Читать книгу La familia en el contexto contemporáneo - Vilma Stella Moreno Díaz - Страница 8

Prólogo

Оглавление

La línea de investigación La Nueva Familia y la Constitución del 91, del grupo de Derecho Privado de la Universidad Santo Tomás, encuentra su razón de ser al abordar temas desde una perspectiva centrada en el ser humano y sus derechos fundamentales. Esto implica trascender el contexto nacional, dado que la normatividad que impera en la sociedad contemporánea es la expresión de múltiples voces y realidades que se conjugan y expresan en la comunidad internacional.

Los temas investigados, objeto de esta publicación, se revisan desde fuentes del derecho romano, pero se enmarcan en la segunda posguerra del siglo XX, cuando surge una nueva concepción de persona y de sus derechos, que se materializa en el derecho internacional. Los postulados de esta nueva concepción, con un componente eminentemente secular, inspiraron la Constitución de 1991 en Colombia. El punto de partida de la investigación, que aparece en el primer capítulo de esta publicación, es la persona como sujeto de derechos, deberes y obligaciones. Así se pretende dar soporte a los temas siguientes, evidenciando cómo el devenir de la persona responde a las dinámicas e interacciones de la sociedad y la cultura.

Remontándose a los orígenes remotos de la concepción de persona, el autor describe las particularidades que identificaron este concepto en Babilonia, donde se destacaba su connotación religiosa. En contraste, para los griegos prima la noción de hombre libre y ciudadano, justificada por leyes naturales o de la polis. No se deja de lado al esclavo, quien, como cosa, podía ser una garantía económica para el acreedor, suplir las necesidades de defensa de territorios amenazados o ser oferta de mano de obra. El autor concluye el escrito con el estatus jurídico que los romanos daban a la persona, que sería para aquellos que reúnen la condición de hombre libre, ciudadano y Pater familias, nociones que se proyectaron y han permanecido por largo tiempo arraigadas a la cultura occidental.

El segundo capítulo aborda el tema de la familia, esta vez en torno a las comunidades indígenas, lo que resulta de gran interés para la comunidad académica. El reconocimiento de estas se remonta al 4 de julio de 1976 en Argel, capital de Argelia, fecha en que se hizo la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos. De esta manera, se proclamó que todos los pueblos del mundo tienen el mismo derecho a la libertad y a luchar de manera legítima por su liberación. Para el caso de Colombia, resulta relevante referirse al Derecho de las Minorías, que consagra que un pueblo no puede ser objeto de discriminación en los Estados; por el contrario, debe participar en la vida pública en igualdad de condiciones y tiene derecho a que se respeten su identidad, sus tradiciones, su lengua y su patrimonio cultural.

Es así como en la Asamblea Nacional Constituyente se dio paso al reconocimiento del carácter multiétnico y pluricultural de la sociedad colombiana. Esto conllevó el derecho a que comunidades minoritarias dispongan, además, de un territorio, a que se institucionalice la propiedad colectiva y a que, como sujetos de derechos, tengan espacios políticos y sociales de participación con circunscripciones especiales que, sin contradecir la Constitución y leyes vigentes, conserven su tradición y preserven su cultura. Los constituyentes de 1991, conscientes de la vulnerabilidad de las comunidades indígenas en Colombia, y contando con la participación de representantes de estas, lograron incluir el contenido no solo de lo proclamado en la Declaración de los Pueblos, sino también en los convenios, convenciones y pactos internacionales.

Es meritorio el trabajo de campo de las investigadoras para destacar su ubicación, costumbres, el equilibrio de su interacción con el medio ambiente, el compromiso con el desarrollo sostenible y su simbología al describir, a través de mitos y leyendas, los fundamentos de la institución familiar, como la maternidad y la relación de pareja. De gran valor son los testimonios orales con líderes indígenas, que, sumado a referentes históricos, antropológicos y sociológicos, dan cuenta no solo de la multiplicidad de pueblos a lo largo de la geografía colombiana, sino de la riqueza y variedad de la cultura.

El tercer capítulo presenta, a manera de diálogo, dos miradas sobre una misma realidad: la familia según la Constitución de 1991 y de la Iglesia católica, con ocasión de la publicación de la encíclica Amoris Laetitia. Los constituyentes resaltaron que la familia es el núcleo de la sociedad, concepto que, además, trasciende las directrices del parentesco y la filiación, y busca la protección de los derechos fundamentales de sus miembros. Se muestra la tarea de la Corte Constitucional para reconocer el derecho a constituir familias según la nueva concepción constitucional, que incluye a personas de opciones sexuales diversas, la familia de crianza, entre otras.

