Читать книгу La Constitución que queremos - Varios autores, Carlos Beristain - Страница 13

Bibliografía

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1 Agradezco a Bruno Aste, Daniel Mondaca y Fernando Muñoz por sus sugerencias y observaciones.

2 El itinerario propuesto por el Gobierno (2014-2018) en <http://www.gob.cl/2015/10/13/discurso-de-la-presidenta-de-la-republica-al-anunciar-el-proceso-constituyente/>.

3 Al respecto, véase columna en diario El Mercurio, de enero de 2017, en <http://www.elmercurio.com/blogs/2017/01/23/48295/Final-poco-feliz-de-etapa-constituyente.aspx>.

4 En abril de 2017, la presidenta Bachelet presentó un proyecto de reforma constitucional en este sentido, contemplando una Convención Constituyente que tendría a su cargo la elaboración de una nueva Constitución. Hemos revisado críticamente esta propuesta para evidenciar cómo se perpetúa el ethos antidemocrático de la Constitución vigente, al aplicar altísimos quórum tanto al proceso mismo como a las decisiones de una futura Convención (Bassa, Fuentes y Lovera 2017; Viera y Bassa 2017).

5 «The Chilean Socialist party, as part of the governing Concertación coalition, has played a key role in constructing consent and disarticulating dissent among the popular classes to neo-liberal hegemony in democratic Chile. This is the result of their co-optation into the neo-liberal historic bloc formed during the Pinochet dictatorship, of which the Concertación is the democratic political face» (Motta 2008, p. 320).

6 Tal era el objeto del proyecto de reforma constitucional presentado por la mayoría de los diputados en ejercicio (boletín Nº 10.014-17), cuya tramitación fue obstaculizada por el entonces ministro del Interior, Jorge Burgos, quien afirmó que «más de 60 parlamentarios de la Nueva Mayoría habían firmado un proyecto de Reforma Constitucional que pretendía convocar un plebiscito sin modificar la Constitución para llegar a una Asamblea Constituyente», <http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2016/08/01/burgos-se-jacta-de-detener-proyecto-de-modificacion-constitucional-via-plebiscito-ciudadano-apoyado-por-60-diputados-era-un-atajo-para-la-asamblea-constituyente/>. Su declaración es evidentemente contradictoria, pues un proyecto de reforma constitucional tiene por objeto, precisamente, reformar la Constitución; es decir, habilitar la posibilidad de un plebiscito a través de la institucionalidad; por otro lado, la convocatoria a un plebiscito no predetermina su resultado, solo hace posible una manifestación institucional de la voluntad popular.

7 Una buena representación de las distintas propuestas que han sido formuladas recientemente en Fuentes y Joignant (2015).

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