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EN DEFENSA DE PUBLIO QUINCIO

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Las dos 1 cosas que tienen mayor poder en la ciudad, ambas, de consuno, actúan contra nosotros en esta ocasión: el más alto prestigio y la más alta elocuencia. La una, Gayo Aquilio10, me infunde respeto; el otro me da miedo. Me siento algo preocupado de que la elocuencia de Quinto Hortensio11 pueda entorpecerme en mi discurso; y temo no poco que la influencia de Sexto Nevio no sea en perjuicio de Publio Quincio.

Aunque 2 no parecería muy de lamentar que ellos tuvieran esas cualidades en grado tan soberano si nosotros las tuviéramos al menos medianamente. Pero el caso es éste: que yo, no sobrado de práctica y menguado de talento, me he de medir con un abogado12 elocuentísimo, y Publio Quincio, con sus escasos recursos, con sus nulas posibilidades y con sus pocos amigos, se las ha de haber con un adversario de poderosísimas influencias.

Se nos 3 agrega aún otro inconveniente, a saber, que Marco Junio13, el cual ha defendido ya algunas veces esta causa ante ti, hombre no sólo ejercitado en otras causas sino versado, de una manera especial y a menudo, en ésta, se halla ahora ausente, impedido por una nueva embajada; por lo que se ha recurrido a mí que, aun suponiendo que tuviera las demás cualidades en grado sumo, lo cierto es que apenas he tenido el tiempo suficiente para enterarme de un asunto tan importante14 y enredado en tantas controversias.

Así, lo 4 que en otras causas15 suele servirme de ayuda, eso mismo me falta en ésta. Pues lo que no puedo, del todo, con mi talento, lo he suplido con el trabajo y éste no puede apreciarse, en su justa medida, si no se me da tiempo y espacio.

Será preciso, Gayo Aquilio, que, cuantas más son mis desventajas, tú y los que forman tu consejo16, oigáis con mayor benevolencia mis palabras, a fin de que la verdad, debilitada con tantas contrariedades, renazca, al fin, gracias a la equidad de hombres como vosotros.

Porque, si 5 aparece que en ti, como juez, no ha habido ninguna defensa del abandono y de la pobreza en contra del poder y de la influencia; si en este tribunal las causas se juzgan según las riquezas y no según la verdad, está claro que ya nada hay santo e incorrupto en la ciudad, ni hay razón para que la autoridad y la integridad de un juez consuelen la debilidad de nadie. En una palabra, o prevalecerá ante ti y ante aquellos que te asisten la verdad o, expulsada de aquí por el poder y por la influencia, no podrá encontrar ya un sitio donde reposar.

No lo digo, Gayo Aquilio, porque dude de tu buena fe y de la firmeza de tu carácter; ni porque Publio Quincio no deba tener una gran confianza en esos hombres que tú has elegido por consejeros y que son la flor y nata de la ciudad17.

¿Qué ocurre, pues? Antes que nada, la gravedad del peligro 6 sume a mi defendido en un ansia grandísima, porque en un solo juicio decide sobre toda su fortuna18; y, al pensar eso, se le representa a menudo, no menos tu poder19 que tu equidad20, puesto que todos aquellos cuya vida está en manos de otro, consideran con mayor frecuencia qué puede hacer que no qué debe hacer aquel que tiene sobre ellos la potestad y el señorío.

Luego, 7 Publio Quincio tiene por adversario, en apariencia a Sexto Nevio, pero, en realidad, a los hombres de nuestro tiempo más elocuentes, más fuertes y más pujantes de nuestra ciudad; los cuales, con un esfuerzo común y con unos recursos inmensos, defienden a Sexto Nevio, si es que es defender a alguien el someterse a los deseos de otro a fin de poder aplastar más fácilmente a quien se quiera, con una sentencia inicua.

Porque, 8 Gayo Aquilio, ¿puede citarse o recordarse algo más inicuo, más indignante21 que el hecho de que yo, que defiendo los derechos civiles de uno de los adversarios, su reputación y su fortuna, haya de hablar en primer lugar? Sobre todo habiendo de hablar contra mí Quinto Hortensio, que en este juicio hace de acusador, con esa soberana facilidad de palabra y con esa elocuencia que la naturaleza le ha otorgado generosamente. De donde resulta que yo, que tengo que parar los golpes y sanar las heridas, me veo obligado a hacerlo cuando todavía el enemigo no ha disparado un solo dardo; a ellos, en cambio, se les concede, para impugnar, un tiempo en el que a nosotros, no sólo se nos quita la posibilidad de esquivar sus ataques sino que, si en algún momento, cosa que están dispuestos a hacer, lanzan alguna falsa acusación a modo de flecha envenenada, ya no habrá lugar para aplicar un remedio.

Esto ocurre por la falta de equidad y por la injusticia del 9 pretor22: en primer lugar, porque, contra la costumbre general, ha querido que se juzgara sobre el deshonor de mi cliente antes que sobre la cuestión principal23; luego, porque ha ordenado de tal manera el proceso, que el acusado se ve obligado a defender su causa antes de escuchar la palabra del acusador. Eso es obra del poder y de la influencia de quienes, como si se tratase de sus bienes y de su honra, secundan con tanto celo la pasión y la codicia de Sexto Nevio y dan muestras de su fuerza en un asunto como éste, en el que, cuanto más poderosos son por sus méritos y por su nobleza, tanta menor demostración habían de hacer de su poder.

Gayo 10 Aquilio, ya que Publio Quincio, afectado y afligido por tantas y tan serias dificultades, se ha acogido a tu lealtad, a tu virtud y a tu misericordia; ya que, hasta ahora, por violencia de sus adversarios, no le ha sido posible conseguir ni el reconocimiento de un derecho igual que el de los demás ni la misma posibilidad de actuar en justicia ni unos magistrados imparciales; puesto que, por una incalificable injusticia, todo se le ha vuelto contrario y hostil, os ruega encarecidamente a ti, Gayo Aquilio, y a vosotros que asistís al tribunal, que permitáis a la equidad, zarandeada y maltratada por tantas injusticias, establecerse, al fin, firmemente en este lugar.

Para 11 que podáis hacerlo más fácilmente, pondré mis cuidados en que lleguéis a conocer de qué manera ha sido llevada y tratada esta causa desde el principio.

Hermano de este Publio Quincio fue Gayo Quincio, padre de familia prudente y cuidadoso ciertamente en todo lo demás, algo menos circunspecto en una sola cosa: en haberse asociado con Sexto Nevio, hombre bueno, sí, pero no tan formado como para distinguir las leyes de una sociedad y los deberes de un verdadero padre de familia; no porque le faltase ingenio, pues Sexto Nevio nunca dejó de pasar por un bufón gracioso y por un vocinglero de buenas maneras24. ¿Qué decir, entonces? Como la naturaleza no le dio nada mejor que la voz y como su padre no le dejó otra herencia que su condición de hombre libre, dedicó su voz a ganar dinero y usó de la libertad para decir procacidades con mayor impunidad.

Por lo 12 cual, por cierto, querer asociarse con un hombre así no era sino querer que él aprendiera, con tu dinero, cuál es el fruto del dinero; no obstante, llevado de su amistad y del trato familiar, Quincio, como os he dicho, hizo sociedad con Nevio en los productos que se obtenían de la Galia. Tenía él allí una extensa hacienda de ganados y tierras, ciertamente bien cultivadas y fértiles. Nevio es sacado de los pórticos de Licinio25 y es transferido del corrillo de los pregoneros26 a la Galia, al otro lado de los Alpes. El cambio de lugar es grande; pero su modo de ser no cambia nada. Porque, quien desde muy joven había tenido por norma ganar sin gastar, después de gastar para aportar a la sociedad no sé qué capital, no podía contentarse con una ganancia cualquiera.

Y no es de extrañar que, quien había puesto su voz a 13 la venta, pensara que lo que había ganado con la voz, le había de dar grandes ganancias. Así es que, ¡por Hércules!, del acervo común distraía, y no en pequeña cantidad, todo cuanto podía para llevárselo a su casa; y en esto era tan diligente como si los que administran una sociedad con toda honradez fueran los que suelen ser condenados arbitrariamente por defraudación a sus socios. Pero sobre este punto no considero necesario decir lo que Publio Quincio quiere que yo diga. Aunque la causa lo pide; pero, como sólo lo pide y no lo exige, voy a pasarlo por alto.

Cuando ya la sociedad contaba varios años y cuando, a 14 menudo, Nevio se le había hecho sospechoso a Quincio, no pudiendo rendir cuentas a satisfacción de aquellos negocios que había administrado según capricho y no según razón, muere Quincio en la Galia, hallándose allí Nevio, y muere de muerte repentina. En el testamento dejó como heredero a Publio Quincio, aquí presente, de modo que recayera el mayor honor en el mismo que, con su muerte, sufría el mayor dolor27.

Muerto 15 su hermano, y no mucho después, Quincio se dirige a la Galia y allí vive en íntima amistad con Nevio. Casi un año viven juntos, tratando largamente de la sociedad y de todo lo relativo al negocio y a las propiedades que poseían en la Galia; y, en todo ese tiempo, Nevio no dijo una sola palabra de que la sociedad le debiera nada ni de que, privadamente, Quincio hubiera tenido alguna deuda con él. Como quiera que su hermano había dejado alguna deuda, nuestro Publio Quincio hace publicar una subasta en la Galia, en Narbona, de algunos bienes que eran de propiedad personal; con estos créditos era preciso procurarse dinero en Roma.

Allí, 16 entonces, este hombre de bien, Sexto Nevio, no ahorra palabras para disuadirlo de aquella subasta: que el tiempo anunciado no era el más propicio para vender; que él tenía en Roma cantidad de dinero que Quincio, si usaba el sentido común, consideraría de ambos por el afecto fraterno y por el parentesco que los unía; porque Nevio estaba casado con una prima hermana de Publio Quincio y de ella tiene hijos. Como lo que Nevio decía no era sino lo que un hombre de bien debía poner por obra, creyó Quincio que quien se parecía a los buenos en las palabras, se les parecería también en los hechos; desiste en su intento de subasta y parte para Roma; con él se va de la Galia también a Roma Nevio.

Como 17 Gayo Quincio le debía una cantidad de dinero a Gayo Escápula28, Publio Quincio determina, siguiendo tu sentencia, Gayo Aquilio, cuánto se pagaría a sus hijos. El asunto se puso en tus manos, porque, a causa del cambio del dinero, no bastaba con mirar a las tablas cuánto se debía; había que enterarse en el templo de Cástor29 de cuánto se debía pagar. Tú resuelves la cuestión; y, por la amistad que tienes con los Escápula, determinas qué es lo que había que pagarles en moneda romana.

Todo esto 18 Quincio lo hacía por inspiración y persuasión de Nevio. Y no es de extrañar que echara mano de los consejos de un hombre cuyo auxilio creía tener asegurado; pues no sólo le había hecho promesas en la Galia sino que cada día, en Roma, le daba a entender que, a la menor indicación suya, le daría al contado los dineros. Quincio, además, veía que ese hombre podía hacerlo y estaba convencido de que debía hacerlo; no pensaba que pudiera mentirle, puesto que no había ninguna razón para que mintiera. Como si ya tuviera el dinero en casa, se comprometió a entregárselo a los Escápula; se lo comunica a Nevio y le suplica que mantenga la promesa hecha.

Entonces 19 ese hombre de bien —tengo miedo de que piense que me estoy burlando de él, al llamarle otra vez «hombre de bien»—, pensando que mi defendido estaba en la mayor estrechez, a fin de obligarlo en aquel momento decisivo a aceptar sus condiciones, declara que no le dará ni un as, si antes no concluía el arreglo a propósito de todos los asuntos y cuentas de la sociedad y si no quedaba claro que, en adelante, ya no habría motivo de litigio con Quincio. «Eso lo veremos más tarde», respondió Quincio; «ahora, si te parece, preferiría que te preocuparas de lo que me prometiste». Nevio dice que no lo hará, si no es con esas condiciones. En cuanto a las promesas hechas, que no le importaba más que si, en una subasta, hubiera prometido algo por encargo de su amo.