Cabe destacar que el Estado Social de Derecho desarrolla presupuestos, principios y valores como la igualdad, el pluralismo, la diversidad y la solidaridad, lo cual es novedoso por cuanto el contenido que versa sobre los frecuentes pronunciamientos de la Corte contrasta con la posición de la iglesia expuesta en la encíclica del Papa Francisco, Amoris Laetitia. En esta sostiene que la familia no es un ideal abstracto, sino un trabajo artesanal que se expresa con ternura. A la vez, critica políticas de Estado como el control natal y el aborto, y denuncia el abuso a los niños, la violencia contra la mujer y la pornografía, que a su juicio son retos que debe enfrentar y superar la familia cristiana.

En el cuarto capítulo se aborda el tema comparativo del matrimonio civil y católico. Se muestra la complejidad, pero a la vez el respeto a la tradición religiosa colombiana y a los acomodamientos de la mentalidad secular de los nuevos tiempos, reflejados en la Constitución de 1991. El contrato y el sacramento, dos entidades que no son excluyentes, están reguladas por la ley civil para dar a la familia un soporte social y moral según lo desarrolla la investigadora a lo largo del capítulo. La relación de diversas tesis a propósito de la relación o autonomía sirve para ilustrar y justificar, desde una perspectiva religiosa, la figura de la indisolubilidad del matrimonio y la inseparabilidad de sus dos aspectos mencionados.

Los estudiosos tienen en cuenta particularidades del matrimonio, como contrato o sacramento tales como la solemnidad, el consentimiento, la capacidad y los efectos, entre otros. De igual manera, se abren los espacios para un debate interdisciplinario que enriquezca la discusión y aborde la evidente crisis que afronta el matrimonio en la actualidad, evidenciada en la ampliación cuantitativa no solo de la formalización de la unión libre, sino también de los divorcios tanto católicos como civiles.

El exequátur es considerado la figura excepcional que admite efectos vinculantes, en nuestro país, para las decisiones judiciales que se produzcan en el exterior. El quinto capítulo aborda este tema con respecto a la modificación del estado civil de las personas derivada de la adopción y el divorcio.

Así mismo, la jurisprudencia constitucional reconoce el compromiso de protección que tiene el Estado colombiano en virtud de la suscripción de diversos tratados de derechos humanos, dada la existencia del bloque de protección reforzado en materia de atributos de la personalidad, que se evidencia, entre otros, en las normas internacionales. Para los casos de asuntos de familia relativos a personas que han constituido hogar con características plurinacionales, es el Derecho Internacional Privado el que contempla el manejo de los efectos de los pronunciamientos judiciales para los integrantes de la familia.

Los investigadores resaltan que, para el caso colombiano, no solo está contemplado este recurso, sino que existe el principio de reciprocidad de los Estados. Como su homologación debe ser tramitada ante la instancia competente, que es la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, reviste especial interés cómo, a lo largo del capítulo, se sustenta jurídicamente los fundamentos legales propios del exequátur y se confronta con situaciones particulares ampliamente ilustrados por la expositora. El primero es un caso de reciprocidad legal respecto de la adopción de un menor en la república del Congo y el segundo, un caso de reciprocidad diplomática de un divorcio en España. Experiencias como estas son una muestra de las transformaciones que vive actualmente la sociedad, derivada de la internacionalización del derecho. Cada vez los mecanismos jurisdiccionales van más allá del ámbito nacional, para dar paso a afectaciones del estado civil de las personas en cuanto a la adopción y el divorcio. Se supera toda interpretación exegética de la norma para dar cumplimiento a la filosofía del nuevo constitucionalismo, que dispone la interpretación sistemática que garantiza los derechos fundamentales a las personas.

De esta manera, el grupo de investigación de Derecho Privado, en su línea de Nueva Familia, da cuenta de la amplia gama de temas que deben ser abordados por la academia, en aras de cualificar la formación de los estudiantes y profesionales del derecho, y acorde con los nuevos tiempos y las nuevas realidades.

MARÍA ESTHER NOVOA PARRA

Docente

Abogada de la Universidad Libre y Magíster en Análisis de problemas políticos, económicos y relaciones internacionales contemporáneas del Instituto de Altos Estudios de París y de la Universidad Externado de Colombia

La familia en el contexto contemporáneo

Подняться наверх