas por ser unas anteriores a otras según naturaleza, es decir, por no depender de las posteriores. La materia primera es causa intrínseca material de la substancia, y es receptora del acto primero, que es dado por la forma substancial, la cual actúa como causa intrínseca formal del compuesto. Es así como el orden de causas nos revela un primer receptor, la materia primera, que es algo distinto de lo recibido, el acto por parte de la forma substancial.

Habiendo establecido que la materia primera existe y es algo distinto de la forma substancial, corresponde indagar por el tipo de entidad que le es propio y si posee algunas propiedades esenciales que pertenezcan a una naturaleza peculiar suya. El Doctor Sutil rechaza con énfasis la interpretación que entiende a la materia primera como pura potencialidad, porque de acuerdo a su lectura esto indicaría que la materia no es nada de suyo y sería absurdo aplicarle a la nada funciones tan importantes como lo hace la tradición que se remonta hasta Aristóteles7: es principio per se, causa per se, es per se parte del compuesto generado, sujeto del cambio substancial, sustrato que permanece idéntico a través de las formas substanciales. Además, los teólogos la señalan como término del acto de creación.

Queda claro, entonces, que de la materia primera se dice que es un ‘ente en potencia’, y la clave para entender la posición particular de Escoto en este asunto se encuentra en distinguir los dos modos en los que algo puede ser ‘ente en potencia’. Si bien volveremos sobre esta cuestión8, podemos adelantar que algo puede estar en potencia objetiva o en potencia subjetiva9, la primera corresponde a lo no existente en cuanto es término de una potencia (como lo ‘negro’ está en potencia objetiva respecto de una pared blanca) y la segunda denota al sujeto existente en el cual se encuentra la potencia respecto de algo (por ejemplo una superficie está en potencia subjetiva de recibir un nuevo color). Como se hace evidente, rechaza que la materia primera sea un ente en potencia objetiva, ya que esto conduciría a sostener que la substancia corpórea está formada de algo (la forma substancial) y nada (la materia primera), por lo que no podría afirmarse que sea un verdadero compuesto, ni que posea las funciones antes descriptas, entre otros absurdos.

Por el contrario, la materia primera “es ente en potencia en el segundo modo, como algún ente positivo, que está naturalmente capacitado para recibir un acto y es ente en potencia respecto de todos los actos que pueda recibir. Así, es más ente en potencia que el sujeto de los accidentes, porque teniendo en sí una menor actualidad es capaz de [recibir] una mayor actualidad.”10 Entendemos que son dos las características que sobresalen de esta descripción, la materia es un ente positivo y posee cierta actualidad. En efecto, la materia tiene una existencia positiva y propia fuera de sus causas, por la que se constituye receptora de una posterior determinación a causa de las formas. Se puede decir que esa existencia suya expresa un mínimo de actualidad, que posee por naturaleza, ya que es de suyo capaz de recibir cualquier forma y, así, su potencialidad es la máxima posible sin llegar a ser nada, como tampoco es acto en el sentido de algo determinado, esto es, en el sentido en que decimos que la forma es acto. Comenta E. Gilson que “la materia es el ser cuyo acto consiste en estar en potencia con respecto a todos los actos. En cambio, su potencialidad no consiste en no ser nada, sino en no poseer por sí misma ninguna determinación específica. Ella no tiene un acto que la distinga, que la divida, que reciba ni que la informe confiriéndole su ser específico de materia.”11 Escoto entiende que todo lo que posee existencia lo hace por su ser en acto, pero cuando se entiende a la materia como un principio indeterminado de suyo se dice que es un ente en potencia, porque se la considera despojada de todo acto determinante, y así se distingue de la perfección recibida de la forma, es decir, del acto por el que ella es determinada.

A partir de lo explicado por Escoto, se desprende que la materia es una realidad distinta de la forma, pero nos parece oportuno acercarnos al argumento principal para tener una visión de conjunto respecto de lo que concibe como materia primera. La prueba consiste en que “un opuesto no se cambia en otro opuesto sino que se corrompe, y algo permanece idéntico bajo ambos términos [opuestos]. Pero lo idéntico (idem) no [puede] simultáneamente existir y no existir; luego, la materia difiere de la forma, la cual se corrompe y, con todo, la materia no.”12 Considerando nuevamente el cambio substancial, donde una forma cambia por otra a partir de la corrupción de la primera con la consiguiente generación de la segunda, el sujeto que persiste y recibe esas formas mantiene una identidad propia, porque no cambia todo en todo absolutamente, sino solo el principio formal del compuesto. Por otro lado, si la materia no tuviera una identidad propia, entonces las diversas formas naturales que ella recibe deberían ser todas de la misma naturaleza que ella y, por lo tanto, también lo serían entre sí, y se debería negar las diferencias específicas. De la misma manera, una forma creada, como el alma humana, tendría la misma naturaleza que la materia, lo que resulta absurdo. Es, por ello, que las formas generadas en los procesos naturales del mundo físico poseen también una realidad distinta de la materia primera.