Estremecido 20 Quincio por este engaño, obtiene de los Escápula una prórroga de pocos días; envía a la Galia el mensaje de que se vendan los bienes que él había puesto a la venta; ausente él y en un momento poco favorable, se hace la subasta y paga a los Escápula en condiciones bien gravosas. Entonces, como sospecha que en algún punto había de haber disconformidad, llama, por propia iniciativa, a Nevio para ver de despachar todo aquel asunto lo antes posible y con las menores molestias30.

Nevio 21 se hizo representar por su amigo Marco Trebelio31; nosotros, por Sexto Alfeno, amigo de ambas partes y pariente nuestro, educado en la casa de Nevio y que se trataba muy familiarmente con él. No se podía llegar a un acuerdo de ninguna manera; porque Quincio no deseaba sufrir sino una pequeña pérdida y este otro no se contentaba con un pequeño botín.

Así 22 es como, desde entonces, este asunto comenzó a verse amenazado de litigio. Después de muchas dilaciones sucesivas y perdido bastante tiempo en este asunto sin que se avanzara nada, Nevio comparece ante el tribunal.

Te conjuro a ti, Gayo Aquilio, y a vosotros los que formáis parte del consejo, que me prestéis toda vuestra atención a fin de que podáis conocer una singular manera de hacer fraude y un nuevo método de tender insidias.

Nevio 23 declara haber hecho una subasta en la Galia; que vendió cuanto le plugo; que había cuidado de que la sociedad no le quedase a deber nada32; que, en adelante, ni obligará a nadie a comparecer en juicio ni hará promesa de comparecer por su parte; que, si Quincio tiene algo que tratar con él, no lo rehúsa. Deseando Quincio visitar su hacienda de la Galia, de momento no exige comparecencia en juicio; así, sin compromiso de comparecencia, se separan. Después Quincio se queda en Roma como unos treinta días; pospone los compromisos que tenía con los demás, a fin de poder marchar tranquilo a la Galia; y allá parte.

Quincio sale de Roma el día veintinueve de enero33, siendo 24 cónsules Escipión y Norbano34. Os suplico que retengáis esta fecha en la memoria. Con él partió Lucio Albio, hijo de Sexto, de la tribu Quirina35, hombre de bien y honrado como el que más. Al llegar a los Vados que dicen de Volaterra36, ven a Lucio Publicio, amigo íntimo de Nevio que le traía de la Galia muchachos esclavos para vender; éste, tan pronto como llega a Roma, le cuenta a Nevio en qué punto del camino había visto a Quincio.

En 25 cuanto oyó de Publicio esta nueva, Nevio reparte los muchachos por las casas de sus amigos; él, personalmente, en los pórticos de Licinio y en los accesos al mercado, invita a todos sus camaradas a que acudan a la sucursal del banquero Sexto37 al día siguiente, a la hora segunda. Son numerosos los que acuden. Nevio declara que Publio Quincio no ha comparecido y que sí ha comparecido él; se sellan, sobre todo, las tablillas con los sellos de hombres tan nobles; y todos se van. Nevio solicita del pretor Burrieno entrar en posesión de los bienes por edicto38; hace anunciar la venta de los bienes de aquel con quien había tenido amistad, con quien aún formaba sociedad y cuyo parentesco, mientras vivieran los hijos de él, no podía destruirse.

Por todo esto se ha podido ver perfectamente que no hay 26 ningún deber tan santo ni tan solemne que la avaricia no acostumbre a romper y violar. En efecto, si la amistad vive de la franqueza, la asociación de la lealtad y el parentesco de la piedad, necesariamente aquel que ha querido despojar de su buen nombre39 y de su fortuna al amigo, al socio y al pariente, habrá de confesarse mentiroso, pérfido y falto de piedad.

Sexto Alfeno, como procurador40 de Publio Quincio y 27 amigo y pariente de Sexto Nevio, arranca los anuncios de la subasta41; se lleva un joven esclavo del que Nevio se había apoderado; declara su condición de procurador y que lo justo sería que Nevio mirase por el buen nombre y por la hacienda de Publio Quincio y que aguardase su regreso; si se niega y se propone, con tales procedimientos, obligarlo a aceptar sus propias condiciones, no irá con ruegos y, si intenta hacer algo, se defenderá a través de la justicia.

Mientras esto pasa en Roma, Quincio, contra el derecho y 28 la costumbre, contra los edictos de los pretores, es arrojado violentamente de los bosques y de los campos que eran de los dos y por unos esclavos de los dos. Ya puedes creer, Gayo Aquilio, que Nevio lo hizo todo en Roma con moderación y con sentido común si lo que se hizo, por orden escrita de él, en la Galia, te parece bien hecho y según un orden. Expulsado y excluido de su hacienda Quincio con tan incalificable injusticia, se acogió al gobernador Gayo Flaco42, que entonces se hallaba en la provincia y a quien yo nombro con el respeto que su dignidad exige. Por sus decretos conoceréis con qué rigor creyó que debía ser reivindicada aquella injusticia.

Mientras 29 tanto Alfeno luchaba en Roma día a día con ese gladiador, viejo en el oficio. El público, naturalmente, estaba de parte de Alfeno, ya que el otro no dejaba de apuntarle a la cabeza43. Nevio reclamaba que el procurador diera garantía de que se pagaría según la sentencia. Alfeno dice que no es justo que el procurador tenga que dar garantía cuando el acusado, de estar presente, no la daría. Se apela a los tribunos de la plebe44; y, a pesar de habérseles pedido un auxilio determinado por la ley, se sale de allí sólo con la promesa de Alfeno de que Publio Quincio comparecerá a juicio en los idus de septiembre.

Vuelve 30 Quincio a Roma y cumple la promesa dada en su nombre. Ese otro, hombre sin entrañas, que está ya en posesión de los bienes de Quincio, que lo ha expulsado y lo ha saqueado, en un año y seis meses no hace la menor reclamación ante la justicia; se está quieto; lo entretiene, cuanto puede, con proposiciones; al fin solicita del pretor Gneo Dolabela45 que Quincio dé garantía de pagar, según sentencia, en virtud de la fórmula: «exíjaselo a aquel cuyos bienes, por edicto del pretor, han sido poseídos durante treinta días». Quincio no se oponía a que se le exigiera esta garantía si los bienes habían sido poseídos por edicto. Llega el decreto (no digo si justo, sólo digo que nuevo; y aun esto preferiría haberlo callado, porque cualquiera puede apreciar lo uno y lo otro); pero ordena que Publio Quincio se comprometa46 con Sexto Nevio para ver «si sus bienes no habían sido poseídos durante treinta días en virtud del edicto del pretor Publio Burrieno». Se oponían quienes entonces estaban de parte de Quincio; hacían ver la necesidad de que el juicio recayera sobre el fondo del asunto de modo que, o bien ambas partes47 presentaran garantías o bien ninguna de ellas; que no era necesario que el buen nombre de una parte fuera sometido a proceso.

El 31 mismo Quincio, por su parte, protestaba en alta voz, que él no se avenía a dar una garantía por no parecer que consideraba que sus bienes habían sido poseídos en virtud de un edicto; que, asimismo, si hacía un compromiso de esta clase, pasaría lo que está ocurriendo: que tendría que hablar el primero en una causa en que estaba en juego su propia existencia civil. Dolabela persevera con la mayor tozudez en obrar injustamente —como suelen hacer los patricios48; tanto si tiran por el bien como si tiran por el mal, sobresalen de tal modo en ambos caminos que nadie de nuestro estamento puede igualarlos—; ordena, o dar una garantía o llegar a un compromiso, y que, mientras tanto, sean descartados implacablemente los abogados nuestros que se opongan.

Quincio 32 sale de allí verdaderamente consternado; y no es extraño, pues no se le daba otra opción sino ésta, tan miserable y tan injusta: o se condenaba a sí mismo a muerte civilmente, si ofrecía la garantía, o tenía que defender, en primer lugar, aquella causa en la cual le iba su existencia civil, si aceptaba el compromiso. Como en el primer caso no podía librarse de ser juez contra sí mismo —y este es un juicio gravísimo—, y como, en el segundo, le quedaba la esperanza de comparecer ante un juez del cual recibiera tanta más ayuda cuanto menor era el sentimiento de influencia que en él había despertado, optó por el compromiso; y lo hizo; te tomó a ti, Gayo Aquilio, por juez49 y ha obrado en virtud del compromiso. Ese es el nudo del proceso; en eso consiste la causa entera.

Ya ves, Gayo Aquilio, que la discusión versa, no sobre la 33 deuda sino sobre la fama y la fortuna de Publio Quincio. A pesar de que nuestros antepasados decidieron que aquel que hablara para defender su personalidad civil, pudiera hablar en último lugar, ya ves que nosotros defendemos nuestra causa en primer lugar sin haber oído la acusación de los acusadores. Ves, además, que los que solían defender, ahora acusan y aquellos talentos que antes se dedicaban a salvar y a prestar auxilio, ahora se dedican a nuestra ruina50. Aún faltaba una cosa, que hicieron en el día de ayer: citarte ante el pretor para que nos fijaras de antemano el tiempo que debía durar nuestro discurso; y eso lo hubieran conseguido fácilmente del pretor si tú no les hubieras enseñado cuáles eran tus derechos, tus deberes y tus atribuciones.

Ni hasta ahora ha habido nadie, fuera de ti, que 34 haya hecho valer nuestro derecho en contra de ellos ni jamás ellos se han contentado con obtener lo que pudiera ser del agrado de todos; así el poder que no se rodea de injusticia les parece sin importancia y pobre. Pero, como Hortensio te insta a ti a que te reúnas en consejo y a mí me pide que no gaste tiempo en palabras, al mismo tiempo que se lamenta de que con el primer abogado que defendía la causa jamás se pudo terminar el discurso, no voy a permitir que quede flotando la sospecha de que nosotros no queremos que se juzgue la causa; ni me arrogaré el mérito de que yo puedo exponer la causa mejor de lo que ya ha sido expuesta; ni tampoco voy a extenderme tanto, primero, porque el que ha hablado antes ha informado ya sobre la causa y, segundo, porque a mí, que no sería capaz de concebir ni de pronunciar un largo discurso51, se me pide brevedad, algo que me resulta encantador.

Haré 35 lo que a menudo te he visto hacer a ti, Hortensio; dividiré en partes bien precisas toda mi defensa. Tú haces eso siempre porque siempre puedes52; yo lo haré en esta causa porque aquí me parece que puedo hacerlo; lo que a ti te permite poder hacerlo siempre tu natural disposición, a mí me concede poder hacerlo hoy esta causa. Me fijaré unos límites y unos términos bien claros fuera de los cuales no pueda salirme, por más que lo desee; de modo que yo tenga algo de qué hablar, Hortensio algo a qué responder y tú, Gayo Aquilio, puedas adivinar de antemano las cosas que vas a oír.

Decimos, 36 Sexto Nevio, que tú no has poseído, por edicto del pretor, los bienes de Publio Quincio. Sobre este punto se ha hecho la estipulación. Te mostraré, primero, que no había razón para que solicitaras del pretor la posesión de los bienes de Publio Quincio; segundo, que tú no podías poseerlos por edicto; por fin, que no los poseíste. Te ruego a ti, Gayo Aquilio, y a los que formáis parte del consejo, que grabéis bien en vuestra memoria la promesa que acabo de hacer; porque, teniéndola presente, os será más fácil comprender toda la cuestión y lo que vosotros podáis pensar de mí me obligará sencillamente a no salirme de esas barreras que yo mismo me he impuesto. Digo que Nevio no tenía razón para hacer la demanda; que no podía poseer por edicto; y que no poseyó. En cuanto haya demostrado estos tres puntos, estaré en la peroración de mi discurso.

No 37 hubo razón para la demanda. ¿Que cómo se entiende? Porque Quincio no le debía nada a Sexto Nevio, ni por motivo de la asociación ni personalmente. ¿Quién atestigua eso? Su mismo adversario más encarnizado. Sí, Nevio, para este punto te voy a citar a ti como testigo.

