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EL PROTOMEDICATO. IMPORTANCIA DE SU TITULACIÓN
ОглавлениеPara nuestro propósito de escribir una sucinta biografía de Elena de Céspedes es de importancia el saber cuánto peso específico tenía su titulación como cirujano, expedida por el Protomedicato,5 ya que según todos los datos que tenemos, ella fue la primera mujer – no sólo en España, si no en Europa – que tuvo tal calificación. ¿Era un título oficial? ¿Era importante contar con tal título? ¿Estaba autorizado por la Cámara Real? A pesar de que los Archivos del Protomedicato fueron quemados durante la guerra civil6, aun hemos podido reunir las siguientes evidencias:
El doctor D. Miguel Parrilla Hermida, General Inspector Médico de Sanidad Militar, en la XVII Sesión Científica celebrada en Madrid el 29 de noviembre de 1977 tuvo una brillante disertación sobre el protomedicato antecedentes y organismos herederos de tal institución, comunicación que él modestamente llamó “Apuntes Históricos”. Dada la escasez de datos veraces sobre el asunto, citaremos sus hallazgos ya que carecemos de otras fuentes históricas.
El Real Protomedicato era una institución que venía de antiguo. Fue un organismo centralizado cuya razón de ser fue velar por la salud pública y que a partir del siglo XVI, el siglo que nos interesa, tuvo como misión:
A) Cuando los candidatos a ser médicos o cirujanos terminaban sus estudios y/o prácticas en las diferentes escuelas o universidades, el Real Protomedicato controlaba los supuestos conocimientos de estos profesionales mediante un examen realizado ante un tribunal independiente, este tribunal estaba formado por individuos que pertenecían al dicho Protomedicato.
B) Velaba por que no hubiese intrusismo en la profesión, tanto para defender al paciente como al cirujano o médico de esta injusta y desleal competencia. Cualquier supuesto acto de intrusismo se podía denunciar ante el Protomedicato y éste habría de tomar cartas en el asunto. También tenía facultades para penalizar las faltas cometidas. En relación a los médicos y cirujanos se encargaba de la administración de justicia para corregir y evitar, si fuese posible, los excesos de estos facultativos.
C) Estaba bajo su vigilancia y responsabilidad la prevención y estudio de las, entonces, frecuentes epidemias.
D) Como los derechos de examen y otros derechos producían unas cantidades de dinero, el Protomedicato administraba estas en cuanto a su recaudación y administración de los fondos logrados, así como lo obtenido por las penas pecuniarias (multas o indemnizaciones etc.) que se imponían a algunos infractores.
En el siglo XVI la medicina7 empezaba a encontrar su lugar en las universidades, no obstante, se contaban más de treinta escuelas médicas, casi todas de origen pontificio. Muchos médicos actuales opinan que estas últimas eran poco fiables pues se dictaban enseñanzas de tipo memorístico sin material clínico y aun así se expedían títulos de bachilleres, licenciados y doctores; de físicos y médicos puros, cirujanos latinistas8 y cirujanos romancistas, algebristas9, tallistas (expertos en sacar piedras de la vejiga por vía perineal) y otros. Esta multiplicidad de títulos y certificados fue la causa de que estableciese la obligatoriedad de exámenes ante médicos y quirúrgicos ajenos a las universidades, tras los cuales, los examinadores, que podían ser nombrados por el Rey, extendían el certificado correspondiente a los candidatos que se habían examinado ante ellos. Con este título o carta de autorización podían ejercer legalmente y en ningún caso podrían ya ser considerados como intrusos. Estos exámenes, añade el doctor Parrilla Hermida, eran "una defensa contra la deficiente formación de los profesionales y constan ya en el Fuero Real de España, decretado por Alfonso II de León.". En el último cuarto del siglo XV ya están los “tribunales examinadores” totalmente formados por físicos (médicos) como se observa en la Pragmática de los Reyes Católicos de 25 de Octubre de 1475. El primer Protomédico del que tenemos testimonio lo hallamos en 1526, en que Carlos V da ese nombre por Real Cédula al doctor Martín de Santa Clara.
Pero en realidad el Real Protomedicato, que es el que nos interesa a nosotros, comienza con Felipe II, monarca ordenancista, que aunque empezó a reinar en 1566 ya por ausencias de su padre en realidad lo hacía desde 1543.
¿Cuándo se examinó nuestra Elena de Céspedes? Ya que los documentos han desaparecido sólo podemos hacer un cálculo aproximado. Si ella había llegado a la Corte en 1575, donde conoció al cirujano que la inició en su arte y declara a la Inquisición que estuvo al menos ocho años practicando su arte hasta que fue denunciada, eso nos hace llegar al año 1583, unos cuatro o cinco años antes de que la detuviera el Santo Oficio. Toda vez que cuando fue detenida tenía unos cuarenta y uno o cuarenta y dos años sacó su diploma con unos treinta y cinco o treinta y seis años poco más o menos. Desde luego para entonces ya existía el Real Protomedicato pues cuando en 1562 se produce el accidente del Príncipe Carlos, que a punto estuvo de costarle la vida, el Rey envía enseguida al Diego Olivares, su Protomédico.