Una importante objeción que Duns Escoto evalúa contra su posición, señala que la unidad del compuesto queda comprometida si la materia y la forma son realidades existentes y distintas al mismo tiempo. Para quienes afirman que solo la forma está en acto, no hay mayor dificultad en argumentar que es ella la responsable de dar el ser al compuesto, de modo que, al informar a la materia, se obtiene un unum per se. Pero al disociar los binomios aristotélicos materia-potencia y forma-acto, sosteniendo que la materia tiene cierta actualidad, no se ve desde aquella postura cómo salvar la unidad de la substancia, que quedaría reducida a un simple agregado de entidades diferentes. Sin embargo, el Doctor Sutil llama la atención sobre cómo un ‘compuesto’ puede llamarse ‘uno’, porque teniendo en cuenta la lógica detrás de su oponente, algo solo podría ser un unum per se si fuera simple, como una forma separada, o un compuesto de algo y nada, lo que resulta inadecuado al orden físico donde todo es complejidad. En cambio, el compuesto es unum per se a partir de ‘algo y algo’ como en el caso de la substancia corpórea, que lo es por la materia y la forma, de lo contrario no sería un verdadero compuesto. Esto no conlleva disminuir la unidad substancial a la de un agregado, porque cada sujeto tiene un género distinto de unidad13 y, en el caso que ahora nos ocupa, la materia primera no solo es distinta a la forma sino que es el sujeto receptor mejor dispuesto a ser informado, y así “aquellas cosas que son primariamente diversas, no pueden constituir algo ‘idéntico’ (idem), sino que cuanto más diversas son, tanto más están dispuestas a la constitución de algo uno per se; en efecto, para que de muchas cosas se haga algo uno per se, se requiere de partes no idénticas”14, materia y forma son dos realidades tan diversas que reclaman una unidad particular, substancial, que es la propia y específica entre los constitutivos esenciales del ente físico. Escoto se adelanta a diferenciar este tipo de unidad de aquella que gozan los accidentes con la substancia. Como ellos no forman parte de la esencia de la substancia, su unidad es menor, ya que el sujeto puede existir sin un determinado accidente, y este tipo de unidad se denomina per accidens, en cuanto esas afecciones pueden corromperse sin corromper al sujeto en que inhieren, volveremos después a esta cuestión15. En contraposición, materia primera y forma substancial forman un unum per se como causas intrínsecas16, que responden a la naturaleza de la cosa.

Una cuestión más que debe precisar Escoto es el conocimiento que se puede tener de la materia. En sentido absoluto, la materia puede ser conocida por poseer una naturaleza propia, y como puntualiza R. Cross “así como en algún sentido la forma da existencia a la materia, así también le da un cierto tipo de cognoscibilidad a la materia. Algo puede ser conocido (si es que puede conocerse) en tanto que es actual.”17 Sin embargo, por la imperfección del intelecto humano solo podemos llegar a conocer la materia por analogía con la forma, en cuanto es un sujeto receptor suyo. Por el contrario, tanto el intelecto divino como el angélico tienen un conocimiento directo de la materia18, el primero por concebirla como un objeto posible y creable, el segundo por no estar limitado a abstraer a partir del conocimiento sensitivo.

En cuanto a la forma substancial, ya sabemos que es una realidad positiva distinta de la materia y por ello tiene una esencia propia. Así como la materia es ‘ente en potencia’ por ser el sujeto receptor de la forma, ella es ‘ente en acto’ en cuanto principio determinante de la materia. Duns Escoto rechaza que una substancia corpórea sea un compuesto meramente material, como si la forma fuera solamente un modo en que se encuentra estructurada la materia19. El problema que tiene esta posición es que, reduciendo la substancia al principio material, si la forma no es algo realmente distinto de la materia, entonces todas las formas serían de la misma especie porque compartirían la misma naturaleza de la materia20, y así se destruirían las diferencias específicas entre los seres físicos. Por el contrario, la forma substancial posee una naturaleza distinta a la materia, es causa formal de todo ser físico y, lo mismo que la materia, puede existir separadamente. En este sentido, la forma posee una individuación distinta de la materia y del compuesto. Esta posición debe considerarse junto con la asunción de la doctrina aviceniana de la natura communis21, como se designa a la naturaleza de la cosa considerada en sí misma, siendo ella susceptible de universalidad al ser concebida en el intelecto y de particularidad al existir en el compuesto concreto. Esto último es posible porque la forma es ‘ente en acto’ y allí acto no se refiere precisamente a las propiedades comunes a una naturaleza sino más bien a un ‘último principio constitutivo’ del ente físico, que muchas veces denomina como ‘formal’22, haciendo referencia al tipo de causalidad que ejerce.