Durante un año y más, después de la muerte de Gayo Quincio, Publio Quincio estuvo en la Galia juntamente contigo. Demuestra que tú le reclamaste esa no sé qué enorme suma de dinero, demuestra que la nombraste alguna vez, que dijiste que se te debía y yo concederé que la deuda existe.

Muere Gayo Quincio, el cual, como dices, te debía grandes 38 cantidades bajo títulos irrecusables. Su heredero, Publio Quincio, se te presentó personalmente en la Galia, en las tierras que poseíais en común, en el lugar, en suma, donde estaban, no sólo los bienes sino todas las cuentas y todas las escrituras. ¿Quién habría habido tan malversador de su patrimonio, quién tan descuidado, quién tan diferente de ti, Sexto, que, habiendo pasado la hacienda de aquel con quien había formado sociedad a su heredero, tan pronto como viera a éste, no se lo hiciera saber, no le reclamara, no le mostrara las cuentas y, en caso de surgir alguna desavenencia, no hiciera valer su derecho privadamente o ante el tribunal? ¿No os parece? Lo que hacen los hombres honrados, cuando desean que sus parientes y amigos sean en realidad y pasen ante los demás por gente apreciada y digna de honor, ¿esto no lo iba a hacer Sexto Nevio, hombre de tan encendida y arrebatada codicia que está dispuesto a entregar una parte de sus ventajas con tal de no dejarle a este pariente suyo el más mínimo honor?

¿Y 39 creéis que no reclamaría el dinero, si se le debiera, un hombre como este que, al no habérsele dado lo que no se le debía, trata de arrebatarle a un pariente suyo, no sólo el dinero sino la misma sangre y la vida? Ya lo veo, no quisiste molestar entonces a este a quien ahora no dejas respirar tranquilo; al que ahora ansías hacer morir sin piedad, entonces, modestamente, no querías hacerle una reclamación. ¡Ya lo creo! Te resistías o no te atrevías a reclamar a un pariente, servicial contigo, hombre de bien, modesto y de más años que tú; muchas veces, como suele ocurrir, habiéndote alentado tú mismo, decidido ya a hablarle del dinero y llegado ante él dispuesto y habiendo meditado lo que ibas a decirle, tú, hombre tímido y de un pudor virginal, de repente te contenías; sin saber cómo, te quedabas sin palabra; a pesar de que querías reclamarle, no te decidías, no fuera que te escuchara con disgusto. Seguro que era eso.

Creámoslo 40 así: Sexto Nevio no quiso entonces ofender los oídos de Quincio y ahora atenta contra su vida. Sexto, si él te hubiera debido algo, tú se lo hubieras reclamado y se lo hubieras reclamado en seguida; si no en seguida, al menos poco después; si no poco después, al menos algún tiempo después; ciertamente dentro de los seis primeros meses; y, sin duda alguna, en el transcurso de un año. Sin embargo, en todo un año y seis meses, teniendo cada día la posibilidad de ponerlo al corriente, tú no abres la boca; pasados ya casi dos años, es cuando reclamas. ¿Qué pródigo, por perdido y manirroto que lo imaginemos, hubiera sido —no digo una vez gastado todo su dinero sino teniéndolo aún en abundancia— tan licencioso como lo fue Sexto Nevio? Con nombrar a ese hombre, ya me parece que digo bastante.

Gayo Quincio era tu deudor y tú jamás le reclamaste nada; 41 murió él y sus bienes pasaron al heredero; aunque lo estabas viendo cada día, vienes a reclamarle ahora, al cabo de dos años. ¿Se podrá dudar si es más probable que Sexto Nevio, de debérsele algo, lo hubiera reclamado inmediatamente o que habría esperado dos años para hacer la reclamación? —¿No hubo tiempo para reclamar? —Pero si vivió más de un año contigo. —¿No era posible en la Galia proceder contra él? —Había tribunales en la provincia53 y en Roma54 se celebraban juicios. Lo único que te pudo estorbar fue o una soberana negligencia o una generosidad sin precedentes. Si dices que fue negligencia, nos extrañará; si dices que bondad, nos echaremos a reír; y, fuera de eso, no veo que puedas decir otra cosa. Es prueba suficiente de que nada se le debía a Nevio el hecho de que, en tanto tiempo, nada ha reclamado.

¿Y 42 si demuestro que eso mismo que ahora está haciendo es una prueba de que nada se le debe? Porque, ¿qué hace ahora Sexto Nevio? ¿Cuál es la causa de la desavenencia? ¿Qué juicio es este en el que ya hace dos años estamos metidos? ¿Qué clase de asunto es este que se lleva entre manos, en el que Nevio molesta a tantas y a tales personas? Reclama su dinero. ¿Ahora, después de tanto tiempo? Pero, que lo reclame; escuchémoslo.

Quiere 43 que se decida sobre las cuentas y sobre los puntos en litigio de la sociedad. Tarde es; pero más vale tarde que nunca. Concedamos. «No es eso —dice él— lo que quiero, Gayo Aquilio, ni es eso lo que me preocupa. Hace años que Publio Quincio se sirve de mi dinero. Que se sirva en buena hora; no se lo reclamo». Entonces, ¿por qué peleas? ¿Tal vez, como has dicho a menudo y en muchos sitios, para que pierda sus derechos de ciudadano; para que no siga ocupando ese rango suyo que hasta ahora mantiene con tanto decoro; para que no cuente entre los vivos55; para que tenga que luchar en defensa de su vida y de todo aquello que constituye su ornamento; para que exponga su causa ante el juez en primer lugar56 y acabe teniendo que escuchar la voz del acusador? Pero, ¿a qué viene todo eso? ¿A apoderarte antes de lo tuyo? —Si eso fuera lo que quieres, ya hace tiempo que estaría concluido.

¿Para 44 poder luchar sobre una causa más honesta? —Pero es que, sin un gravísimo crimen, tú no puedes deshacerte de tu pariente Publio Quincio. —¿Para facilitar la marcha del proceso? —Pero resulta que, ni Gayo Aquilio sentencia de buen grado sobre la personalidad civil de otro hombre ni Quinto Hortensio ha aprendido a combatirla. Entonces, Gayo Aquilio, ¿cuál es nuestra propuesta? Él reclama un dinero y nosotros decimos que no se le debe nada. Quiere que la sentencia se produzca en seguida; no nos oponemos. ¿Algo más? Si teme que, una vez terminado el proceso, no habrá dinero, que reciba la garantía de que se le pagará según lo juzgado; y en los mismos términos en los que ha recibido garantía de mi parte, dela también él de lo que le pido. Esto, Gayo Aquilio, puede darse ya por terminado; y tú puedes marcharte ya libre de una molestia, iba a decir, no menor que la de Publio Quincio.

¿Qué hacemos, Hortensio? ¿Qué podemos decir de 45 esta propuesta? ¿Podemos, al fin, dejadas las armas, discutir del dinero sin riesgo de nuestros bienes? ¿Podemos defender nuestro derecho permitiendo que quede a salvo la existencia civil de un pariente? ¿Podemos tomar el papel de demandante civil y dejar el de acusador penal? «Todo lo contrario —contesta—; yo recibiré fianza de tu parte, pero no te la daré a ti». ¿Y quién es el que nos impone esas normas de derecho tan ecuánimes? ¿Quién dictamina que lo que es justo contra Quincio es injusto contra Nevio? «Los bienes de Quincio —dice— fueron poseídos por decreto del pretor». ¿Así que, con el fin de sacarme esa confesión, me pides que confirmemos con nuestro testimonio, igual que si hubiera ocurrido, eso mismo que en el juicio hemos sostenido no haber existido jamás?

¿Es que no se puede encontrar, Gayo Aquilio, la forma de 46 que un hombre llegue a poseer cuanto antes lo que es suyo sin la deshonra, la infamia o la ruina de otro? Es cierto que, si algo se le debiera, lo reclamaría; no iba a preferir pasar por toda clase de pleitos antes que por aquel único de donde nacen todos los otros. Quien, a lo largo de tantos años, como es sabido, no ha hecho ni una reclamación contra Quincio, a pesar de tener cada día la posibilidad de emprender acciones contra él; quien, en el momento de comenzar a actuar, perdió todo el tiempo aplazando su comparecencia en el juicio; quien, después, incluso prescindió de la promesa de comparecencia y expulsó a éste de la hacienda común mediante insidias y violencia; quien, pudiendo haber intentado una acción sobre la deuda sin que nadie se le opusiera, prefirió firmar un compromiso deshonroso para la otra parte; quien, al ser citado a este juicio de donde dimanan todas las otras cuestiones, rechaza una propuesta del todo justa y confiesa que él no reclama el dinero sino la vida y la sangre, ¿éste no está diciendo a los demás: «si a mí se me debiera algo, lo reclamaría y, aún más, hace tiempo que me lo habría llevado; si 47 hubiera de reclamar una deuda, no sería a base de tanto trabajo ni de un juicio tan odioso ni de tan numerosos defensores; se trata de hacerle una extorsión contra su voluntad y quiera que no quiera; se le ha de coger y arrancar lo que no debe; Publio Quincio ha de ser desposeído de todos sus bienes; hay que pedir la colaboración de todos: de los poderosos, de los elocuentes, de los nobles; hay que violentar la verdad; es preciso lanzar amenazas, tender trampas, infundir miedo hasta que, al fin, vencido y atemorizado con todo esto, se rinda por sí mismo»? ¡Por Hércules!, cuando veo quiénes son mis adversarios, cuando considero su asamblea, me parece que todas esas amenazas ya llegan y se nos echan encima y que no hay manera de evitarlas; pero cuando vuelvo a ti, Gayo Aquilio, mis ojos y mi pensamiento, entonces considero sus manejos tanto más débiles y más ineficaces cuanto mayor es el esfuerzo y la pasión con que nos atacan. Así que Quincio no te debía nada, como tú mismo proclamas.

Y, 48 aunque te hubiera debido, ¿qué? ¿Habría habido motivo para que tú exigieras inmediatamente del pretor la posesión de sus bienes? Eso, ciertamente, en mi opinión, ni es justo ni puede convenirle a nadie. ¿Qué es, por tanto, lo que Nevio nos hace ver? Sostiene que Quincio faltó a la cita prometida. Antes de demostrar que eso no fue así, me gustaría, Gayo Aquilio, considerar a un tiempo, según las reglas que me impone el deber y según lo que es costumbre general, el hecho en sí mismo y la conducta de Sexto Nevio. No estuvo a la cita —dices— ese con quien te unía la afinidad, la sociedad y, en fin, toda clase de relaciones y de lazos antiguos. ¿Era preciso acudir en seguida al pretor? ¿Fue justo solicitar sin demora la posesión de los bienes en virtud de un edicto? ¿Te lanzabas tan ansiosamente a ejercer estos derechos extremos y odiosísimos con el fin de no reservarte para lo sucesivo nada que tú pudieras hacer con mayor dureza y crueldad?

Porque, ¿qué puede acontecerle a un hombre más vergonzoso, más 49 miserable o más cruel? ¿Qué afrenta mayor podría sobrevenir o qué calamidad más horrorosa hallarse? Aunque el azar le haya quitado a uno su dinero o se lo haya arrebatado la injusticia, no obstante, si el buen nombre queda a salvo, esa estimación de que uno goza lo consuela fácilmente de su pobreza. Y no falta quien, tocado de la infamia o convicto en vergonzoso juicio, goza en efecto de sus bienes, pero no puede esperar la ayuda de otro —lo cual es el mayor de los contratiempos— y, sin embargo, en medio de sus desgracias, encuentra en esos bienes una ayuda y un solaz. Pero aquel cuyos bienes fueron vendidos; de quien, no ya sólo las grandes posesiones sino incluso el sustento y el vestido necesario fueron ignominiosamente puestos a subasta por la voz del pregonero; ese no sólo es borrado del número de los vivos sino que, si es posible, es puesto por debajo de los muertos57. Es verdad que muchas veces una muerte virtuosa embellece incluso una vida deshonrada; pero una vida tan vergonzosa como ésta no da lugar ni a una muerte honrosa.

