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FUNCIÓN LÓGICA O SINTÁCTICA DEL CASO
ОглавлениеCaso nominativo
Cumple esencialmente la función de sujeto, pero también realiza las funciones de predicado nominal (PN) y aposición (AP), las cuales examinaremos en el momento apropiado.
Caso genitivo
Funciona básicamente como complemento del nombre, es decir, completando el sentido de otro sustantivo. Indica en términos muy generales la idea de posesión o pertenencia. Se traduce al español mediante la preposición de.
Caso dativo
Funciona como complemento indirecto, particularmente con verbos que señalan transferencia (dar, donar, trasmitir, etcétera), y se traduce al español por medio de las preposiciones a y para.
Caso acusativo
Cumple la función de complemento directo, siempre que dependa de un verbo transitivo. Se traduce al español con la preposición a si el sustantivo es persona o cosa personificada y, en caso contrario, sin ella.
Caso vocativo
Este caso no cumple función lógica o sintáctica, ya que corresponde a la función apelativa del lenguaje, esto es, un individuo, persona o cosa personificada invocada. En términos prácticos este caso no tiene uso en los textos conciliares, excepto cuando se citan textos bíblicos en que este aparece, y por esa razón obviaremos considerar este caso en las declinaciones.
Caso ablativo
Funciona como complemento circunstancial con distintos significados, aunque normalmente ejerce como complemento circunstancial de medio o instrumento. Se traduce, en términos útiles, al español mediante las preposiciones con, en, por, teniendo en cuenta el contexto. No obstante, la traducción más usual y persistente es mediante, por medio de, a través de.
N.B.: Respecto del complemento circunstancial, también puede cumplir tal función lógica o sintáctica el caso acusativo y el propio caso ablativo, siempre que formen una estructura con una preposición que los debe anteceder. Ahora bien, el caso acusativo igual puede presentarse sin preposición y cumplir una función circunstancial, aunque tal función no es frecuente. |
ESQUEMA MORFOSINTÁCTICO
(N.) | NominativoN.: S./PN./AP. | → | Sujeto/ Predicado nominal/Aposición |
(G.) | GenitivoG.: CN. | → | Complemento del nombre |
(D.) | DativoD.: CI. | → | Complemento indirecto |
(Ac.) | AcusativoAc.: CD. | → | Complemento directo |
(Abl.) | AblativoAbl: CC. | → | Complemento circunstancial |
DECLINACIONES DEL SUSTANTIVO
Se denomina declinación a la ordenación, en modelos o paradigmas, de todos los sustantivos con el fin de reconocerlos en sus distintas agrupaciones. Asimismo se aplica el concepto a otros elementos de la oración que examinaremos en el momento adecuado.
En latín hay cinco declinaciones o modelos de agrupación, que presentan ciertas particularidades vocálicas y que permiten aquellas cinco declinaciones o modelos de agrupación.