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CASO 11

PLANTEAMIENTO

Determinación de la base sobre la que se calculará el IVA por la enajenación de un edificio destinado, parcialmente, al uso comercial.

DATOS


FORMULAS

1o. Para determinar el porciento de la enajenación que está sujeto al pago del IVA.


2o. Para determinar la base del impuesto.


SUSTITUCION

1o. Determinación del porciento de la enajenación que está sujeto al pago del IVA.


2o. Determinación de la base del impuesto.


COMENTARIOS

En las enajenaciones de construcciones adheridas al suelo que estén parcialmente sujetas al pago del impuesto, la proporción del total de la operación que se encuentra gravada por la LIVA, debe determinarse en función del porciento que representen los metros del inmueble que se utilizan para fines distintos del habitacional con respecto al total de metros construidos.

En operaciones consignadas en escritura pública, el notario, corredor o juez, son las personas encargadas de realizar el cálculo y entero del IVA generado, excepto cuando se trate de operaciones de dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria a favor de instituciones de crédito en las que se efectúe la retención prevista en el artículo 1o.-A de la LIVA.

REFERENCIA

Arts. 1o., 9o., fracción II, 12 y 33.

Guía práctica de IVA 2020

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