Así 50 que, ¡por Hércules!, juntamente con los bienes de uno que se poseen en virtud de un edicto, se poseen también toda su buena fama y su buen nombre; a aquel de quien se fijan carteles en los lugares más concurridos58, ni siquiera se le concede morir calladamente y en la penumbra; a aquel a quien se le asignan apoderados y dueños que digan en qué forma y bajo qué condición le toca morir, cuyo nombre publica la voz del pregonero, a la vez que pone precio a sus bienes, a este tal, en vida aún y en su presencia, se le hace un funeral de lo más ignominioso, si es que puede ser tenido como funeral un acto al que no concurren los amigos para honrar sus exequias sino los compradores de bienes, como carniceros, para despedazar y esparcir ese poco de vida que le queda.

Por 51 eso nuestros mayores quisieron que ocurriera raras veces y los pretores tomaron medidas para que la venta se realizara con conocimiento de causa. Los hombres de bien, aun siendo defraudados públicamente y no teniendo forma de recurrir, sólo temerosamente y con pies de plomo toman esta resolución, obligados por pura necesidad y a la fuerza, cuando la parte contraria ha faltado muchas veces a la comparecencia prometida y ellos mismos han sido una y otra vez burlados y engañados; y esto porque consideran el grave daño que es confiscar los bienes de otro. Nadie, que se precie de honrado, quiere perder a un ciudadano, ni siquiera en justicia; prefiere que la gente diga que, pudiéndolo perder, lo perdonó; no que, pudiéndolo perdonar, lo arruinó. Eso hacen los hombres honrados con aquellos con quienes nada los une e incluso con aquellos que son sus más irreconciliables enemigos, y no sólo por causa de la opinión pública sino por el deber de humanidad común a todos; de modo que, al no causar, a sabiendas, ningún daño a otro, razonablemente no puede sobrevenirles a ellos ningún mal.

No compareció a la cita. ¿Quién? Tu pariente. Aunque esa 52 incomparecencia pareciera por sí misma un asunto gravísimo, con todo, su atrocidad quedaría atenuada en razón del parentesco. No compareció a la cita. ¿Quién? Tu socio. Aunque la falta fuera más grave deberías perdonarlo puesto que a él te ha unido la voluntad o te ha juntado la fortuna. No compareció a la cita. ¿Quién? Ese que siempre estuvo a tu disposición. ¿Así que, por una sola vez que ha dejado de estar a tu disposición, has lanzado contra él todos los dardos que se reservan para los culpables de muchas acciones aviesas y de muchos fraudes?

Sexto Nevio, si se tratara de tus dos ases59; si hubieras temido 53 alguna asechanza en cosa de poca monta, ¿no habrías corrido en seguida a Gayo Aquilio o a alguno de los jurisconsultos? Tratándose de un derecho de amistad, de asociación, de afinidad; cuando convenía tener presente tu obligación y el buen concepto de los demás, no sólo no has ido a informar a Gayo Aquilio o a Lucio Lucilio60 sino que ni siquiera te has consultado a ti mismo, ni has dicho esto para tus adentros: «pasan ya dos horas; Quincio no comparece a la cita; ¿qué hago?» ¡Por Hércules!, sólo con que hubieras dicho estas dos palabras «¿qué hago?», tu codicia y tu avaricia se habrían aliviado y habrías dado un poco de respiro a la razón y al sentido común; habrías recapacitado y no habrías llegado a la situación vergonzosa de tener que confesar, en presencia de hombres tan eminentes, que a la misma hora en que no se cumplió la promesa de la comparecencia, tú tomaste la resolución de destruir de raíz el patrimonio de un hombre que es tu pariente próximo.

Voy 54 ahora yo, en tu lugar, a consultar a esos hombres fuera de tiempo y en un asunto ajeno, puesto que tú en un asunto propio y cuando era tiempo, te olvidaste de consultarlos; a ti te pregunto, Gayo Aquilio, a ti, Lucio Lucillo, a ti, Publio Quintilio, a ti, Marco Marcelo61: cierto socio y pariente mío, con quien tenía una vieja amistad antes y ahora tengo una reciente desavenencia pecuniaria, ha faltado a la promesa que me había hecho de presentarse a juicio: ¿debo solicitar del pretor que me otorgue la posesión de sus bienes o, mejor, como tiene en Roma la casa, a su mujer y a sus hijos, debo notificarle a domicilio que intento proceder judicialmente?62. ¿Cuál es, en este asunto, vuestra opinión definitiva? Si el concepto que tengo de vuestra bondad y prudencia es recto, ciertamente no me engañaré mucho pensando que, en el caso de haber sido consultados, habríais de responder: primeramente, esperar; después, si parece que se esconde y que quiere engañaros una y otra vez, debéis ir a encontrar a sus amigos, indagar quién es su mandatario, notificarle en su domicilio la intención de proceder contra él. Difícilmente podrían explicarse las muchas respuestas que tendríais para decirle lo que conviene hacer antes de llegar a esta resolución extrema.

¿Y Nevio qué dice a todo esto? Seguro que se ríe de nuestra 55 falta de seso porque echamos de menos en su vida un alto sentido del deber y le exigimos los principios que inspiran la conducta de los buenos ciudadanos. «¿Qué hago yo —dice— con ese exceso de escrupulosidad y diligencia? Esos escrúpulos de conciencia —continúa diciendo— queden para los hombres de bien; en cuanto a mí, piensen esto: no pregunten qué es lo que tengo sino cómo lo he conseguido; cuál fue mi nacimiento y cuál mi educación. Ya sé que hay un viejo proverbio que dice que «de un bufón es mucho más fácil hacer un hombre rico que un padre de familia».

Esto es lo que él dice claramente, si no de palabra, porque 56 no se atreve, al menos con su conducta. La verdad es que, si quiere vivir como los hombres de bien, tendrá que aprender y desaprender muchas cosas; y, a su edad, lo uno y lo otro es difícil.

«No dudé —dice— en embargar sus bienes cuando vi que no comparecía». Mal hecho; pero, puesto que te arrogas el derecho de hacerlo y quieres que se te conceda, te lo concederé. ¿Y si resulta que no hubo tal incomparecencia? ¿Si esa razón ha sido enteramente urdida por ti con el mayor engaño y malignidad? ¿Si no existió ninguna promesa en absoluto entre ti y Publio Quincio? ¿Qué nombre te podremos dar? ¿El de malvado? Pero si, aunque hubiera faltado a su promesa, sólo con esta solicitud de proscripción de sus bienes ya te habrías mostrado extremadamente malvado. ¿El de maligno? No lo niegas. ¿El de fraudulento? Tú mismo te lo arrogas y te glorías de él. ¿El de audaz, avaro y pérfido? Estos son nombres vulgares y pasados de moda; lo tuyo es algo nuevo e inaudito.

Pues, 57¿qué es? Me da miedo, ¡por Hércules!, usar palabras, o más duras de lo que la educación permite, o más suaves de lo que la causa requiere. Dices que no hubo comparecencia. Apenas vuelto a Roma, Quincio te preguntó qué día decías que había sido establecido el compromiso. Contestaste en seguida: en las nonas de febrero63. Al retirarse, Quincio trata de recordar el día en que había salido de Roma hacia la Galia; se remite a su diario64 y encuentra que el día de su partida fue el día antes de las calendas de febrero65. Si el cinco de febrero se encontraba en Roma, decimos que no hubo motivo para que no te hiciera la promesa de comparecer.

Ahora 58 bien, ¿cómo puede saberse eso? Partió juntamente con él Lucio Albio, hombre honesto como el que más: depondrá como testigo. Hubo amigos que acompañaron a Albio y a Quincio: también éstos darán su testimonio. Las mismas cartas de Publio Quincio, testigos bien numerosos, en todas las cuales hay motivos bien fundados para saber la verdad y ninguno para mentir, serán confrontadas con tu estipulante66.

¿Y por una causa como ésta Publio Quincio deberá estar 59 apenado y por tiempo tan largo vivirá, el miserable, entre tanto miedo y peligros? ¿Lo aterrorizará más la influencia del adversario de lo que lo consolará la integridad del juez? Ha vivido siempre una vida llana y sin adornos; ha sido de temperamento serio y reservado; no ha frecuentado el foro ni el campo de Marte ni los banquetes; a esto se consagró: a conservar los amigos con sus atenciones y la hacienda con una austera administración; amó aquella disciplina del deber cuyo esplendor han oscurecido las costumbres de hoy. Si en un pleito en que las partes tuvieran igualdad de derecho, ya sería no poco de lamentar que pareciera que Publio Quincio llevaba las de perder, ahora, en una causa en la que él tiene la razón de su parte, no reclama ni siquiera igualdad; acepta ser inferior, con tal de que no sea entregado él, sus bienes, su buen nombre y toda su fortuna a la avaricia y a la crueldad de Sexto Nevio.

He demostrado, Gayo Aquilio, lo que primeramente me propuse 60 demostrar: que no hubo absolutamente ninguna razón para que Sexto Nevio reclamase la posesión de los bienes porque ni se le debía dinero ni, aun suponiendo que se le debiera, se había producido ningún acto que autorizase tal procedimiento. Mira ahora cómo por edicto del pretor de ninguna manera pudieron ser poseídos los bienes de Publio Quincio. Examina las palabras del edicto: «quien se oculte con intención fraudulenta». Este no es el caso de Quincio; a no ser que haya que pensar que se ocultan quienes dejan un procurador cuando se van a sus negocios. «Aquel que no tenga heredero». Tampoco es su caso. «El que cambiare de residencia por causa de destierro»...67. ¿Cuándo y cómo crees tú, Nevio, que fue preciso defender a Publio Quincio, durante su ausencia? ¿En el momento mismo en que tú demandabas la posesión de sus bienes? Nadie se presentó porque nadie se podía imaginar que los demandarías; por otra parte, a nadie correspondía impugnar lo que el pretor ordenaba, no que se hiciera sino que se hiciera en virtud de su edicto.

Entonces, 61¿cuál fue la primera ocasión que se dio al procurador de defender al ausente? Cuando anunciabas la venta. Así que estuvo presente Sexto Alfeno y no la toleró sino que arrancó los anuncios; el primer paso que le tocaba dar en calidad de procurador lo dio con toda diligencia. Veamos lo que ha sucedido después. Echas mano en público a un esclavo de Publio Quincio e intentas llevártelo; Alfeno no lo consiente, te lo arrebata a viva fuerza, cuida de que sea devuelto a casa de Quincio. También aquí queda bien patente el escrupuloso cumplimiento de su función de procurador. Tú dices que Publio Quincio te debe dinero; el procurador lo niega; quieres obligarlo a comparecer en juicio y promete comparecer; lo llamas ante el tribunal y él acude; exiges el juicio y él no se opone. No sé yo qué otra manera haya de defender al ausente.

Pero 62 ¿quién era el procurador? Supongo que Quincio buscaría algún menesteroso, algún litigante, algún bribón, capaz de aguantar días y días el insulto de un bufón llegado a rico. Pues, nada de eso; era un caballero romano rico en tierras, un buen administrador de sus negocios, en una palabra, el mismo a quien Nevio, cuantas veces se fue a la Galia, dejó por procurador suyo en Roma.

¿Y te atreves, Sexto Nevio, a sostener que Quincio no fue defendido en su ausencia, cuando lo defendió el mismo que solía defenderte a ti? ¿Y, habiendo sido aceptado a nombre de Quincio este juicio por el mismo a quien tú, cuando partías de Roma, solías encomendar y confiar tus bienes y tu buen nombre, intentas decir que no se halló nadie que defendiera a Quincio en juicio?

«Es que yo exigía —dice Nevio— que presentara una garantía». 63 Lo exigías sin ningún derecho. «Así se te ordenaba». Pero Alfeno se oponía. «Así es, pero el pretor lo decretaba». —Por tanto se apeló a los tribunos. —«Ahora te tengo, dice él; no es aceptar el juicio ni defenderse en juicio, pedir auxilio a los tribunos». Eso, cuando pienso en la sabiduría de Hortensio, no creo que lo vaya a decir él. Pero, cuando oigo que ya antes lo ha dicho y cuando estudio la causa misma, no encuentro qué otra objeción pueda oponer. Admite, en efecto, que Alfeno arrancó los anuncios, que prometió comparecer; que no rehusó someterse al juicio en los mismos términos que Nevio proponía, pero con una condición: según la práctica al uso y ante el magistrado designado para prestar ayuda a los ciudadanos.