Así planteada la cuestión del hilemorfismo, hay dos temas conectados que Escoto debe resolver, estos son la unidad del compuesto material, para diferenciarlo de un agregado, y cómo entender su individualidad. Respecto del primer problema, ya hemos indicado que materia y forma componen una verdadera unidad porque se unen como potencia y acto, esto es, la materia como sujeto máximamente indeterminado tiene la capacidad de recibir la determinación por la actualidad de diferentes formas de manera sucesiva. Ahora bien, la unidad substancial que componen estos coprincipios posee una realidad superior a la de sus partes constituyentes, de tal manera que no se obtiene un agregado de entidades diversas sino un unum per se, con una unidad también superior, consiguientemente a la entidad a la que pertenecen. En este caso, el todo es algo distinto de la suma de sus partes y en cierto sentido algo nuevo respecto de ellas, ya que, argumenta Escoto, de lo contrario “se seguiría que en ningún ente existen per se una característica y una operación adecuadas o algún accidente propio, porque todo ello existe en la especie y no en la materia o en la forma de la especie, ni en ambas juntas, sino que [materia y forma] componen una ‘unidad’ en cualquier todo per se.”23 Puesto que ciertas propiedades características a la substancia corpórea difieren respecto de las de sus partes, esto la diferencia de los agregados, donde el todo es la simple suma de partes y carecen de propiedades tales que difieran según especie en relación a ellas. También puede verse la realidad distinta del compuesto, cuando una substancia se corrompe y se recuperan sus partes24, las cuales, pudiendo existir independientemente del compuesto, demuestran que cuando estaban formándolo eran partes de una realidad distinta a ellas.

Sobre la segunda problemática que desencadena la recepción del hilemorfismo en Escoto, leemos en un importante pasaje de la discusión en torno al principio de individuación que “si me preguntas qué es esta ‘entidad individual’ de la cual se toma la diferencia individual, si es materia, o forma, o compuesto, – respondo: toda entidad quiditativa –ya sea parcial o total– de cualquier género, es de suyo indiferente ‘como entidad quiditativa’ a una entidad u a otra, de tal manera que ‘como entidad quiditativa’ es naturalmente anterior a una entidad en cuanto es un esto (ut haec est). Así como, en cuanto es naturalmente anterior, no le corresponde ser esto (haec), tampoco le es contrario lo opuesto por razón de su naturaleza. Y como el compuesto, en cuanto naturaleza, no incluye su [propia] entidad (por la cual es formalmente un ‘esto’), así tampoco la materia ‘en cuanto naturaleza’ incluye su entidad (por la cual es ‘esta materia’), ni la forma ‘en cuanto naturaleza’ incluye la suya.”25 En este párrafo, mantiene explícitamente que la individuación de la forma es independiente de la individuación de la materia, y también del compuesto, lo que resulta concluyente habiendo explicado ya que, tanto la materia como la forma, tienen una realidad distinta y el mismo compuesto es un todo con característica diferentes a la de sus causas intrínsecas componentes. Pero allí se nos da una clave más para entender por qué un ente físico, en cuanto unidad substancial, es un individuo, es decir, cuál es el principio por el cual, independientemente de su especie, posee una unidad numérica propia. En la discusión llevada a cabo por el Doctor Sutil, queda claro que el problema del principio de individuación no busca solo justificar la división de un ente físico respecto de otros seres sino también su indivisión interna26, por ello define tal principio como el que consigue explicar la unitas individui27, en cuanto a la substancia repugna la división en sus partes subjetivas, materia y forma, y reclama ser señalada como ‘esto’, hoc. En el texto antes citado, encontramos la distinción entre la quidditas, que determina la unidad específica de un ser físico, por ejemplo ‘piedra’, con propiedades repetibles en muchos individuos, de una determinación posterior en naturaleza que contrae ahora esa natura communis a una nueva unidad de singularidad o individualidad. Esta determinación es, según Escoto, un principio formal intrínseco y positivo, conocido con el término haecceitas, la última determinación formal por la que el individuo se constituye en individuo28.

Causalidad y contingencia en la filosofía de Juan Duns Escoto

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