Читать книгу El cumplimiento de las organizaciones en la tradición romanista y su reconsideración como categoría central del derecho civil - Paula Natalia Robles Bacca - Страница 8
CAPÍTULO 1 Statu quo doctrinal y legislativo de la valoración del cumplimiento de las obligaciones dentro del sistema jurídico romanista 1.1. VISIÓN EVOLUCIONISTA DE LA DOCTRINA ROMANISTA SOBRE EL SURGIMIENTO Y TRANSFORMACIÓN DEL CONCEPTO DE SOLUTIO. DESCRIPCIÓN DE LAS REGLAS CONTENIDAS EN EL DIGESTO SOBRE LA SOLUTIO COMO MODO DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
ОглавлениеEl estudio que la doctrina romanista ha dedicado al concepto de solutio se caracteriza por una visión de la figura en la que los orígenes y transformaciones de la misma son explicados desde una perspectiva que, consciente o inconscientemente, proyecta sobre esta materia una visión conforme a la cual la obligatio es el resultado de una evolución desde el vínculo material, que actuaba sobre la persona del deudor y materializaba, principalmente, la responsabilidad del mismo, hasta el surgimiento de un vínculo ideal, iuris vinculum, en el que adquiere relevancia la realización de la prestación y respecto del cual la responsabilidad es latente y ya no actual1.
Lo anterior ha determinado que a nivel doctrinal exista un vacío a la hora de establecer una explicación suficiente acerca de la interacción de la solutio con los esquemas vinculatorios que la misma disolvía, por lo cual, si bien es cierto que el surgimiento y la transformación de solvere se encuentran indisolublemente relacionados con el surgimiento y consolidación de la obligatio, las dinámicas que entre ambos conceptos tuvieron lugar desde el periodo arcaico hasta el posclásico no han sido, de acuerdo con nuestra perspectiva, satisfactoriamente explicadas hasta ahora; en efecto, además de la visión evolucionista arriba mencionada, las respuestas que pueden encontrarse utilizan las categorías de débito y responsabilidad para explicar el rol de la solutio en los diferentes periodos, sin tener en cuenta que las mismas no son susceptibles de ser proyectadas ni sobre los esquemas arcaicos predecesores de la obligatio, ni sobre esta última.