O se demuestra que los hechos no son éstos o que un hombre 64 tan honorable como Gayo Aquilio, con juramento previo, introduce en Roma esta jurisprudencia: aquel cuyo procurador no haya aceptado todos los juicios en los mismos términos en que se los demandaba cualquier adversario; aquel cuyo procurador se haya atrevido a apelar del pretor a la autoridad de los tribunos; este tal es preciso que no sea defendido en juicio, que sus bienes puedan ser legítimamente poseídos por el contrario y que ese miserable, ignorante y ausente, sea despojado con el mayor vituperio e ignominia de todo lo que constituye su fortuna y el decoro de su vida.

Aunque esta jurisprudencia no puede ser aprobada por nadie, 65 al menos debe quedar claro para todos que Quincio, ausente, fue defendido en juicio. Y, siendo esto así, resulta que sus bienes no fueron poseídos por edicto.

Pero es que los tribunos del pueblo ni siquiera quisieron escuchar. Si es así, confieso que el procurador tenía que obedecer el edicto del pretor. ¿Y qué? Si Marco Bruto68 anunció públicamente que interpondría el veto, en el caso de que Alfeno y Nevio no llegaran a un acuerdo, ¿no parece que se interpuso la apelación de los tribunos, no para ganar tiempo sino para obtener su auxilio?

¿Qué 66 ocurre después? Alfeno, a fin de que todos pudieran ver que Quincio era defendido en juicio y para que no pudiera subsistir en nadie la sospecha, ni de su cumplimiento del deber ni de la buena fe de mi defendido, convoca a algunos prohombres y declara, en presencia de Nevio, que, en nombre de la amistad que lo ligaba a entrambos, le pedía en primer lugar que no intentase hacer, sin razón, ninguna atrocidad contra Publio Quincio, mientras estuviera ausente; pero que, si persistía en combatirlo con esa implacable hostilidad, él estaba dispuesto a sostener por todas las vías legales y honestas que lo que demandaba no se le debía, y que aceptaba el juicio en los términos propuestos por él.

Un 67 buen número de hombres distinguidos firmaron el acta de aquella declaración y de aquel acuerdo. No cabe ninguna duda sobre este hecho. Intacta la cuestión y cuando los bienes de Quincio no habían sido confiscados ni poseídos por otro, sucede que Alfeno promete a Nevio que Quincio comparecerá a juicio. Comparece. El pleito queda en suspenso por dos años, en medio de debates, gracias a las argucias de Nevio, hasta que se encuentra la manera de que el proceso se aparte del camino acostumbrado y toda la causa venga a concluirse en este mismo juicio.

¿Se puede mencionar, Gayo Aquilio, alguno de los deberes propios 68 de un procurador que parezca haber sido descuidado por Alfeno? ¿Qué prueba se aduce para decir que Publio Quincio no fue defendido en su ausencia? ¿Acaso aquella —que sospecho aducirá Hortensio porque así lo ha insinuado y porque Nevio lo proclama a todas horas— que Nevio no podía batirse en igualdad de condiciones con Alfeno, en aquel tiempo y con los que entonces mandaban?69. Dado que trate de admitir esto, creo que me concederán, no que Publio Quincio no tenía ningún procurador sino que lo tenía de gran influencia. Pero yo, para vencer en esta causa, tengo bastante con que hubiera un procurador con quien Nevio pudiera litigar; que fuese tal o cual este procurador, mientras defendiera al ausente por la vía legal y delante del magistrado, no creo que pueda tener ninguna importancia para el caso.

«Era —dice Nevio— del partido de ellos»70. ¿Y por qué 69 no? Educado en tu ambiente, tú mismo desde la infancia le enseñaste a no tomar el partido de ningún noble, aunque fuera un gladiador71. Si Alfeno quería lo mismo que habías deseado tú siempre vivísimamente, ¿por esa razón las armas con que luchabais ya no eran iguales? «Alfeno —dice— era amigo de Bruto; por eso intervenía éste». Tú, en cambio, eras amigo de Burrieno, que decretaba injusticias y además de todos aquellos que en aquel momento tenían gran preponderancia por su fuerza y por sus crímenes y cuya audacia llegaba hasta donde llegaba su poder. ¿O es que tú querías que venciesen todos esos72 que tanto se esfuerzan ahora porque tú seas el vencedor? Ten la valentía de confesarlo, no digo públicamente sino ante esos a quienes has llamado para que te asistan.

Aunque 70 no quiero, con estos recuerdos, reavivar pasiones cuya memoria más insignificante entiendo que debería ser abolida y extirpada de raíz. Una cosa digo: si, por su espíritu de partido, Alfeno era poderoso, Nevio era poderosísimo; si, confiado en su influencia, Alfeno solicitaba algo demasiado injusto, Nevio conseguía cosas más injustas todavía. Entre tu celo de partido y el suyo no había, según creo, ninguna diferencia; sólo que tú por tu astucia, por tu vieja experiencia y tus enredos, le ganaste fácilmente la partida. Y basta con esto, por no hablar de otras cosas: Alfeno se perdió con sus amigos y por causa de sus amigos; tú, al darte cuenta de que no podían ganar los que eran tus amigos, te las arreglaste para conseguir amigos entre los que triunfaban.

Y si 71 estás creído de que tú entonces no tenías la menor posibilidad de hacer valer tus derechos, que tenía Alfeno, sólo porque podía encontrar a alguien que te plantara cara y porque había un magistrado ante el cual la causa de Alfeno tuviera algún apoyo, ¿qué se debería decir ahora de Quincio? Para él no se ha encontrado todavía un magistrado justo, a él no se le ha concedido un juicio normal73; no ha existido jamás ni una condición ni una estipulación, en fin, ni una acusación, no digo ya justa, pero ni siquiera que antes de esta ocasión haya llegado a nuestros oídos. Quiero debatir el asunto del dinero. —«No es posible». —Pero si es ésa la esencia de nuestro debate. —«No me importa nada. Lo que tienes que defender es su personalidad civil». —Presenta tu acusación, si no hay otro camino. —«No, dice él, yo no acuso, si tú antes, según la nueva usanza, no defiendes tu causa». —No tendré más remedio que hablar. —«Pero el tiempo será limitado, a nuestro gusto; el mismo juez se atendrá a él».

¿Entonces? —«Encontrarás algún abogado, hombre de antiguo 72 cuño, que no haga caso de nuestra riqueza e influencia; por mí combatirá Lucio Filipo74, el más brillante de la ciudad por su elocuencia, por su gravedad y por su honorabilidad; hablará Hortensio que sobresale en talento, en nobleza y en consideración; y estarán a mi lado los hombres más nobles y más poderosos, de modo que su numerosa presencia haga temblar, no sólo a Publio Quincio, que se juega su personalidad civil, sino a cualquier otro que no tenga nada que perder».

Esta 73 sí que es una lucha desigual y no aquella en la que tú combatías contra Alfeno, como quien dice, a caballo; no le has dejado a Quincio ni lugar donde situarse. Por lo cual, o es preciso que demuestres que Alfeno negó ser procurador, que no arrancó los anuncios y que no quiso aceptar el juicio o bien, puesto que los hechos ocurrieron así, has de confesar que tú no has poseído, por edicto, los bienes de Publio Quincio.

Y, si los poseíste por edicto, quiero saber por qué esos bienes no fueron vendidos, por qué no acudieron los demás fiadores y acreedores. ¿No había nadie a quien debiese Quincio? Sí, y no pocos; precisamente porque su hermano Gayo había dejado algunas deudas. Entonces, ¿qué pasa? A pesar de ser hombres que no tenían la menor relación con Quincio, hombres a quienes se les debía realmente, no se encontró ni uno de tan refinada perversidad que se atreviera a ofender el nombre del deudor ausente.

Sólo 74 hubo uno, su pariente, su socio, su amigo, es decir, Sexto Nevio, quien, a pesar de ser a su vez deudor75, como si se hubiera propuesto un premio extraordinario a su maldad, combatió afanosamente para privar a su tristemente arruinado pariente, no ya de los bienes honradamente adquiridos sino hasta de la luz común de la vida. Los demás acreedores ¿dónde estaban? Más, ¿dónde están ahora mismo? ¿Quién de ellos dice que Quincio se ocultó con la intención de defraudar? ¿Quién de ellos niega que fuera defendido en su ausencia? No aparece ni uno solo.

Al 75 contrario, todos aquellos con quienes éste tiene o ha tenido negocios, están con él, lo defienden, se esfuerzan porque su buena fe, tantas veces reconocida, no sea desacreditada por la perfidia de Sexto Nevio. Para un proceso con compromiso como éste, era necesario presentar testigos de entre ellos dispuestos a decir: «a mí me dejó plantado tras la promesa de comparecencia; a mí me defraudó; a mí me pidió un aplazamiento para el pago de una deuda que antes había dicho no haber contraído; yo no pude llevarlo a juicio, se me escabulló, no dejó un procurador». Nada de eso se dice. Se buscan testigos que lo digan. Sabremos la verdad, creo yo, cuando esos testigos hayan depuesto. Pero tengan presente una cosa: su testimonio es tan importante que, si quieren respetar la verdad, podrán obtener peso en el proceso; si la desprecian, resultarán tan de poca autoridad que todos comprenderán que el prestigio sirve para probar la verdad, no para hacer triunfar la mentira.

Yo 76 quiero saber estas dos cosas: primera, por qué Nevio no llevó adelante la empresa comenzada, esto es, por qué no vendió los bienes que poseía por edicto; segunda, por qué, entre tantos acreedores, ningún otro ha seguido este procedimiento; hasta el punto de que debes reconocer que no hubo otro tan temerario como tú y que tú no has podido continuar y llevar a término lo que tan vergonzosamente habías emprendido. ¿Y qué diremos, Sexto Nevio, si resulta que tú mismo has dado la prueba de que los bienes de Publio Quincio no fueron poseídos por edicto? Pienso que tu testimonio, digno de poco crédito si se tratase de intereses ajenos, en los tuyos, ya que va contra ti, debe tener un peso irrefragable. Compraste los bienes de Sexto Alfeno cuando el dictador Lucio Sila ordenó su venta76, y declaraste que Quincio era tu asociado en la posesión de estos bienes. No digo más. ¿Tú establecías una sociedad voluntaria77 con aquel que te había defraudado en una sociedad en la que había sustituido a su hermano? ¿Tú aprobabas con tu parecer a quien presumías privado de todo honor y de toda fortuna?

¡Por 77 Hércules!, Gayo Aquilio, que desconfiaba tener bastante firmeza y seguridad para mantenerme en esta causa. Yo me imaginaba que, como iba a hablar Hortensio en contra y como Filipo me escucharía atentamente, sucedería que, en muchos puntos, me sentiría desfallecer a causa del miedo. Yo le decía a Quinto Roscio78 aquí presente, cuya hermana está casada con Publio Quincio, cuando me pedía insistiendo vivamente que defendiese a su pariente, que era para mí muy difícil, no solamente defender hasta el final una causa tan importante contra tan grandes oradores sino incluso decir una sola palabra. Como él insistía con mayor ardor, le dije finalmente, por la amistad que nos unía, que me parecerían no tener ninguna vergüenza quienes en su presencia intentaran hacer un solo gesto de actores; y que aquellos que trataran de emularlo, aun los que parecían haber tenido algo de naturalidad y de gracia, perderían esta reputación; que temía me pudiese suceder algo parecido al ponerme a hablar contra un maestro de tal temple79.