El tribunal examinador constaba del protomédico y de tres examinadores para que todos juntos, y no uno sin otro, entiendan, conozcan y provean ...todas las cosas que podían despachar los Protomédicos...no entrarán a examinar mas que (a) médicos, cirujanos y boticarios. Los médicos no podían ser examinados como cirujanos a menos que hubiesen practicado al menos un año en una Universidad aprobada.
En lo que a los cirujanos se refiere tenían que presentar información de haber practicado cuatro años cumplidos en alguna ciudad, villa, lugar u hospital con médico o cirujano graduado por alguna de las Universidades aprobadas; con los cirujanos, además, se efectuaba un examen teórico y otro práctico … haciendo asimismo los dos examinadores nombrados que el cirujano ponga las manos, ligue y desligue y aplique las medicinas a las heridas... A ningún médico o cirujano se le podía dar licencia para curar sólo enfermedades limitadas o particulares, aunque a los algebristas y hernistas se les podía dar licencia para curar sólo cataratas, tiña, carúnculas etc.
No queremos extendernos más en este asunto del tribunal del Real Promedicato y la importancia de haber pasado unos exámenes ante ese tribunal que examinaba también a los médicos salidos de la Universidad para convalidar sus títulos. Elena de Céspedes debió haber tenido una inteligencia fuera de lo común pues sin haber tenido maestro de sus primeras letras - al menos que se sepa - también dominaba el latín, y entre sus pertenencias, bastante modestas por otro lado, se contaban libros de medicina de incalculable valor, entre ellos un ejemplar del libro de Vesalio. Ella se examinó en Madrid (El Escorial) y aprobó sus exámenes y no contenta con el de cirujano también se examinó de sangrador conforme al espíritu de los tiempos, que consideraba las sangrías como un elemento de tratamiento y curación.
Por último, el tribunal del Protomedicato se formalizó mediante una disposición de Felipe II, que, como hemos ya dicho, era un monarca sumamente ordenancista, pero en todo caso el sistema ya funcionaba antes y don Felipe lo que hizo fue regular, sancionar y delimitar sus funciones y atribuciones en 1588. No seguimos, pero esperamos haber dado la importancia que tenía el título de nuestra zurujana. En su tiempo era una verdadera cirujana, con todo el saber que entonces se tenía
FIN DE UNA LARGA Y COMPLICADA HISTORIA.CONCLUSIONES DEL SANTO OFICIO EN EL CASO DE ELENA DE CÉSPEDES PETICIONES DEL FISCAL.
Dejamos a Elena de Céspedes enfrentada al Tribunal de la Herética Parvedad (la Inquisición) por haberse casado por la iglesia con otra mujer: María del Caño. Ambas partes, acusadores y acusada, presentaron médicos-testigos que habían certificado, sucesivamente, que Eleno era hombre (los que la examinaron para casarse con María del Caño) y que Elena era mujer: los que la examinaron por parte de la Inquisición. Los primeros, no deseando contradecir a los de los inquisidores arguyeron que fueron engañados por artes brujeriles o diabólicas. Otra nueva acusación podía surgir de esta opinión: brujería.
La esposa, María del Caño, por su parte, declaró que su marido la satisfacía como esposo y que era varón. Desde luego a esta María del Caño no le convenía declarar que ambas eran mujeres y que convivían como marido y mujer, sobre todo después de haberse casado por la iglesia. Pocos datos sacaron los Inquisidores de María del Caño, y es natural que así fuese pues, aunque difícilmente podía alegar que ella creía que Eleno era hombre, si aceptaba saber que no lo era, el caso recaería sobre ella con la misma fuerza que sobre el "marido", por otro lado si ambas eran, como sostienen algunos, homosexuales, lo último que le convenía a María del Caño era aceptarlo o reconocerlo aunque fuese indirectamente.
De lo que luego sucedió A María no hemos podido averiguar nada. ¿Fue también encausada? No lo sabemos, tampoco hemos seguido su caso. Ella siempre sostuvo que Eleno de Céspedes era un hombre, que como tal le trató y que nunca observó falta en el que le hiciese pensar que no era hombre. El misterio continúa insoluble, al menos si confiábamos en el testimonio de su "esposa" para solventarlo.
Finalmente, el licenciado Soto Cameno, fiscal del Santo Ofico concluyo que:
3…. parezco y acuso ....... a elena de
4. çespedes e por otro nombre se ha llamado eleno de çes-
5. pedes tejedora sastre calzetera soldado y zuru-
6 jana natural de la ciudad de Alama residente en
7. ocaña presa en las carçeles desta Inquisicion y aqui pres-
8. sente por hereje appostata de nuestra fe catholica
9. y ley evangelica e al menos por muy sospechosa
10. de serlo excomulgada perjura muger que sien-
11. te mal de los sacramentos y en espeçial del matri-
12 monio y en oprobio y menosprecio del como enbau-
13. cadora enbustidera con ynbençiones y enbelecos
14 a hecho y cometido lo siguiente
1) 15. primeramente Abiendo la susodicha nacido y sien-
16. do muger esclava adulta y a contenplaçion de su
17. Ama le pusieron y se llamo de su nombre y en su serbiçio
18. aprendio esta a tejer y teniendo hedad de tomar
19. se caso y velo con Xbal. (Cristobal) lombardo albañil
20. vº (vecino) de jaen con el qual hizo vida maridable y durante
21. pario y tiene un hijo del dicho
22. su marido.
