Читать книгу ¿Mobbing o torturas psicológicas? - Javier I. Barraza - Страница 10
ОглавлениеCapítulo IV
Los sujetos intervinientes
1. Sujeto activo
La figura estelar del acoso psicológico es la persona que tiene poder, en particular el jefe, quien imparte las órdenes, y comete las arbitrariedades para perjudicar al empleado. Esta figura se denomina: mobber.
Si bien, es el jefe el que inicia el ataque, hay circunstancias en que al ataque lo inician y lo ejecutan personas que no tienen un puesto jerárquico, pero debido a su poder de hecho pueden emitir órdenes. Es el caso de la secretaria de un alto directivo de una empresa, la que emite órdenes, y que se posiciona como una virtual jefa. El llamado de la secretaria del presidente de empresa, tiene mayor importancia que el pedido de un gerente de área. En las organizaciones administrativas, los asesores de gabinete, que si bien no forman parte de la carrera administrativa ni tampoco tienen poder jerárquico, también ejercen poder, incluso imparten órdenes, del mismo modo que cualquier jefe. Yo mismo he visto como los asesores de gabinete le ordenan a un Director Nacional o General.
En consecuencia, si bien el ataque en muchos casos, proviene del jefe, a veces éste se mantiene distante, y observa cómo sus subordinados ejecutan el acoso hacia algún dirigido.
Existen también terceros que coadyuvan para que se produzca el mobbing. Es lo que se denomina side mobbers. Estos terceros suelen ser pares del trabajador o personal jerárquico intermedio. Estos side mobber no ejecutan directamente el acoso, pero mediante el silencio, el consentimiento tácito o el aislamiento hacia el trabajador contribuyen a generar el ámbito propicio. Un ejemplo puede aclarar esta cuestión. Supongamos que un jefe inicia el ataque contra un empleado, mediante gritos y una fuerte discusión en el ámbito de la oficina. En este caso el jefe es el mobber. Paralelamente a esto, los empleados que son testigos de esta situación, deciden mantener distancia con el acosado, pues estiman que una actitud amistosa con éste puede ser interpretada de manera negativa por el jefe. Como me ha contado Elena, empleada del Ministerio de Salud: “Nunca supe que estaba generando mobbing. Cuando mi compañera tuvo esa fuerte discusión con el jefe. Me di cuenta rápidamente que la iban a despedir. Yo le dije que era conveniente que el jefe no nos viera juntas, porque si no tomaría represalias conmigo. Ella me contestó que era mi trabajo y que lo tenía que cuidar. Nadie le hablaba, finalmente decidió renunciar”.
En suma, dentro del sujeto activo tenemos el acosador o mobber que ejecuta la acción, y los terceros o side mobbers que con su consentimiento tácito o su actitud de distancia, contribuyen a generar el ámbito propicio para que el acoso prospere. Ambos son responsables, en un caso por acción, en otro por omisión. Se podrá discutir el grado de responsabilidad, pero tanto el mobber como los side mobbers son sujetos activos del acoso, y por ende son pasibles de sanciones.
Podríamos trazar un paralelismo, en el ámbito del derecho penal, quien calla o niega la verdad, es sancionado por el delito de falso testimonio. Del mismo modo, la persona que facilita con su acción u omisión, posibilidades para la comisión de un delito, también es pasible de sanción penal. Ahora bien, a aquel que facilita con su silencio, omisión y aislamiento a una persona, no recibe ningún tipo de sanción. Estas son las paradojas que presenta el mobbing. Esta es la insuficiencia del orden jurídico.
2. Sujeto pasivo: la víctima
La víctima del mobbing puede ser vista desde dos perspectivas: formal o real.
Desde la óptica formal, se puede analizar el perfil de una persona acudiendo a su legajo personal. En éste se pueden observar las ausencias a su lugar de tareas, sanciones disciplinarias por desobedecer una orden o por haberle faltado el respeto a una persona, traslados a otras áreas, etc. En fin, si se lee el legajo personal se puede tener una estimación del empleado.
Desde una visión real, que excede el marco de un mero legajo personal, se puede observar que la víctima del mobbing es una persona calificada intelectualmente, con títulos profesionales que acreditan su pericia técnica, con un elevado nivel de justicia, actitud positiva, psicológicamente sana. Ese sentimiento de justicia y valores éticos hacen que esa persona reaccione frente a órdenes injustas, el nepotismo, el amiguismo, etc.
En suma, el acosado es una persona inteligente, calificada profesionalmente, y con un elevado nivel de justicia. Esto lo hace diferente al grupo, y es tal vez la razón por la que debe ser removida.