Entonces Roscio, para animarme, me dijo muchas otras cosas; 78 y, ¡por Hércules!, aunque no hubiera dicho nada, con ese mismo celo callado, lleno de cortesía, que demostraba para con su pariente, habría conmovido a cualquiera. Porque, siendo tan gran artista que parece el único digno de aparecer en escena, es, por otra parte, un hombre tal que parece el único digno de no mostrarse en ella80. Pero añadía: «Y si la causa fuera tal que tú sólo hubieras de demostrar que no hay nadie que en dos días o, a lo más, en tres pueda hacer setecientas millas de camino, ¿todavía temerías no poderlo sostener contra Hortensio?»

No lo temería, dije. Pero, ¿qué tiene que ver eso con nuestra 79 causa? «Sin duda alguna, me dijo, ahí está el punto central de la causa». ¿Cómo? Él me cuenta el extraño asunto y la parte que en él tiene Sexto Nevio, el cual debería bastar con sólo publicarlo. Te suplico a ti, Gayo Aquilio, y a vosotros que sois sus consejeros, que escuchéis con toda atención; veréis, sin duda, cómo desde el comienzo han atacado, de aquella parte, la codicia y la arrogancia y, de nuestra parte, han resistido cuanto han podido la lealtad y el respeto. Pides poder entrar en posesión de los bienes por edicto. ¿Qué día? Quiero oírlo de ti mismo, Nevio: quiero que ese crimen inaudito quede demostrado por boca del mismo que lo cometió. Di el día, Nevio. «El día quinto antes de las Calendas del mes intercalar»81. Dices bien. ¡Cuánto dista de aquí vuestra finca de la Galia? Por favor, Nevio. «Setecientos mil pasos». Muy bien. Quincio es echado de la finca, ¿qué día? ¿Podemos también oírte eso?

¿Por qué te callas? Dinos, por favor, el día. Te da vergüenza decirlo; lo comprendo; pero tu vergüenza viene tarde y es inútil. Gayo Aquilio, Quincio es echado de las posesiones el día antes de las Calendas intercalares. En dos días o, a no ser que alguien saliera corriendo desde el mismo tribunal, en tres días no completos, se hace un camino de setecientos mil pasos.

¡Qué 80 cosa tan increíble! ¡Qué avaricia más desenfrenada! ¡Qué mensajero de alas voladoras! Los agentes y satélites de Sexto Nevio van en dos días desde Roma al país de los sabañinos82, al otro lado de los Alpes. ¡Qué hombre tan afortunado, que tiene tales mensajeros o, mejor, tales Pegasos!

En este punto, aunque resuciten todos los Crasos juntamente con los Antonios, aunque tú, Lucio Filipo83, que brillabas a su lado, quieras defender esta causa con Hortensio, es inevitable que venza yo; porque no todo está, como vosotros pensáis, en la elocuencia; hay, además, una verdad tan evidente que nada puede debilitarla.

¿O es que, antes de solicitar la posesión de los bienes, enviaste 81 a alguien que cuidase de que el dueño fuera expulsado violentamente de sus tierras por la servidumbre? Escoge una cualquiera de estas dos cosas; aquélla es increíble, ésta criminal y ambas, hasta hoy, nunca oídas. ¿Pretendes hacernos creer que se corrieron setecientos mil pasos en dos días? Responde. ¿Dices que no? Luego enviaste a alguien por delante. Prefiero que sea así; pues, si afirmases lo primero, todos verían que mentías miserablemente; confesando lo último admites haber cometido un crimen que no podrías disimular ni con una mentira. Un plan como éste, que revela tanta avaricia, tanta audacia y tanta temeridad, ¿podría tener la aprobación de Aquilio y de sus honorables consejeros?

¿Qué 82 significan ese furor, ese apresuramiento, esa desmedida precipitación? ¿No indican violencia, maldad, latrocinio, todo lo que se quiera, antes que justicia, deber y honestidad? Envías un agente sin tener la orden de posesión del pretor. ¿Con qué intención? Sabías que la orden llegaría. —¿Y qué? ¿No podías enviarlo después de que él hubiese dado la orden? —Es que ya habías resuelto demandarlo. ¿Pero, cuándo? Pasados treinta días. Esto es: si no se presentaba ningún impedimento, si persistías en tu propósito, si gozabas de salud; en una palabra, si seguías viviendo. El pretor, naturalmente, hubiera dado la orden. Lo creo; si quería, si gozaba de salud, si hacía justicia y si nadie se oponía ofreciendo, por decreto del pretor, una garantía y aceptando el juicio.

Pero, ¡por los dioses inmortales!, si el procurador de Publio 83 Quincio, Alfeno, te hubiera dado garantías y hubiera querido aceptar el juicio; si, en una palabra, hubiera estado dispuesto a hacer todo lo que tú querías, ¿qué habrías hecho? ¿Habrías llamado al mensajero enviado a la Galia? Pero, entre tanto, mi defendido ya habría sido expulsado de sus tierras, ya habría sido sacado a la fuerza de su casa; y, lo que supera toda indignidad, gracias a una orden tuya llevada por tu mensajero hubiera sido ultrajado a manos de sus propios esclavos. Más tarde tú habrías remediado todo eso. ¿Y te atreves a atentar contra la vida de un hombre, tú que has de confesar haberte cegado la codicia y la avaricia hasta el punto de que, ignorando lo que podría sobrevenir, ya que podían suceder muchas cosas, pusiste la esperanza del engaño presente en la incertidumbre del futuro? Y digo eso como si, en el mismo momento en que el edicto del pretor te mandaba poseer aquellos bienes, suponiendo que habías enviado a poseerlos, tú hubieras debido o podido desposeer violentamente a Quincio.

Todos 84 estos hechos son tales, Gayo Aquilio, que cualquiera puede echar de ver que en esta causa la maldad y la influencia luchan contra la pobreza y la inocencia. ¿En qué forma te ordenó el pretor poseer los bienes? Según creo, por edicto. ¿Cuáles fueron los términos del compromiso? «Si los bienes de Publio Quincio no han sido poseídos por edicto del pretor». Volvamos al edicto. ¿En qué forma ordena él la posesión? ¿Qué razón hay, Gayo Aquilio, para que no resulte que Nevio, si ha poseído de modo bien diferente a como estableció el pretor, no haya poseído según el edicto y yo he ganado la suma apostada? Creo que ninguna. Examinemos el edicto: «quienes, en virtud de un edicto, llegaren a poseer». De ti habla, Nevio, como te imaginas, pues dices que llegaste a posesión por edicto; te indica lo que has de hacer, te instruye, te da normas: «parece necesario que posean en esta forma». ¿Cómo? «Lo que puedan guardar sin riesgo en el mismo lugar, que lo guarden allí; lo que no puedan guardar, les será permitido sacarlo de allí y llevárselo consigo». ¿Qué más? «No parece bien, dice el edicto, que el propietario sea sacado a la fuerza». El edicto prohíbe despojar de su posesión a la fuerza incluso a aquel que se oculta con intención de defraudar, incluso a aquel a quien nadie ha defendido en juicio, incluso a aquel que se ha portado mal con todos sus acreedores.

El mismo pretor te lo dice expresamente, Sexto Nevio, cuando 85 vas a tomar posesión: «poseerás de tal forma que juntamente contigo posea Quincio; poseerás de tal forma que no se haga ninguna violencia a Quincio». Ahora bien, ¿cómo observas tú eso? Omito decir que se trataba de uno que no se escondía, que tenía en Roma casa, mujer, hijos y un procurador y que no había dejado de cumplir su promesa de comparecencia; todo eso me lo callo; sólo digo que el propietario ha sido despojado de su propiedad; que la servidumbre ha puesto sus manos violentas sobre el propio señor, en presencia de sus lares familiares; eso es lo que digo...84.

Así refuta Cicerón, en favor de Quincio, la definición del adversario, basándose en la opinión general: «Si alguien posee, en la forma que sea, una determinada heredad y consiente que su dueño conserve la posesión de las otras propiedades, él —dice (Cicerón)— según creo, parece poseer una propiedad, no los bienes del otro». Y propone su propia definición: «¿Qué es poseer?», pregunta. «Ni más ni menos, estar en posesión de aquellas cosas que, dadas las circunstancias, pueden poseerse». Prueba que Nevio no poseyó los bienes sino una propiedad: «cuando Quincio tenía, dice, en Roma su casa y sus esclavos, y en la misma Galia sus propiedades privadas que tú jamás te atreviste a poseer». Y concluye: «y si tú hubieras tomado posesión de los bienes de Publio Quincio con ese mismo derecho deberías haberlos poseído todos».

(Sostengo)85 que Nevio no hizo ni siquiera una reclamación a Quincio, a pesar de vivir juntos y de que podía querellarse contra él todos los días; después, que prefiere seguir los procedimientos más arriesgados, a costa de atraerse la más enardecida impopularidad y con un gravísimo riesgo para Quincio, antes que plantear el pleito pecuniario, el cual podría resolverse en un solo día; a pesar de que él mismo reconoce que todo este enredo dimana de aquí. En este punto he propuesto la siguiente solución: que si quería reclamar el dinero, Publio Quincio le daría garantías de pagar según sentencia, con tal de que él la tuviera también de Nevio para el caso de reclamarle algo.

He 86 mostrado las muchas cosas que deberían haberse hecho antes de solicitar la posesión de los bienes de un pariente, sobre todo teniendo él casa, mujer e hijos en Roma y un procurador que era tan amigo suyo como del otro. A pesar de que Nevio dice que hubo un incumplimiento por parte de Quincio, yo he hecho ver que no hubo ninguna incomparecencia; que el mismo día en que Nevio declara que Quincio le hizo la promesa de comparecer, que ese día ni siquiera estaba en Roma; he prometido probar esto mediante testigos que por fuerza tenían que saberlo y que no habían de tener ninguna razón para mentir. He demostrado que no pudo poseer los bienes por edicto, porque Quincio ni se escondió con intención de defraudar ni nadie ha dicho que abandonara la patria por motivo de destierro.

Sólo me queda responder a la objeción de que nadie lo 87 defendió en juicio. Contra esta acusación he sostenido que fue defendido elocuentemente, no por un extraño ni por un calumniador o malvado sino por un caballero romano86, pariente y amigo suyo, el mismo precisamente que antes acostumbraba a dejar el propio Sexto Nevio como procurador; que, si bien apeló a los tribunos, no por eso estaba menos dispuesto a admitir el juicio; que la influencia del procurador en nada había disminuido el derecho de Nevio; por el contrario, él con su autoridad, entonces fue simplemente superior, ahora apenas nos deja respirar.

He preguntado cuál fue la razón de que no se vendieran los 88 bienes, dado que Nevio los poseía conforme al edicto. Después he preguntado también por qué de tantos acreedores no hubo entonces ninguno que hiciera lo que hizo Nevio ni hay ahora quien lo acuse sino que todos luchan a favor de Quincio, sobre todo en un proceso como éste en que los testimonios de los acreedores se consideran de tanta importancia para la causa. Después me he valido del testimonio del adversario que no hace mucho tomó como socio a un hombre del cual, según ahora se propone, quiere demostrar que entonces no contaba ya ni en el número de los vivos. Después he puesto de manifiesto aquella increíble rapidez o, mejor, aquella audacia; he demostrado que era preciso, o bien que en dos días se hubiera recorrido un camino de setecientos mil pasos o bien que Sexto Nevio había enviado agentes a tomar posesión de los bienes muchos días antes de hacer la demanda para que le fuera lícito poseerlos.

Después 89 he leído el edicto que prohibía claramente lanzar violentamente al propietario de sus fincas; de este modo ha quedado claro que Nevio no poseyó por edicto, al admitir él que Quincio fue expulsado de sus fincas con violencia. He puesto en claro que los bienes no fueron poseídos en absoluto87, porque posesión de bienes quiere decir posesión, no de una parte de ellos sino de todos los que se pueden conseguir y poseer. He dicho que Quincio tenía una casa en Roma a la cual Nevio ni siquiera ha aspirado; que tenía muchos esclavos de los que Nevio no ha poseído, ni siquiera tocado, a ninguno; hubo uno al que quiso echar mano, pero, al ser estorbado, desistió.