2) 23. Yten siendo Ama de un clerigo aprendio el officio
24. de calcetero y en otra casa de sastre y husando los dichos
25. officios diçe y confiesa aver reñido con un rufian
26 y (por) amenazas que la hizieron se determino de andar
27. en abito de hombre y dexar el de muger como en
28 efecto lo hizo y en el dicho habito de honbre fue labra-
29. dor / pastor / sastre / calcetero / soldado y zurujano
30. y en el discurso de su vida dexo tomo y mudo el
31 abito de honbre y de muger muchas veçes en dife-
32. rentes tiempos lugares y ocasiones.
3) 33. Yten. instigada del demonio Añadiendo delito
34. a delito no sabiendo con certidumbre ser muer-
35. to su marido en el dicho abito de honbre diçiendo
36. serlo trato y procuro casarse con una donçella
37. y con falsa relacion y probança hizo aberiguaçion
38. que era honbre y no muger y para lo probar de
39. mas que es de presumir que soborno (a) los testigos me-
40. dicos zurujanos y matronas que en su fabor presen-
41. to y lo hiçieron con cautelosa maliçia no consin-
42. tio que la mirasen por detras porque no la biesen su
43. natural de muger y por sus enbustes y en bolvi-
44. mientos juraron ser un honbre y tener los requisi-
45. tos neçesarios para poderse casar y engendrar
4) 46. Yten con la dicha falsa apariencia y ynformaçion
47. con nobre y abito de honbre en oprobio del
48. matrimonio se caso y velo in face eclesie con la di-
49. cha donçella (con la que) que abia tenido amores
5) 50. Yten con sus enbelecos y ynbençiones a pretendi-
51. dido y querido dar a entender que hera hermafro-
52. dito y que tenia dos naturas una de hombre y otra
53. de muger y que como honbre a tratado y comuni-
54. cado carnalmente con muchas mugeres y que por no
55. andar con tantas se abia casado con una
6) 56. Yten en juizio negando y encubriendo la vedad
57. o sea perjurar ante otros justiçias y tribunales
58. y especialmente ante (nosotros?) porque entre otras
59. cosas siendo preguntada si esta a tenido minbro
60. viril para poder tener acceso carnal con mugeres
61. debajo del juramento que abia fecho dixo que si
62. y preguntandole si le tenia agora respondio que
63. no que se abia caydo por çierta enfermedad
64. y flaqueza de cimiento
7) 65. Yten demas y allende de lo susodicho es de presu-
66. mir a hecho dicho y consentido otras muchas co-
67. sas mas y menos graves y las a visto haçer y deçir
68. a otras personas que calla sabia y mali-
69. çiosamente porque no venga a notiçia de nosotros
70. de que les protesto Acusar cada y quando que a mi de
71. recho convenga
72. por raçon de todo lo qual a caydo e yncurrido
73. En muchas y muy graves penas en derecho
74. previstas (e) ynstituidas con todos los que cometen semejan-
75. tes delitos
76. porque açeptando como açepto sus confesiones en
77. lo que por mi haçer y no en mas (palabra ilegible) la mande
78. condenar en todas las susodichas penas
79. Otrosi pido neçesario sea puesta a quistion
80. de tormento el qual le sea dado y repetido tantas
81. veçes quantas veçes hubiere lugar de derecho
82. sobre la yntençion etc. y en todo pido cumplimiento
83. de justiçia y testimonio etc y juro a dios que esta acu-
84. saçion no la pongo de maliçia.
firmado y rubricado: el licençiado soto camena.
Naturalmente el papel del fiscal es el de acusador, pero finalmente el tribunal no se adhirió a sus tesis. Para cerrar la historia de esta sorprendente vida, digamos que habiendo fallado la Inquisición no hay noticias de que los doscientos azotes se aplicaran jamás, a Elena, sí que fue a cumplir su pena o castigo a un hospital de donde el director pidió que se la llevasen cuanto antes pues era tal la fama de Elena de Céspedes y de su caso que los "pacientes" acudían de todas partes sólo por verla, impidiendo el normal desenvolvimiento de sus funciones. Atendiendo a esta súplica se la trasladó a uno lejano y recóndito en donde ya se pierde la pista de su existencia. Sin duda esta extraña mujer continuó con su vida como ella la entendía, aunque fuese a escondidas.
Por último, digamos al lector curioso, que aunque el fiscal del proceso recomendó que fuese puesta al tormento, jamás llegó a aplicársele. Si bien la inquisición fue una institución terrible, a veces era más sensata de lo que cabe esperar.