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1. Exigencias eurocomunitarias
ОглавлениеLa Confederación Europea de Sindicatos (CES), la Unión de Confederaciones de la Industria y de Empresarios de Europa (UNICE), la Unión Europea del Artesanado y de la Pequeña y Mediana Empresa (UNICE/UEAPME) y el Centro Europeo de la Empresa Pública (CEEP), firmaron en julio de 2002 el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo Revisado en 2009): Trazos básicos del mismo son:
Ayudar a la modernización productiva y a la conciliación de la vida laboral.
Compaginar las necesidades de flexibilidad y seguridad que son comunes a estos y a las empresas.
Equiparar los derechos de este tipo de actividad con la presencial.
Contemplar de forma específica el teletrabajo, en cuanto utiliza las tecnologías de la información fuera de los locales vigilados por la empresa.
Entronizar el principio voluntariedad bilateral.
Garantizar los derechos de formación y promoción profesional, así como los de índole colectiva.
Abordar las cuestiones sobre equipos, seguridad y la salud (incluyendo tiempo de trabajo).