Sabéis 90 que, en la misma Galia, Sexto Nevio jamás tomó posesión de las propiedades privadas de Quincio; en fin, que no todos los esclavos que Quincio tiene privadamente han sido arrojados de ese mismo bosque que Nevio posee por haber expulsado de él, con un acto de violencia, a su consocio. De esto y de todo lo demás que Nevio ha dicho, hecho y pensado, cualquiera puede entender que él no se ha propuesto ni se propone ahora más que apoderarse con violencia, con injusticia y con un proceso impío, de todas las tierras que pertenecen a los dos88.

Ahora, 91 llegado al fin de mi defensa, parece, Gayo Aquilio, que la naturaleza misma de la causa y la gravedad del peligro que corre89, obligan a Publio Quincio, en nombre de su vejez y del aislamiento en que se encuentra, a conjurarte a ti y a tus consejeros que no escuchéis otra voz que la de vuestra natural bondad; de modo que, teniendo la verdad de su parte, sea más poderosa su miseria para moveros a compasión que no los apoyos con que el otro cuenta para induciros a la severidad.

El 92 mismo día en que fuiste designado nuestro juez, comenzamos a menospreciar las amenazas de ellos, las cuales antes nos intimidaban. Si se tratara de confrontar una causa con otra, estaríamos seguros de convencer a cualquiera con nuestras razones; pero, al tenerse que confrontar dos formas diferentes de vida, por eso creímos que nos hacía aún más falta un juez como tú. Así que, lo que ahora se debate es, si contra el lujo y la prepotencia, puede tener o no protección esa sencilla y rústica moderación o bien si, degradada y despojada de todo honor, ha de ser dejada sin defensa alguna a merced de la avaricia y de la insolencia.

Sexto Nevio, Publio Quincio no se compara contigo en 93 influencia; ni compite contigo en opulencia y en riqueza; deja para ti todas esas artes, gracias a las cuales tú eres poderoso; admite que él no es elocuente ni un mago de la palabra; que no pasa de una amistad en decadencia a otra que está en todo su esplendor90; que no vive entre gastos y más gastos; que no sabe de magníficos y espléndidos banquetes; que no tiene su puerta cerrada al sentido de la dignidad y al respeto del prójimo ni, al contrario, abierta y siempre expuesta a los placeres y a la codicia; antes bien, dice que sus delicias han sido siempre el sentido del deber, la lealtad, una escrupulosa observancia, un tenor de vida duro y austero. Comprende que todas aquellas cosas se valoran más y son de grandísima influencia en las actuales circunstancias.

Entonces, 94 ¿qué? Que esta influencia no debe llegar hasta el punto de que sobre la existencia y los bienes de los hombres más honrados vengan a mandar tiránicamente quienes, dejando de lado los principios de los hombres de bien, prefirieron seguir el ejemplo de Galonio91 en el modo de ganar y de gastar el dinero hasta llegar a una audacia y a una perfidia en el vivir que él no conoció. Si se permite vivir a aquel que Sexto Nevio no quiere que viva; si, contra la voluntad de Nevio, aún queda en la ciudad un rincón para un hombre honrado92; si le es lícito a Publio Quincio respirar, a pesar de la voluntad y del parecer autoritario de Nevio; si, gracias a mi defensa y en contra de la petulancia, puede conservar el prestigio que se ganó con su conducta irreprensible; en este caso, hay también esperanza de que este pobre infeliz pueda tener alguna vez paz. Pero si Nevio puede hacer lo que le plazca, y es seguro que querrá lo que no es lícito, ¿qué habrá que hacer? ¿Qué ayuda divina se ha de invocar? ¿A qué conciencia humana se podrá apelar? En suma, ¿qué lamentos, qué llanto y qué dolor podrá haber adecuados a una desgracia tan grande?

Ya 95 es una desgracia ser desposeído por la fuerza de todos los bienes, pero es más grave serlo con injusticia; es un duro golpe ser víctima de alguien, pero es más duro serlo de un pariente; es una ruina ser privado de sus propios bienes, pero es mayor desventura serlo con deshonor; es brutal ser estrangulado por una persona de fuerza y respetable, pero lo es más serlo por aquel cuya voz se ha prostituido como pregonero público; es humillante ser vencido por un igual o por un superior, pero lo es más serlo por un inferior moralmente abyecto; hace llorar que uno sea dejado en manos de otro con todos sus bienes, pero es más de llorar ser entregado al enemigo; es horrible defender una causa donde peligra nuestra existencia civil, pero es más horrible defendernos en primer lugar, antes de oír al que nos acusa.

Gayo Aquilio, para salvarse Quincio ha considerado todas 96 las posibilidades, lo ha tanteado todo; no sólo no ha podido encontrar un pretor de quien obtuviera justicia y menos aún uno ante quien reivindicara sus derechos a gusto sino que ni siquiera a los amigos de Sexto Nevio, a cuyos pies arrodillado a menudo y largamente, rogaba por los dioses inmortales que, o bien luchasen con él según derecho, o que le hicieran pasar las injusticias sin atacar su reputación.

Al fin tuvo que soportar el rostro, lleno de insolencia, de 97 su enemigo en persona; con los ojos arrasados en lágrimas, tomó la mismísima mano de Sexto Nevio, tan ejercitada en redactar anuncios de venta de bienes de sus parientes; le conjuró por las cenizas de su difunto hermano93, por el parentesco que los une, por su propia mujer y por sus hijos, cuyo pariente más próximo es Publio Quincio, que tuviera al fin piedad; que tuviera un poco de consideración, si no del parentesco al menos de sus años, si no del hombre en sí al menos de la humanidad que representaba, a fin de que, bajo cualquier condición, con tal de que fuera aceptable, llegara a un acuerdo con él sin que su reputación se viera comprometida.

Desechado 98 por Nevio, no ayudado por los amigos de éste, vejado e intimidado por todos los magistrados, ya no tiene, fuera de ti, a quién volverse; en tus manos pone su propia persona, todos los bienes y toda su fortuna; en ti pone su buen nombre y la esperanza de la vida que le queda. Afrentado sobremanera, zarandeado por injusticias sin cuento, recurre a ti, miserable, sí, pero con la cabeza bien alta. Expulsado de una hacienda ricamente provista, hecho objeto de toda clase de ultrajes, teniendo que ver a su adversario enseñorearse de sus bienes paternos y no pudiendo reunir una dote para casar a su hija94, a pesar de todo, no ha tomado ninguna iniciativa que contraste con su habitual línea de conducta.

Por 99 eso te conjura, Gayo Aquilio, que le permitas llevarse intacta, al salir de este lugar, la reputación y la honradez que él ha traído ante ti, que has de juzgarlo, justo ahora al término de su vida; que este hombre, de cuya buena fe en el cumplimiento del deber nadie ha dudado nunca, ahora, a sus sesenta años, no sea marcado con la deshonra, con la afrenta y con la más vergonzosa de las ignominias; que Sexto Nevio no lleve su abuso hasta hacer con todo el honor de Quincio lo que se hace con los despojos de un enemigo; no ocurra, bajo tu responsabilidad, que el buen nombre que acompañó a Publio Quincio hasta su vejez no le siga hasta el final de su vida.

10 Es el juez del tribunal, designado expresamente por el pretor. Se trata de Gayo Aquilio Galo, rico caballero romano, buen jurisperito, de carácter noble e íntegro. Ocupó la pretura en el año 66 a. C. juntamente con Cicerón. De sus dotes oratorias, más bien escasas, habla el mismo CICERÓN, Brut. XII 154 y en Cael. XXVII 78. De su vida nos da alguna noticia PLINIO, N. H. XVII 1. En política se inclinó por el partido popular.

11 Quinto Hortensio Hórtalo, nacido en 114 a. C. y muerto en 50 a. C. Fue la lumbrera del foro romano por su formidable elocuencia durante cuarenta y cuatro años. Fue cónsul en el año 70. En política estuvo siempre con el partido de los aristócratas. Como abogado no siempre se mostró íntegro, pues se prestó a la corrupción activa y pasiva. En su oratoria cultivaba el estilo asiático, exuberante en el colorido y abundoso en las palabras. No ha quedado de él ni un solo discurso. QUINTILIANO, Ins. Or. XI 3, 8, dice que valía más como orador que como escritor, por lo que agradaba más escuchar sus discursos que leerlos.

12 En latín, patronus. Es el representante judicial. Por el contrario advocatus significaba, al menos en tiempo de la república, el consejero buscado por las partes litigantes y que asistía en los juicios al acusado o al acusador, siéndole útil al menos con su presencia. Con el imperio la diferencia entre patronus y advocatus desapareció.

13 Marco Junio Bruto, padre de Décimo Bruto Albino y de Marco Junio Bruto, que fue el asesino de César. Fue partidario de Mario en la guerra civil y muerto en el 77 por un siervo de Pompeyo. Hombre erudito y versado en derecho, pero de escaso talento oratorio. De él habla CICERÓN, Leg. III 49; Clu. 126.

14 Es «cuestión importante» en cuanto que, si Publio Quincio pierde el pleito, incurre en la ignominia, la cual era una especie de muerte civil.

15 Luego Cicerón había defendido ya antes otras causas y había pronunciado otros discursos. Pero es éste el primero, en orden cronológico, que nos queda escrito.

16 En las causas civiles presidía un juez, designado por el pretor. Al juez, por lo general, se le unían tres asesores que eran consultados, pero que no intervenían en la sentencia final.

17 De ordinario eran personas competentes en la materia y respetables por el censo y por su conducta moral.

18 La pérdida de la causa suponía para Quincio la expropiación de todos sus bienes.

19 En latín potestas. Significa la autoridad o el poder legal inherente al desempeño de un cargo político, civil, judicial, etc.

20 En latín aequitas. Significa un modo de mitigación del derecho, como un criterio de humanidad en la aplicación de la ley según los casos y las circunstancias particulares.

21 Exageración de Cicerón. Tratándose de la pretensión que tiene Nevio de «derecho sobre lo ajeno», toca a Quincio probar que no es deudor de Nevio y que éste no tiene derecho a confiscarle los bienes. No va contra la justicia la decisión del pretor de hacer hablar en primer lugar al defensor de Quincio.

22 Gneo Cornelio Dolabela. No debe confundirse con un homónimo suyo que fue cónsul en el año 81 a. C.

23 En vez de una simple discusión de dinero, se debate un pleito que pone en peligro la fortuna y el honor de Quincio.

24 Todo el pasaje está cargado de ironía.

25 Así llamados por el orador Marco Licinio Craso que se supone los hizo construir. Estos atrios eran el lugar donde se realizaban las subastas públicas.

26 En las palabras de Cicerón se advierte no poco de desprecio. Los pregoneros eran con frecuencia blanco de las sátiras de los poetas. Dice MARCIAL, V 56: «Si el chico parece de cabeza dura, hazlo pregonero».

27 Para los romanos era un honor recibir por testamento los bienes de la herencia, aunque ya se esperaran por derecho.

28 El acreedor de Gayo Quincio. El heredero debía someterse a las condiciones impuestas por el testador, y una era la paga de las eventuales deudas.

29 Las deudas de Gayo estaban contraídas en moneda de la Galia Transalpina y debían ser pagadas en Roma con moneda romana. La información sobre el valor en curso venía de los banqueros que tenían sus negocios en el foro junto al templo de Cástor.

30 Parece que Quincio hace referencia a una intención de liquidar los bienes de la sociedad. En tal caso la sociedad hubiera quedado disuelta.

31 Prácticamente no sabemos nada de este personaje. Por otra parte este árbitro no es propiamente un juez sino un amigo desinteresado y competente que intenta el arreglo de un pleito con el menor daño y gasto para ambos contendientes.

32 Pero Cicerón no aporta documentos y testimonios con los que pueda probar que Nevio ha dicho esto. Si esta declaración hubiera resultado verdadera, Quincio habría tenido en sus manos el derecho necesario para bloquear la causa e impedir que el pretor se pronunciara en favor de Nevio. Es un punto que queda sin aclarar por la defensa.

33 Sobre esta fecha hay que observar: primero, que no coincide las dos veces que sale en el texto; aquí los códices escriben «el día IV antes de las Calendas»; en cambio, en el capítulo 57, donde se repite, se escribe «el día antes de las Calendas». En consecuencia Hotman, en el primer caso, ha escrito II en vez de IV; con esto coincidirían el «día II de las Calendas» y el «día de las Calendas». Segundo, aun suponiendo que se trata del «día anterior a las Calendas» de enero, éste no corresponde al día 21 de enero sino al día 29. Como dice G. Buda, se trata de enero del año 83 y se recordará que, hasta la reforma Juliana del año 46, el mes de enero constaba de 29 días. Debe entenderse el 29 y no el 31 de enero.

34 Lucio Cornelio Escipión Asiático y Gayo Junio Norbano fueron cónsules el año 83, dos antes de pronunciar Cicerón este discurso en defensa de Quincio. El primero murió, en la lucha contra Sila, desterrado en Marsella; el segundo se dio muerte en la isla de Rodas donde se había refugiado tras la caída del partido democrático.

35 La tribu Quirina, una de las treinta y cinco en que estaba dividido el pueblo romano.

36 Puerto de Etruria, hoy Torre di Vada.

37 Eran estos banqueros unos agentes de cambio, comisionistas o notarios. Entre otras cosas daban fe, con valor judicial, de que alguien había estado en su banco a declarar que tal o cual personaje no había comparecido en el tribunal en el día fijado.

38 Todo pretor, al entrar en el cargo, publicaba un edicto en el que exponía los principios según los cuales administraría la justicia. El edicto contemplaba, entre otros, el caso del deudor que hubiese faltado a la promesa de comparecer en juicio en un día determinado. Contra él el pretor podía emitir decreto de expropiación de bienes. Este edicto anual, llamado album praetoris, es la fuente principal del derecho romano.

39 Quien no comparecía en juicio en el tiempo señalado, además de sufrir la confiscación de sus bienes, estaba sujeto a la deminutio capitis, es decir, a la pérdida de ciertos derechos civiles.

40 El procurator, dicho también cognitor, trata la cuestión de uno de los litigantes sin que éste haya de presentarse. Suele tener un mandato especial. El manifiesto de confiscación ya no tenía así un fin difamatorio sino que notificaba el hecho para que, dentro de un plazo, se presentara alguien que saliera garante.

41 En latín libellos. Son las tablillas fijadas en que se notificaba la confiscación de los bienes de Publio Quincio.

42 Propretor de la Galia en el año 83 y tío de Lucio Valerio Flaco a quien el mismo Cicerón defendió con su discurso Pro Flacco en el año 59. Por haber vencido a los galos ostentaba también el título de imperator.

43 El lenguaje es metafórico, tomado del mundo de los gladiadores. Nevio apunta también a la cabeza de Quincio, ya que intenta hacerle perder sus derechos civiles. En el anfiteatro el público se ponía de parte del gladiador a quien se hería en la cabeza.

44 En esta época los tribunos de la plebe eran diez por año. Entre sus atribuciones estaba el derecho de auxiliar a los ciudadanos contra la ejecución de los actos decretados por los magistrados. Para decidir solían reunirse todos los tribunos y acordar lo que creyeran conveniente. El decreto no era obligatorio si no había conformidad entre todos los tribunos.

45 No es el partidario de Sila, cónsul en 81 a. C., esto es, en el tiempo de este proceso; tampoco es el marido de Tulia, la hija de Cicerón. Seguramente es un noble venido a menos, revestido de poderes, pero que no debió comportarse muy ejemplarmente, ya que mereció la acusación por concusión.

46 En latín, sponsionem facere. Sponsio significa propiamente la «promesa» que se hace contestando a una pregunta. En el enjuiciamiento romano, después de la exposición de las acciones y excepciones, seguían apuestas mutuas en las que una parte preguntaba a la otra si prometía una cantidad, si era o no verdad lo que afirmaba. La cantidad apostada era del que ganara el juicio.

47 A la sponsio o stipulatio, en favor de Nevio, debía corresponder una restipulatio en favor de Quincio, es decir, las dos partes, no una sola, debían comprometerse con una determinada suma.

48 Cicerón, como también Quincio, Aquilio y Alfeno, pertenecían al orden ecuestre.

49 Antes del proceso los contendientes solían ponerse de acuerdo sobre el juez, el cual después les venía formalmente dado por el pretor. Primero el acusado proponía un juez, que el acusador podía aceptar o no. En el último caso se repetían las tentativas hasta encontrar la persona que satisficiera a ambas partes. Después era el acusador el que, igualmente, proponía su juez al acusado.

50 Es una indirecta dirigida contra Hortensio y contra Filipo, sobre todo, contra el primero el cual, según Cicerón, ha puesto su elocuencia al servicio de una causa injusta.

51 En el momento de este proceso la constitución física de Cicerón no era demasiado buena, hasta el punto que hacía temer que no pudiera continuar la carrera emprendida. De este quebranto de su salud nos habla él mismo en Brut. 91.

52 El cuidado que ponía Hortensio en las divisiones y subdivisiones lo anota QUINTILIANO, Inst. IV 5.

53 Se trata de la Galia Narbonense. En las provincias la justicia se administraba en tribunales presididos por el imperator, el procónsul o el pretor.

54 Aunque en la Galia no se pudiera obtener justicia, siempre existían los tribunales de Roma.

55 La idea de patria y de libertad era connatural al ciudadano romano. La privación de ellas significaba la muerte del espíritu, ya que la verdadera vida era la que se gastaba al servicio del estado.

56 Cicerón no perdona a Dolabela y a Nevio haberle obligado a hablar antes que Hortensio.

57 Porque está muerto dos veces: civilmente, por la deshonra de que es objeto; materialmente, porque no se le dejan medios de subsistencia.

58 Estos carteles se fijaban con el fin de anunciar a todos el día en que tendría lugar la subasta de los bienes secuestrados.

59 De tu salario de pregonero. Dicho con desprecio.

60 Uno de los tres asesores de Aquilio. Fue un hábil jurisconsulto.

61 Quintilio y Marcelo, como Lucilio, nombrado antes, son asesores del juez Aquilio. Tienen funciones consultivas, no deliberativas, en este debate.

62 Era una buena norma hacerle al deudor una intimación civil en su propia casa, antes de que las partes comparecieran ante el juez; pero Nevio se ha guardado bien de hacérsela.

63 El día cinco de febrero. Las nonas eran el día cinco de cada mes, menos en marzo, mayo, julio y octubre que eran el día siete.

64 Era un libro en el cual se anotaba diariamente todo lo importante que acontecía. No tenía valor probatorio legal. En latín, ephemeris. SÉNECA, De benef. I 2, 3, lo llama calendarium. También se le llama diarium.

65 Véase la nota 24.

66 En latín adstipulator. Es el acreedor secundario que tiene, a los ojos del deudor, los mismos derechos que el acreedor principal. Su derecho nace de un contrato verbal en el que el deudor le promete lo que ya había prometido al acreedor principal en una estipulación anterior.

67 Generalmente se supone aquí una laguna, aunque no todos los críticos la admiten.

68 Véase la nota 4.

69 En el momento de estos hechos, el campo en Roma pertenece a los seguidores de Mario. Los cónsules del 83 son Escipión y Norbano, enemigos de Sila. La acusación insinúa que Alfeno, miembro importante del partido de Mario, tenía ventaja sobre Nevio que era partidario de Sila.

70 Del partido de Mario. Sila, por aquel tiempo, andaba aún entretenido en sus empresas de Oriente.

71 Cicerón juega con el doble significado de nobilis («noble» y «conocido»). Nevio le había enseñado tanto a Alfeno a ser contrario a los «nobles» que le había enseñado también a ser contrario a un «conocido» gladiador.

72 Se refiere, en primer lugar, a Hortensio y a Filipo, pertenecientes al partido aristocrático y, con ellos, a los otros silanos que en el presente proceso sostienen a Nevio. El orador intenta avergonzar a Nevio por haberse pasado a los vencedores traicionando a sus compañeros políticos.

73 Para Cicerón el juicio hubiera sido normal si se hubiera tratado en un tribunal de asuntos monetarios (de re pecuniaria), como dirá después.

74 Lucio Filipo fue uno de los oradores más admirados de Cicerón. De él habla en Leg. II 12, 31; Brut. 47; De orat. II 78. También HORACIO, Ep. I 7, 46. Nacido en 125, en el tiempo de este proceso su fama estaba ya declinando. Fue cónsul en el 91 y censor en el 86. Según el mismo CICERÓN, Off. II 29, obtuvo los más altos cargos del estado sin el concurso del dinero.

75 Deudor a la sociedad.

76 Sila ordenó la confiscación y la venta de los bienes de muchos de los seguidores de Mario, entre los que se encontraba Alfeno.

77 Establecer con uno una sociedad voluntaria es prueba de la mayor estima y confianza. Por tanto Nevio está en clara contradicción.

78 Se trata de Roscio el Cómico, a quien defendió Cicerón en otro litigio contra Querea. Era esclavo de nacimiento, guapo y ágil de cuerpo y muy aficionado al arte escénico. En torno a sí tenía una célebre escuela de la que salieron acreditados actores dramáticos. Murió el año 72 a. C. Fue el más grande actor cómico del teatro romano, así como Esopo fue el más grande actor trágico.

79 Se refiere a Hortensio.

80 En Pro Q. Roscio Comoedo, 17, leemos una expresión parecida a ésta. Para los romanos ejercer de actor venía a disimular el prestigio de una persona. Estas palabras de Cicerón nos lo confirman.

81 Con el fin de equiparar el mes lunar con el mes solar, cada dos años se intercalaba entre febrero y marzo un mes —llamado «mercedonio»— de veintidós o veintitrés días. Era deber de los Pontífices fijar el número de días que debían añadirse al mes intercalar. La verdad es que no cumplieron demasiado bien con su deber. Así que, en el año 45 a. C., Gayo Julio César decidió reformar el calendario, después de haber consultado al astrónomo alejandrino Sosígenes.

82 Para estos habitantes se han ideado infinidad de nombres: sebañinos, sabañanos, sabaginos, sebagudios, segusiavos, etc.

83 Lucio Licinio Craso, Marco Antonio y Lucio Filipo —este último nombrado en el número 72 y en el 73— fueron oradores de la generación que precedió a Cicerón. El primero brilló, sobre todo, por la pureza y elegancia en la elocución, así como por su agudeza de ingenio, su compostura y el uso de la ironía. Marco Antonio, muerto en el año 87, se distinguió por su vehemencia, por su memoria prodigiosa y por su facilidad para descubrir ideas y desarrollarlas. De Lucio Filipo, recuérdese lo dicho en el número 72.

84 Posiblemente hay una extensa laguna en el manuscrito. Falta la conclusión de esta segunda parte en la que Cicerón demostraría que Nevio no había poseído los bienes de Quincio.

Para suplir esta laguna, que se halla en todos los manuscritos, los editores suelen copiar el pasaje siguiente tomado de los Praecepta artis rhetoricae, 16, de JULIO SEVERIANO, retórico del siglo V.

85 Falta, igualmente, el comienzo de la peroración o epílogo.

86 Esto es, por Alfeno. El mismo Cicerón pertenecía al orden ecuestre.

87 De esto trataba la parte del discurso que se ha perdido.

88 La acción de Nevio sobre Quincio se ha limitado exclusivamente al patrimonio de la sociedad.

89 Quincio corría el riesgo de perder su honorabilidad y su fortuna.

90 El partido en decadencia es el partido de Mario y el que se halla en esplendor, el de Sila.

91 Galonio, como Nevio, era un pregonero público enriquecido y que adquirió fama por su lujo afeminado y por su suntuosidad. Varios escritores hacen mención de él como modelo y prototipo de despilfarro. CICERÓN, Fin. II 8, 4, cita unos versos de Lucilio referentes a Galonio. Véase también HORACIO, Sat. II 2, 46-48.

92 Si perdía la causa, Quincio debía ir al destierro.

93 Gayo Quincio, que lo había sacado del menester de pregonero y lo había honrado haciéndolo su consocio.

94 Era una grave humillación para un padre libre no poder reunir la dote para casar a su hija. Aunque aquí Cicerón seguramente exagera.

Discursos III

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